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Fecha de actualización:
02/10/2008

 

 

 

Acuerdo Marco entra la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
y diversas Instituciones sociales para la cogestión de la formación profesional

FIRMADO EN EL CIERRE DEL
AÑO LECTIVO 1994

Acceso al documento en formato word

VISTO:

La transferencia de 23 Centros de Formación Profesional del CONET (Consejo Nacional de Educación Técnica - jurisdicción Capital Federal) a la Secretaría de Educación y Cultura de la M.C.B.A. (Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires), en el marco de la Ley Nº 24.049; y,

CONSIDERANDO:

Que 20 de dichos Centros y sus respectivos Anexos funcionan bajo la modalidad de Convenio entre el Estado e instituciones sindicales, empresariales y no-gubernamentales; convenios que han sido establecidos originariamente con el CONET y continúan prorrogados "de hecho" con la M.C.B.A.;

Que dicha modalidad se funda básicamente en un concepto de cogestión educativa, en el cual el Estado determina y supervisa técnica y pedagógicamente, otorga las certificaciones oficiales y se hace cargo del pago de las Plantas Orgánicas Funcionales, en tanto las entidades conveniantes diseñan los proyectos institucionales, aportan la infraestructura edilicia, proveen equipamientos e insumos, organizan y administran el desarrollo de las acciones;

Que los tres Centros restantes, dependientes directos de la M.C.B.A., sumados al que ésta ya poseía (CIFPA - Centro Integral de Formación Profesional de Adolescentes), mantienen convenios con instituciones similares a los fines de ampliar sus servicios de capacitación en acciones descentralizadas;

Que el logro de los principales objetivos de la Formación Profesional -capacitación para la inserción y/o reconversión laboral- se funda en una real vinculación entre el mundo de la educación y el del trabajo y la producción;

Que la modalidad de Convenio articula en forma efectiva a los actores sociales involucrados optimizando la necesaria relación armónica de demanda-oferta en materia de calificaciones ocupacionales actualizadas;

Que la experiencia anterior (CONET) y los dos años ya transcurridos en el ámbito de la M.C.B.A. demuestran la eficacia del Sistema, tanto en términos cualitativos (diversidad de la oferta y contenidos programáticos) como cuantitativos (crecimiento sostenido de la matrícula con baja afectación presupuestaria);

Que dicha experiencia demuestra también óptimos resultados en materia de responsabilidades de conducción y administración de las Unidades Educativas cuando las mismas descansan en las personas idóneas propuestas por las entidades conveniantes;

Que en vista de todo lo expuesto y en función de dar más y mejores respuestas a la comunidad en materia de Formación Profesional, se estima conveniente continuar y ampliar en lo posible los alcances del Sistema descripto;

POR TODO ELLO:

Entre la Secretaría de Educación y Cultura de la M.C.B.A., representada en este Acto por el Señor Secretario, y las instituciones sociales conveniantes y los Centros dependientes directos, representados en este Acto por sus respectivos titulares, se establece el presente Acuerdo Marco sujeto a las siguientes cláusulas:

1º.- Ratificar la validez, vigencia y proyección de la modalidad de Convenio entre el Estado y las instituciones sociales, para la cogestión educativa y el desarrollo de acciones en el Sistema de Formación Profesional.-

2º.- Regularizar el compromiso conveniante entre la M.C.B.A. y las instituciones que se detallan al pie, dentro de los principios generales del presente Acuerdo Marco y atendiendo a la singularidad de cada institución en particular, a partir del 1º de enero de 1995.-

Refrenda el presente Acto el Señor Intendente de la Ciudad de Buenos Aires:

Lic. Jorge DOMINGUEZ

FIRMAN:

Señor Secretario de Educación y Cultura de la M.C.B.A: Dr. Armando BLASCO
C.F.P. Nº 1 - M.C.B.A.: Prof. Orlando SARRIA
C.F.P. Nº 3 - UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION: S.G. Gerardo MARTINEZ
C.F.P. Nº 4 - M.C.B.A.: Sr. Oscar DONATO
C.F.P. Nº 5 - UNION DE DOCENTES ARGENTINOS: S.G. Domingo SOLIMANO
C.F.P. Nº 7 - M.C.B.A.: Prof. José Enrique LOPEZ
C.F.P. Nº 8 - SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR: S.G. José RODRIGUEZ
C.F.P. Nº 10 - SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO: S.G. Armando CAVALIERI
C.F.P. Nº 12 - UNION DE TRABAJADORES GASTRONOMICOS: S.G. Juan Alfredo REYES
C.F.P. Nº 13 - ASOCIACION SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA: S.G. Guillermo DIAZ OLIVIERI
C.F.P. Nº 14 - UNION TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO: S.G. Agustín AMICONE
C.F.P. Nº 15 - FUNDACION p/LA SALUD: Sra. Matilde MENENDEZ
C.F.P. Nº 16 - SINDICATO GRAN BS. AS. DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS: S.G. José Luis LINGERI
C.F.P. Nº 17 - CAMARA DE LA CONSTRUCCION: Ing. Monir MADCUR
C.F.P. Nº 18 - CAMARA DE COMERCIO AUTOMOTOR:  
C.F.P. Nº 19 - ASOCIACION CIVIL FORO SINDICAL: Prof. Roberto José SERRAO
C.F.P. Nº 20 - MUTUAL DE COLEGIALES: Dip. Miguel A. GARCIA MORENO
C.F.P. Nº 21 - ARZOBISPADO DE LA CIUDAD DE BS. AIRES:  
C.F.P. Nº 22 - FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS: S.G. Julio GUILLAN
C.F.P. Nº 23 - ASOCIACION MAGISTERIO DE LA ENSEÑANZA TECNICA: S.G. Jorge DOBAL
C.F.P. Nº 24 - FUNDACION GEN. 2000: Sr. Alejandro CALAMPUCA
C.F.P. Nº 26 - ASOCIACION EMPLEADOS DE FARMACIAS: S.G. Horacio MUJICA
C.F.P. Nº 27 - SINDICATO DE LUZ Y FUERZA: S.G. Oscar LEZCANO
C.F.P. Nº 28 - SINDICATO UNIDO TRABAJADORES DE EDIFICIOS RENTA Y HORIZONTAL: S.G. José SANTAMARIA
C.I.F.P.A. - M.C.B.A.: Prof. Ricardo RODRIGUEZ

 

 

 

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