OIT

CINTERFOR
Centro Interamericano para el Desarrollo del
Conocimiento en la Formación Profesional


Búsqueda avanzada
Gestión del conocimiento en la formación profesional para contribuir a la creación de trabajo decente y productivo en América Latina y el Caribe de acuerdo a la Agenda de Trabajo Decente de la OIT

 

 

Sindicatos y formación

 

  Sobre este sitio
  Negociación colectiva
Declaraciones de los trabajadores en eventos de Cinterfor/OIT

 

Experiencias sindicales
  Legislación

  Formación y productividad
  Documentos y
publicaciones
  Los sindicatos con los jóvenes
  Sindicalismo y género
  Eventos sobre formación
  Enlaces
  Mapa del sitio

Página principal



Coloque su dirección de correo electrónico y reciba las novedades del sitio


Enviar la página a un amigo

Fecha de actualización:
8/10/2008

 

 

 

 

Procesos de integración regional en Europa y América: Empleo y Relaciones  de trabajo

 

   

Síntesis introductoria

 

   I. Impactos laborales del proceso de globalización

 

II. América Latina: empleo y equidad en los noventa

 

III. Procesos de integración regional en Europa y América

 

IV. Impactos laborales de los acuerdos en Latinoamérica

 

V. Conclusiones referidas a la situación latinoamericana

 Efectos sociales de la ampliación del mercado en los acuerdos tipo A

 Acuerdos tipo B, políticas sociales y movilidad social

 Acuerdos tipo B, impactos sociales de los  compromisos

 

 Abreviaturas

 

Bilbliografía

 

 

 

 

 

 

 

 

   

Conclusiones referidas a la situación latinoamericana

2. Acuerdos tipo B, políticas sociales y movilidad laboral

La línea "divisoria de aguas" que marca una fuerte irrupción de los temas "sociales" en el proceso de integración regional, se alcanza cuando se asumen compromisos, y se implementan iniciativas orientadas a avanzar hacia la constitución de mercados comunes (o de acuerdos aún más profundos) que garanticen la plena libertad migratoria en los espacios económicos ampliados. Este grupo de acuerdos es lo que en este trabajo hemos denominado por razones de brevedad, acuerdos de tipo B.

Puesto que los cuatro acuerdos subregionales principales en la integración de América Latina (Comunidad Andina, MERCOSUR, Mercado Común Centroamericano, y Comunidad del Caribe) han asumido este tipo de compromisos, parece pertinente iniciar las exploraciones orientadas a examinar las consecuencias probables de este tipo de decisiones.

En la Unión Europea, la plena libertad migratoria ya constituye una realidad vigente que no ha generado dificultades sociales, institucionales o jurídicas mayores. La estabilidad y fluidez de este proceso se explica, entre otras razones: a) porque las asimetrías en el desarrollo económico y social de los países miembros ( y de sus regiones subnacionales) no son muy pronunciadas; b) porque existen recursos supranacionales (Fondos Estructurales) que se invierten para promover la cohesión social en el interior de la Unión, y c) porque el arraigo cultural de la fuerza de trabajo no calificada (y las diferencias idiomáticas) han moderado los desplazamientos masivos en el interior del espacio unificado.

En América Latina: a) las asimetrías entre países y regiones subnacionales integrantes de un mismo acuerdo son mucho más pronunciadas; b) no se prevén por ahora recursos "comunitarios" para intentar reducirlas, y; c) la propensión migratoria de los trabajadores no calificados puede ser muy intensa (por factores "expulsivos" de naturaleza económica e incluso política, y por la más fácil asimilación cultural e idiomática en los lugares de destino). No hay duda, que estas fuertes asimetrías pueden generar dificultades al establecimiento de la libertad migratoria plena inherente al ingreso a un mercado común.

Desde luego, una reducción de este tipo de asimetrías es una condición de estabilidad económica, política y social, independientemente del grado de avance que hayan alcanzado los procesos de integración. Las políticas de desarrollo económico y social de los países latinoamericanos apuntan, evidentemente a lograr esos objetivos de cohesión planteados y ejecutados a nivel nacional. Sin embargo ello no obsta para que, mientras estas acciones de largo plazo no arrojen frutos, pueden surgir obstáculos y dificultades a la libre movilidad migratoria de los trabajadores en el espacio económico ampliado. Todo el avance hacia la fase de mercado común podría verse vulnerado si dichas dificultades se agudizaran.

Como es obvio, el compromiso de avanzar hacia la constitución de mercados comunes es una decisión privativa de los gobiernos soberanos de los Estados miembros de los diferentes acuerdos. Aunque en principio éstos ya se hayan manifestado explícitamente en tal sentido, la implementación de acciones concretas en tal dirección depende enteramente de estas decisiones gubernamentales. El objeto de estas reflexiones apunta a proveerles de marcos conceptuales e informaciones pertinentes que los ayuden a plantear el tema, y a una mejor graduación de las acciones orientadas a constituir mercados comunes.

El tema del avance hacia los mercados comunes, ha sido planteado en la literatura académica con base en la teoría económica de la integración, desarrollada con énfasis en la asignación eficiente de recursos en un contexto teórico fundado en las premisas de la estática económica neoclásica marginalista. En particular las formulaciones teóricas más amplias no tomaban en cuenta las diferencias en la calificación del factor trabajo. Sólo muy recientemente el tema del capital humano, y del papel estratégico de la capacitación de los recursos humanos ha impulsado la necesidad de distinguir entre diferentes niveles educacionales. De hecho, la era de las tecnologías de la información ha colocado en primer plano el tema de la distribución de oportunidades económicas entre trabajadores calificados y no calificados como un elemento crucial en la nueva expresión de las desigualdades sociales tanto en los países desarrollados como en desarrollo. Se ha constatado una alta y creciente correlación entre los niveles de ingreso medio y de calificación laboral.

En consecuencia el tema de la movilidad laboral puede examinarse más fructíferamente si se "abre" por niveles de calificación e ingresos. Para no complicar estas conclusiones vale la pena distinguir aquí tres niveles de calificación e ingresos en la movilidad laboral a ser examinada: los bajos, medios, y altos.

En el marco de las consideraciones anteriores, la constitución de mercados comunes plantea desafíos a tres conjuntos de regímenes y políticas cuya convergencia se requiere para integrar gradualmente los mercados de trabajo: a) la de los regímenes y políticas migratorios; b) la de los regímenes y políticas sociales cuya vigencia contribuye a efectivizar el derecho a trabajar en otro país miembro c) la de los regímenes y políticas relacionados con la formación de recursos humanos.

  1. La armonización de regímenes y políticas migratorias

Primero, en el caso de los trabajadores de baja calificación, su intensa demanda de bienes públicos y sus escasas aportaciones al mantenimiento de los mismos en los lugares de destino pueden operar en detrimento de los trabajadores locales de similares de calificación e ingresos. También es en este nivel donde más probablemente pueden producirse movimientos masivos capaces de desequilibrar los mercados de trabajo.

Segundo, el tema quizá no se plantee en términos tan agudos para los trabajadores de calificación e ingresos medios, pues ellos suelen efectuar un cálculo más racional e informado respecto de los costos y beneficios de emprender un desplazamiento en el interior del espacio ampliado. Sus niveles medios de calificación e ingresos, hacen presumir un comportamiento más cauto al emprender estos desplazamientos. Es posible además que su presión sobre los bienes públicos de los lugares donde se radiquen sea menos masiva e intensa que la ejercida por los de escasa calificación.

Tercero, los migrantes de altos niveles de calificación e ingresos, normalmente no responden a factores expulsivos de naturaleza económica que los induzcan a trasladarse. Lo hacen como consecuencia de un cálculo racional, mucho más informado, si las oportunidades económicas en los lugares de destino así lo ameritan. Si son portadores de capital propio, pueden contribuir a una inversión generadora de empleos. Si son altos ejecutivos pueden hacer parte de la instalación de empresas transnacionales. En cualquier caso, el costo de su utilización de bienes públicos (salud, educación, etc.) suele ser sufragado privadamente, y aunque hagan algún uso de aquellos, sus contribuciones tributarias suelen ser suficientes como para que, el saldo económico de su presencia sea fiscalmente positivo en los lugares de destino.

En resumen el plano donde las asimetrías nacionales y subnacionales en materia de niveles y condiciones de vida pueden plantear los mayores desafíos a la constitución de un mercado común, es el correspondiente a los desplazamientos migratorios de los trabajadores escasamente calificados ubicados en los estratos inferiores de ingresos.

Esta temática sugiere la necesidad de investigaciones orientadas a determinar cual sería el papel de los regímenes y políticas migratorias en la constitución de mercados comunes subregionales. Cuanto mayores sean las asimetrías en materia de ingresos, salud, y educación, mayor será el flujo migratorio potencial desde las regiones desfavorecidas hacia las más desarrolladas al consagrarse las libertades migratorias propias de un mercado común. La consagración directa de una irrestricta libertad migratoria puede erosionar la credibilidad y deseabilidad del avance hacia un mercado común. Cabe examinar entonces la necesidad de introducir regímenes migratorios que, al menos de manera transicional, introduzcan excepciones a la libre movilidad laboral, por ejemplo imponiendo "salvaguardias" (análogas a las que se plantean en la esfera del comercio internacional) ante desequilibrios graves en algunos mercados específicos de trabajo en los lugares de destino. A largo plazo la solución definitiva a este tipo de riesgos es la promoción del desarrollo en aquellas áreas más desfavorecidas en las que exista (por razones de vecindad, por magnitud demográfica, etc. ) un alto riesgo de migraciones masivas de trabajadores escasamente calificados, susceptibles de perturbar los mercados laborales o el acceso a los bienes públicos en los lugares de destino. Es probable que la convergencia en este tema exija la armonización de políticas y regímenes para que todas las partes puedan asegurarse que las restricciones a la libertad migratoria, sean establecidas sobre bases de reciprocidad y simetría y como excepciones al principio de la libre movilidad laboral.

En resumen, el razonamiento anterior se interroga respecto de la conveniencia, o no, de introducir el principio de la libertad migratoria de una forma más gradual, sujeta a ciertas excepciones negociadas, cuando se penetre en la fase de mercados comunes. Nótese sin embargo que, en un mercado común la regla jurídica es la libertad migratoria y la excepción correspondería, si las partes así lo determinan, a ciertas restricciones recíprocamente negociadas. Esa regla jurídica fundamental es la que exigiría la condición de la armonización de regímenes y políticas.

  1. La coordinación de regímenes y políticas de seguridad social

La consagración de la libertad de trabajar en otro país miembro pasa por el reconocimiento recíproco de los derechos sociales previamente adquiridos por los trabajadores provenientes de otros países miembros. A diferencia de la condición más "dura" de armonizar regímenes y políticas, el reconocimiento de esos derechos (en el campo previsional, de la salud, de la educación, etc.) sólo exige la coordinación de regímenes y políticas sociales. Esa es la principal lección que se extrae de la larga experiencia de la Unión Europea en el establecimiento de un mercado común. Dicho de otra manera, los regímenes y políticas sociales no requieren ser armonizados a partir de ciertos criterios o principios comunes para poder ser reconocidos como válidos en otro país miembro.

Desagregando nuevamente por estratos, los trabajadores de baja calificación e ingresos normalmente acceden a sistemas de previsión y salud que, adicionalmente a la contribución de los propios trabajadores, y de los empleadores el papel del Estado suele ser protagónico en el financiamiento y operación de estos sistemas, para lograr el goce efectivo de los derechos a la seguridad social en sentido amplio ( no sólo previsión y salud, sino también maternidad, cesantía, asignaciones familiares, accidentes de trabajo, etc.). Para este grupo de trabajadores de baja calificación e ingresos el reconocimiento recíproco (coordinación) de sistemas es la única manera práctica de lograr en corto plazo la garantía de los derechos adquiridos en otros países miembros.

En materia de seguridad social, el avance en esta dirección exigiría, la aplicación del principio de la conservación de los derechos adquiridos con base en los criterios de totalización y de prorrata. El ejemplo más reciente corresponde al Convenio Multilateral de Seguridad Social en proceso de aprobación dentro del MERCOSUR. El criterio de totalización asegura la inclusión de todos los períodos de cotización cumplidos en cualquiera de los Estados miembro y el de prorrata reparte los costos de las prestaciones entre los diferentes países miembros en proporción al tiempo trabajado (y cotizado por el beneficiario) o "causante" en cada uno de ellos. Se abre aquí una temática de investigación comparativa, orientada a determinar el costo fiscal y la viabilidad operativa de estas modalidades de coordinación.

Nuevamente la situación de los migrantes de mayor calificación e ingresos, es bastante diferente por su acceso a sistemas previsionales basados en mecanismos de capitalización individual. La experiencia recogida en América Latina parece sugerir que estos mecanismos resultan eficientes a partir de cierto umbral de niveles mínimos de ingreso por persona. Las normas gubernamentales que regulan estos sistemas de capitalización garantizan a nivel nacional el derecho de los cotizantes a trasladarse de una a otra Administradora de Fondos de Pensiones. A nivel de un acuerdo de integración se requerirían estudiar las condiciones administrativas y financieras mínimas para asegurar el reconocimiento recíproco de derechos para los cotizantes oriundos de otro Estado miembro, probablemente sobre la base del reconocimiento recíproco de los sistemas reguladores existentes en cada país. Esta temática también podría dar lugar a investigaciones específicas.

  1. La coordinación de políticas formativas de capital humano

Especialmente en la formación de capital humano de superiores calificaciones la constitución de mercados comunes posibilita importantes progresos por el lado de la oferta y de la demanda. Por el lado de la oferta de calificaciones, las nuevas tecnologías de la información permiten obtener economías de escala y especialización si cada país puede contribuir a la capacitación de personas provenientes de todos los otros países miembros en aquellas áreas donde destaca por su particular excelencia. Por el lado de la demanda de calificaciones, posibilita a los estudiantes aumentar sus opciones para decidir en donde capacitarse, generando una forma de competencia que puede tener un saludable impacto en materia de calidad y eficiencia de los diferentes sistemas educativos.

Por supuesto nada de lo anterior es posible sin la sanción de las libertades de migrar, radicarse, estudiar, y trabajar en cualquier país miembro por parte de los ciudadanos de otro país miembro. En particular, se requiere el reconocimiento recíproco de títulos y certificados de estudios obtenidos en cualquiere país miembro por ciudadanos de cualquier otro país miembro.

 

(Síntesis introductoria)  (Impactos laborales del proceso de globalización) (América Latina: empleo y equidad en los noventa)  (Procesos de integración regional en Europa y América)  (Impactos laborales de los acuerdos en Latinoamérica)  (Conclusiones: Efectos sociales de la ampliación del mercado en los acuerdos tipo A)  (Acuerdos tipo B, políticas sociales y movilidad social)  (Acuerdos tipo B, impactos sociales de los compromisos) (Abreviaturas)   (Bibliografía)

 


 

Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional (OIT/Cinterfor)
Avda. Uruguay 1238 - Montevideo - Uruguay - Tel: (5982) 908 6023 - 902 0557 - 908 0545 - Fax: (5982) 902 1305
oitcinterfor@oitcinterfor.org -   webmaster@cinterfor.org.uy

Copyright © 1996-2009 Organización Internacional del Trabajo (OIT) - Descargo de responsabilidad