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Fecha de actualización:
23/06/2009

 

 

 

Noticias bibliográficas

La pesquisa sistemática desde el género para el análisis de los problemas laborales de las mujeres.

Janina Fernández- Pacheco

 

C. La promoción y el respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo.

Tanto los Convenios internacionales como las leyes nacionales que procuran una igualdad de jure entre ambos géneros tropiezan con profundos y antiguos atavismos culturales anclados en el inconsciente colectivo y en intereses objetivos que resisten la ola expansiva hacía una mayor equidad entre hombres y mujeres en el mundo del trabajo.

Esos atavismos que han antecedido nuestros nacimientos y han acompañado nuestro crecimiento no deben ni pueden ser asumidos como una fatalidad irremediable. El tema de la exclusión social de las mujeres y de la discriminación de las mismas en los diferentes ámbitos del quehacer humano no son determinaciones marcadas en los 34.000 genes que constituyen el genoma humano, son construcciones sociales y culturales y por lo tanto susceptibles de ser deconstruidas y transformadas.

La OIT por medio de su mecanismo tripartito de gestión , cuenta con un conjunto de instrumentos internacionales que tutelan los derechos y libertades de las mujeres en el mundo del trabajo.

Entre los más importantes se encuentran :

* Convenio sobre igualdad de remuneración (núm. 100), adoptado en 1951.
* Convenio sobre la protección de la maternidad (revisado) (núm. 103). El proceso de revisión comenzó en 1997. La segunda discusión tuvo lugar en la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 2000 y llevó a la adopción de un nuevo convenio.
* Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación) (núm. 111), adoptado en 1958.
* Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares (núm. 156), adoptado en 1981.
* Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial (núm. 175), adoptado en 1994.
* el Convenio sobre el trabajo a domicilio (núm. 177) y la Recomendación (núm. 184) en 1996;
* la Declaración sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo en 1998;
* el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, adoptado en junio de 1999, que reclama que se preste atención a la situación especial de las niñas.
* el Convenio sobre la protección de la maternidad (núm. 183), adoptado en junio de 2000.
* El único Convenio que contiene en su artículo 20 , previsiones para la protección de las y los trabajadores contra el hostigamiento sexual es el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de 1985.

Las relaciones de trabajo

 

 

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