<<volver
al index
3.2.5. Federación Internacional de Trabajadores del
Textil, Vestuario y Cuero
Los trabajadores ocupados en las industrias textil, del
vestuario y del cuero han estado siempre expuestos a ciertas formas
de explotación que se han caracterizado por: salarios bajos, horarios
de trabajo prolongados, trabajo infantil, prácticas de trabajo insalubres
e inseguras y otros tipos de abuso en relación con los derechos de los
trabajadores. Los problemas con que se enfrentan los trabajadores a
domicilio se plantearon y examinaron por primera vez en 1894, en el
primer Congreso de la Federación Internacional de Asociaciones de Trabajadores
Textiles.
Actualmente, la Federación Internacional de Trabajadores
del Textil, Vestuario y Cuero (FITTVC) es la organización sindical internacional
que, con 207 afiliados en 96 países, representa a los trabajadores ocupados
en los sectores textil, del vestuario y del cuero en todo el mundo.
Los trabajadores ocupados en esos ámbitos de actividad en el sector
informal son principalmente trabajadores a domicilio o trabajadores
independientes, así como trabajadores empleados en pequeñas empresas
familiares o pequeños talleres.
Las prioridades de la FITTVC con respecto al sector informal
se han centrado hasta ahora principalmente en el trabajo a domicilio.
En virtud de varias resoluciones adoptadas por sus congresos mundiales
durante los últimos decenios, la FITTVC se ha comprometido a garantizar
que se aplique a los trabajadores a domicilio las mismas normas laborales
y se les otorgue la misma protección social que a los que trabajan en
fábricas; esto incluye los salarios, las prestaciones sociales, la protección
del empleo y el derecho de sindicación y de negociación colectiva. En
el Programa de Acción adoptado en el séptimo Congreso Mundial celebrado
en 1996 se indica que la FITTVC seguirá alentando a sus afiliados para
que realicen campañas con el fin de organizar a los trabajadores a domicilio,
hacer que sean visibles, darles a conocer sus derechos e incluirlos
en la esfera de la negociación colectiva (FITTVC, 1996).
No es sorprendente, por lo tanto, que la FITTVC haya desempeñado
un papel activo en el proceso que condujo a la adopción del Convenio
núm. 177 y la Recomendación núm. 184 de la OIT sobre el trabajo a domicilio.
En los próximos años, una de las prioridades de la FITTVC será prestar
asistencia a sus afiliados para llevar a cabo campañas con miras a la
ratificación y aplicación de este Convenio. También desplegará esfuerzos
especiales para asistir a sus afiliados en la realización de campañas
con miras a organizar a los trabajadores a domicilio y apoyar sus derechos.
Sin embargo, en un mundo caracterizado por la intensa
y creciente competencia económica, la FITTVC considera que la clave
para aliviar los problemas que afectan a los trabajadores de los sectores
textil, del vestuario y del cuero tiene que buscarse en el plano internacional
y no en el ámbito nacional o local. En los últimos 30 años, la FITTVC
ha estado propugnando la adopción de nuevos mecanismos para hacer cumplir
los derechos laborales, por ejemplo supeditando la participación de
los países en el comercio mundial a la condición de que respeten las
normas internacionales del trabajo mínimas.
Los sectores textil, del vestuario y del cuero se han
visto particularmente afectados por la erosión de las normas laborales
como consecuencia de la búsqueda por los empleadores de las fuentes
de producción más baratas en una economía mundializada. En esos sectores
se ha recurrido de manera creciente a la subcontratación como medio
para reducir aún más los costos de la mano de obra; esta práctica se
ha extendido en todo el mundo, particularmente en los países en desarrollo.
En opinión de la FITTVC, las peores formas de abuso en relación con
los derechos de los trabajadores se registran en ese ámbito.
En vista de esas circunstancias, la FITTVC ha intensificado
su acción con respecto a los códigos de conducta de las empresas en
los últimos años. La mayor parte de las actividades relacionadas con
los códigos de conducta se han centrado hasta ahora en las industrias
textil, del vestido y del calzado. No ha habido una acción adecuada
de seguimiento por parte de la mayoría de las empresas para aplicar
o supervisar la aplicación de los cientos de códigos adoptados hasta
la fecha. Muchos de los esfuerzos de la FITTVC están encauzándose ahora
hacia el establecimiento de un marco internacional que permita garantizar
que el contenido de los códigos sea adecuado para proteger a los trabajadores
y que se creen sistemas para el seguimiento y la verificación independientes
del cumplimiento de dichos códigos.
A este respecto, se han tomado una serie de iniciativas.
De todas ellas, la que está teniendo mayor repercusión, en opinión de
la FITTVC, es la que se conoce como SA8000. Se trata de un sistema global
de normas para que las empresas puedan supervisar el cumplimiento de
las disposiciones sociales que ya ha sido adoptado por cierto número
de importantes comerciantes minoristas o distribuidores. Este sistema
se aplica en los Estados Unidos mediante un organismo independiente
de acreditación (el Organismo de Acreditación del Consejo de Prioridades
Económicas), asistido por una Junta Asesora de ámbito internacional,
en la que participan representantes de empresas destacadas, organizaciones
de derechos humanos, profesionales encargados de la certificación, especialistas
y sindicatos. El secretario general de la FITTVC es miembro de la Junta
Asesora. SA8000 certifica que las empresas participantes cumplen, en
todas las etapas de la cadena de producción, con cierto número de normas
laborales, entre las que se incluyen el derecho de sindicación y de
negociación colectiva, la prohibición del trabajo infantil y del trabajo
forzoso, así como otros derechos humanos.
Para la FITTVC, los códigos de conducta no son una solución
permanente para poner fin a la explotación de los trabajadores, y su
proliferación refleja en gran parte el fracaso de los gobiernos por
lo que atañe a proteger a los trabajadores mediante una legislación
apropiada, dejando a su vez en manos de las empresas la adopción voluntar
la de compromisos acerca de la responsabilidad que les incumbe respecto
de sus propias normas laborales y las de sus proveedores y asociados
comerciales. No obstante, la FITTVC considera que, si se utilizan de
manera apropiada, los códigos de conducta pueden constituir un catalizador
para obligar a los gobiernos a examinar nuevos mecanismos con miras
a hacer cumplir los derechos de los trabajadores, independientemente
de la localización del empleo. Por esta razón, en los próximos años
la FITTVC seguirá trabajando en estrecha colaboración con sus afiliados
para que incluyan en sus códigos de conducta con los principales comerciantes
minoristas disposiciones que aseguren mejores condiciones para los trabajadores
a domicilio.
