Formación profesional en tiempos
de negociación
TRABAJO &
UTOPÍA
Órgano de difusión del PIT-CNT
Montevideo, Setiembre de 2005 - Año VI - N° 52
Queremos con este articulo, a más de ser una avanzada para el
próximo ENCUENTRO NACIONAL DE DELEGADOS DE LA JUNAE a comienzos
de Noviembre, generar espacios de reflexión y debate sobre los
temas de Formación y Educación, lograr las posibilidades
de acciones inmediatas de capacitación en el marco de los Consejos
de Salarios y la JUNAE y poder matrizar ciertas definiciones que tienen
que ver con el eje temático FORMACIÓN-TRABAJO entre otros.
A) La Formación Profesional como elemento sustancial de la negociación
colectiva.
B) La Formación Profesional como un derecho de los trabajadores.
C) La Formación Profesional y la Educación Técnico
Profesional como parte integral del desarrollo humano.
D) La Formación Profesional como una herramienta estratégica
de los Sindicatos.
E) La Formación Profesional como política de inclusión
de sectores de trabajadores en situación de precariedad laboral
o desocupación e impulsora de acciones de género.
LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA; UNA OPORTUNIDAD
Estas negociaciones nos encontró ante fenómenos del mundo
del trabajo, que sin ser nuevos, han adquirido una consolidación
en todo este período sin negociación ni diálogo
social laboral, donde el sector empresarial tuvo todas las ventajas
para operar en un sentido desregulador y excluyente.
Los cambios más destacados en el mercado de trabajo uruguayo,
considerándolos como unos cambios organizacionales reales y tangibles,
son las tercerizaciones, en todos sus aspectos y características
y por cierto sus negativas consecuencias en la calidad de empleo, en
las condiciones de trabajo y los niveles salariales, que han originado
severas secuelas sociales de exclusión, marginación y
pobreza. Por otra parte los flexibilizados contratos basura y la propia
falta de negociación por un período demasiado extenso
para los intereses de los trabajadores, que afectó los salarios,
eliminaron los laudos, generando una compleja indefinición en
las categorías ocupacionales, que se sumó a las modificaciones
naturales en la organización del trabajo, a determinados procesos
de innovación tecnológica y en el simple hecho de incrementar
la intensidad del trabajo humano.
Cuestiones todas estas que le están planteando a los trabajadores
un desafío muy arduo donde deberán desarrollar una negociación
con un sentido muy integral en términos de construir o reconstruir
escalas salariales en función de categorías bien definidas
para lo cual se deberá accionar desde un. conocimiento muy especifico
sobre las funciones, roles y calificaciones de los trabajadores en los
esquemas organizacionales dé las empresas y rama de actividad.
LA VIGENCIA DE LOS CONSEJOS DE SALARIOS
Si bien se sostiene que él termino Negociación Colectiva
es mucho más extenso, con un marco más integral en cuanto
al mundo del trabajo y las relaciones laborales y que en breve deberemos
abordar la discusión de una nueva ley en ese sentido, la ley
de Consejos de Salarios tiene vigencia y el formato necesario para desarrollar
toda la problemática más urgente.
Más allá de los debates técnicos jurídicos
que no hacen al caso, lo primordial de la actividad de los Consejos
de Salarios es la fijación de salarios mínimos por categoría
laboral (artículos 9 y 15 de la ley 10.449) y para ello cada
consejo deberá hacer la clasificación por profesiones
y categorías de los trabajadores que integran el grupo respectivo.
Por lo tanto los aspectos de Formación Profesional (FP) son
de sustancial importancia en el consejo de salarios en tanto no solo
deberá tenerse en cuenta a los efectos de la clasificación
de los puestos en profesiones y categorías, sino que la evaluación
de la formación será un parámetro para la elevación
de los salarios mínimos.
En consecuencia, la negociación colectiva en consejos de salarios
determina un saber especial, no sobre los aspectos económicos
y de salud laboral de la actividad de que se trate sino de la formación
requerida para los puestos de trabajo, las categorías y para
la regulación misma del aprendizaje en la empresa.
Esto determina que si la negociación colectiva en los consejos
de salarios es básica y fundamentalmente una negociación
de salarios mínimos por categoría laboral, se torna indispensable
el conocimiento de los delegados y del sindicato en general en materias
de formación y calificación.
En concreto se deberá negociar sobre nuevas categorías
o puestos de trabajo, sus nuevos requerimientos en necesidades de formación,
los instrumentos para su determinación (análisis ocupacional
o funcional), las competencias requeridas, la certificación de
las calificaciones de los trabajadores; la identificación de
las entidades (públicas y privadas, etc.) que pudieran cooperar
con la formación; el papel que pudieran tener los sindicatos
o las empresas, la cooperación que pueda prestar la JUNTA NACIONAL
DE EMPLEO, etc.
LA JUNTA NACIONAL DE EMPLEOY LA FORMACIÓN PROFESIONAL
Esta nueva etapa de los consejos de salarios encuentra a JUNAE en pleno
desarrollo de sus potencialidades. La JUNAE es una herramienta genuina
del diálogo sobre empleo y formación en el mercado de
trabajo nacional y de real validez para el Movimiento Sindical. Ha logrado
mantener la matriz del tripartismo en estos azarosos años sin
negociación, un tripartismo que fue desarrollado y consolidado
precisamente en la lucha y el fogueo de los consejos de salarios.
No es casual que uno de los instrumentos de la JUNAE, posiblemente
el menos utilizado, sea el de PROGRAMA PARA TRABAJADORES EN ACTIVIDAD,
donde básica y esencialmente debe haber negociación y
acuerdo entre la empresa o rama de actividad y el sindicato respectivo.
Estos acuerdan sobre las necesidades de formación y presentan
el plan a la JUNAE que lo financiará hasta un 80% de su costo
total. De la misma manera, los sindicatos negociando formación
en los consejos de salarios pueden utilizar la matriz de los programas
descentralizados de la JUNAE, sus experiencias y conocimientos, según
la identificación de la población objetivo en sus gremios:
programa de Trabajadores Rurales, de Jóvenes, de Discapacitados
y de Mujeres.
EDUCACIÓN TECNICO PROFESIONAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Comisión de Empleo y la Representación de los Trabajadores
en la JUNAE ha puesto en el debate aspectos sustanciales que hacen al
eje FORMACIÓN-TRABAJO, procurando permanentemente generar los
espacios de intercambios y acuerdos entre lo que es EDUCACIÓN
TÉCNICO PROFESIONAL FORMAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL en
general, en nuestro caso en la experiencia de más de 10 años
del sistema JUNAE.
En ese aspecto han sido relevantes y punto de referencia las ponencias
y resoluciones del encuentro del HOTEL DEL LAGO de Agosto de 1995 "SEMINARIO
SOBRE EDUCACIÓN FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO",
convocados por nuestra delegación, con el apoyo de CINTERFOR-OIT.
El término nace con el objetivo de englobar ambos sistemas,
mediante la recomendación 57 de la OIT de 1939 donde se establecía
textualmente que la FP era "todos los modos de formación
que permiten adquirir o desarrollar conocimientos técnicos y
profesionales, ya se proporcione esta formación en la escuela
o lugar de trabajo".
Pero la vida, el dinamismo del mundo del trabajo, fueron marcando otras
pautas, mucho más definidas. Las distintas condiciones socio-económicas,
cierta autonomía pedagógica de las instituciones de FP
privadas y también paraestatales, el atraso de instituciones
de educación técnica de enseñar las nuevas tecnologías
que incorporaba el mundo del trabajo, los criterios propios de formación
de empresas nacionales y transnacionales, las nulas o efímeras
políticas estatales en el área, aquí y en casi
toda América latina, fueron creando márgenes distintivos
entre la FP y la ETP formal.
La 60ta. Conferencia de OIT de 1975, consolidó la definición
de ambos conceptos, mediante el convenio 142 y la Recomendación
150, reconociendo la existencia de ambos sistemas de enseñanza
técnica, no obstante, queda tácitamente establecida la
articulación de educación técnica formal y la FP.
Y más recientemente la Recomendación 195 de Julio 2004
reemplaza la R150 la cual desarrolla aspectos sustanciales de FP que
debemos de analizar.
Héctor Masseilot
EQUIPO DE LA DELEGACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA JUNTA NACIONAL
DE EMPLEO.