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Fecha de actualización:
27/11/2008

 

 

 

 

Trabajadores migrantes

Darles lo que se les debe

Según una estimación de la OIT, hay en la actualidad en el mundo unos 90 millones de personas implicadas en la migración internacional, excluidos los refugiados y los que buscan asilo, y aproximadamente la mitad de ellas son mujeres. El gráfico que sigue refleja los datos aproximados sobre la proporción de las mujeres que han entrado en algunos países de tradicional fuerte inmigración desde 1960 a 1992.

Se suponía antes que la mayoría de las mujeres emigraban por motivos de reunificación familiar. Esta suposición aparece resumida en la Recomendación de la OIT sobre los trabajadores migrantes (revisada), 1949 (núm. 86), cuando alude a la familia del trabajador migrante como "su esposa e hijos menores". Pasados cincuenta años, no se puede sostener esa idea, puesto que en muchos países la migración de mujeres en busca de empleo supera con mucho a la de los hombres.

Persisten, sin embargo, las imágenes del "migrante típico": el trabajador migrante que nos viene a la imaginación es un hombre, casi siempre joven y que actúa por motivos económicos. No es sorprendente que esta imagen sesgada lleve a la formulación de políticas poco realistas y sensibles a los cambios, que no tienen en cuenta las necesidades de potenciales migrantes de uno y otro sexos que llegan y se van. A la hora de elaborar políticas y leyes sobre la inmigración, no se debería subestimar la importancia de los análisis de género y de una planificación en consecuencia.

La recientemente creada Base de Datos sobre la Inmigración Laboral Internacional aspira a registrar las cifras y los flujos de los hombres y las mujeres migrantes en los estados miembros, así como informar, entre otras cosas, acerca de su vida diaria y de sus condiciones de trabajo. Así han salido a la luz ciertas tendencias preocupantes en las pautas de migración femenina.

Tendencias preocupantes

  • Se aprecia claramente en muchas partes del mundo la concentración de mujeres migrantes en ocupaciones vulnerables, tales como el servicio doméstico, la "diversión" (incluida la participación forzada en el sector del sexo), y la prestación de cuidados a niños o enfermos. La vulnerabilidad de estas trabajadoras deriva del alto grado de subordinación que se da entre ellas y su empleador. Esta vulnerabilidad se acentúa por el hecho de que estos sectores tienden a excluirse de la legislación laboral nacional y de los instrumentos que regulan la migración internacional.
  • La participación de las mujeres en el tráfico internacional de mano de obra, que a menudo, aunque no siempre, adopta diversas formas de trabajo forzado, es otro rasgo preocupante que reclama la atención internacional.

 

Un nuevo mecanismo en el campo de la migración laboral internacional, conocido como "estudios de modalidades y prácticas", aprobado en 1996 por el Consejo de Administración de la OIT en su 265ª sesión, ofrece a la OIT una oportunidad para abordar los casos en que las mujeres migrantes están repetidamente expuestas a graves y extendidas violaciones de sus derechos. Este mecanismo la dota de medios para resolver casos de persistente y extendido abuso de los trabajadores migrantes al margen de los procedimientos basados en los Convenios. Los propios gobiernos pueden iniciar también un estudio de modalidades y prácticas en sus respectivos países si les parece que existen problemas para los que la OIT podría ofrecer solución.

Con respecto al tráfico internacional de mano de obra, la Reunión tripartita de expertos sobre futuras actividades de la OIT en el campo de la migración adoptó una serie de directrices sobre medidas de protección especiales para los trabajadores migrantes reclutados por agentes privados. Estas directrices siguen los principios enumerados en el Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado), 1949 (núm. 97), y el Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias), 1975 (núm. 143). Pero van más allá de estos Convenios al animar, tanto a los estados que envían migrantes, como a aquellos que los reciben, a que establezcan sanciones adecuadas contra los abusos o prácticas condenables respecto a los migrantes; por ejemplo, la de "forzar al trabajador/a migrante, a su llegada al país que lo/a recibe, a aceptar un contrato de empleo con condiciones inferiores a las contenidas en el contrato que él o ella firmó con anterioridad a su partida".
Aunque en los últimos años no ha variado el grado de participación de las mujeres en las pautas de migración, sí lo ha hecho la naturaleza de esa participación. Es más probable ahora que una mujer migre espontánea e independientemente en busca de empleo. Se han adoptado diversas medidas protectoras, en los niveles internacional, regional y nacional, para remediar algunos de los abusos de que son víctimas las mujeres migrantes. Con todo, aún no se han obtenido datos cualitativos y cuantitativos sobre el impacto de la ’feminización’ de la migración sobre el mercado del trabajo de los países de origen y de destino. En consecuencia, no es infrecuente que tanto las políticas sobre el mercado del trabajo como las relativas a la migración resulten inadecuadas y poco sensibles a los cambios: una situación que la OIT está en privilegiada posición para corregir.


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