ANEXO N° 3. LISTA DE CONTROL DE ACCIONES SINDICALES (3)
Una Central sindical nacional o un sindicato juzgará la
manera más apropiada de dar respuesta a un incidente particular. Sin
embargo, la lista siguiente puede resultar de utilidad:
Campaña en el ámbito nacional y local
Tácticas con respecto a los empleadores/gobierno
que debe examinar y aplicar el sindicato/central nacional
pertinente.
Recopilar la información necesaria para
completar un formato abreviado y enviarlo a la oficina
sindical regional/nacional.
Pedir que se ponga inmediato término a la
violación de derechos.
Plantear la cuestión ante el Gobierno.
De ser conveniente, plantear la cuestión
en la casa matriz de la empresa a nivel nacional e internacional.
Presentar el caso, de ser posible, a las
instancias reconocidas definidas por la legislación laboral
y en el proceso de relaciones laborales.
Dar a conocer las violaciones de derechos
a otros sindicatos del país.
De ser conveniente, dar a conocer las violaciones
de derechos entre las organizaciones nacionales de derechos
humanos solidarias con la causa sindical.
Utilizando los medios informativos y otros
métodos, hacer pública la violación de derechos.
Si el caso implicara a un solo sindicato,
alertar al Secretariado Profesional pertinente.
Considerar la posibilidad de referir el
caso a la estructura nacional de derechos humanos correspondiente.
Nivel internacional
Se debe elaborar un Informe incluyendo información
sobre los resultados de los esfuerzos realizados al nivel
local para subsanar la violación de derechos. Informe
que debe ser remitido a la organización sindical regional
e internacional correspondiente.
La central nacional y el sindicato evaluarán
si se debe presentar el caso a los órganos de control
de OIT.
De ser necesario, elaborar y presentar una
Queja a OIT: Queja que igualmente deberá ser remitida
a la organización sindical regional, profesional e internacional
correspondiente, para coordinar su aval y conocimiento.
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3. Para su elaboración se ha tomado por base la consignada
en: CIOSL, "Manual sobree Derechos Sindicales -Material de referencia
y lineamientos de formación-" Bruselas, 1995, p.46.
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Conocimiento en la Formación Profesional (OIT/Cinterfor)
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