La séptima Conferencia de los Estados de América Miembros de la Organización
Internacional del Trabajo, reunida en Buenos Aires del 10 al 21 de abri1
de 1961:
Recordando que la Declaración de Filadelfia, adoptada por la Conferencia
General de la Organización Internacional del Trabajo en 1944, confiere
a ésta la obligación solemne de fomentar entre todas las naciones del
mundo programas que permitan garantizar a todos iguales oportunidades
educativas y profesionales;
Considerando la evolución cumplida en el campo de la formación profesional
desde la adopción de la Recomendación sobre la formación profesional,
1939, la Recomendación sobre el aprendizaje, 1939, y la Recomendación
sobre la formación profesional (adultos), 195O, todas las cuales serán
revisadas por la 45a. reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo,
y teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en la Recomendación
sobre la formación profesional (agricultura), 1956;
Considerando que los progresos realizados por los países americanos
en la materia durante los últimos quince años justifican el reexamen
de los grandes problemas de la formación profesional, tal como se plantean
para cada nivel de calificación en la industria, el comercio y la agricultura,
teniendo en cuenta la relación que guardan con la situación educativa,
la situación del empleo, el grado de desarrollo económico y la dinámica
demográfica de los países de la región, y
Considerando por esta razón, que los principios enunciados en la resolución
sobre formación profesional adoptada por la tercera Conferencia de los
Estados de América Miembros de la Organización Internacional del Trabajo
(México, 1946) deben ser revisados a la luz de la experiencia acumulada
y de las necesidades cambiantes del desarrollo económico y social de
los países de la región,
Adopta la siguiente resolución:
I. Política Nacional de formación profesional
1. La política de educación y formación profesional de un país debería
ser determinada sobre la base de un plan nacional que esté en armonía
con una política nacional de desarrollo económico y social tendiente
a elevar el nivel de vida mediante la utilización efectiva de todo el
potencial de mano de obra del país en empleo productivo, puesto que
el desarrollo económico a la vez hace posible y requiere:
a) que se eleve el nivel educativo de la población y en especial,
que se combata el analfabetismo;
b) que sean satisfechas, tanto en cantidad como en calidad, las necesidades
de mano de obra calificada, en todos los niveles de los diversos sectores
de la economía.
2. Ante la importancia y la urgencia de las necesidades de mano de
obra calificada que sienten los países que entran en la etapa de la
industrialización y los cambios tecnológicos, la política de educación
y formación profesional así fijada debería ejecutarse de acuerdo con
programas coordinados y teniendo muy en cuenta la necesidad primordial
de aprovechar todos los recursos disponibles para ese fin con la mayor
eficacia, lo que exige:
a) esforzarse por adecuar la enseñanza, en todos los niveles, a la
realidad económica y social, sin sacrificar la educación integral
del alumno;
b) incorporar en los cursos de formación profesional, el tema de
las relaciones humanas;
c) revisar las ideas relativas a sistemas y métodos de formación
profesional teniendo en cuenta que la formación no es un fin en sí
misma, sino un medio de desarrollar las aptitudes profesionales de
una persona dentro de los límites de las posibilidades de empleo y
de permitirle hacer uso de sus capacidades como mejor convenga a sus
intereses y a los de la sociedad;
d) obtener la participación y cooperación continua de todos los organismos
públicos o privados y de las organizaciones interesadas en los problemas
de formación, especialmente las de empleadores, agricultores y trabajadores;
e) entender la formación como un proceso que debería continuar durante
toda la vida profesional de un individuo, según sus necesidades;
f) considerar los tipos de formación profesional que sería apropiado
dispensar a los reclutas durante el período del servicio militar;
g) planear la organización de programas de formación profesional
sobre la base del conocimiento seguro de las necesidades y recursos
de mano de obra, de conformidad con los planes de desarrollo económico
del país.
II. Conocimiento de la situación de la mano de
obra y el empleo
3. 1) Al planear la organización de programas de formación profesional,
se debería prever la adopción de medidas concretas para adecuar esos
programas a las necesidades cuantitativas y cualitativas de las diversas
actividades económicas, determinadas mediante el estudio sistemático
de las características y tendencias de la oferta y la demanda de mano
de obra.
2) Con ese fin, debería establecerse, mediante
disposiciones legislativas apropiadas y otros medios, un sistema coordinado
de reunión y análisis permanente de la información recopilada por distintos
servicios estatales, paraestatales y privados, que pueda también disponer
la realización de encuestas directas.
3) Mientras no existiere tal sistema, sería
oportuno establecer funciones adecuadas para tal finalidad dentro de
los servicios nacionales de formación profesional.

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1. Véase séptima Conferencia de los Estados de América
Miembros de la Organización Internacional del Trabajo. Informe III.
Formación profesional. Ginebra, O.I.T., 1961, 136p. Este informe constituye
el primer tomo de la presente obra.