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Fecha de actualización:
8/10/2008

 

 

 

Los sindicatos y el sector informal: en pos de una estrategia global
ACTRAV/OIT, 1999

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3.2.5. Federación Internacional de Trabajadores del Textil, Vestuario y Cuero

Los trabajadores ocupados en las industrias textil, del vestuario y del cuero han estado siempre expuestos a ciertas formas de explotación que se han caracterizado por: salarios bajos, horarios de trabajo prolongados, trabajo infantil, prácticas de trabajo insalubres e inseguras y otros tipos de abuso en relación con los derechos de los trabajadores. Los problemas con que se enfrentan los trabajadores a domicilio se plantearon y examinaron por primera vez en 1894, en el primer Congreso de la Federación Internacional de Asociaciones de Trabajadores Textiles.

Actualmente, la Federación Internacional de Trabajadores del Textil, Vestuario y Cuero (FITTVC) es la organización sindical internacional que, con 207 afiliados en 96 países, representa a los trabajadores ocupados en los sectores textil, del vestuario y del cuero en todo el mundo. Los trabajadores ocupados en esos ámbitos de actividad en el sector informal son principalmente trabajadores a domicilio o trabajadores independientes, así como trabajadores empleados en pequeñas empresas familiares o pequeños talleres.

Las prioridades de la FITTVC con respecto al sector informal se han centrado hasta ahora principalmente en el trabajo a domicilio. En virtud de varias resoluciones adoptadas por sus congresos mundiales durante los últimos decenios, la FITTVC se ha comprometido a garantizar que se aplique a los trabajadores a domicilio las mismas normas laborales y se les otorgue la misma protección social que a los que trabajan en fábricas; esto incluye los salarios, las prestaciones sociales, la protección del empleo y el derecho de sindicación y de negociación colectiva. En el Programa de Acción adoptado en el séptimo Congreso Mundial celebrado en 1996 se indica que la FITTVC seguirá alentando a sus afiliados para que realicen campañas con el fin de organizar a los trabajadores a domicilio, hacer que sean visibles, darles a conocer sus derechos e incluirlos en la esfera de la negociación colectiva (FITTVC, 1996).

No es sorprendente, por lo tanto, que la FITTVC haya desempeñado un papel activo en el proceso que condujo a la adopción del Convenio núm. 177 y la Recomendación núm. 184 de la OIT sobre el trabajo a domicilio. En los próximos años, una de las prioridades de la FITTVC será prestar asistencia a sus afiliados para llevar a cabo campañas con miras a la ratificación y aplicación de este Convenio. También desplegará esfuerzos especiales para asistir a sus afiliados en la realización de campañas con miras a organizar a los trabajadores a domicilio y apoyar sus derechos.

Sin embargo, en un mundo caracterizado por la intensa y creciente competencia económica, la FITTVC considera que la clave para aliviar los problemas que afectan a los trabajadores de los sectores textil, del vestuario y del cuero tiene que buscarse en el plano internacional y no en el ámbito nacional o local. En los últimos 30 años, la FITTVC ha estado propugnando la adopción de nuevos mecanismos para hacer cumplir los derechos laborales, por ejemplo supeditando la participación de los países en el comercio mundial a la condición de que respeten las normas internacionales del trabajo mínimas.

Los sectores textil, del vestuario y del cuero se han visto particularmente afectados por la erosión de las normas laborales como consecuencia de la búsqueda por los empleadores de las fuentes de producción más baratas en una economía mundializada. En esos sectores se ha recurrido de manera creciente a la subcontratación como medio para reducir aún más los costos de la mano de obra; esta práctica se ha extendido en todo el mundo, particularmente en los países en desarrollo. En opinión de la FITTVC, las peores formas de abuso en relación con los derechos de los trabajadores se registran en ese ámbito.

En vista de esas circunstancias, la FITTVC ha intensificado su acción con respecto a los códigos de conducta de las empresas en los últimos años. La mayor parte de las actividades relacionadas con los códigos de conducta se han centrado hasta ahora en las industrias textil, del vestido y del calzado. No ha habido una acción adecuada de seguimiento por parte de la mayoría de las empresas para aplicar o supervisar la aplicación de los cientos de códigos adoptados hasta la fecha. Muchos de los esfuerzos de la FITTVC están encauzándose ahora hacia el establecimiento de un marco internacional que permita garantizar que el contenido de los códigos sea adecuado para proteger a los trabajadores y que se creen sistemas para el seguimiento y la verificación independientes del cumplimiento de dichos códigos.

A este respecto, se han tomado una serie de iniciativas. De todas ellas, la que está teniendo mayor repercusión, en opinión de la FITTVC, es la que se conoce como SA8000. Se trata de un sistema global de normas para que las empresas puedan supervisar el cumplimiento de las disposiciones sociales que ya ha sido adoptado por cierto número de importantes comerciantes minoristas o distribuidores. Este sistema se aplica en los Estados Unidos mediante un organismo independiente de acreditación (el Organismo de Acreditación del Consejo de Prioridades Económicas), asistido por una Junta Asesora de ámbito internacional, en la que participan representantes de empresas destacadas, organizaciones de derechos humanos, profesionales encargados de la certificación, especialistas y sindicatos. El secretario general de la FITTVC es miembro de la Junta Asesora. SA8000 certifica que las empresas participantes cumplen, en todas las etapas de la cadena de producción, con cierto número de normas laborales, entre las que se incluyen el derecho de sindicación y de negociación colectiva, la prohibición del trabajo infantil y del trabajo forzoso, así como otros derechos humanos.

Para la FITTVC, los códigos de conducta no son una solución permanente para poner fin a la explotación de los trabajadores, y su proliferación refleja en gran parte el fracaso de los gobiernos por lo que atañe a proteger a los trabajadores mediante una legislación apropiada, dejando a su vez en manos de las empresas la adopción voluntar la de compromisos acerca de la responsabilidad que les incumbe respecto de sus propias normas   laborales y las de sus proveedores y asociados comerciales. No obstante, la FITTVC considera que, si se utilizan de manera apropiada, los códigos de conducta pueden constituir un catalizador para obligar a los gobiernos a examinar nuevos mecanismos con miras a hacer cumplir los derechos de los trabajadores, independientemente de la localización del empleo. Por esta razón, en los próximos años la FITTVC seguirá trabajando en estrecha colaboración con sus afiliados para que incluyan en sus códigos de conducta con los principales comerciantes minoristas disposiciones que aseguren mejores condiciones para los trabajadores a domicilio.

 

 


 

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