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La formación profesional y el diálogo social, pese
a la impronta moderna que parecen denotar, siempre fueron temáticas
abarcadas por la Administración del trabajo. El Convenio
sobre la Administración del trabajo Nº 150 (1978), básico
en esta materia, dispone no sólo que "los organismos
competentes dentro del sistema de administración del trabajo
deberán, según sea apropiado, tener la responsabilidad
de la preparación, administración, coordinación,
control y revisión de la política laboral nacional
o el derecho de participar en esas actividades, y ser, en el ámbito
de la administración pública, los instrumentos para
la preparación y aplicación de las leyes y reglamentos
que le den efecto" , sino que además quienes lo ratifiquen
deberán "establecer procedimientos apropiados a las
condiciones nacionales para garantizar, dentro del sistema de administración
del trabajo, la consulta, la cooperación y la negociación
entre las autoridades públicas y las organizaciones más
representativas de empleadores y de trabajadores, o -- cuando fuere
apropiado -- los representantes de los empleadores y de los trabajadores".
Por otra parte, en la medida en que sea compatible con la legislación
y la práctica nacionales, "estos procedimientos deberán
aplicarse a nivel nacional, regional y local, así como de
los diferentes sectores de actividad económica".
Por su parte, la Recomendación Nº 158 indica que "todo
Miembro podrá considerar determinadas actividades pertenecientes
a su política laboral nacional como cuestiones que, con arreglo
a la legislación o la práctica nacionales, se regulan
mediante negociaciones directas entre las organizaciones de empleadores
y de trabajadores".
En relación a la competencia de la Administración
del Trabajo respecto de la formación profesional dice la
citada Recomendación que "los organismos competentes
dentro del sistema de administración del trabajo deberían
coordinar los servicios del empleo, los programas de creación
y promoción del empleo, los programas de orientación
y de formación profesional y de regímenes de prestaciones
de desempleo, o participar en su coordinación, y coordinar
estos diversos servicios, programas y regímenes con la aplicación
de las medidas generales de política del empleo, o participar
en esa coordinación".
Finalmente, se dice en el instrumento de referencia que "Los
organismos competentes dentro del sistema de administración
del trabajo deberían, del modo y según las condiciones
que fijen la legislación o la práctica nacionales,
participar en el desarrollo de políticas y programas completos
y concertados de desarrollo de los recursos humanos, incluyendo
la orientación y la formación profesionales".
La participación de la Administración del trabajo
en la formación profesional comprende un gran número
de variantes en sus modalidades de implementación, que tanto
se expresa en la directa integración de organismos permanentes,
como en la formulación, coordinación y/o ejecución
de programas, la cooperación con otras instituciones públicas
o privadas (incluyendo las entidades de origen sindical o empresarial),
etc.
Seguidamente, se presentan algunos casos representativos de esta
evolución.
Los Ministerios de Trabajo y la formación
profesional
- Argentina
Por ley N° 25.233 (art.22) de fecha 10 de diciembre de 1999
se establece la competencia de la Administración del Trabajo,
sustituyéndose su antiguo nombre por el de Ministerio de
Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos. A partir
del 21 de febrero de 2002, con la sanción del Decreto Nº
355/02 modificatorio de la Ley de Ministerios, se cambia el nombre
por el de: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Las funciones principales de la Administración son elaborar,
diseñar, administrar, gobernar y fiscalizar las políticas
para las diferentes áreas del trabajo y de las relaciones
laborales, del empleo, de la capacitación laboral y de la
seguridad social. Sus áreas de acción fueron establecidas
por el decreto 355/02.
Desde el punto de vista orgánico, y en lo relativo a los
programas de formación profesional, la Dirección Nacional
de Orientación y Formación se encuentra en la órbita
de la Secretaría de Empleo.
Entre los programas que desarrolla el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social merecen destacarse:
1. Programa de formación y certificación por competencias
Objetivos
Se trata del desarrollo de una experiencia piloto de formación
profesional y certificación de calidad de desempeño
de acuerdo a normas especialmente desarrolladas y consensuadas en
sectores de la metalurgia, de la industria gráfica, del mantenimiento
automotor y de la pastelería artesanal. Esta experiencia
se realiza por iniciativa de asociaciones empresarias líderes
de los dos primeros sectores y de las asociaciones sindicales que
nuclean a los trabajadores de los dos últimos sectores.
Necesidad de criterios de evaluación
Los empleadores suelen tener dificultades cuando deben enfrentar
un proceso de selección o evaluación de personal.
Esto se debe a la ausencia de referencias concretas sobre el tipo
de saberes que deben ser evaluados y los desempeños que deben
ser analizados así como las pautas que deben intervenir en
los procesos de evaluación, formación y certificación.
Este Programa pretende realizar la experiencia en forma total, de
manera de dejar instaladas las metodologías de análisis
y las formas institucionales que deben adquirir dichos procesos.
2. Talleres Ocupacionales
Tienen como objetivo atender las demandas de capacitación
de los sectores productivos locales e incrementar el capital humano
de la población desocupada contribuyendo a mejorar su empleabilidad,
objetivos que se persiguen mediante cursos breves y de fuerte contenido
práctico.
Los talleres ocupacionales son instituciones creadas con la asistencia
y, en muchos casos, a instancias del Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social, que tiene a su cargo el financiamiento inicial
de la iniciativa, suministrando equipamiento de excelencia acorde
al sector de actividad que cubra el taller, y financiando la adecuación
edilicia y el gerenciamiento en su etapa inicial.
Los talleres están conformados por los actores más
importantes de la producción: empresas, sindicatos, cámaras
que se nuclean bajo la forma jurídica de asociaciones civiles
sin fines de lucro.
3. Talleres Protegidos de Producción
El programa promueve la integración de personas con discapacidad
al mercado laboral, protegido y no protegido, por medio de subsidios
al desarrollo de los Talleres Protegidos de Producción.
Las solicitudes de subsidios deben encuadrarse en los siguientes
tipos:
I. Elaboración del plan de desarrollo empresarial.
II. Inversiones en bienes de capital e insumos.
III. Asistencia técnica en higiene y seguridad.
IV. Capacitación de gerentes, de supervisores y de personal
con discapacidad.
Los subsidios son asignados a instituciones sin fines de lucro
estatales o privadas bajo dependencia de asociaciones con personería
jurídica y reconocidas como de bien público, que tengan
por finalidad la producción de bienes y/o servicios, cuya
población esté integrada con al menos ochenta por
ciento (80%) de personas con discapacidad y a quienes se les brinde
servicios de adaptación laboral y social.
Los talleres protegidos deben cumplir con una doble finalidad,
económica y social; en tanto su capacidad como empresa es
la que sustenta la posibilidad de brindar servicios de adaptación
laboral y social, y de desarrollar los talleres como espacios en
los que las personas con discapacidad adquieran los hábitos
y competencias para el trabajo productivo remunerado en ámbitos
laborales protegidos y no protegidos.
4. Programa Formujer
http://www.cinterfor.org.uy/mujer/formujer/argtina/argp.htm
Es un plan piloto de escala limitada que viene desarrollando, desde
el año 2000, su fase de diseño e implementación
institucional.
Está destinado a mejorar las posibilidades de empleo de
mujeres de bajos recursos facilitando la adquisición de habilidades,
conocimientos y destrezas para el desempeño en diferentes
ocupaciones.
El programa se desarrolla con proyectos focalizados en las provincias
de Buenos Aires, Córdoba, Jujuy y Mendoza, beneficiando en
esta etapa a 600 mujeres y 150 varones.
5. Programa Transferencia Solidaria de Saberes Productivos
Mediante estas acciones, se procura desarrollar una tipología
de -Programa Solidario de Formación y Capacitación
Interempresarial/Interinstitucional- a través del cual, el
Ministerio cumpla un rol de articulador/facilitador que permita
aprovechar los recursos existentes u ociosos que se encuentran en
la sociedad civil. Se busca por lo tanto cumplir con:
* Acciones de tutoría: una empresa se ocupa de implementar
acciones de formación profesional a otra empresa y/o institución,
durante un determinado período de tiempo.
* Compromiso de becas empresariales: empresas u otras instituciones
que cuentan con programas anuales o bianuales de formación
de recursos humanos, podrían otorgar becas a trabajadores
de distintas empresas y/o instituciones que demanden formación
y/o capacitación, acorde con las acciones que implementa
la empresa oferente.
* Acciones de asistencia técnica: inducir a las empresas
para asistir técnicamente mediante acciones puntuales a otras
empresas y/o instituciones en áreas y/o tareas específicas.
Se trata en este caso de que las empresas colaboren mediante la
asistencia técnica a la resolución de "fallas
críticas" y/o "cuellos de botella" que presentan
empresas de menor envergadura.
* Acciones de acompañamiento a nuevos emprendedores: promover
la profesionalización de la oferta laboral de determinados
oficios que presentan una alta informalidad y/o precariedad, con
el objetivo de generar microemprendimientos.
- Brasil
La política pública de calificación tiene
el desafío de cumplir con las directrices del Plan Plurianual
2004 - 2007 que se articula en base a tres mega objetivos: a) inclusión
social y reducción de las desigualdades sociales; b) crecimiento
con generación de empleo; c) promoción y expansión
de la ciudadanía y fortalecimiento de la democracia.
A su vez, el Plan Nacional de Calificaciones del Trabajador (PLANFOR)
fue implementado a partir de 1995 teniendo como principal fuente
de financiamiento el Fondo de Amparo al Trabajador (FAT).
La evaluación que se hace del funcionamiento del mismo es
fuertemente crítico. El nuevo gobierno ha instituido el "Plano
Nacional de Qualificaçâo", que se fundamenta en
seis dimensiones principales: política, ética, conceptual,
institucional, pedagógica y operacional. Desde el punto de
vista institucional, se sostiene por el Ministerio de Trabajo que
pasa a ser estratégica la integración de las políticas
públicas de empleo, trabajo y salario entre sí y de
éstas con relación a las políticas públicas
de educación y desarrollo entre otras. Además de ello,
se torna más estratégico el papel del Consejo Deliberativo
del Fondo de Amparo al Trabajador, y de las Comisiones Estaduales
y Municipales de Trabajo, para garantizar una verdadera participación
y control social. Crece en importancia el papel de las delegaciones
regionales de trabajo, como representantes del Ministerio de Trabajo,
y la articulación internacional de las políticas públicas
de calificación, especialmente con regiones como África
y el MERCOSUR.
El
Plan Nacional de Cualificaciones fue instituido por la Resolución
Nº 333 del 10 de julio de 2003 del CODEFAT
Cabe al Ministerio de Trabajo y Empleo, por medio del Departamento
de Cualificación de la Secretaría de Políticas
Públicas de Empleo, y bajo aprobación del CODEFAT,
el papel de participar en la gestión, en la identificación
de las demandas, en la elaboración, supervisión, evaluación
y financiación del Plan Nacional de Cualificaciones. El Plan
prevé la realización de convenios nacionales, regionales
y locales con entidades de la sociedad civil (centrales sindicales,
organizaciones no gubernamentales, sistema "S", confederaciones
patronales, instituciones educativas) para desarrollar proyectos
especiales de cualificación.
- Uruguay
La Dirección Nacional de Empleo (DINAE) es la unidad ejecutora
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que por imperio legal
desarrolla acciones en investigación, orientación,
colocación y capacitación profesional como mecanismos
que se dirigen a generar políticas activas de empleo.
El jerarca de la DINAE es, a su vez, el presidente de la Junta
Nacional de Empleo (JUNAE), organismo tripartito encargado de operar
en la formación profesional de los trabajadores desempleados
o con limitaciones en su empleo. Los cursos se efectúan a
través de entidades de capacitación públicas
y privadas, que se contratan por mecanismos de licitación,
y a través de la financiación del Fondo de Reconversión
Laboral.
La JUNAE tiene, por tanto, el cometido principal de administrar
el Fondo de Reconversión Laboral y asesorar a la Dirección
Nacional de Empleo en la formulación de políticas
de empleo y formación profesional.
El Fondo de Reconversión Laboral se conforma con aportes
de empresarios y trabajadores del sector privado. En la actualidad,
este aporte es el 0.125 % sobre los salarios y es realizado por
trabajadores y empleadores. A partir del año 2001, se complementó
con un aporte del Estado votado en la Ley Presupuestal.
- Chile
El Ministerio del Trabajo y la Previsión social cuenta con
una jefatura del sector trabajo referida a la Dirección del
Servicio Nacional de Capacitación
y Empleo. Este organismo, de naturaleza técnica, que
opera descentralizadamente, se relaciona con el Gobierno a través
del Ministerio del Trabajo.
Su misión es contribuir al incremento de la productividad
nacional, impulsando la capacitación ocupacional, tanto en
las empresas, como también en las personas de menores ingresos
del país.
Esta tarea la realiza a través de la administración
de un incentivo tributario que el Estado ofrece a las empresas para
capacitar a su personal, y de una acción subsidiaria, por
medio de un programa de becas de capacitación financiadas
con recursos públicos.
Su estructura jurídica esta dada por la ley
Nº 19.518 por la cual se fija Nuevo Estatuto de Capacitación
y Empleo.
Programa
de Diálogo Social del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social
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