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Fecha de actualización:
8/10/2008

 

 

 

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Comunicado conjunto de la Coordinadora de Centrales Sindicales del Cono Sur- CCSCS, Consejo de Trabajadores del Cono Sur- CTCS y la Confederación Europea de Sindicatos – CES

En fecha 06 de septiembre del 2001, reunidos en Montevideo dirigentes de la CES – UE, CCSCS y CTCS del Cono Sur para evaluar las relaciones económicas, comerciales, políticas y sociales entre la Unión Europea, Mercosur y Chile, que desde julio de 1999 desarrollan negociaciones de un acuerdo de libre comercio y cooperación entre los dos bloques, con la previsión de inicio al principio del 2005.

Después de analizar la complejidad y dimensión de esa negociación, los representantes de los organismos sindicales de UE y Cono Sur, acordaron sus puntos de vista sobre las condiciones que deben ser cumplidas y respetadas por los órganos negociadores de los dos bloques y establecieron un conjunto de iniciativas de trabajo a desarrollar conjuntamente. Decisiones que se presentan a continuación.

Sobre las negociaciones para la conclusión de un Acuerdo de Asociación Unión Europea - Mercosur

Un análisis de los datos económicos y comerciales apunta a un importante crecimiento del intercambio comercial entre la UE y Mercosur y del volumen de inversiones europeas en esa región, pero demuestran también que las exportaciones europeas han crecido en proporción mas de 10 veces que las del Mercosur y Chile y que todavía no existe plena reciprocidad en ese intercambio.

Sin embargo se considera que la existencia de relaciones económicas dinámicas y equilibradas es una condición básica para el desarrollo del diálogo y la cooperación entre las dos regiones, para que el acuerdo comercial y económico sea un instrumento para la promoción de un desarrollo sostenible y compartido las negociaciones deben tener como requisito el tratamiento de todos los sectores y que la apertura recíproca de los dos mercados solo se puede dar si se eliminan mutua y concordadamente las trabas y mecanismos de protección que impidan la reciprocidad y disminución del desequilibrio mencionado.

Asimismo se considera que un acuerdo con esas dimensiones e importancia tiene que incluir los aspectos sociales, culturales y laborales y tiene que establecer como su primer objetivo la promoción del empleo digno, el respeto y elevación de los estándares laborales y significativa mejora de la distribución de renta en los países del Cono Sur.

La CES, CCSCS y CTCS defienden que las relaciones entre el Mercosur y la Unión Europea sean orientadas en el sentido de fortalecer la democracia y el desarrollo económico y social y, en ese sentido , valoran como positiva la creación del Comité Consultivo integrado por representantes del Foro Consultivo Económico-Social del Mercosur - FCES y el Comité Económico y Social de la Unión Europea -CES y confía que el mismo sea efectivamente considerado y escuchado, previamente a las decisiones que se deban tomar. Un acuerdo como ese afecta sobremanera la vida de las sociedades involucradas y, por lo tanto la vigencia de los principios democráticos solo es posible a partir de la existencia de mecanismos a través de los cuales la sociedad civil participe activamente en las decisiones.

En ese sentido se considera necesario y natural la instalación inmediata del Comité Conjunto FCES/CES para que la sociedad sea consultada en esa fase que definirá los pasos futuros.

Pero además de eso la CES, la CCSCS y el CTCS como organizaciones representativas de los trabajadores reafirmarán su derecho de presentar directamente sus propuestas y posiciones sobre las cuestiones económicas y sociales derivadas de las negociaciones entre los dos bloques para garantizar que los derechos y conquistas de los trabajadores y trabajadoras de nuestros países no sean reducidas y ni moneda de cambio para los temas comerciales.

Teniendo como base estas consideraciones iniciales la CES, CCSCS y CTCS

Acuerdan:

1. Establecer una relación directa y permanente entre las estructuras sindicales del Cono Sur y la Unión Europea y basar sus relaciones sobre los principios de la reciprocidad, autonomía, cooperación y solidaridad y acuerdan las siguientes iniciativas conjuntas:

2. Promover un encuentro mas amplio entre la CES, CCSCS y CTCS para profundizar el análisis de las dimensiones e impactos de ese acuerdo sobre el empleo y derechos laborales y sociales en los dos bloques y el curso de las negociaciones, para presentar sus propuestas y posicionamientos a los negociadores y organismos de consulta de la sociedad civil ya creados;

3. Debatir la construcción de mecanismos y o organismos que permitan hacer un seguimiento y análisis del comportamiento y política de las empresas multinacionales presentes en los dos bloques, con el objetivo de combatir sus políticas anti-sindicales y contribuir para la coordinación de la acción sindical conjunta.

4. Formular una propuesta conjunta de inclusión de un capitulo especifico sobre la defensa y respeto de los derechos laborales, que tenga como piso mínimo las Convenciones Fundamentales de la OIT y los instrumentos ya existentes en el interior de los bloques, la Carta de Derechos Fundamentales Europea y la Declaración Sociolaboral del Mercosur para presentar a los negociadores, tan pronto sea posible, su inclusión en el cuerpo y estructura del texto que se esta negociando.

Montevideo, 6 de septiembre del 2001

 


 

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