I. La prioridad que otorgan los actores
entrevistados a los derechos laborales
En este punto analizaremos las respuestas
dadas por cada sexo en cada uno de los grupos entrevistados trabajadores/as,
sindicalistas, jefes/as de personal en empresas privadas, funcionarios/as
de los sistemas judiciales y docentes de derecho laboral .
El análisis de las opiniones de las mujeres
pertenecientes a distintos estratos económicos y a diferentes grupos
ocupacionales muestra las siguientes particularidades relevantes:
Para la totalidad de las mujeres entrevistadas
el derecho de mayor prioridad (más de un 64%) es la protección contra
el despido por embarazo, pero simultáneamente solo las sindicalistas
y las trabajadoras de la maquila consideran prioritarios ( un 67% o
más) los derechos asociados a la protección de la maternidad, como son
los servicios de salud reproductiva y la protección del embarazo.
Relacionado también con la función reproductora
de las mujeres se observa que para más de un 83% de las sindicalistas,
las mujeres trabajadoras de la maquila y las juezas y abogadas laboralistas
, los servicios de cuido infantil son un derecho laboral prioritario
, lo que contrasta con la opinión de las jefas de personal y/o recursos
humanos de las empresas, en que solo una tercera parte considera este
un derecho prioritario.
El derecho a la lactancia materna es valorado
como prioritario (más de un 73%) por las mujeres trabajadoras y por
las líderes sindicales.
En el ámbito de los derechos económicos
de las mujeres, las trabajadoras de la maquila y las sindicalistas son
las únicas que consideran derechos prioritarios la igualdad de oportunidades
en el empleo y el igual salario para un igual trabajo.
En el ámbito de los derechos humanos de las
mujeres : sindicalistas, trabajadoras de empresa y jefas de personal
, la mitad de las mujeres o más , consideran el derecho a no ser agredidas
verbal, emocional o fisicamente en el trabajo como derecho prioritario.
En el caso del hostigamiento sexual en el trabajo llama la atención
que para la mayoría de las funcionarias judiciales y mujeres docentes
de derecho laboral éste no sea un derecho laboral prioritario