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Fecha de actualización:
8/10/2008

 

 

 

Contenido legal, duración y revisión del convenio

Las estipulaciones de los convenios pasan a formar parte de los contratos individuales en los cinco países y se aplican a las relaciones colectivas e individuales de trabajo de las partes a las que dichos convenios se aplican.

En Perú, se señala que las convenciones colectivas pueden contener cláusulas normativas (que se incorporan automáticamente a los contratos de trabajo y deben ser interpretadas como norma jurídica), obligacionales (que establecen derechos y deberes de naturaleza colectiva laboral entre las partes del convenio) y delimitadoras (destinadas a regular el ámbito y vigencia del convenio colectivo).

En Venezuela, se dispone expresamente que la convención colectiva no puede establecer condiciones menos favorables para los trabajadores que en los contratos individuales y que los convenios prevalecen sobre toda otra norma, contrato o acuerdo en cuanto beneficien a los trabajadores.

En Colombia, Ecuador y Perú25se determinan los contenidos mínimos, mientras que en Bolivia se establece con carácter general que los convenios regularan las condiciones de trabajo sin estipular condiciones contrarias a la ley, a las buenas costumbres y al interés público.

En lo relativo a la duración de los convenios, en Bolivia y en Perú el plazo mínimo es de un año, aunque en Perú las partes pueden establecer plazos mayores para la convención en su conjunto o para parte de la misma. Por otra parte, en Venezuela el plazo es entre 2 años mínimo y tres máximo. En Colombia, las partes lo establecen en la convención, presumiendo, por defecto, una duración de 6 meses. En Ecuador, el contrato colectivo puede celebrarse por tiempo indefinido, por tiempo fijo o por duración de una obra o servicio determinado. Si no se establece plazo se presume que es revisable cada 2 años a propuesta de cualquiera de las partes.

En todos los países, salvo en Perú, se establece que el convenio vencido queda vigente hasta la celebración de nuevo convenio.

En Colombia y Venezuela, la legislación admite la revisión de la convención colectiva cuando sobrevengan causas imprevisibles y graves alteraciones de la normalidad económica o circunstancias económicas que pongan en peligro la actividad o la existencia misma de la empresa, respectivamente.

En Bolivia, Ecuador y Perú se admiten las siguientes causales de terminación anticipada de la vigencia del convenio: acuerdo mutuo, causas estipuladas en el contrato, conclusión de obra o servicio objeto del contrato, caso fortuito o fuerza mayor (Bolivia y Ecuador), quiebra o liquidación judicial y agotamiento de la materia objeto de la explotación (Bolivia), muerte o incapacidad del patrono o extinción de la persona jurídica contratante, sino hay representante legal o sucesor que continúe la empresa o negocio (Ecuador).

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25. En Colombia se prevé la determinación de las condiciones generales de trabajo, la empresa establecimiento, industria u oficio, el ámbito de aplicación, la fecha en que entra en vigor, duración y modos de denuncia, la prórroga y el desahucio y la responsabilidad que entraña su incumplimiento. En Ecuador, se deberá prever las horas de trabajo, el monto de las remuneraciones, la intensidad y calidad del trabajo, los descansos y vacaciones, el subsidio familiar y demás condiciones que estipulen las partes, así como el número de trabajadores que presten servicios en cada empresa, y el número de miembros de las asociaciones sindicales. En Perú, se señalan, a titulo de ejemplo, las remuneraciones, las condiciones de trabajo y productividad y otras condiciones relativas a las relaciones entre trabajadores y empleadores.

 

Contenido legal, duración y revisión del convenio

 

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