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Fecha de actualización:
23/06/2009

 

 

 

Noticias bibliográficas

La pesquisa sistemática desde el género para el análisis de los problemas laborales de las mujeres.

Janina Fernández- Pacheco

 

H. Las opiniones y percepciones sobre las relaciones laborales en centroamérica y Pánama de los distintos actores entrevistados : trabajadores/as de la maquila, , funcionarios/as de empresas de la maquila textil, líderes sindicales , funcionarios de los sistemas judiciales y docentes de derecho laboral de las universidades.

Las relaciones laborales están sobredeterminadas por los niveles de desarrollo político, social, económico en cada país a nivel de:

  • Políticas gubernamentales para el trabajo y estructuras institucionales existentes.
  • Desarrollo, fortalezas y debilidades de los actores sociales laborales: organizaciones de trabajadores, gremios empresariales, organizaciones gubernamentales y organizaciones no gubernamentales con incidencia en el mundo del trabajo (derechos humanos y laborales, derechos de la mujer, salud ocupacional y reproductiva, etc.)
  • Naturaleza y enfoque de las políticas macroeconómicas en su doble relación con las economías al interior de los países y con las economías de los países desarrollados.
  • Políticas y áreas de acción e incidencia específica de los organismos internacionales presentes con planes concretos de trabajo en Centro América.
  • Diferencias culturales en el acercamiento al trabajo por ejemplo de los inversores coreanos y chinos, así como las diferencias culturales de ese 30% de trabajadoras indígenas que laboran en las empresas de maquila en Guatemala.

Es esencial tener presente, que a diferencia de la mayoría de los países desarrollados, existen diferencias enormes en la correlación de fuerzas a nivel de representación social, de poder económico, de incidencia política entre las organizaciones de trabajadores y los gremios empresariales. El saldo de esta situación es un asimétrico respeto (entre países y entre ramas de actividad públicas y privadas) por los principios y derechos fundamentales del trabajo que son una condición previa necesaria para el diálogo social y para el fortalecimiento de la democracia en la región.

 " Los derechos construidos en el marco internacional convocan y se convierten en un techo de género a alcanzar en niveles nacionales y locales. La situación de las mujeres contemporáneas no puede ser observada sin cotejarla con ese marco que permite a la vez evitar la dominación y construir posibilidades de vivir en seguridad para las mujeres. Es la dimensión de lo posible, imaginado, pactado y vigente en otro ubis. El principio general acoge a todas las mujeres independientemente de su capacidad política personal.

.... Pertenecer a un género con derechos, cambia radicalmente la vida, impide daños y oprobios y posibilita la interlocución de cada mujer con los otros y con las instituciones. Comprender que un objetivo del desarrollo humano es transformar el marco jurídico vigente e incorporar el corpus legal que convierta en preceptos obligatorios para todos las vías para lograr la igualdad real entre los géneros, a partir del reconocimiento de la especificidad de cada género y de la singularidad de cada persona, que respeten las diferencias y busquen la equidad.

Destacar la dimensión jurídica de la democracia genérica es fundamental para reconocer que es impostergable reelaborar las normas, incluso sólo para que expresen los eventos en que se ha logrado socialmente trasponer el orden tradicional. Las normas actuales ya no corresponden, con lo que sucede entre mujeres y hombres en la sociedad contemporánea, no expresan los derechos que a pulso han labrado las mujeres desde sus particularidades, por ello no se trata de hacer pequeñas reformas, sino de crear un marco jurídico coherente que consigne los derechos innovados, asegure su cumplimiento y sea guía para la vida social." (9)

Haciendo referencia a la observancia de los instrumentos internacionales ratificados por los países centroamericanos la Dra. Sonia Picado, jurista costarricense afirma :

"Nosotros tenemos que comenzar a hacer conciencia sobre los problemas de discriminación por género en los tribunales y tenemos que comenzar a hablar de éstos como Problemas de Derechos Humanos, porque los Jueces no solo no aplican la Convención Americana y los Pactos de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y otros convenios internacionales pro igualdad entre hombre y mujer sino que los ignoran y actúan a menudo en contra de ellos. De ahí que la igualdad que tenemos por Derecho Internacional, en razón de sexo, una igualdad política, una igualdad penal, una igualdad ante la ley, no existen en realidad." (10)

El anterior es un diagnóstico esquemático de la situación en centroamérica, en otras latitudes la situación no es sustantivamente diferente, pero se ha tomado conciencia del sesgo por género en el ámbito jurídico y se ha tratado de modificar esa situación impulsando programas de sensibilización de género y definiendo cursos de acción estratégicos ,por medio de Comités (Task Forces) tal es el caso de los Estados Unidos y Canadá.

Al respecto de la búsqueda de justicia equitativa en los tribunales, reflexiona Norma. J. Wikler , jurista estadounidense :

.." la experiencia norteamericana en reforma judicial de sesgo por género tiene revelaría para muchos otros países. Por variaciones culturales en el contexto social, marco legal, estructura y organización de las judicaturas y muchos otros factores, los países que intenten una reforma judicial en este sentido, seguirán necesariamente diferente rumbos...

La ‘internacionalización’ del movimiento para eliminar sesgo por género en los tribunales ya se inició gracias a los esfuerzos de la juez Arline Pach y otras, quienes están organizando una entidad internacional de juezas que promueva, como una de sus metas centrales, la igualdad justicia para hombres y mujeres en los tribunales. Esta organización será una adición positiva al número creciente de redes formales e informales, que se abocan a la protección de los derechos legales de la mujer... Las actividades esenciales para estos grupos serán sin duda, el promover la educación legal, mejorar la asistencia legal de la mujer, y la ejecución de reformas legislativas a favor de la mujer. Existe un reconocimiento creciente de que otro componente esencial de una estrategia global para la realización completa de los derechos de la mujer, debe ser la reforma de la judicatura, (surydo. nuestro) con el propósito de educar a los jueces sobre las maneras en que sus propios prejuicios interfieren con la administración de una justicia equitativa y justa."

Es en este contexto que deben ubicarse las respuestas a las preguntas que hemos realizado, sobre las opiniones y las percepciones de operarios/as de la maquila, personal de las empresas de maquila, funcionarios/as de los poderes judiciales expertos en derecho laboral y docentes de derecho laboral de las universidades.

 

9. Lagarde, Marcela (1997) Género y Feminismo : Desarrollo Humano y Democracia, Madrid, Espana, horas y Horas la editorial. p:194
10. Picado , Sonia. ( 1991), La mujer y los derechos humanos en Centro América y Pánama, en: Tirsa Rivera, Editora, ( 1991), Las Juezas en Centro América y Pánama, San José, Costa Rica, Centro para la Administración de Justicia de la Universidad Internacional de Florida, pp. 58-59

La opinión de los y las obreros de las empresas de maquila textil en América Central.

 

 

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