La OIT es una agencia especializada de lasNaciones Unidas
ILO-es-strap

Informe correspondiente al año 1995-1996 presentado por el
Presidente del Consejo
de Administración a la Conferencia

Informe presentado a la Conferencia en junio de 1996

El presente informe sobre las actividades del Consejo de Administración se somete a la Conferencia de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Consejo de Administración. Se refiere al período transcurrido desde la última reunión de la Conferencia (junio de 1995), y abarca tres reuniones del Consejo de Administración: la 263.a (junio de 1995), la 264.a (noviembre de 1995) y la 265.a (marzo de 1996). Este informe se centra sólo en los puntos principales de las actividades del Consejo de Administración a lo largo del año, y no hace referencia a las cuestiones que la Conferencia tiene ya ante sí. Se recomienda a quienes necesiten más detalles e informaciones acerca de cualquiera de las actividades del Consejo de Administración que consulten las notas que figuran al final del informe. También pueden consultar las actas de las labores del Consejo de Administración o los documentos que se han sometido a sus comisiones y al propio Consejo de Administración.

Acciones subsiguientes a la Cumbre Mundial
sobre Desarrollo Social

Cabe recordar que en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social se reconoció el papel esencial que corresponde desempeñar a la OIT, por su mandato, estructura tripartita y experiencia, en cuanto a la contribución que puede aportar a la aplicación del Programa de Acción en las esferas del empleo y del desarrollo social. En consecuencia, en la 264.a reunión del Consejo de Administración (noviembre de 1995) el Director General presentó varias propuestas detalladas sobre las actividades que ha de emprender la OIT para aplicar la Declaración y el Programa de Acción adoptados por la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, en las que se tomaron en consideración las discusiones celebradas en la Reunión Tripartita Oficiosa de Nivel Ministerial que tuvo lugar durante la Conferencia del último año. En particular, el Consejo de Administración suscribió la intención del Director General, en relación con las discusiones sobre los mecanismos intergubernamentales y entre organismos para el seguimiento de los resultados de la Cumbre y de otras grandes conferencias, de mantener el enfoque según el cual la OIT, en el desempeño del papel esencial que le asignara la Cumbre en el ámbito del empleo, insistirá en el carácter mundial del problema del empleo y en un concepto más amplio del empleo, tal como se desprende de la Declaración y del Programa de Acción de Copenhague, que abarca no sólo la creación de empleo sino también los derechos de los trabajadores y la calidad del empleo. El Consejo de Administración también coincidió con el Director General en que la OIT tiene que considerar cuando sea oportuno medios innovadores de acción, tanto en el plano nacional como a nivel mundial, en colaboración con otras organizaciones, a fin de responder a las expectativas de la Cumbre.

El Consejo de Administración pidió al Director General que prosiguiera sus esfuerzos con miras a asegurarse de que la OIT desempeñe una función rectora en el marco de las actividades del sistema de las Naciones Unidas, tanto en el plano nacional como en el internacional, para dar curso a las conclusiones de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social relativas al empleo, y a fortalecer el diálogo y la cooperación entre la OIT y las instituciones de Bretton Woods en la esfera del empleo y otras cuestiones conexas.

En lo que se refiere a las acciones subsiguientes a escala nacional, en vista del hecho de que, en la Cumbre Social, se confió a la OIT la responsabilidad de desempeñar una función rectora en la esfera de la creación de empleo y de que ulteriormente el Secretario General de las Naciones Unidas le pidió que actuase en calidad de instancia coordinadora del Grupo de Trabajo del CAC sobre el pleno empleo y los modos de vida sostenibles, esas acciones se centran en la realización de evaluaciones de ámbito nacional de cuestiones relacionadas con este asunto y en la coordinación entre organismos. En respuesta a las propuestas formuladas en la Reunión Tripartita Oficiosa celebrada durante la Conferencia de 1995, la Comisión de Empleo y Política Social examinó en marzo de 1996 un documento en el que se exponían los objetivos y el marco propuesto para las evaluaciones globales de las políticas de empleo, las modalidades de tales evaluaciones y diversos tipos de posibles medidas consecutivas a las mismas y llegó a un acuerdo sobre esas cuestiones. Estas evaluaciones difieren de las evaluaciones de ámbito nacional del Grupo de Trabajo del CAC en que no implican la coordinación entre organismos por intermedio del sistema de las Naciones Unidas, sino que se proponen consistir en intercambios más detallados, exhaustivos y regulares entre la OIT, los gobiernos de que se trate y los interlocutores sociales. Queda tan sólo por aclarar la función de la propia Comisión en la fase final de las evaluaciones. Durante un bienio únicamente podrá efectuarse un número limitado de evaluaciones y, en breve, se entrará en contacto con varios gobiernos de todas las regiones para establecer una lista reducida.

En el plano internacional, la OIT ha sostenido reiteradamente que, ante la creciente mundialización de la economía, cualquier acción que se lleve a cabo en el plano nacional con miras al logro del objetivo del pleno empleo no resultará eficaz si no está respaldada por esfuerzos internacionales tendentes a crear un entorno económico propicio para el crecimiento del empleo en todo el mundo. La OIT tiene un importante papel que desempeñar respecto de este asunto, ya que tiene que observar los acontecimientos pertinentes y analizar sus repercusiones en el empleo y las condiciones sociales en todo el mundo y en diferentes regiones y países. La Conferencia tiene ante sí en su presente reunión un punto para discusión general relativo a las políticas de empleo en una economía mundializada y el informe sometido a la Conferencia sobre este asunto se propone ser una versión preliminar de El empleo en el mundo 1996, que se concluirá habida cuenta de las discusiones que se celebren en la Conferencia y de las conclusiones a que se llegue sobre este punto y que tendrá en cuenta las propuestas formuladas en la Conferencia el pasado año, en particular la solicitud de que se incluyan más datos objetivos. Este informe periódico sobre la situación del empleo en el mundo, así como los resultados de las discusiones de la Conferencia, servirán de base para rendir informe a la Asamblea General, al ECOSOC y a otros órganos de las Naciones Unidas (tales como la Comisión de Desarrollo Social) a quienes se ha encomendado la vigilancia del seguimiento de la Cumbre.

Grupo de Trabajo sobre las Dimensiones Sociales
de la Liberalización del Comercio Internacional

El Grupo de Trabajo sobre las Dimensiones Sociales de la Liberalización del Comercio Internacional, del Consejo de Administración, continuó su labor durante el pasado año y debatió los documentos elaborados por la Oficina en los que se examinaban varios aspectos de esta amplia cuestión y se proporcionaba documentación de base útil.

Una vez concluida la discusión general del Grupo de Trabajo, éste trató de especificar su mandato más claramente y de examinar su labor futura. Después de la discusión general sobre estas cuestiones celebrada en noviembre, el Grupo de Trabajo examinó en marzo una síntesis de las propuestas para su futuro programa de trabajo y un resumen de las actividades realizadas en otras partes del Consejo de Administración y de las actividades de otras organizaciones que puedan ser pertinentes para su labor.

En marzo el Consejo de Administración decidió que el Grupo de Trabajo debería continuar su labor, sin cambiar su título actual y como grupo de participación abierta en el que se puedan discutir libremente todas las cuestiones; dicho Grupo debería examinar habitualmente los acontecimientos recientes que se produzcan en las demás organizaciones internacionales que también se estén ocupando de estos asuntos, actuar como centro de enlace por medio del cual la OIT se relacione con las mismas y adquirir una visión de conjunto de las actividades pertinentes que llevan a cabo los demás órganos del Consejo de Administración (en particular en lo que se refiere a los progresos que se realicen en materia de derechos humanos fundamentales y de trabajo infantil) en relación con la revisión de los medios de acción de la OIT.

En lo que se refiere a su futuro programa de trabajo para su reunión de noviembre de 1996, el Grupo de Trabajo pidió a la Oficina que emprendiera una investigación sustantiva orientada a la acción sobre este asunto que comprenda el envío de un cuestionario a los mandantes tripartitos de los Estados Miembros, y el análisis de las respuestas sobre el mismo, para conocer sus puntos de vista respecto de los acontecimientos actuales en lo que concierne a la mundialización y la liberalización del comercio, así como a la repercusión que han tenido esos acontecimientos en las normas sociales; que obtuviera el informe que está elaborando la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos sobre el comercio y las normas del trabajo para que pueda ser examinado por el Grupo de Trabajo; que comenzara a examinar la cuestión de las inversiones extranjeras directas, en especial por las empresas multinacionales, y sobre todo el efecto de esas inversiones en el crecimiento económico y en las normas del trabajo de los países huéspedes, basándose en los estudios existentes, tales como los que ha llevado a cabo la UNCTAD, y que elaborase un informe sobre la idea de realizar estudios por países.

Para su reunión de marzo de 1997 o reuniones ulteriores, el Grupo de Trabajo tiene la intención de examinar los medios de acción de que dispone la OIT para ayudar a los Estados Miembros a participar de los beneficios resultantes de la liberalización del comercio y el papel futuro de la OIT en el contexto de la mundialización y de la liberalización del comercio, como base para la formulación de un plan estratégico de acción. También examinará los progresos realizados en lo que se refiere a los estudios por países.

Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer

(Beijing, septiembre de 1995)

La cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer fue una de las mayores conferencias de la historia de las Naciones Unidas. La OIT participó en los preparativos de la Conferencia y sometió a ésta una declaración en la que ponía de relieve que las mujeres y las cuestiones relacionadas con las diferencias de trato por razón de sexo debían ser consideradas como parte integrante de los derechos humanos y como asunto de justicia social, que esas cuestiones tenían una repercusión decisiva en el desarrollo social y económico duradero de la humanidad y que la situación de la mujer en el mundo del trabajo era fundamental para potenciar su papel y su progreso en general en la sociedad. En la Conferencia se adoptó una Plataforma de Acción que abarcaba las cuestiones relacionadas con el trabajo.

El Consejo de Administración examinó un informe relativo a la Conferencia y pidió al Director General que asegurara que: i) la OIT participe activamente en las medidas adoptadas por el sistema de las Naciones Unidas para dar efecto a la Declaración y a la Plataforma de Acción respecto de las cuestiones relacionadas con el trabajo; ii) el seguimiento eficaz de la Plataforma se incorpore de forma adecuada en todos los programas y actividades de la OIT, especialmente en el contexto de las actividades complementarias de la Cumbre Social realizadas por la OIT en la esfera del empleo; iii) los mandantes y las estructuras externas de la OIT participen activamente en las actividades complementarias, dado que la aplicación se efectuará principalmente a nivel nacional.

En marzo el Consejo de Administración suscribió las propuestas formuladas por el Director General sobre las medidas que ha de adoptar la OIT para dar efecto a la Declaración y a la Plataforma de Acción adoptadas por la cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, teniendo presentes las decisiones tomadas por los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas en relación con las actividades de seguimiento de la citada Conferencia. Las repercusiones de la Declaración y de la Plataforma de Acción en las actividades de la OIT se evaluaron respecto a tres principales asuntos: empleo productivo y erradicación de la pobreza; protección social y condiciones de trabajo, y normas internacionales del trabajo y acción normativa en relación con la mujer trabajadora. El Consejo de Administración pidió al Director General que prosiga con los esfuerzos destinados a movilizar los recursos suficientes para asegurar las labores de seguimiento de la cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.

Normas internacionales del trabajo

Prácticas y métodos de trabajo en la esfera de la elaboración de normas

Como continuación de la labor iniciada en 1994 a raíz de la resolución sobre el 75.o aniversario de la OIT y su orientación futura, adoptada por la Conferencia, el Consejo de Administración continuó su examen de la manera de adaptar las prácticas y métodos de trabajo de la OIT en la esfera de la elaboración de normas.

En noviembre su Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo comenzó su examen de la ratificación y promoción de los convenios fundamentales de la OIT, asunto respecto del cual el Director General había enviado una carta a todos los Estados Miembros en mayo de 1995. En el documento de la Oficina se examinaban nuevas medidas de promoción y se analizaba la situación con respecto a siete convenios: el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), el Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100), el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105), el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), y el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138). El Consejo de Administración tomó nota del alto porcentaje de respuestas, muchas de ellas positivas, a la carta enviada por el Director General en mayo de 1995 sobre la ratificación de esos Convenios. En marzo la Comisión examinó un documento similar en el que se analizaban nuevas respuestas relativas a la carta enviada por el Director General. Desde que se envió esa carta hasta marzo de este año se habían recibido diez nuevas ratificaciones de esos Convenios y, según se ha notificado, se espera recibir otras 30 en breve.

En noviembre el Consejo de Administración examinó un documento sobre el fortalecimiento del sistema de control de normas de la OIT en el que se exponen varias posibilidades en esta esfera. El Consejo de Administración remitió este asunto a su Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo que en marzo examinó un documento sobre el particular. En ese documento se siguen desarrollando algunas de las opciones presentadas en noviembre, en esencial las medidas para fortalecer los procedimientos actuales y también se analiza la posibilidad de adoptar nuevos procedimientos de queja, con inclusión de algunos que podrían aplicarse en casos de discriminación, tales como la realización de estudios especiales. Después de una discusión celebrada en marzo la Comisión decidió seguir desarrollando este asunto en su reunión de noviembre.

Revisión de normas

La cuestión relativa a la revisión de normas fue examinada por el Grupo de Trabajo sobre política de revisión de normas de la Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo, que se reunió por primera vez en noviembre de 1995 con el mandato de examinar este asunto, de presentar recomendaciones a la Comisión y de examinar la cuestión de los criterios que podrían aplicarse a tal revisión. En el documento que se sometió al Grupo de Trabajo en noviembre se examinaban métodos y criterios así como aspectos más generales del marco normativo y de su relación con los objetivos de la OIT en su conjunto. Se consiguió un amplio consenso en el Grupo de Trabajo sobre el objetivo de su labor, que era renovar y reforzar el sistema normativo, y con base en su informe el Consejo de Administración decidió que los seis Convenios sobre los derechos humanos fundamentales (Convenios núms. 87 y 98, 100 y 111, 29 y 105) y los otros cuatro Convenios prioritarios (Convenios núms. 81, 122, 129 y 144) quedarían excluidos de cualquier revisión, y que el caso del Convenio núm. 138 seguiría por el momento en suspenso.

En marzo el Grupo de Trabajo se reunió de nuevo para examinar documentos sobre las posibilidades y métodos de derogación o terminación de ciertos convenios y sobre los convenios menos ratificados o dejados en suspenso. Respecto de la cuestión relativa a la derogación o terminación, el Grupo de Trabajo pidió a la Oficina que preparara, para su próxima reunión de noviembre, un documento en el que se tratasen en detalle los aspectos referentes al procedimiento, las garantías necesarias y los distintos problemas vinculados a una enmienda constitucional que permitiera la derogación o terminación por la Conferencia Internacional del Trabajo de los convenios internacionales del trabajo obsoletos.

El Consejo de Administración aprobó varias propuestas presentadas por la Comisión sobre los convenios menos ratificados o dejados en suspenso, entre las que figuran las siguientes:

a) algunos Convenios que no habían entrado en vigor (Convenios núms. 31, 46, 51, 61 y 66) deberían dejarse de lado con efecto inmediato;

b) los siguientes Convenios deberían dejarse de lado con efecto inmediato:

c) la Conferencia podría ulteriormente derogar cinco Convenios que no habían entrado en vigor (Convenios núms. 31, 46, 51, 61 y 66), así como otros tres (Convenios núms. 28, 60 y 67), cuando se hubiera adoptado un procedimiento a ese efecto;

d) debería mantenerse el statu quo en relación con el Convenio núm. 47, a la espera de la adopción de unas normas revisadas sobre la duración del trabajo y la organización del tiempo de trabajo (párrafo 60 del informe del Grupo de Trabajo);

e) la revisión de las disposiciones del Convenio núm. 79 y posiblemente de otros instrumentos sobre el trabajo nocturno de los menores (párrafo 66 del informe del Grupo de Trabajo);

f) debería invitarse a los Estados Miembros a examinar la posibilidad de ratificar los Convenios núms. 110, 128, 130, 152, 153 y 157 y a comunicar a la Oficina, llegado el caso, cuáles son los obstáculos y las dificultades con que se ha tropezado, así como las necesidades eventuales de revisión de estos instrumentos;

g) habida cuenta de las propuestas que figuran en el informe, la propuesta de aplazar el examen de los Convenios núms. 25, 41, 44, 82, 83, 84, 85 y 143 hasta la próxima reunión del Grupo de Trabajo, y la presentación de un nuevo documento que tenga en cuenta las informaciones complementarias y otros elementos nuevos que haya podido obtener la Oficina;

h) la preparación por la Oficina, para la próxima reunión del Grupo de Trabajo, de un documento en el que se examinen los Convenios que se refieren a los trabajadores migrantes (Convenios núms. 97 y 143), el trabajo nocturno de las mujeres (Convenios núms. 4 y 89), y el trabajo nocturno de los menores (Convenios núms. 6, 79 y 90); ese documento también debería comprender un examen de los demás Convenios que hayan sido objeto de simples denuncias (Convenios núms. 1, 2, 26, 30, 45, 88, 94, 95, 96, 99, 101 y 103).

El Consejo de Administración advirtió que la puesta en ejecución de determinadas recomendaciones de la Comisión implicaba, a nivel de la Oficina, la adopción de medidas de seguimiento que comprendían solicitudes de información a los gobiernos y a los mandantes y la presentación de informes al Grupo de Trabajo, en sus próximas reuniones, sobre la evolución de la situación respecto a los convenios examinados y los resultados obtenidos. También señaló que, con este fin, los Estados Miembros, tendrían que emprender consultas tripartitas teniendo en cuenta en particular los procedimientos previstos en el marco del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144), y de la Recomendación sobre la consulta tripartita (actividades de la Organización Internacional del Trabajo), 1976 (núm. 152).

Discriminación

En marzo la Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo examinó un informe general elaborado por la Oficina sobre la marcha de las actividades de la OIT relativas a la discriminación en materia de empleo y ocupación. En este informe se examinaba en particular el reciente Estudio especial, efectuado por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, sobre la igualdad en el empleo y la ocupación prevista en el Convenio núm. 111, que se considera como un convenio fundamental de la OIT (véase más arriba).

Equipos multidisciplinarios

En noviembre la Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo examinó las actividades de los equipos multidisciplinarios en relación con las normas, y tomó nota de los progresos que se habían efectuado en esta esfera.

Libertad sindical

El Comité de Libertad Sindical siguió registrando un elevado número de quejas que se refieren a complejas cuestiones de relaciones laborales y a problemas relacionados con los derechos humanos, y su carga de trabajo sigue siendo muy grande.

Procedimientos constitucionales

Durante el año pasado, el Consejo de Administración recibió varias reclamaciones presentadas por organizaciones profesionales en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT. Declaró admisibles las reclamaciones relativas al Congo, Grecia, Perú, Senegal y Turquía y estableció comités para tratar de ellas. También adoptó las recomendaciones formuladas por los comités que había establecido para examinar otras reclamaciones relativas al Brasil, Congo, República Checa, Francia, Nicaragua, Paraguay, Perú, Polonia, Federación de Rusia y Uruguay, y declaró concluidos los procedimientos iniciados.

Empleo y política social

Trabajo infantil

En noviembre de 1995, la Comisión de Empleo y Política Social procedió a examinar un estudio global que se ocupaba del alcance, las características y las causas del trabajo infantil, y sugirió posibles criterios para abordar este problema en los planos tanto nacional como internacional. La Comisión analizó la posible actuación en los diferentes países, centrándose en una estrategia contra el trabajo infantil y en tipos de acción específicos, así como las lecciones extraídas de la experiencia de la OIT. Analizó asimismo un breve resumen de la acción que la OIT ha llevado y sigue llevando a cabo en la lucha contra el trabajo infantil, incluida la realizada en el marco del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), y estudió posibles maneras de incrementar su eficacia, en especial en lo relativo a la acción normativa, la recopilación y difusión de información, la cooperación técnica y la colaboración con otras organizaciones internacionales.

Ya en el mes de noviembre, el Consejo de Administración decidió por unanimidad que el trabajo infantil habría de ser el único nuevo punto del orden del día de la reunión de la Conferencia de 1998 y sobre la base de un conjunto de propuestas más específicas, en el mes de marzo decidió que, con miras a una acción normativa en virtud del procedimiento de doble discusión, esta cuestión debería incluirse en el orden del día de la reunión de la Conferencia de 1998 y 1999.

En el documento presentado en noviembre sobre la ratificación y promoción de los convenios fundamentales de la OIT (véase más arriba) también se trató, en el contexto del Convenio núm. 138, la cuestión del trabajo infantil.

Trabajadores migrantes

La Declaración y el Programa de Acción adoptados por la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social contenían distintas referencias a la cuestión de los trabajadores migrantes. El interés que ha despertado este asunto en la comunidad internacional ha aumentado fuertemente durante los últimos años, y se ha concretado asimismo en la inclusión de un detallado capítulo sobre la migración internacional en el Programa de Acción adoptado por la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD), celebrada en El Cairo en septiembre de 1994. Las cuestiones clave que se trataron en estas ocasiones fueron la protección, la integración y la no discriminación; la manera de reducir la migración clandestina y la necesidad que compele a las personas a abandonar su país; la mejora de la gestión de los flujos de migrantes y la asistencia a los mismos para su retorno; y el reforzamiento de las organizaciones internacionales y de la asistencia que prestan a los países.

En marzo del presente año, la Comisión de Empleo y Política Social del Consejo de Administración examinó un documento sobre la migración internacional y los trabajadores migrantes que dio lugar a una discusión en profundidad de las políticas relativas a las cuestiones de los trabajadores migrantes y que le sirvió de base para seleccionar los puntos del orden del día de la Reunión tripartita de expertos sobre las actividades futuras de la OIT en el campo de las migraciones, que está previsto se celebre en 1997. Los debates de la Comisión relativos a la revisión o reestructuración de las normas de la OIT que se refieren a los trabajadores migrantes se remitirán al Grupo de Trabajo sobre política de revisión de normas, para que examine con mayor detalle las cuestiones tratadas (véase más arriba). La Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo discutió asimismo la cuestión de la discriminación contra los trabajadores migrantes.

Cooperación técnica y política de asociación activa

El Consejo de Administración procedió en noviembre, por intermedio de su Comisión de Cooperación Técnica, a examinar como cada año la cooperación técnica prestada por la OIT durante el año anterior en el marco de la política de asociación activa, así como a evaluar los progresos realizados en la aplicación de esta última y de la estrategia de la OIT para la cooperación técnica. En este informe elaborado cada año por la Oficina se describen los últimos acontecimientos relativos a la cooperación técnica que facilita la OIT, la composición geográfica y sustantiva de la misma y la situación en que se encuentran los esfuerzos de descentralización desarrollados en el marco de la política de asociación activa y de la estrategia de la OIT para la cooperación técnica. Se informó asimismo del importante incremento del número de aprobaciones obtenidas para la financiación de nuevos proyectos y programas de cooperación técnica, lo cual pone fin al descenso que se inició en 1990.

La Comisión evaluó asimismo los elementos de participación de los programas y proyectos de cooperación técnica sobre la base de un documento en el que se examinaban los conceptos clave de los enfoques de participación respecto de la cooperación técnica y las técnicas implicadas, y se valoraban las enseñanzas extraídas. La evolución reciente de las cuestiones relativas a las actividades prácticas en el sistema de las Naciones Unidas, incluidas las principales medidas adoptadas por la OIT en relación con la resolución 47/199 de la Asamblea General, fue objeto de un nuevo documento.

Consulta preliminar sobre las propuestas de Programa y Presupuesto para 1998-1999

En su reunión del mes de marzo de 1996, el Consejo de Administración celebró una consulta preliminar sobre las propuestas de Programa y Presupuesto para 1998-1999. Ello dio lugar a un debate general del programa en su conjunto, en especial de las propuestas preliminares del Director General, y al examen de un documento sobre la racionalización de las estructuras exteriores de la OIT. El Consejo de Administración seguirá con su examen del Programa y Presupuesto para 1998-1999 en la reunión de noviembre del presente año, en la que examinará asimismo un documento adicional relativo a la racionalización de las estructuras exteriores de la OIT y un documento sobre la política de publicaciones de la Organización.

Cuestiones financieras

La principal preocupación del Consejo de Administración ha sido el deterioro de la situación financiera y la permanente incertidumbre ocasionada por el impago o el pago parcial de las contribuciones por parte de algunos Estados Miembros.

El año pasado, tan pronto terminó la reunión de la Conferencia, el Consejo de Administración adoptó una serie de medidas entre las que se incluía el aplazamiento de la reunión marítima de la Conferencia y de varias reuniones previstas para finales de 1995. A pesar de estas y otras medidas adoptadas por el Director General en 1995, el bienio 1994-1995 se cerró con un déficit de caja de 51.300.000 francos suizos. Este déficit se financió mediante sumas retiradas del Fondo de Operaciones y de préstamos internos que, de acuerdo con la decisión adoptada por la Conferencia en 1995, se reembolsarán con cargo a las contribuciones atrasadas que se reciban en posteriores ejercicios financieros.

A raíz de una solicitud formulada por la Conferencia en 1995, el Consejo de Administración también decidió en su 263.a reunión crear un Grupo de Trabajo tripartito sobre los ajustes del Programa y Presupuesto para discutir acerca de posibles reajustes del programa para el bienio 1996-1997. El Grupo de Trabajo se reunió en el mes de septiembre y, en noviembre de 1995, se presentaron propuestas al Consejo de Administración, con base en las cuales éste decidió una serie de recortes en los programas para el bienio 1996-1997, entre los que se incluían recortes relativos al funcionamiento de la Conferencia que ya se aplican a la presente reunión, que ascendían a 21.704.950 dólares de los Estados Unidos.

En marzo de 1996, el Consejo de Administración tomó nota de nuevas medidas de carácter preventivo adoptadas por el Director General para salvaguardar la situación financiera de la Organización, habida cuenta de la permanente incertidumbre acerca de la cuantía de las contribuciones que cabe esperar de los principales contribuyentes y de otros Estados Miembros, así como respecto de la fecha en que podrían efectuarse tales pagos. Las asignaciones preliminares para el bienio 1996-1997 quedaron establecidas a un nivel equivalente al 80 por ciento de las que figuran en el Programa y Presupuesto. El Director General insistió en que, a esas alturas, dichas medidas no deberían considerarse como ajustes de los programas.

Actividades sectoriales

En su reunión del mes de noviembre, el Consejo de Administración adoptó un nuevo Reglamento de las reuniones sectoriales y un conjunto de características generales de la reuniones sectoriales. Decidió que el nuevo Reglamento entraría en vigor en 1996, y que toda reunión sectorial que, estando prevista para 1995, quedara aplazada se celebraría con arreglo al mismo.

En lo que atañe al programa de reuniones sectoriales para 1996-1997, el Consejo de Administración decidió incluir una reunión tripartita sobre el acceso de las mujeres a puestos de dirección; una reunión tripartita sobre la mano de obra de las industrias del hierro y del acero del siglo XXI: cuáles serán sus características y sus métodos de trabajo; un simposio sobre convergencia de medios de comunicación múltiples; y una reunión de expertos sobre la seguridad y la salud en el trabajo forestal. En su reunión de marzo decidió la composición y el objeto de dichas reuniones.

Conferencia Internacional del Trabajo

En marzo, la Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo examinó un documento relativo al cometido de la Comisión de Verificación de Poderes en relación con las quejas por falta de pago de los gastos de viaje y de estancia de delegados que asisten a la Conferencia Internacional del Trabajo. El Consejo de Administración solicitó a la Oficina que elaborara un documento más completo para su reunión de noviembre de 1996, en el que se propusiera el texto de una posible enmienda al Reglamento de la Conferencia que se refiera al examen por la Comisión de Verificación de Poderes de las quejas relativas al incumplimiento de las disposiciones del artículo 13, párrafo 2, apartado a), de la Constitución.

Conferencias regionales

En la quinta Conferencia Regional Europea, celebrada en Varsovia en septiembre de 1995, se adoptaron conclusiones relativas al alcance y la financiación de la protección social y a las actividades de la OIT en Europa, así como tres resoluciones: una de ellas dirigida a garantizar la independencia y a facilitar la financiación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, otra sobre la protección y promoción de los derechos de los trabajadores migrantes y de sus familias en Europa, y la tercera sobre empleo y tripartismo en Europa. El Consejo de Administración pidió al Director General que adoptara las medidas oportunas en relación con dichos textos.

La quinta Conferencia Regional Europea marcó el final del ciclo experimental de conferencias regionales de la OIT celebradas en virtud de los acuerdos revisados. En el marco de los ajustes del Programa y Presupuesto para 1996-1997 adoptados en noviembre de 1995, se decidió que se celebraría una reunión regional cada año en las regiones bajo los auspicios de las oficinas regionales de la OIT, de una duración de tres días y con un único punto del orden del día relativo a las actividades de la OIT en la región de que se trate; que se abandonaría la práctica de enviar una delegación separada del Consejo de Administración a las reuniones regionales; y que la primera reunión regional de este tipo sería la correspondiente a la región de Asia y el Pacífico, que se celebraría en Bangkok en 1997.


Puesto al día por VC. Aprobada por NdW. Ultima actualización: 26 de enero de 2000.