4. Privatización, reestructuración
y relaciones de trabajo
En el informe preparado por la OIT para la Reunión paritaria de 1987 se hacía notar que «es difícil hablar de una forma general de las relaciones de trabajo en el sector del suministro de agua, gas y electricidad, a causa de la gran diversidad de las organizaciones que operan en él. Como, en la mayoría de los países, hay a la vez empresas privadas y públicas, las relaciones de trabajo y los derechos de los trabajadores al respecto varían según que los trabajadores estén empleados por un organismo directamente dependiente de la administración pública o por un organismo paraestatal o de economía mixta (...), por una empresa privada concesionaria o por una compañía municipal, o que sean miembros de una cooperativa o de un colectivo de autogestión»(1). Esta diversidad en los tipos de gestión o de propiedad de las redes de distribución sigue siendo actualmente una característica distintiva de estos tres sectores. Sin embargo, lo que ha cambiado en la última década es la liberalización de los servicios de distribución y la multiplicación de las inversiones transfronterizas. Además, diversas formas de privatización han fortalecido la integración económica mundial. La evolución de las reglamentaciones y de las prácticas sociales a nivel nacional, regional o multinacional no siempre ha seguido el ritmo de estos acontecimientos.
4.1. La importancia del contexto nacional
La naturaleza y la evolución del marco general de relaciones laborales en un país determinado constituyen elementos fundamentales para determinar los efectos de la privatización y la reestructuración en el ámbito laboral.
La sindicación es bastante intensa en las empresas de servicios públicos de todo el mundo. Es cierto que la privatización suele afectar tanto a la sindicación como a las pautas de negociación y a los convenios colectivos, pero los resultados son desiguales. En los países en que los trabajadores del sector público o determinadas categorías específicas de trabajadores tienen unos derechos sindicales más restringidos y unas normas laborales de nivel inferior a lo que suele ser habitual en las empresas privadas, la privatización puede suponer una mejora. Pero en un número importante de casos, la sindicación y las relaciones laborales se ven debilitadas por los procesos de privatización y de reestructuración.
El contexto político y las costumbres políticas nacionales desempeñan un papel fundamental para determinar las pautas de las relaciones de trabajo, incluso después de la privatización. Los estudios de la OIT ponen de manifiesto que incluso las empresas extranjeras que se convierten en propietarias u operadoras de una empresa de servicios públicos parecen adaptar sus políticas al contexto en que actúan(2). Por lo tanto, el contexto nacional sigue siendo muy importante para determinar las relaciones de trabajo, tanto antes como después de la privatización.
Un ejemplo del Reino Unido pone claramente de relieve las principales consecuencias de la privatización de las relaciones de trabajo en el ramo del agua. Los nueve organismos autónomos que tenían jurisdicción sobre el agua en Inglaterra (y que se dividían en las zonas de Anglia, Northumbria, Noroeste, Servern Trent, Sur, Sudoeste, Támesis, Wessex y Yorkshire) y el organismo correspondiente del país de Gales (denominado Welsh Water Authority) fueron privatizados en otoño de 1989. Los cambios en las relaciones de trabajo no han sido uniformes en las diez empresas privatizadas que se han hecho cargo -- con carácter limitado -- de los servicios públicos de abastecimiento de agua, pues cada una de ellas ha reaccionado a su manera ante las oportunidades estratégicas creadas por la privatización en el sentido de modificar la estructura de sus relaciones de trabajo. Las relaciones de trabajo en el ramo industrial del agua reflejaban antes todas las características de los convenios de negociación colectiva del sector público nacional, tales como una gran densidad de afiliación sindical, unos convenios nacionales muy detallados que regulan la retribución y las condiciones de servicio, un sistema muy oficializado y elaborado de consulta paritaria y el compromiso implícito de ser un buen empleador. En los dos primeros años de la privatización, este marco de relaciones laborales del sector público quedó casi completamente desmantelado y se reconstruyó en función de las nuevas prioridades. A diferencia del mecanismo anteriormente vigente a nivel nacional para las relaciones laborales (que estaba fuera del control de los empleadores individuales), ahora las negociaciones llevadas a cabo por cada uno de los empleadores permitían a la dirección de cada una de las compañías de aguas desarrollar sus propias políticas de relaciones laborales e intensificar la subordinación de los trabajadores a las necesidades empresariales de cada organización individual. En general, los cambios en las relaciones laborales giran en torno de un aumento de la productividad de los trabajadores por medio de una mayor flexibilidad, de una formación mejor y de unas estructuras de retribución que vinculen más estrechamente la remuneración a la eficacia, así como en la introducción de cambios en las prácticas establecidas de relaciones laborales, como la negociación única y la armonización de la retribución y de las condiciones de trabajo(3).
En Alemania, la organización del sector eléctrico está muy influida por la estructura federal del Estado, en el que los interlocutores sociales participan a tres niveles: federal, regional y local. Las actividades relacionadas con la energía constituyen uno de los ámbitos de esta estructura general, y en ellas unos 1.000 operadores se dividen el mercado, que está dominado por los ocho «gigantes». En el caso de los grupos más grandes el capital es privado, pero en las empresas locales de distribución municipal suele ser predominantemente público (véase el recuadro 4.1).
Nueva Zelandia ha experimentado el proceso de desreglamentación más amplio de toda la región de Asia y el Pacífico. En este caso, se puede decir que el impacto más importante sobre los trabajadores no proviene tanto de la privatización propiamente dicha, cuanto de la introducción de un nuevo sistema de relaciones de trabajo al mismo tiempo en que se llevaban a cabo las acciones más radicales de privatización de los servicios públicos. Algunos estudios de caso indican que la protección al empleo y a las condiciones de trabajo en los procesos de privatización de los servicios públicos proviene sobre todo de los acuerdos por regular la transferencia del empleo ya existente (así como de la retribución y de las condiciones de trabajo) a cada uno de los nuevos empleadores privados. Cuando se produce una desreglamentación de todo el sistema de relaciones de trabajo no queda, al parecer, ningún marco en el que tal transferencia reglamentada pueda ser negociada o realizada(4).
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Recuadro 4.1
Como toda la organización política del país, el ramo industrial eléctrico está también descentralizado. Hay muchos organismos públicos reguladores, y el Estado federal desempeña un papel de orden secundario (control de la seguridad nuclear, alternativas energéticas, normativa contra la formación de cárteles). La ley sobre la energía de 1935 organizó los servicios públicos de electricidad e impuso a las empresas de distribución (las llamadas EVU) la obligación de brindar servicios a cambio de la concesión exclusiva por un período de 20 años. Las principales empresas de producción y de transporte están vinculadas entre sí por un acuerdo de demarcación (Demarkation Vertrag) que atribuye a cada empresa un monopolio territorial para la construcción de nuevas factorías, el suministro de electricidad, que suelen vender a las compañías locales de distribución en las que generalmente tienen acciones. Desde 1980, con motivo de la revisión de la ley sobre los cárteles, la red de tendido eléctrico propiedad de un operador queda, bajo ciertas condiciones (si el aumento de circulación eléctrica no afecta el nivel de seguridad de la red de que se trate y si no tiene como consecuencia un incremento en el precio de costo) abierta a los demás productores o distribuidores. Cada uno de los Länder asume la responsabilidad de la concesión de licencias a las empresas de producción, transporte y/o distribución, así como de la aprobación de sus tarifas, que varían de una o a otra región. Toda esta normativa está siendo actualmente revisada con motivo de la apertura del sector eléctrico a un amplio margen de competencia, de conformidad con la política del Gobierno. La empresa Bayernwerk AG es una de las ocho grandes compañías que actúan en el sector eléctrico de Alemania, y en una clasificación de 1994 se le atribuyó el cuarto lugar. Es una sociedad limitada, en la que hasta 1994 el Land de Baviera era el accionista principal. Su privatización vino a consecuencia de la compra de estas acciones por el holding VIAG. La empresa ha adoptado una política de internacionalización en los países de la Unión Europea y de Europa oriental, especialmente en la República Checa y en Hungría. El personal está sujeto a la legislación privada y a lo dispuesto por los convenios colectivos, puesto que el sector eléctrico no ha quedado sujeto a normativas especiales sobre las relaciones laborales. La fuerza de trabajo se ha reducido en estos últimos años, pasando de 1.984 empleados en 1975 a 1.667 en 1995. El aumento de la competitividad, que supone necesariamente una adaptación a las exigencias del mercado y a las demandas de los clientes, así como la internacionalización del comercio y la construcción de la comunidad sobre la base de la transparencia de los costos son, todos ellos factores que conducen a la reestructuración. La privatización de Bayernwerk no ha traído consigo cambios fundamentales en las relaciones de trabajo. La empresa está evolucionando en el sentido de aumentar la eficacia y reducir los costos en base a una mayor flexibilidad entre las distintas actividades estratégicas y a una mayor insistencia en la importancia de los accionistas. En los últimos años, la dirección ha sido reforzada por la introducción de unas entrevistas anuales y unas encuestas del personal. La formación interna desempeña un papel importante en los cambios que se han introducido. A nivel local, se han ampliado las responsabilidades de los administradores de las factorías. Las organizaciones sindicales, que están organizadas básicamente por ramas de actividad, se han centrado en defender los derechos adquiridos y, especialmente, en la mayor flexibilidad del tiempo de trabajo. Su función es de la mayor importancia, no sólo para las actividades sociales de la empresa (firman los convenios colectivos y participan en el consejo responsable de la supervisión de las empresas en régimen de cogestión) sino también en la preparación de los proyectos de la normativa que afecta a los empleados. Fuente: Y. Moreau y B. Maquart: Entreprises de service public européennes et relations sociales, ASPE Europe, París, 1996, págs. 57-60. |
En Nueva Zelandia, en 1986(5) se produjo la transformación de las empresas públicas del sector eléctrico en entidades jurídicas sujetas a la ley de sociedades, a través de la ley de empresas de titularidad estatal. A pesar de que en la mencionada ley hay una cláusula sobre la responsabilidad del empleador (la llamada good employer clause), la mencionada transformación de la empresa en entidad jurídica sujeta a la ley de sociedades trajo consigo importantes pérdidas de empleo en el sector eléctrico, tal como había ocurrido en todos los demás sectores. La ley de condiciones de empleo en los servicios estatales, de 1988, había conferido ya a las empresas de titularidad estatal unos poderes que equivalían al control que el sector privado ejerce sobre su fuerza de trabajo y permitía, por ejemplo, la eliminación de los salarios fijos y la introducción de unos contratos en los que los trabajadores eran retribuidos en función de su productividad. Se suele considerar que esta legislación fue precursora de la ley de contratos de empleo, que entró en vigor en 1991 y sustituyó el sistema de cobertura nacional propio del sistema de sindicación obligatoria por unos contratos individuales de empleo, prestando además especial atención a la negociación singular entre empleadores y empleados, aunque lo dispuesto por la representación y los contratos pueda abarcar a cierto número de empleados. Los sindicatos no tienen más derechos que cualquier otro posible representante, y no tienen derecho de acceso a los lugares de trabajo cuando piden autorización para representar a los trabajadores. Los contratos no tienen la consideración de documentos públicos, aun cuando contemplen a un grupo de trabajadores. Estos cambios en el sistema de relaciones laborales se han aplicado tanto a los empleados públicos como a los del sector privado. Sin embargo, la supresión de la negociación nacional y la sindicación obligatoria han tenido probablemente algún efecto concreto en las condiciones de empleo y de trabajo de los empleados afectados por la reestructuración y privatización del sector público, pero el recurso a los contratos individuales hace difícil seguir la pista de los cambios en las condiciones de empleo, porque estos contratos tienen carácter confidencial.
La India constituye también un ejemplo de la importancia que tiene el contexto nacional. En septiembre de 1998 se celebró en Delhi una conferencia internacional de los sindicatos del sector de la energía, organizada por la Federación Nacional de Trabajadores de la Electricidad de la India (INEF). La conferencia se centró en cuestiones tales como la manera de garantizar el acceso a la electricidad en un país cuya población alcanzará los 1.000 millones de habitantes en el año 2000 y la financiación de los 8.000 megavatios nuevos que se necesitan cada año para responder al incremento de un 10 por ciento anual de la demanda. La India no tiene otra alternativa que permitir las inversiones privadas en la generación de energía eléctrica: esta fue la conclusión a la que llegaron los 250 delegados de esta conferencia. Sin embargo, la inversión privada no significa la privatización de las empresas de servicios públicos ya existentes. Según la INEF, la NTPC (que es una empresa estatal «gigante» de generación de energía eléctrica) merece toda clase de alabanzas -- incluidas las del Banco Mundial -- por su eficiencia. La empresa de transmisión Powergrid y las juntas de electrificación de los estados (State Electricity Boards) han conseguido un índice de electrificación del 85 por ciento, cifra muy respetable para un país tan grande y con predominio de población agrícola. Sin embargo, no queda claro hasta qué punto los inversores privados estarán interesados en asumir unas funciones específicamente sociales relacionadas con el suministro de energía eléctrica a las zonas aisladas, a los campesinos y a los pobres.
4.2. La función de los interlocutores sociales en los procesos
de privatización y de reestructuración
4.2.1. Los objetivos de los sindicatos
Según un investigador(6), los principales objetivos de los sindicatos en los sectores del gas y la electricidad son: proteger a sus miembros; garantizar que estos sectores contribuyan a un bienestar económico y medioambiental duradero de la comunidad, sobre todo a través de la creación de nuevos empleos; sindicar o fomentar la sindicación de la fuerza de trabajo en las industrias de servicios en las que se produce un aumento de la masa laboral; organizar campañas para garantizar que las reformas sectoriales tengan en cuenta los problemas relacionados con el empleo.
La existencia de sindicatos como resultado de la organización de un gran número de trabajadores en una unidad capaz de negociar con la dirección es una de las piedras angulares de cualquier sistema que propicie las buenas relaciones de trabajo. El objetivo de la acción sindical es aquí armonizar la necesaria competitividad de las empresas con las aspiraciones de los trabajadores que quieren mantener sus empleos, percibir unos salarios dignos y trabajar en mejores condiciones.
Reducir la desigualdad que se da en el acceso a la información entre el empleador y el empleado suele mejorar la eficacia de las empresas. Los trabajadores (que a veces saben mucho mejor que sus empleadores de qué manera se mejora la productividad) estarán más dispuestos a compartir esta información si piensan que se beneficiarán de algún cambio en la organización del trabajo. La presencia de un organismo que los represente (un sindicato) apacigua el temor de los trabajadores a que cualquier tipo de información que puedan suministrar redunde en beneficio exclusivo de la empresa. El conocimiento de las preferencias de los trabajadores por parte de sus empleadores puede también ayudar a reducir la rotación de personal y los costos laborales, cosa especialmente importante en el contexto de la privatización y de la reestructuración.
Además, los sindicatos están emprendiendo campañas, generalmente con éxito, contra los comportamientos discriminatorios contra las empleadas o los empleados que pertenecen a minorías étnicas. Esta función resulta también fundamental en períodos de reestructuración y privatización, en la medida en que determinadas normas aplicables a los servicios públicos o propias del servicio público garantizan estrictamente la igualdad de oportunidades en la contratación y en los ascensos, así como la neutralidad y la no discriminación.
Como se ha observado recientemente en otros sectores, como los correos y telecomunicaciones(7), los sindicatos tienden a fusionarse, en el ámbito de los servicios públicos de distribución, para conseguir un volumen que les permita hacer frente a unos empleadores cada vez más poderosos, y que les ayude a dar forma a las opciones que hagan a nivel internacional. La entrada en escena de los «gigantes» multinacionales de la energía en unas esferas que antes constituían un monopolio del Estado ha ayudado a los sindicatos a entender el verdadero sentido de la mundialización y la tendencia internacional a la liberalización y a la privatización. Los sindicatos que hacen frente a nuevos interlocutores en las negociaciones se dan cuenta enseguida de lo indispensable que resulta la información sobre las estrategias y comportamientos de las empresas.
Así pues, los sindicatos afiliados a la ICEM en la región de Asia y el Pacífico, están uniendo sus fuerzas para responder adecuadamente al reto de la globalización, de la reestructuración y de la privatización en la industria de la energía(8). Para la ICEM, esto ha significado la construcción de redes globales entre los sindicatos de distintos países e incluso entre trabajadores organizados en las instalaciones internacionales multinacionales específicas. Las mismas comunicaciones sofisticadas utilizadas por las multinacionales para coordinar sus sistemas internacionales de producción pueden ser utilizados por los trabajadores y sus sindicatos. Ya no es fácil excluir a los trabajadores del acceso a la información estratégica. Según el Secretario General de la ICEM, la elaboración de una respuesta laboral a nivel de empresa requiere la intervención directa en la gestión multinacional de la empresa. Los objetivos incluirían la elaboración de nuevos acuerdos multinacionales entre sindicatos y dirección a nivel de industria y de empresa. Si bien esto nunca reemplazará o debilitará la necesidad de acuerdos nacionales y locales, apuntalará las garantías de un enfoque similar en las operaciones globales de la empresa concernida(9).
Del mismo modo, la Internacional de Servicios Públicos (ISP) ha establecido redes regionales de sindicatos en las industrias de electricidad, gas y agua de América Latina, Asia y el Pacífico, Europa central y oriental y Europa occidental. La rama europea de la ISP, la EPSU, está propugnando un plan de diez medidas progresivas para constituir una «Europa Social» en el sector energético. Uno de los elementos de este plan es la necesidad de sentar a la misma mesa a los empleadores y a los sindicatos de los países de Europa central y oriental. El entonces presidente austríaco del Consejo de Ministros, Sr. Farneleiter, discutió sobre esta cuestión con la Comisión Europea(10). Una reciente reunión de los sindicatos de agua y energía de la EPSU decidió proceder a una comparación de los convenios colectivos, examinar la posibilidad de establecer un programa conjunto de negociaciones colectivas, trabajar en las cuestiones relativas a la igualdad, dar prioridad a las empresas para establecer los consejos de empresa europeos, identificar las empresas multinacionales que no respeten los convenios de la OIT y trabajar en el diálogo social con las organizaciones de empleadores en los sectores de la electricidad y del gas(11).
En octubre de 1997, más de un millón de trabajadores alemanes se unieron para formar un nuevo sindicato de minería, química y energía, el IG BCE. El secretario general de la ICEM declaró recientemente que, confrontados con la globalización del capital, los sindicatos tenían ahora sólo dos opciones: una es seguir siendo esencialmente organizaciones con bases nacionales y convertirse, en esencia, «en meros porteros del capitalismo; la otra es redefinir nuestro movimiento a fin de poder intervenir en el nuevo nivel global donde se toman las decisiones que afectan a nuestros miembros y a las comunidades en donde viven»(12).
Los sindicatos están ahora preparados para establecer vínculos más allá de sus fronteras nacionales, especialmente en los casos en que interviene una reestructuración. Así, pues, en 1996 la EDF, junto con otras dos empresas estadounidenses, adquirió una participación de control en la empresa de servicios públicos de energía eléctrica de Río de Janeiro, la Light. La Federación de Trabajadores Urbanos del Brasil, FMU-CUT, que representa a los trabajadores del sector eléctrico en la Light, se puso inmediatamente en contacto con la oficina regional de la Internacional de Servicios Públicos para poder comunicarse con los sindicatos franceses de la EDF. Según un miembro de la FMU, estas reuniones con los colegas franceses brindaron un conocimiento muy útil de las prácticas y convenios colectivos de la EDF, y la FMU entró en contacto directo con los nuevos propietarios. El sindicato francés FCE-CFDT insiste en que la expansión internacional de la EDF ha de ser propuesto como un óptimo ejemplo social.
Bajo la égida de sus federaciones internacionales, los sindicatos tratan asimismo de organizarse a nivel regional. Por ejemplo, los efectos de la privatización en las industrias de energía, minas y transformación fueron examinados por una importante conferencia sindical de la región árabe, celebrada en El Cairo en octubre de 1995 y acogida por los tres sindicatos egipcios afiliados a la ICEM así como por el sindicato minero egipcio.
4.2.2. Las características específicas de las relaciones
laborales en las empresas multinacionales
El desarrollo de relaciones laborales en las empresas multinacionales puede seguir dos caminos: o bien la empresa multinacional trae consigo parte de sus propias prácticas de relaciones industriales (que sean coherentes con la legislación nacional), o bien se adapta a las prácticas imperantes en el país huésped en que está actuando. Parece que la mayoría de las empresas escogen esta segunda fórmula, combinándola con algunos elementos de la primera. Por ejemplo: las principales compañías de aguas francesas reconocen a los sindicatos y cumplen con los convenios colectivos nacionales de Francia, pero cuando se dedican al sector de tratamiento de aguas en el Reino Unido adoptan las prácticas británicas del decenio de 1980 y no reconocen a los sindicatos.
Parece que las empresas de los Estados Unidos que han entrado en los sectores del gas y la electricidad en Europa no han introducido un estilo distinto de dirección y de relaciones laborales. Por ejemplo, la Southern Company, la primera empresa de los Estados Unidos en comprar una distribuidora regional de electricidad del Reino Unido, la SWEB, reconoce a los sindicatos y admite los convenios colectivos.
4.2.3. La función de los gobiernos
El Estado sigue siendo con frecuencia el principal empleador de los servicios públicos, aun en el caso de que la privatización haya ido reduciendo la cuota de estos sectores en el conjunto del empleo. Así, pues, la política social del Estado sigue desempeñando en muchos países una función puntera en las relaciones laborales de estos servicios públicos. Los problemas relacionados con el agua, por ejemplo, suelen ser una cuestión más política que técnica. El diálogo entre las organizaciones o las empresas multinacionales y los gobiernos puede ayudar a evitar problemas, centrándose en el establecimiento de una política nacional del agua pensada para responder a las necesidades básicas de las poblaciones (en especial las de los grupos más desfavorecidos), estableciendo un entorno que ayude a mejorar la salud y reduzca las enfermedades transmitidas por el agua, dentro de un marco general favorable a la administración sostenible de los recursos naturales. En este contexto, resulta fundamental consultar a la población para tener en cuenta sus necesidades reales. Por lo tanto, se suele considerar que es responsabilidad de las autoridades públicas establecer modos y maneras a través de los cuales las comunidades locales, los sectores privados y públicos y las organizaciones no gubernamentales puedan colaborar, brindando el tipo de servicio que el público espera y cuyo costo pueda ser aceptable por ese mismo público.
4.3. Consulta y participación: un elemento clave
para el éxito de la privatización
y de la reestructuración
Las reformas del sector público tienen más posibilidades de conseguir sus objetivos y los trabajadores y sus representantes participan a todos los niveles de la adopción de decisiones, puesto que un acuerdo basado en el diálogo entre todas las partes es más fiable que una decisión unilateral.
La OIT tiene la firme convicción de que un planteamiento participativo es, en principio lo más correcto, puesto que constituye una manifestación de la referencia fundamental de la OIT, que es promover la coparticipación social. Ciertamente, conviene tener en cuenta el realismo de las políticas a seguir, y no sólo las cuestiones de principio a su favor. Entre ellas cabe citar que para desarrollar un programa de privatización tiene sentido político comprometerse con los posibles oponentes, anticipar sus preocupaciones y negociar lo que sea negociable, poniendo en evidencia la responsabilidad del gobierno en lo que no sea negociable. Otra de estas cuestiones es que siempre hay compromisos y negociaciones que llevar a cabo en relación con las prioridades relativas de una serie de objetivos, y éstos pueden alcanzarse y sostenerse mejor en la práctica a través de un proceso participativo de consultas.
La privatización funciona muy bien cuando se apoya en un consenso social; ésta es la condición necesaria para una dirección económicamente correcta. La experiencia de una serie de países sugiere que ciertas condiciones (véase el recuadro 4.2) pueden impulsar el apoyo popular y, por consiguiente, el buen éxito del proceso de privatización.
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Recuadro 4.2
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Por lo tanto, un primer estadio consiste en la identificación de los participantes y en el establecimiento de disposiciones institucionales para su participación. Los grupos cuyos auténticos representantes necesitan comprometerse en este proceso de participación en todas las cuestiones relativas a la sociedad en general incluyen los sindicatos de trabajadores y las asociaciones representativas del servicio profesional y civil, las organizaciones representativas de los consumidores y los grupos de base comunitaria. A todos ellos habrá que explicar los planes y las políticas a seguir, a lo largo de todo el proceso que va desde la concepción del programa hasta su puesta en práctica, y sus opiniones han de ser escuchadas y tenidas en cuenta. Ello no significa poner el veto a ningún grupo particular de interés, ni permitir que las opiniones de los más ruidosos ahoguen las de los demás participantes legítimos. Lo que significa es que hay que establecer un marco institucional en el que todos los participantes legítimos puedan expresar sus opiniones y preocupaciones en un proceso de estructuración consultiva de las políticas a seguir.
Para los posibles compradores puede ser interesante participar, ya antes de que tenga lugar la adquisición, en las discusiones relativas a la reestructuración del personal que tendrá lugar después de la venta, puesto que las obligaciones y compromisos futuros influirán probablemente en el precio que quieran pagar por hacerse cargo de la empresa. Por otra parte, o además, la capacidad y disposición de los posibles compradores para hacer frente a las inversiones y obligaciones de empleo pactadas en las condiciones de venta puede ser un factor importante en la elección de los compradores(13).
Para que el personal se movilice realmente, hay que brindar una información continua sobre los proyectos y objetivos que tiene la empresa, asegurándose bien de que sean bien entendidos y de que tengan el apoyo de los empleados. En la mayoría de las privatizaciones de empresas de servicios públicos ha habido, al parecer, una u otra forma de consulta, aunque a veces haya sido una mera formalidad. En ciertos casos, los sindicatos no han participado para nada en el proceso de privatización. En los Estados Unidos, según la Unión de Trabajadores de Empresas de Servicios Públicos de los Estados Unidos, los sindicatos no han sido consultados ni invitados a participar en los procesos legislativos y administrativos de desreglamentación y reestructuración. En general, la mayor parte de los conflictos y diferencias se solucionan en la mesa de negociaciones o por vía de arbitraje. Pero muchas de las cuestiones que se plantean en la desreglamentación y en la reestructuración no suelen ser abarcadas por el contrato y, por lo tanto, no están sujetas a arbitraje. Los sindicatos recurren cada vez más a prácticas del tipo de las campañas en la empresa o en el ámbito político y general, a fin de hacer presión en las empresas para resolver los conflictos de manera positiva.
Los marcos normativos suelen brindar a los sindicatos (y también a otros grupos de ciudadanos) la posibilidad de intervenir y de ejercer influencia en las disposiciones reglamentarias. En Bélgica, los sindicatos están obligatoriamente representados en el comité de control del sector de la electricidad y el gas, en virtud de un acuerdo entre los sindicatos, la federación nacional de empleadores y otras varias instancias interesadas en el sector. Asimismo, los sindicatos representan los intereses de los consumidores.
Al objeto de fomentar que los trabajadores apoyen las políticas de reestructuración, los empleadores suelen recurrir a los proyectos de empresa que exponen las principales metas y objetivos a alcanzar. En ese sentido, Hydro-Québec ha establecido el proyecto de responder a «un reto de eficacia», que explica lo que la empresa tiene que hacer para convertirse en «la mejor compañía de electricidad del Canadá en el año 2000»(14).
La compañía francesa de electricidad EDF ha seguido desde 1946 unas pautas similares a las del servicio público, aunque se puede decir que se ha ido apartando paulatinamente de este método de actuación desde el decenio de 1970, en un proceso que ha sido fortalecido además por la firma con el Estado de una serie de «contratos de planificación». Desde el decenio de 1980, la empresa ha estado tratando de fomentar un tipo de dirección participativa(15), con unas campañas de comunicación de la dirección que se organizan para facilitar la transición de una cultura técnica a otra basada en los clientes.
A consecuencia de una amplia reforma legislativa que tuvo lugar hace varios años, Suecia y Finlandia tienen ahora el mercado más liberal de Europa en el ámbito de la energía eléctrica. Se están privatizando las empresas municipales de fluido eléctrico y va en aumento la competencia entre las empresas privadas y las grandes compañías de titularidad estatal. Noruega ha mantenido un sistema más controlado, liberalizando la producción de energía eléctrica pero sin privatizaciones. El presidente de la Stakraft, la compañía estatal de Noruega, piensa que el secreto de su éxito está en la participación del personal y de los sindicatos en los procesos de reforma, punto de vista que comparte el Sindicato de Trabajadores Eléctricos y de Centrales de Energía de Noruega (NEKF), que piensa que la mayor parte de los trabajadores han salido ganando con las reformas. En mayo de 1997, la compañía de fluido eléctrico finlandesa IVO se convirtió en la primera compañía de fluido eléctrico que estableció un consejo de empresa europeo para la cooperación entre los sindicatos y la dirección.
En Suecia según el Sindicato de las Comunicaciones y Servicios (SEKO), a consecuencia del establecimiento de las sociedades por acciones que exige la legislación eléctrica sueca (según la cual las operaciones de venta y de distribución de la electricidad no pueden ser realizadas por la misma entidad jurídica), el Estado y las empresas comerciales han cambiado sus organizaciones de empleadores, con los que el SEKO se ha visto obligado a firmar nuevos convenios colectivos. El SEKO ha conseguido mantener, por medio de la negociación, el nivel de prestaciones establecido en los convenios colectivos. A través del comité de energía de la Confederación de Sindicatos de Suecia (LO) en el que están representados todos los miembros de las federaciones de la LO, el SEKO ha participado y ha ejercido influencia en el proceso político, aunque no en la medida que había esperado. La LO estuvo representada en la encuesta a gran escala sobre las políticas a seguir que precedió a la liberalización del mercado eléctrico sueco.
En la República Checa se puede ver un ejemplo del establecimiento de una estructura consultiva oficial, en la que los sindicatos participan en un proceso general de consulta para desarrollar normas y decretos legislativos. Las cuestiones contenciosas se tratan en las negociaciones con los parlamentarios checos o directamente en las comisiones parlamentarias correspondientes. El papel activo que han desempeñado los sindicatos centroeuropeos en el proceso de reestructuración está dando sus frutos, a pesar de que no se han podido evitar algunas pérdidas de empleo. Los sindicatos de Hungría han alcanzado un acuerdo sobre el empleo, la observancia de los convenios colectivos y los modos de mejorar las condiciones de trabajo con las multinacionales occidentales que quieren invertir en los nuevos mercados que están apareciendo. Los sindicatos checos han garantizado su presencia en los nuevos organismos reglamentadores y en las conversaciones sobre la reestructuración. Los sindicatos checos han participado en el proceso de privatización de los suministros de agua y planes de aguas residuales sobre la base de la legislación en vigor y las disposiciones de los convenios colectivos. Sin embargo, según los sindicatos, la privatización ha incidido negativamente en la libertad sindical.
En Letonia, según el sindicato Energija, hay un monopolio para la generación, transmisión y distribución de la energía eléctrica, que corre a cargo de la sociedad estatal por acciones Latvenergo, actualmente en proceso de privatización. En abril de 1997 se adoptaron las disposiciones reglamentarias fundamentales sobre la privatización, con la intención de privatizar la compañía de energía eléctrica, dándole la estructura de una empresa verticalmente integrada, pero con un 51 por ciento de su capital retenido por el Estado. Por razones inevitables, las disposiciones reglamentarias sobre la privatización fueron modificadas, y la empresa fue dividida por secciones (correspondientes a la generación, transmisión y distribución de la energía eléctrica); está previsto que cada una de ellas se privatice por separado. A consecuencia de la intensa oposición que Energija hizo a tal privatización, se celebró un acuerdo entre la Agencia de Privatización y la Federación de Sindicatos de Letonia en relación con la participación obligatoria de los representantes sindicales en la preparación de las disposiciones reglamentarias fundamentales sobre la privatización.
Según el comité nacional del Sindicato de Servicios Públicos y de Trabajadores de la Producción (SINDIND COMSERVICE) de la República de Moldova, la transformación del directorio de producción estatal Vodokanal (agua y calefacción) de la ciudad de Kishinev en la compañía por acciones Apeh-Kanal se llevó a cabo a requerimiento del Banco Europeo de Reconstrucción y Fomento, que había prometido un préstamo a la empresa para proceder a una reestructuración y poner el suministro de agua de Kishinev a la altura de las normas europeas. El proyecto Vodokanal siguió adelante sin el consentimiento de la fuerza de trabajo y sin tener en cuenta los puntos de vista del comité sindical de empresa. Los trabajadores de Apeh-Kanal no tienen participación en la empresa, puesto que el 100 por ciento de las acciones son de titularidad estatal. En el caso de la privatización de las empresas del grupo Apeh-Kanal y de la reestructuración de la sociedad de producción estatal Fermokomekenergo, los convenios colectivos para 1998 comprenden disposiciones que obligan a contar con representantes sindicales en todas las discusiones.
Según el Sindicato de Trabajadores de los Servicios Públicos de la República de Georgia, el Gobierno ha anunciado la privatización de los sectores de generación, suministro y ventas de fluido eléctrico. La primera compañía afectada ha sido la Telasi, que es empresa municipal de suministro de fluido eléctrico de Tiflis, que da actualmente empleo a 1.200 trabajadores y sirve a 370.000 consumidores (individuos y empresas) en Tiflis. En mayo de 1998 fue reorganizada como sociedad por acciones, vendiendo el 75 por ciento de las acciones de manera competitiva, para el suministro de compañías que sirviesen por lo menos a 300.000 consumidores. El gabinete Merryl Lynch de Londres actuó como consultor en el proceso de privatización. Según la legislación, los trabajadores de Telasi recibieron el 2 por ciento de las acciones libres de cargas, aunque están pidiendo el 10 por ciento y unas opciones prioritarias sobre las acciones restantes.
El comité sindical de las empresas de servicios públicos ha establecido un grupo especial para supervisar el proceso de privatización. Este grupo está en contacto con el Ministerio de Propiedades del Estado y participa en la redacción de los textos de privatización (aunque muchas de sus peticiones respecto a los derechos e intereses de los trabajadores no se reflejen en las condiciones de venta) y los trabajadores están también representados en el comité de control de la nueva compañía por acciones.
El Sindicato General de los Trabajadores de los Servicios Públicos de Egipto informa de que ha participado durante cinco años en diversas reuniones celebradas por la Federación de Sindicatos Egipcios sobre la privatización y la reestructuración, como resultado de las cuales los servicios públicos (especialmente el agua y la electricidad) han quedado excluidos del proceso de privatización.
El Gobierno de Zambia ha emprendido recientemente una reforma del ramo del agua, que supone el establecimiento de tres compañías de aguas. Los sindicatos están participando en todos los estadios del proceso de privatización. Se ha celebrado un debate público muy completo, en el que el Congreso de Sindicatos de Zambia y sus afiliados han desempeñado un papel importante.
Como ya se ha advertido en el capítulo 2, la ESKOM es una gran empresa sudafricana de servicios públicos, responsable de la generación, distribución y venta de fluido eléctrico. Esta empresa ha adoptado una estrategia coherente con la política gubernamental de incrementar rápidamente el suministro de electricidad a los sectores desfavorecidos de la comunidad y, en ese sentido, este año ya ha llevado a cabo unas 300.000 nuevas conexiones. El programa de reestructuración se basa en un planteamiento de comparación interactiva que utiliza equipos de proyecto que examinan las prácticas laborales y el entorno de trabajo con vistas a mejorar la eficiencia. La compañía ha establecido un grupo especial de trabajo (compuesto por tres directores ejecutivos) exclusivamente dedicado a trabajar en un nuevo diseño de la organización, con la asistencia de consultores especializados incluso en las cuestiones relativas a los procesos de comunicación. Los cinco sindicatos que representan a los trabajadores de la ESKOM participan habitualmente en las consultas sobre la reestructuración y nuevo diseño de la organización, celebrando discusiones bilaterales por separado sobre materias pertinentes para un sindicato específico que tengan repercusiones para todos los trabajadores de la ESKOM, tales como unas condiciones de servicio multifuncionales, las empresas mixtas, el recurso a las empresas de su contratación, etc. La empresa no sólo brinda una información detallada sobre los aspectos financieros y técnicos sino que invita a los sindicatos a recurrir a sus propios expertos técnicos independientes(16).
A veces, la consulta resulta insuficiente. Según el sindicato de trabajadores de la ESCOM de Malawi (EWU), el presidente del Centro del Trabajo Nacional (Congreso de Sindicatos de Malawi -- MCTU) es miembro de la Comisión de Privatización, y como tal participa en todas las cuestiones del proceso. Sin embargo, no queda claro si los trabajadores son debidamente informados o consultados.
El Sindicato de Trabajadores Eléctricos de Colombia (SINTRAELECOL) informa de que ha participado en las negociaciones nacionales con el Gobierno, unas negociaciones que ya han tenido como resultado cuatro acuerdos nacionales que capacitan a los sindicatos a participar en cierta medida en la reestructuración, privatización y capitalización de las empresas del sector. El Sindicato ha podido, pues, defender los derechos de los trabajadores a través de convenios colectivos, aunque la disminución del número de sus miembros como resultado de los planes voluntarios de retiro está afectando la situación del Sindicato.
Según la ICEM, los importantes programas de reestructuración y privatización que se están llevando a cabo en la industria eléctrica de Colombia podrían ser peligrosos si no se tuviesen suficientemente en cuenta los derechos fundamentales de los trabajadores de la energía eléctrica. En las negociaciones con el SINTRAELECOL, el Ministro de Minas y Energía de Colombia emitió recientemente una propuesta que, según los sindicatos, equivaldría de hecho a revocar los actuales convenios colectivos y restringiría los derechos sindicales fundamentales de los trabajadores, entre ellos los de libertad sindical, libre negociación colectiva y derecho de huelga. La ICEM piensa que la mejor manera de garantizar el suministro de electricidad a todos los ciudadanos a un precio razonable de mantenimiento de una fuerza de trabajo capacitada y motivada es estableciendo un marco de regulación adecuado y un acuerdo colectivo que abarque a todas las compañías del sector, tanto las ya existentes como las que puedan aparecer en el futuro. Los sindicatos señalan que miles de sindicalistas colombianos han sido asesinados en los últimos años, entre ellos muchos trabajadores del petróleo y sus representantes, y que esta ola de terror ha llegado ahora al sector eléctrico con el asesinato de Odulfo Zambrano, presidente de la sección regional del Atlántico del SINTRAELECOL.
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Una de las conclusiones de una reciente reunión sectorial de la OIT ha sido que «las reformas del sector público tienen mayores posibilidades de alcanzar sus objetivos de prestar servicios eficientes, eficaces y de gran calidad cuando se planean y aplican con la plena participación de los trabajadores del sector y sus sindicatos así como de los consumidores de servicios públicos en todas las etapas del proceso decisorio»(17). El testimonio de los estudios de la OIT confirma que un requisito previo para obtener un buen resultado es el compromiso de todos los participantes en los procesos de privatización y reestructuración. La participación activa de los representantes de los trabajadores y, en ciertas cuestiones, también de los usuarios de estos servicios de agua, gas y electricidad que están atravesando estos cambios, constituye la clave para ir resolviendo o atenuando la mayor parte de los retos que plantean estos procesos. Sin embargo, estos testimonios muestran también que en esta materia los logros están de momento muy por debajo de lo que se pudiera esperar.
La plena participación de los representantes de los trabajadores en el diseño, planificación, puesta en práctica y supervisión de tales cambios es muy deseable, no sólo por motivos éticos sino porque produce unos resultados tangibles y positivos para los trabajadores, para la sociedad y para las propias empresas. Los sindicatos constituyen una fuente muy valiosa de conocimiento e ideas, tanto a nivel de la empresa como a un nivel macroeconómico, que puede ayudar a contener el desempleo y sus costos sociales, mejorar la calidad de los servicios e incrementar la competitividad de las empresas. En los primeros años de la privatización y de la reestructuración, la postura general de los sindicatos ante estos procesos era más bien defensiva y poco comprometida, con un tipo de oposición que dejaba poco margen a las propuestas de aceptación o de crítica constructiva. Ello era el reflejo de ciertos recelos sobre las nuevas tendencias, y se correspondía con la postura -- en general poco comprometida -- de las demás partes que impulsaban estos cambios. Pero en los últimos años ha tenido lugar una paulatina evolución en el sentido de unos intercambios de opinión más frecuentes y constructivos.
A pesar de los muchos casos de resistencia (véase la sección 4.4), los sindicatos han mostrado una buena disposición para participar de manera positiva en la reestructuración, a condición de que sean verdaderamente consultados y puedan participar en el proceso, y de que se preste la debida consideración a los legítimos intereses de sus miembros. Además de que es perfectamente legítimo partir de un planteamiento de coparticipación social en los aspectos laborales de la reestructuración y de la privatización, hay indicios muy claros de que un enfoque participativo puede producir resultados positivos para la empresa y para su servicio a los consumidores. Empleados y sindicatos pueden constituir una fuente abundante de conocimiento e ideas sobre cómo mejorar la eficiencia y la calidad y, de hecho, cuando se ha recurrido a esta fuente se han obtenido unos resultados excelentes, que a veces son incluso mejor percibidos por los empleados que los posibles beneficios de la privatización propiamente dicha.
4.4. Resistencias a la privatización y a la reestructuración
Los empleados de las empresas de servicios públicos pueden tener un legítimo temor a perder su categoría y sus condiciones específicas de empleo como resultado de la privatización o la reestructuración. Suelen estar mal informados de los métodos de privatización y reestructuración, y temen que van a quedar marginados en las negociaciones colectivas, perdiendo su seguridad en el empleo y parte de su protección social. También pueden pensar que en la nueva empresa las relaciones laborales sufrirán un deterioro. De hecho, en muchos países sus condiciones de empleo y de trabajo son comparables a las de los demás empleados públicos, tanto respecto a la seguridad en el trabajo y a la protección social como en relación con la normativa sobre libertad sindical y derechos de negociación.
En muchos países, los sindicatos del sector público son los más importantes y poderosos. La privatización de las empresas públicas tiene, pues, el peligro de debilitarlos porque como resultado de ella se produce una reducción automática del sector público y el acceso al mercado de unas empresas cuya fuerza de trabajo no siempre está sindicada. Sin embargo, los sindicatos no carecen de cierta capacidad de reacción en caso de que se planifique una privatización. Aunque no hayan sido invitados a la mesa de negociación, pueden disponer de otros medios para hacer oír su voz.
Hay que introducir una distinción entre el sector público y el sector privado, aunque se esté produciendo una superposición creciente entre ambos. En el sector público no siempre resulta fácil declararse en huelga, puesto que el ejercicio de este derecho suele estar restringido. El Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT piensa que el ejercicio del derecho de huelga puede limitarse -- y aun prohibirse -- en los «servicios esenciales», es decir en «los servicios cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o parte de la población». Según este Comité, los servicios de electricidad y los servicios de abastecimiento de agua pueden ser considerados como servicios esenciales(18). Las restricciones a que se suele someter el derecho de huelga en estos servicios públicos acaban por suprimir o debilitar un medio fundamental de defensa para los trabajadores interesados, de sus intereses socioeconómicos y profesionales y, por lo tanto, deberían brindarse unas garantías de compensación.
La restricción a que se somete el derecho de huelga de los empleados públicos es, a ese respecto, problemática. Se basa en el respeto a los derechos de la población en relación con las posibles interrupciones de los servicios, y ante la eventualidad de que los empleados públicos traten a los usuarios como verdaderos rehenes. Se suele dar preferencia a la protección de los consumidores en detrimento de los empleados públicos, por el costo social de la interrupción del trabajo por parte de los empleados del sector público. Las víctimas de una huelga no son sólo las partes implicadas en las negociaciones sino también los consumidores, que no pueden obtener los mismos servicios por parte de otros proveedores.
Cada país, y aun cada empresa, tiene una respuesta distinta ante el problema del derecho de huelga en el sector de los servicios públicos. En España, por ejemplo, los empleados del sector pueden constituir sindicatos, participar en la negociación colectiva y declararse en huelga a condición de que sigan garantizando unos servicios esenciales mínimos, que se especifican en la legislación correspondiente. En Italia, el sector de los servicios de electricidad es uno de los servicios esenciales regulados, en el caso de las huelgas, por la ley núm. 146, de 12 de julio de 1990. Es obligatorio presentar un preaviso de este tipo de acción con diez días de anticipación, brindando además a los usuarios la correspondiente información sobre los arreglos y períodos de servicio durante la huelga. El no cumplimiento de estas obligaciones está sujeto a sanciones económicas. La ley establece unos servicios mínimos a través de un convenio colectivo que se firma tras consultar a los usuarios, y que fija los servicios indispensables que la administración o el proveedor de ese servicio tienen que ofrecer obligatoriamente. Un comité supervisa la aplicación de la ley y controla que las medidas adoptadas sean coherentes con la garantía constitucional de los derechos individuales. Además, emite opiniones sobre la interpretación o aplicación de los acuerdos de servicios mínimos. En caso de desacuerdo, y cuando exista un peligro real de un perjuicio serio e inminente a los derechos individuales garantizados por la Constitución por parálisis de los servicios, el Presidente del Consejo de Ministros o el Prefecto pueden, según sea el ámbito del conflicto, emitir una ordenanza para garantizar la prestación de tales servicios.
En Francia, el derecho de huelga en los servicios públicos está regulado por una ley de 31 de julio de 1963, que establece que sólo los sindicatos pueden declarar una huelga y la obligación de dar un preaviso con cinco días completos de antelación. La diferencia con los ejemplos precedentes estriba en que la que decide sobre el establecimiento de los servicios mínimos es la propia empresa. En caso de privatización o reestructuración, es responsabilidad de las autoridades públicas arbitrar o modificar las disposiciones reglamentarias en vigor para conciliar el ejercicio del derecho de huelga en las empresas privatizadas o reestructuradas con la necesidad de garantizar la continuidad del servicio público. Según la Federación General de Sindicatos Palestinos, en la Orilla Occidental y en la franja de Gaza no hay restricciones al derecho de huelga en los sectores del gas, electricidad y abastecimiento de agua, a excepción de lo dispuesto en el Código del Trabajo; hay que dar un preaviso con 14 días de antelación y, en el caso de los servicios principales como la electricidad y el agua el plazo pasa a ser de 18 días.
Como señalan J. -Y. Ménard y J. Barreau(19), la reorganización o reforma estructural en las empresas EDF e Hydro-Québec ha traído consigo un doble cambio cultural, puesto que la cultura de los servicios públicos ha cedido el paso a una cultura más comercial, y la cultura técnica ha sido sustituida por una cultura de dirección. Este proceso da siempre lugar a reacciones polémicas. En este sector, el sentido de la identidad profesional es muy fuerte y está íntimamente relacionado con la propia identidad de la empresa, puesto que la historia de las empresas públicas se ha basado en su capacidad para responder al reto tecnológico que supone suministrar electricidad a todo el territorio nacional. Actualmente se insiste menos en los elementos técnicos y se atribuye mayor importancia a las necesidades y preocupaciones de la dirección, lo que con frecuencia tiene como resultado un sentimiento de desvalorización y de degradación entre los trabajadores, cuya categoría social depende de su profesionalidad técnica. La «cultura de la dirección» cambia radicalmente el paisaje tradicional y los medios de cooperación, porque propugna una lógica de resultados más bien que una gran calidad técnica, reduce la pirámide jerárquica y el respeto a la autoridad y tiende a suprimir la compartimentación entre los servicios, debido a las relaciones que fomenta entre clientes y proveedores, y también por la prioridad que atribuye a la polivalencia.
El Sindicato de Trabajadores de los Servicios Públicos de los Estados Unidos informa de que se ha opuesto decididamente a la reestructuración de los ramos industriales de la electricidad y que, en unión con otros sindicatos, asociaciones de vecinos y de consumidores, pequeñas empresas, jubilados y sectores industriales, y que ha conseguido evitar que se aprobasen los proyectos federales de ley sobre la reestructuración y hacer más lento este proceso a nivel de los estados. No obstante, en esta industria pocas son las huelgas que han tenido éxito, debido en parte al gran número de empleados administrativos que pueden reemplazar a los trabajadores durante las huelgas. Por ello, no deja de ser una ironía del destino que una de las consecuencias de la reestructuración tal vez sea hacer que las huelgas resulten más fáciles para los sindicatos. En el momento de redactar estas líneas, por lo menos 14 estados, entre ellos California, Nueva York, Illinois, Massachusetts y Pensilvania, han adoptado una legislación de desreglamentación o han empezado a ponerlas en práctica por medio de los correspondientes actos administrativos.
En la empresa Latvijas Gaze de Letonia ya hace tiempo que se mantienen debates sobre la privatización, y los dos partidos socialdemócratas de Letonia están organizando reuniones contra la privatización de determinadas entidades estratégicas, entre ellas la Latvijas Gaze, según informa el Sindicato LARKS.
En Colombia, por iniciativa del Sindicato de Trabajadores Eléctricos de Colombia (SINTRAELECOL) y con la participación de sus miembros, se han celebrado muchas reuniones regionales en todo el país para convencer al público de que la privatización de las empresas de servicios públicos es contraria a la soberanía nacional y que tendrá repercusiones directas en los presupuestos familiares y que conducirá a corto plazo al aumento de los precios y a una reducción de las prestaciones para los trabajadores de bajos ingresos. Según el sindicato SINTRAEMSDES Nacional, la falta de unidad del movimiento de trabajadores colombianos ha permitido imponer el modelo de privatización y, aunque cada sindicato ha resistido según sus capacidades individuales, ha habido poca consulta con los sindicatos sobre el tema de la privatización. Puesto que la mayoría de las empresas del sector eran de tipo municipal, la aplicación del modelo de privatización no fue el mismo en todos los tiempos y lugares.
En ciertas regiones las organizaciones sindicales organizaron debates con la comunidad local aunque las conclusiones a que se llegó no fueron tenidas en cuenta por los ayuntamientos. Las organizaciones nacionales, como SINTRAELECOL y SINTRAEMSDES llevaron a cabo huelgas y reuniones de protesta, que no pudieron evitar la imposición de este modelo. Según el último de los sindicatos mencionados, muchos de estos movimientos de protesta fueron declarados ilegales y se despidió a los trabajadores.
En España, las organizaciones sindicales han llevado a cabo una campaña para defender los derechos adquiridos y para protestar contra la precarización del empleo y la flexibilización de las condiciones de trabajo en Endesa (una empresa pública recientemente privatizada).
En cambio, en Suecia, los sindicatos presentes en la empresa de producción Vattenfall no se opusieron en 1993 a que todo el personal pasase a un régimen de legislación privada, que reemplazó el sistema anterior por dos categorías jurídicas (trabajadores y empleados).
En Polonia, en los sectores del gas y la electricidad, la oposición sindical tuvo como resultado la distribución gratuita de un 15 por ciento de las acciones a los trabajadores en la correspondiente empresa recientemente privatizada(20). Sin embargo, esta distribución no siempre ha permitido que el personal participe activamente en la junta directiva. Del mismo modo, en Bulgaria, la ley de privatización de 1992 dispone la distribución de acciones a los empleados durante un período de tres años y sin derecho de voto en caso de privatización de las empresas públicas.
Pueden ofrecerse también otras varias formas de compensación, que varían según el vigor de la oposición y la urgencia del proceso de reforma. En Hungría, el movimiento de huelgas que puso en marcha el sindicato del sector de fluido eléctrico forzó al Gobierno a negociar sobre la preparación de un acuerdo que debía incluir en particular disposiciones sobre la propiedad mayoritaria del Estado, sobre las medidas sociales para proteger los intereses de los usuarios y el establecimiento de un fondo de educación y formación para los empleados del sector, financiado con cargo al 5 por ciento del aumento de ingresos generado por el proceso de privatización.
La privatización de la electricidad constituyó una preocupación fundamental para los delegados a la conferencia de los trabajadores del sector eléctrico de la ICEM, que tuvo lugar en Harare en septiembre de 1996. Recientemente se había celebrado un acuerdo entre un alto funcionario del Gobierno de Zimbabwe y la YTL una multinacional radicada en Malasia, para la privatización de la mayor central energética de Zimbabwe en Hwange, una central térmica propiedad de la Zesa, la empresa nacional de energía. Según la ICEM, las negociaciones con la YTL estuvieron envueltas en el mayor secreto e hicieron caso omiso de un procedimiento de licitación que estaba ya en marcha. La Zesa había seleccionado una lista de seis empresas mixtas con las que podía asociarse, de un total de 19 licitantes iniciales, pero la junta directiva no tuvo noticias del trato con la YTL hasta un día después de que hubiera sido firmado. La Zesa denunció inmediatamente el carácter ilegal del acuerdo y exigió su rescisión, aduciendo que iba contra la política oficial de indigenización de los empleos y de las empresas, y que tendría como resultado un aumento de precios en las tarifas eléctricas. El Sindicato de Trabajadores de la Electricidad y de la Energía de Zimbabwe (ZEEWU) y el Congreso de Sindicatos de Zimbabwe (ZCTU) publicaron una declaración conjunta condenando el trato secreto con la YTL como totalmente inaceptable y acusando al Gobierno de «privatizar los bienes nacionales sin ninguna política de orientación y sin ninguna consulta con los participantes nacionales». El 23 de julio de 1998, una huelga de determinados empleados de la SONELEL (la empresa eléctrica senegalesa que está siendo privatizada) tuvo como resultado algunos cortes de fluido eléctrico. A consecuencia de ello determinados sindicalistas fueron arrestados y acusados de sabotaje.
Los sindicatos han hecho un uso considerable de las campañas públicas nacionales e internacionales para expresar su descontento e influir en la opinión pública sin convertir a los consumidores en rehenes. Estas campañas han sido algunas veces muy eficaces, como en el Reino Unido donde una campaña pública que se llevó a cabo en 1984 y 1985 consiguió persuadir al Gobierno para que abandonase las propuestas de privatización del agua hasta después de las elecciones generales de 1987. Del mismo modo, los sindicatos italianos y húngaros han buscado el apoyo internacional para sus posturas antes y después de la privatización, con bastante éxito. En el sector eléctrico del Reino Unido, se llevó a cabo un debate público en la prensa y en otros medios de comunicación sobre la privatización en general y sobre las propuestas específicas del Gobierno para ese sector. No hubo consulta oficial con los sindicatos sobre el principio y la estructura de la privatización en sí misma. Inicialmente, los sindicatos se oponían a la privatización de la electricidad y organizaron una campaña de publicidad que llamaba la atención sobre las dificultades y riesgos que podían derivarse de ella. Cuando se hizo evidente que los proyectos de ley iban a ser aprobados (por la amplia mayoría gubernamental en el Parlamento) los sindicatos trataron de proteger los intereses de sus afiliados y del público en general por medio de representaciones a los ministros y por medio de sesiones intensivas de información a parlamentarios concretos.
En abril de 1992, el Sindicato de Trabajadores de la Electricidad del Instituto Nacional de Electrificación de Guatemala llamó a una huelga contra la venta de la compañía pública nacional de electricidad. La huelga duró 20 días forzando al Gobierno a considerar otras alternativas. Sin embargo, la privatización no tuvo lugar en el tiempo inicialmente propuesto, debido a la caída del Gobierno al año siguiente. Las protestas sindicales continuaron a medida que los sucesivos gobiernos seguían privatizando otros sectores, como los ferrocarriles y las telecomunicaciones. Finalmente, la compañía de electricidad fue privatizada en julio de 1998 y un 80 por ciento de las acciones propiedad del Gobierno fueron vendidas a un consorcio y los inversores extranjeros y nacionales fueron invitados a invertir en la distribución eléctrica. El sindicato ha reconocido que el proceso de privatización es actualmente irreversible y está buscando modos de participar en el proceso, especialmente por medio de la adquisición de acciones en las nuevas empresas.
En Debrecen (Hungría), el consejo local rechazó las propuestas presentadas por la Lyonnaise des Eaux y Vivendi (la antigua Générale des Eaux) y optó por un abastecimiento público de agua. En Lodz (Polonia) los dos sindicatos rivales unieron sus fuerzas para oponerse a un plan de privatización de las autoridades locales y proponer alternativas identificando posibles fuentes de financiación para las inversiones necesarias. En 1995, a raíz de unas elecciones locales favorables, el abastecimiento de agua quedó definitivamente dentro del dominio público.
El Gobierno, los sindicatos y las autoridades locales en Sudáfrica llegaron en diciembre de 1998 a un acuerdo marco para regular la participación de las empresas privadas en la prestación de servicios municipales. Un principio importante de este acuerdo era que el sector privado no debería asumir las actividades en las que los ayuntamientos tuviesen «oportunidades realistas» de facilitar unos servicios de calidad. La coparticipación del sector privado podría establecerse cuando los ayuntamientos realmente no pudiesen prestar determinados servicios, en razón de su limitación financiera, tecnológica o de capacidad general. Las empresas privadas tendrían que adherirse a las normas medioambientales, de plazos de suministro, de seguridad y salud y de protección de las condiciones de servicio de los trabajadores. Serían además, responsables ante los contratos de control. El acuerdo contemplaba también las tarifas de seguridad, los límites en los aumentos de las tarifas y ciertas restricciones en las tasas de devolución.
Hay que mencionar también el creciente uso de Internet por los trabajadores y sus representantes como medio de ampliar el ámbito y la eficacia de las campañas públicas, en particular las que se refieren a las empresas multinacionales. Así, el Sindicato Canadiense de Trabajadores del Sector Público (CUPE) dispone de un sitio en la red que incluye una base de datos contra la privatización. A nivel internacional, la Internacional de Servicios Públicos mantiene una base de datos sobre las empresas multinacionales que están participando en las privatizaciones; la base comprende también diversas noticias relativas a la campaña contra la privatización.
Varios sindicatos han lanzado recientemente una campaña en Internet condenando la Biwater, una empresa multinacional británica de titularidad privada, por tratar de silenciar el debate democrático sobre la privatización del agua en Sudáfrica. Los abogados de la Biwater pidieron que la LabourNet (un sitio en la red dedicado a noticias laborales en el Reino Unido) eliminase un documento que la empresa dice ser difamatorio. Este documento supuestamente ofensivo no es otra cosa que una comunicación a la prensa, publicada por el Sindicato de Empleados Municipales de Sudáfrica (SAMWU), que era la organización puntera en la lucha contra la privatización de los servicios públicos. La ISP ha hecho un llamamiento a los sindicatos y gobiernos de todo el mundo para que condenen el comportamiento de la Biwater como inaceptable y para que fomenten un debate abierto y crítico sobre la privatización.
El Gobierno del Estado de Australia del Sur buscaba una gran empresa de tratamiento de aguas residuales y de desperdicios para contratar el sistema de abastecimiento de agua y de alcantarillado de Adelaida; convenía que esta empresa tuviese experiencia en grandes sistemas urbanos así como una importante presencia en la región de Asia y el Pacífico. Los sindicatos que representaban a los trabajadores en la empresa de abastecimiento de agua (South Australia Water) se opusieron con vehemencia a la privatización y pusieron en marcha una presión continua sobre los partidos políticos para evitarla. Contaron además con el decidido apoyo de la comunidad, que deseaba mantener la titularidad y gestión públicas de los servicios de abastecimiento de agua. Sin embargo, esta campaña sindical y comunitaria no pudo disuadir al Gobierno de su decisión. Los sindicatos que tenían afiliados en la industria de abastecimiento público de agua emprendieron una prolongada campaña laboral para garantizar a los empleados afectados las mejores condiciones que fuera posible. El Gobierno de Australia del Sur no respondió a las preocupaciones de los trabajadores de manera satisfactoria a juicio de los sindicatos, que entraron en contacto directo con las compañías South Australia Water y United Water y, según afirman desempeñaron un papel importante para conseguir unos resultados relativamente favorables para los empleados transferidos de la empresa United Water.
4.5. Las nuevas formas y temas de la negociación colectiva
El informe de la OIT para la Reunión paritaria sobre el empleo y las condiciones de trabajo en los servicios de suministro de agua, gas y electricidad, de 1987, señalaba (y esta observación sigue siendo válida actualmente) que:
La negociación colectiva tiene sólidas raíces en el sector del agua, el gas y la electricidad, en el mundo entero, por lo menos en lo que atañe a los trabajadores sometidos a la legislación laboral general. En los servicios o empresas de propiedad estatal administrados por autoridades municipales o regionales y cuyo personal se rige por las leyes aplicables a los funcionarios públicos, las condiciones de trabajo suelen venir determinadas, reglamentaria o unilateralmente, por la autoridad empleadora(21).
La privatización de las empresas o la reestructuración de los servicios de distribución suelen tener como resultado nuevas técnicas de negociación colectiva o nuevos temas de negociación, por ejemplo los salarios, cuando han sido previamente fijados por las autoridades públicas.
La negociación centralizada ha constituido una práctica corriente en Europa septentrional y occidental, y exige que la mayoría de los trabajadores estén cubiertos por acuerdos sindicales. Esta práctica ha conseguido decenios de buenas relaciones entre los empleadores y los empleados, así como unas buenas condiciones salariales y de empleo para los trabajadores de Europa. Sin embargo, se ha producido una tendencia reciente en un sentido de descentralización de la negociación, para la que se requiere establecer sólidas garantías de derechos sindicales para evitar que los empleadores traten de disuadir el establecimiento de sindicatos de trabajadores.
En los Estados Unidos, según el Sindicato de Trabajadores de los Servicios Públicos de los Estados Unidos, las empresas de servicios públicos suelen ser poco propensas a la sindicación, y de hecho este sector de la industria sigue actualmente estando poco sindicado si se compara con el sector reglamentado, que es uno de los que tienen un mayor índice de afiliación sindical de toda la economía estadounidense. Una de las intenciones de la reestructuración de la industria es rebajar los niveles de afiliación sindical para reducir así los costos laborales. Un informe del personal de la Comisión de Servicios Públicos de California ha declarado explícitamente que los servicios públicos deberían apoyarse en los trabajadores no sindicados. En la industria eléctrica, en algunos casos en que la generación ha sido separada de la transmisión y de la distribución para que los servicios pudiesen privatizar su capacidad de generación, los sindicatos han conseguido unos nuevos acuerdos a largo plazo con los nuevos propietarios aun antes de que tomasen posición de las empresas que habían adquirido. Los servicios públicos con los que el Sindicato de Trabajadores de los Servicios Públicos de América ha mantenido relaciones negociadoras han estado generalmente de acuerdo en negociar los efectos de la desreglamentación, reestructuración y privatización, pero no sobre la dirección del proceso propiamente dicho.
En el Reino Unido, en el momento de la privatización, los sindicatos habían hecho ciertas reclamaciones al Gobierno y a las nuevas empresas para proteger los acuerdos ya existentes en los ámbitos de la negociación colectiva y de la consulta sobre salud y seguridad. La privatización ha conducido a cierto número de cambios prácticos significativos. Actualmente, la búsqueda de una mayor flexibilidad en la dirección ha tenido como resultado reemplazar los acuerdos nacionales que regulaban la situación del personal en la industria de la electricidad entre 1952 y 1992, sustituyéndolos por acuerdos de empresa. Los acuerdos a largo plazo de toda la industria sobre la retribución y las condiciones de trabajo (que precedieron largo tiempo a la nacionalización) fueron abandonados en favor de los acuerdos individuales que abarcan una sola empresa o incluso una sola división o ámbito de negocio dentro de la empresa. Los altos cargos directivos fueron los que empezaron a tener contratos personalizados individuales, y desde entonces se ha producido un proceso continuo para ampliar tales contratos a otro personal profesional y administrativo y, en algunos casos, también a los empleados manuales y de oficinas. Los planes de jubilación que existían a nivel de toda la industria se dividieron también entre las compañías concretas, pero -- como resultado de la presión de los sindicatos -- se introdujeron en la legislación ciertas disposiciones sobre la privatización para proteger los derechos actuales y futuros de los empleados existentes.
En Suecia, por otra parte, sigue siendo muy corriente la negociación a nivel de servicio, aunque las negociaciones se celebran también a niveles más descentralizados, tanto respecto a la adaptación de los salarios a las realidades económicas de la empresa como al tiempo de trabajo y a su organización. Así, las condiciones de trabajo de la compañía eléctrica Vattenfall están reguladas por un acuerdo colectivo negociado por el ramo de la electricidad de la central patronal SAF, excepto en el caso del personal directivo que negocie directamente sus condiciones de trabajo y remuneración.
En los países de Europa central y oriental, el sistema de relaciones laborales está también en plena evolución. Las economías en transición heredaron de los sindicatos organizados y apoyados por el Estado y el Partido Comunista unos índices de afiliación sindical que superaban el 90 por ciento. A medida que se iban independizando, los sindicatos tenían que presenciar el descenso de sus niveles de afiliación en víspera de los cambios económicos y políticos, y siguen aún tratando de adaptarse a las nuevas realidades y de determinar sus planteamientos de negociación.
Las reformas en las compañías de distribución suelen llevarse a cabo en situaciones en las que se ha producido un cambio de funciones en la negociación colectiva. Los sindicatos han sido menos activos, y las organizaciones de empleadores han vuelto a tomar la iniciativa en temas como la flexibilización de la dirección, la anualización del tiempo de trabajo o la individualización de los salarios. La privatización de la empresa British Gas ha tenido repercusiones en un gran número de sindicatos, que han pasado de cinco (para abarcar las distintas categorías de trabajadores) a ser un solo sindicato por unidad de empresa.
En Estonia, la reacción sindical a un plan de privatización gubernamental para los sectores del agua, gas y electricidad busca fundamentalmente incluir en los contratos unas garantías de empleo y garantizar que estas garantías se respeten después de la privatización. Así pues, un sistema tripartito establecido en 1996 exige que la Agencia de Privatización mantenga a empleadores y empleados informados acerca de las empresas afectadas por la privatización, y también acerca de las negociaciones que se mantienen con los posibles nuevos operadores para determinadas condiciones de adquisición y las garantías de empleo. En general se mantienen obligatoriamente los empleos por un período de tres años a partir de la privatización, pero las autoridades públicas sufren presiones para reducir este período e incluso para suprimir toda cláusula que proteja el empleo.
En Asia, las principales formas de privatización, a excepción de la transformación de las empresas en entidades jurídicas sujetas a la ley de sociedades y de la comercialización, suponen un cambio de empleador y por lo tanto un contrato de trabajo distinto que no contiene necesariamente las condiciones y las prestaciones de los acuerdos anteriores. Nuevamente, los acuerdos de las empresas de servicios públicos de titularidad estatal son extensas y exhaustivas. Actualmente parece que hay cinco tipos generales de acuerdos que abarcan a los empleados de los servicios públicos de titularidad estatal:
Cada tipo de acuerdo colectivo (que sea distinto del último mencionado) abarca una amplia gama de condiciones de trabajo además de la retribución y de las horas de trabajo, incluida la licencia por maternidad, la formación, la igualdad de oportunidades para los distintos grupos étnicos y pensiones profesionales (a excepción de Tailandia y Japón).
Cuando no se alcanzan acuerdos para garantizar los derechos de los trabajadores a transferir estas condiciones a sus nuevos empleos, la privatización conduce a unos cambios que son perjudiciales para los empleados en la mayor parte de las condiciones de trabajo. La ilustración más clara de ello es la subcontratación al exterior de la lectura del hidrómetro en la empresa Sydney Water (Australia) que, de conformidad con la experiencia internacional de otras industrias, suprimió la continuidad en el empleo y redujo los derechos ya existentes de vacaciones y permiso por enfermedad.
4.6. La influencia de la opinión pública
y la participación de los consumidores
Actualmente, en sectores económicos de la importancia de los servicios públicos, los proyectos importantes de privatización o de reestructuración se realizan pocas veces sin prestar atención a las reacciones de los consumidores.
La eficacia de una huelga o de una campaña pública depende también del interés mostrado por el público en los efectos sociales de los cambios que se están llevando a cabo y de su apoyo a la acción sindical. Un gobierno puede abandonar un programa de privatización o de reestructuración si piensa que eso lo hará tan impopular que podría perder las próximas elecciones, o si el sindicato está apoyado por un poderoso grupo de presión. No obstante, en este último caso hay el peligro de trabajar por los intereses de un grupo minoritario más bien que por el servicio a la colectividad.
Por lo tanto, en gran medida y cada vez más la opinión pública sobre los cambios propuestos restringe el margen de acción de los gobiernos. Por ejemplo, el movimiento de liberalización que puso en marcha el partido conservador del Reino Unido no puede entenderse sin recordar la relativa impopularidad de las empresas de servicios públicos en ese momento. La práctica de huelgas muy largas sin dar las garantías de ningún tipo de servicios mínimos y con frecuentes cortes de fluido eléctrico había conseguido que, ya en el decenio de 1960 los usuarios fueran hostiles a los monopolios.
En Italia, el Estado ha invertido poco en los servicios públicos de distribución, que se caracterizaron por unos salarios bajos y la ausencia de una tecnología puesta al día. Esta situación fomentaba el absentismo y la mala calidad de los servicios. Además, la práctica de la colocación política de los empleados había destruido la confianza de la opinión pública italiana en las empresas de distribución. Por lo tanto, el cambio fue recibido y considerado como una cosa positiva por los consumidores.
En los Estados Unidos, la influencia de los grupos de consumidores se ejerce por medio de las comisiones de servicios públicos y de las instancias que elaboran la reglamentación. Esta influencia se basa en el derecho que tienen los consumidores a la información, en dejar el menor margen posible a los llamados «secretos comerciales» y en el derecho a la participación que garantiza que los grupos de consumidores tengan la posibilidad de intervenir, recibiendo el apoyo necesario para ello. La falta de influencia de los consumidores en el sistema regulador del Reino Unido constituye un elemento sorprendente, que se está examinando actualmente con la revisión del sistema de reglamentación(22).
Los sindicatos buscan con frecuencia apoyo de los consumidores en los debates y campañas relativos a la reorganización de los servicios públicos de distribución. Así, en Francia, los sindicatos de la EDF y de la GDF decidieron en otoño de 1998 llevar a cabo una encuesta nacional de sus usuarios sobre sus expectativas para el futuro del servicio público en vísperas de que el mercado de la electricidad se abriese a la competencia. El objetivo es reunir aproximadamente medio millón de respuestas a un cuestionario hacia finales de 1998(23).
Además, la opinión de los consumidores se está teniendo cada vez más en cuenta dentro del marco de la privatización y de la reestructuración. Así, en Hungría, durante la reestructuración de la Compañía de Electricidad MVM se brindará a los consumidores una información mejor por parte de un servicio recientemente establecido, la Oficina del Consumidor y de las Relaciones Internacionales. La función de esta Oficina será importante en dos esferas: la relación entre la evaluación de los costos y la fijación de los precios, y la aceptación de los proyectos de desarrollo por parte de la opinión pública. La preparación de la ley sobre la energía empezó en Hungría en 1991, y fue objeto de un intenso debate público. La ley se adoptó en el último día de la última sesión parlamentaria de la anterior mayoría gubernamental (es decir, inmediatamente antes de las elecciones del 20 de abril de 1994, que dieron un 60 por ciento de mayoría a los socialistas que formaron una coalición gubernamental con el partido liberal)(24).
Según el concepto adoptado por el Parlamento de Hungría, las partes que participan en el proceso de privatización son los empresarios, los consumidores y un organismo regulador. Como los intereses de estas partes no son los mismos (los productores o distribuidores tienen que conseguir beneficios de sus inversiones, los consumidores necesitan ser protegidos contra los monopolios o las tarifas injustificadas), es el organismo regulador el que, a través de la reglamentación de los precios y de la supervisión de la buena conducta de los operadores asegurará el buen funcionamiento del sistema. Los cambios en la política de precios de la electricidad reflejan claramente las transformaciones que se derivan de los procesos de liberalización y privatización progresivas. Antes de la reforma, el ministerio responsable de la energía fijaba los precios de la electricidad según criterios sociales y políticos, muchas veces sin tener en cuenta los costes reales. Esta política de precios no constituía un problema importante mientras el Estado, que era prácticamente el propietario exclusivo del sector, pudiese permitirse prescindir temporalmente de los ingresos de su capital invertido. Sin embargo, esta situación ya no es posible, puesto que resulta contraria a la racionalidad económica establecida en virtud de los acuerdos concluidos entre el Gobierno de Hungría y el Banco Mundial, y también porque es necesario atraer capitales privados tanto nacionales como extranjeros(25).
En virtud de esta ley, los precios de la energía, desde 1997, tienen que tener en cuenta los siguientes elementos:
1. OIT: Empleo y condiciones de trabajo en los servicios de suministro de agua, gas y electricidad, Ginebra, 1987, pág. 59.
2. L. de Luca (publicado bajo la dirección de): Labour and social dimensions of privatization and restructuring (public utilities: water, gas, electricity), OIT, Ginebra, 1998, pág. XIV.
3. S. Ogden: «The reconstruction of industrial relations in the privatized water industry», en British Journal of Industrial Relations (Oxford), volumen 32, núm. 1, marzo de 1994, pág. 68 y siguientes.
4. L. de Luca (publicado bajo la dirección de), op. cit., pág. 95.
5. Ibíd., pág. 93.
6. P. Colley: Reforming energy: Sustainable futures and global labour, Pluto Press, Londres, 1997.
7. OIT: La transformación estructural y normativa y la mundialización en los servicios de correos y telecomunicaciones: vertiente laboral, Ginebra, 1998, págs. 67-68.
8. ICEM Info (Bruselas), núm. 1, 1998, pág. 10.
9. ICEM Info (Bruselas), núm. 2, 1998, págs. 7-8.
10. Comunicación del Sr. Farneleiter a la EPSU, con motivo de la Conferencia de la Comisión Europea sobre Sinergia, 24-25 de septiembre de 1998.
11. Comisión Permanente de la EPSU sobre los servicios públicos, en Euro-Flash de 8 de diciembre de 1998.
12. ICEM Info (Bruselas), núm. 4, 1997, pág. 5.
13. B. Martin: «Social and employment consequences of privatization in transition economies: Evidence and guidelines», documento de trabajo IPRED-4, OIT, Ginebra 1997, pág. 15.
14. J.-Y. Ménard y J. Barreau: Stratégies de modernisation et réactions du personnel, Editions L'Harmattan, París, 1997, pág. 117.
15. J.-Y. Ménard y J. Barreau, op. cit., pág. 128.
16. Información suministrada por la ESKOM.
17. OIT: informe final de la Reunión paritaria sobre la incidencia del ajuste estructural en los servicios públicos (eficacia, mejora de la calidad y condiciones de trabajo), Ginebra, 1995, pág. 23.
18. OIT: Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT, cuarta edición (revisada), Ginebra 1996, pág. 122.
19. J.-Y. Ménard y J. Barreau, op. cit., págs. 181 y 182.
20. Financial Times (Londres), 26 de marzo de 1997.
21. OIT: Empleo y condiciones de trabajo en los servicios de suministro de agua, gas y electricidad, op. cit., pág. 64.
22. Greg Palast (redactor de disposiciones reglamentarias en los Estados Unidos): «How American Unions and consumers won their rights», en ISP Focus, número de septiembre de 1997, págs. 4-8.
23. Le Monde (París), 10 de septiembre de 1998, pág. 18.
24. J.-Y. Ménard y J. Barreau, op. cit., pág. 74.
25. Ibíd., pág. 79.
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