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Gestión del conocimiento en la formación profesional para contribuir a la creación de trabajo decente y productivo en América Latina y el Caribe de acuerdo a la Agenda de Trabajo Decente de la OIT

 

 

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Normativa

 

República Dominicana

INTRODUCCIÓN

Por definición legal, el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP) es el ente encargado de regir el sistema de capacitación, perfeccionamiento, especialización y reconversión de los trabajadores.

El art. 4º de su ley de creación establece que el INFOTEP deberá impartir "a los jóvenes y adultos, educación para el trabajo utilitario. Concentrará sus esfuerzos en preparar mano de obra para satisfacer las necesidades productivas nacionales. Esto lo obligará a avanzar al ritmo en que aparezcan esas necesidades, tanto en el orden cualitativo como en el cuantitativo, tendiendo, a corto y mediano plazo, a llenar los vacíos existentes y adelantarse a los mismos, a largo plazo".

El INFOTEP tiene como actividad central prestar formación técnico profesional a los trabajadores de todas las actividades económicas y en todos los niveles de empleo, organizando, además, programas de capacitación, perfeccionamiento, especialización y reconversión para trabajadores adultos.

En materia de contrato laboral de aprendizaje, la institución tiene la competencia de reglamentar los principios, métodos y estipulaciones especiales. Antes de su ejecución, el contrato debe ser depositado en el INFOTEP, quien después de la evaluación técnica correspondiente, lo remitirá a la Secretaría de Estado de Trabajo, para que ésta proceda a su aprobación y registro. El INFOTEP sólo otorgará su reconocimiento favorable si los equipos de la empresa, las técnicas utilizadas, las condiciones de trabajo, de higiene y de seguridad en la empresa, así como las garantías de moralidad y competencia profesional de su personal y, especialmente, de la persona directamente responsable de la formación del aprendiz, permiten una formación satisfactoria. No obstante, el Código de Trabajo establece que el empleador podrá establecer sus propios planes de formación profesional o adherirse a los planes y programas formulados por el INFOTEP, aunque en ningún caso puede liberarse de sus obligaciones frente al organismo.

El INFOTEP comporta una dirección tripartita, siendo los representantes gubernamentales de nivel ministerial (Secretario de Estado de Trabajo y Secretario de Estado de Educación mas un representante de las Escuelas vocacionales de Capacitación no formal que funcionan adscriptas a organismos gubernamentales).

Además de su estructura directiva tripartita, el INFOTEP cuenta con un Consejo Técnico Consultivo Nacional, compuesto por miembros permanentes (gubernamentales) y ocasionales (representantes sociales), conformado diversos instrumentos de participación en diferentes niveles.


Para una mayor información puede consultarse:

Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional
http://www.infotep.gov.do/

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