Estimados
Colegas,
Habréis recibido recientemente la circular
de la CAPS 05/2 con fecha del 30 de junio enmendando
el reglamento por elecciones de los representantes
de los asegurados. No podrían ser electos
los dirigentes, presidentes o secretarios generales,
de las asociaciones representativas del personal
de la OIT o de la UIT". Cualquier pueda ser
la significación de aquello, se trata claramente
de impedir que los lideres sindicales puedan ser
elegidos al comité de gestión. Esta
enmienda claro no fue discutida con le Comité
del Sindicato, y es totalmente injustificada e inaceptable.
Las enmiendas al reglamento de la CAPS adoptadas
por le Comité de gestión entran en
vigor automáticamente si no hay oposición
por escrito de parte de 200 asegurados dentro de
las 3 semanas de su notificación - lo que
plantea dudas sobre la fecha que hay que tomar en
cuenta tratándose de información por
correo individual, quien podría ser tan temprano
como el 21 de julio. Nos deja muy poco tiempo para
reaccionar. Gracias entonces por asegurar que le
máximo numero de colegas manden antes del
21 de Julio al señor Clifford Kunstler, Secretario
de la CAPS el siguiente mensaje electrónico:
"Pido con este mensaje que la enmienda contenida
en la circular 05/2 de la CAPS sobre reglamento
de elecciones sea sometida al voto de los asegurados".
Muchas
gracias para su eficaz diligencia.