Programa de Actividades Sectoriales |
Ver eslabón del texto abajo

Las tecnologías de la información en las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo:
Sus repercusiones en el empleo, las condiciones de trabajo y las relaciones laborales
Parte 2
Copyright ® 2000 Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Industrias editoriales e industrias gráficas
Las repercusiones que los cambios tecnológicos han tenido en el empleo en estos subsectores no pueden evaluarse por separado, en la medida en que se han producido conjuntamente con procesos como la liberalización, privatización, mundialización y desreglamentación; unos y otros han afectado los volúmenes de empleo, la estructura cualitativa del empleo, la organización y la calidad del trabajo, las competencias profesionales exigidas y las relaciones laborales.
En 1993, la Comisión Europea había previsto que el empleo global en el continente iba a crecer en cinco a diez millones de puestos de trabajo para el año 2010, de resultas de las inversiones en las TIC(38). Estas previsiones carecen de fundamento y se han basado en algunas hipótesis particulares sobre los efectos de diversas condiciones jurídicas, políticas, económicas y tecnológicas. En cambio, es posible trazar algunas proyecciones más fiables si el análisis se centra en algunos sectores específicos. Por ejemplo, Seufert previó que el empleo en la industria alemana de los medios impresos iba a reducirse en 12 por ciento entre 1992 y 2010, y que al mismo tiempo el empleo en los medios electrónicos (que comprenden a la vez los medios electrónicos «tradicionales», como la radio y teledifusión, y los nuevos multimedios) iba a incrementarse en 62 por ciento(39). Concretamente, el número de empleos en los medios impresos iba a pasar de 416.000 en 1992 a 393.000 en 2000, y a 366.000 en 2010; en cuanto a los puestos de trabajo en los medios electrónicos, éstos iban a aumentar de 93.000 a 127.000 en 2000, y a 151.000 en 2010, lo que iba a representar un aumento neto de unos 8.000 empleos, sobre la base de los niveles de referencia considerados entonces(40). En realidad, dicha evolución había comenzado a producirse ya en industrias como la edición de libros, pues los editores alemanes habían incorporado a sus actividades campos como la producción de programas de computadora, vídeos, discos compactos y disquetes, de tal manera que la introducción de innovaciones en el campo de la edición electrónica se ha realizado a menudo con personal que ya había adquirido experiencia en la transición a productos no impresos.
La reducción del volumen de empleo en los medios impresos es un fenómeno evidente. Hasta 1991, el empleo en los sectores editorial y de artes gráficas tuvo un crecimiento sostenido en los 12 Estados miembros de la Unión Europea, pasando de 801.632 personas en 1985 a 882.654 en 1991; a partir de entonces, el volumen de empleo se redujo a un total de 817.318 personas en 1995, lo que representó una disminución de 7,4 por ciento(41). Con todo, estas cifras no deberían extrapolarse en el sentido de señalar una tendencia sostenida de desaparición de los medios impresos. Hasta ahora, el debate acerca de los efectos que las tecnologías propias de la sociedad de la información tienen en la publicación de libros, revistas y periódicos se ha centrado en la hipótesis de la sustitución. Si bien es cierto que en algunos segmentos de la producción, como los materiales para empresas y la información científica y profesional, cabe prever, en efecto, la intensificación del proceso de sustitución, nada indica que exista una tendencia generalizada de eliminación de la producción impresa. De hecho, la reducción del empleo en las industrias gráficas ha sido, al parecer, más bien moderada. Entre 1994/95 y 1999, el volumen de empleo en los sectores de artes gráficas se redujo en cerca de 17 por ciento en los países de la Unión Europea y de 20 por ciento en Europa considerada en su conjunto, reducción que en el período 1998-1999 fue ligeramente inferior a la registrada en los años anteriores(42). Esta reducción del empleo puede atribuirse en parte a la mayor productividad alcanzada gracias a la introducción de procesos automatizados de producción.
Por lo que se refiere a las industrias gráficas, un sector especialmente afectado por las TIC es el de la preimpresión. Por ejemplo, la introducción de la autoedición (o publicación asistida por ordenador) ha entrañado el cierre de muchos talleres de composición y litografía. Una parte de la fuerza de trabajo se ha trasladado a los nuevos talleres y nuevos departamentos de las empresas especializados en autoedición, pero también en este ámbito se ha producido una relocalización internacional de actividades(43). En realidad, la realización en el extranjero de las tareas de composición, impresión y selección fotomecánica de colores se ha venido practicando durante muchos años, pero las posibilidades técnicas se han ampliado enormemente con el tratamiento digital de los datos, y la utilización de conexiones por Red Digital de Servicios Integrados (RDSI-ISDN) y otros medios de comunicación. En los países en que los trabajadores tienen un buen nivel de protección social y condiciones de trabajo favorables, el empleo de los trabajadores gráficos se ha deteriorado considerablemente; en cambio, en los países en desarrollo, que ofrecen buenos niveles de calidad de la industria gráfica y cuya mano de obra percibe salarios y prestaciones más reducidas, los trabajadores gráficos se han beneficiado de algunas mejoras en cuanto a las perspectivas de empleo y las remuneraciones. En un estudio realizado en 1992, Mitter y Pearson estimaron que en América Latina, Africa y Asia había unas 8.000 personas (sobre todo mujeres) dedicadas a tareas de entrada de datos para firmas multinacionales occidentales(44). Sin duda, esta cifra es hoy mucho más alta, sobre todo si se toma en consideración que tres empresas (SPI de Manila y las instalaciones gráficas de Thomson Press y Macmillan, en la India) emplean a más de 4.000 trabajadores y atienden también las necesidades de empresas locales. Las empresas editoriales de Francia, el Reino Unido y otros países industrializados han recurrido desde hace muchos años a los servicios de composición, imprenta y encuadernación de empresas de Colombia, India, Madagascar, Malta, Mauricio, Marruecos, Filipinas, Singapur y otros países, y siguen buscando nuevos proveedores, como China. La intensificación de la competencia mundial se ha traducido en una reducción de los costos de composición de cerca del 70 por ciento durante los últimos diez años, lo que ha incidido a su vez en una disminución de los niveles salariales en los países industrializados. Las actividades de asiento mecánico de datos han sido amenazadas por los avances en las técnicas de reconocimiento óptico de caracteres y de lectura mediante escáneres, así como por la utilización cada vez más generalizada de los ficheros informáticos de tipo Post Script o los discos con ficheros informáticos comprimidos, en que los autores o los editores preparan ya una parte de la composición, lo que reduce o elimina la necesidad del trabajo de los tipógrafos. Los países en desarrollo que se han especializado en la prestación de servicios de entrada de datos se esfuerzan hoy por captar los trabajos de procesamiento de información que necesitan los países industrializados, tareas que, además de caracterizarse por un mayor nivel de agregación de valor, son menos susceptibles de quedar obsoletas a raíz de la introducción de innovaciones tecnológicas.
La «revolución» digital ha transformado completamente los procesos de trabajo en el ámbito de la preimpresión, tanto en los países industrializados como (en una menor medida) en los países en desarrollo. El proceso tradicional de preimpresión comprendía varias actividades independientes (composición, diagramación, litografía, retoques, etc.) a cargo de distintas categorías de personal técnico. El predominio de las TIC ha traído consigo la integración total del proceso de producción, que hoy está controlado por los especialistas en autoedición, quienes a veces controlan incluso el proceso de impresión sirviéndose de los sistemas denominados «de la computadora a la imprenta» o de sistemas de impresión digitales. Por otra parte, las actividades de preimpresión se organizan en contacto más directo con los clientes, por ejemplo, mediante la utilización de procedimientos de revisión de pruebas a distancia.
También se ha transformado la organización de las actividades de impresión, aunque en un grado menos fundamental que en el ámbito de la preimpresión. La tecnología de la información ha aportado el sustrato técnico para la fabricación integrada mediante computadoras. A raíz de esta evolución, el trabajo de impresión en los países desarrollados se ha dividido en dos tipologías distintas(45). Por una parte, se ha afirmado una tendencia de aplicación de las nuevas técnicas de gestión de procesos al tratamiento de los pedidos, lo que supone la racionalización de la etapa de preimpresión, la planificación y la gestión de las operaciones de producción; por otra parte, están las tareas cotidianas de los operadores de las prensas, lo que incluye actividades tradicionales como la limpieza, la alimentación en tinta y papel y la corrección o reparación de fallas y problemas menores. Esta polarización del trabajo redunda en una diferenciación marcada en cuanto a los requisitos de calificación. Para el puesto de administrador de procesos se exigen calificaciones de un alto grado de especialización técnica, en particular en TI, así como competencias en el campo de la gestión de proyectos y la dirección de grupos de trabajo. El prensista necesitará calificaciones técnicas de nivel superior, aun cuando es posible que también deba adquirir conocimientos especializados para el manejo de algunos tipos de prensas de imprimir. En la práctica, es frecuente que a los prensistas se les pida controlar procesos más complejos o encargarse del funcionamiento de más de una máquina, ya sea en razón del aumento de la intensidad del trabajo, de una utilización más frecuente de la impresión a cuatro colores o, a veces de la aplicación de normas de control de la calidad más estrictas.
La transformación de los procesos de trabajo ha acarreado consecuencias significativas para diversas categorías profesionales tradicionales en los países industrializados. En cuanto a los países en desarrollo, tales transformaciones son en general incipientes y su ritmo es menos intenso, por lo que el análisis que sigue se refiere con mayor propiedad a la situación de los países industrializados. Los tipógrafos y técnicos de composición son las categorías profesionales más gravemente afectadas. Algunos de estos trabajadores se han acogido a programas de readaptación profesional para convertirse en técnicos de autoedición, pero persisten serias dudas en cuanto a si los técnicos en composición podrán beneficiarse del crecimiento del empleo previsto en los nuevos medios electrónicos, incluso por lo que se refiere a puestos de trabajo que están más vinculados con las tareas de la composición gráfica impresa, como es el caso del diseño de sitios Web. Olav Boye, de la Federación Gráfica Internacional, dijo al respecto: «Tomemos el caso de 30 tipógrafos que trabajan en un diario. Un día, se les informa que 10 de ellos serán despedidos en el marco de la reestructuración de la empresa. Al mismo tiempo, se enteran de que el periódico se difundirá dentro de poco por medio de la Internet. Si estos tipógrafos han recibido ya la formación necesaria que les capacita para utilizar los medios de la Internet, podrán conservar sus puestos de trabajo»(46). Por otra parte, diversas investigaciones realizadas sobre el empleo en el sector de los medios múltiples(47) en Estados Unidos, Austria, Alemania, Países Bajos y Suecia han puesto de manifiesto que las calificaciones exigidas para el personal de este sector son, en general, superiores a las que se requieren en los medios impresos. Muchos trabajadores del sector de los medios múltiples no tienen experiencia en la industria gráfica, y algunos han ingresado a la vida profesional inmediatamente después de haber terminado su educación superior; en el sector de las industrias gráficas, en cambio, los puestos técnicos exigen un nivel de enseñanza secundaria o de formación profesional. Según un experto sindicalista de Asia, «hay algo fascinante en los jóvenes trabajadores empleados en los medios múltiples -- el tipo de personas que debemos captar ahora para los sindicatos -- a saber, que todos son esencialmente autodidactas en TI, que obtienen muy buenas remuneraciones, que han previsto y desean cambiar de empleo y de empleadores con relativa frecuencia, y que no están sindicados ni comprenden la necesidad de estarlo»(48). Los trabajadores de la industria de artes gráficas o los que buscan empleo en el sector de los medios múltiples también se ven limitados por el hecho de que -- además de las calificaciones técnicas insuficientes que poseen -- se les exigen otras competencias como la creatividad, la flexibilidad, la disposición a atender las necesidades de los clientes, aptitudes de comunicación y capacidad para trabajar en equipo(49).
Otras categorías profesionales resultarán beneficiadas en términos de creación de empleo. Las categorías que se desarrollan más rápidamente son en su mayoría las que requieren un alto nivel de calificación. En los Países Bajos, se incluyen entre estas categorías para el período correspondiente al decenio de 1990 las siguientes: periodistas, autores y anunciadores (19,9 por ciento del crecimiento total); analistas de sistemas, programadores, supervisores de sistemas (16,5 por ciento); especialistas en servicios de información y medios de comunicación (14,2 por ciento); fotograbadores, cineastas, diseñadores (13,1 por ciento) y artistas visuales e intérpretes (12,0 por ciento)(50).
En el período comprendido entre 1996 y 2006, una de las ocupaciones de más rápido crecimiento en los Estados Unidos ha de ser probablemente la de especialista en autoedición (con una tasa de crecimiento del 74 por ciento), y entre las que han de registrar en cambio la mayor disminución del empleo se incluyen las de tipógrafo, maquetista y compaginadores de fotocomposición. En este caso, la reducción prevista del empleo puede estar directamente relacionada con la tecnología, ya que las mayores pérdidas de empleo son las que registran las ocupaciones directamente afectadas por la revolución digital, entre las que se incluyen las de tipógrafo, maquetista, fotograbador, operador de cámaras de reproducción, impresor tipógrafo, pasador de placas offset y compaginador de fotocomposición (véase el cuadro 3.4)(51).
Cuadro 3.4. Evolución del empleo por ocupación (imprentas y editoriales), Estados Unidos, 1996 y previsiones para 2006 (expresada en miles de puestos de trabajo)
|
| |||||||
|
Ocupación |
Evolución del empleo |
Variación |
Oferta total de nuevos empleos generada por el crecimiento y sustituciones netas, 1996-20061 | ||||
|
|
| ||||||
|
Cantidad |
Distribución en % |
Cantidad |
% | ||||
|
|
|
|
| ||||
|
1996 |
2006 |
1996 |
2006 |
||||
|
| |||||||
|
Trabajadores gráficos (tareas de precisión) |
141 |
124 |
0,1 |
0,1 |
-17 |
-12,1 |
44 |
|
Encuadernadores |
4 |
4 |
0,0 |
0,0 |
-1 |
-15,0 |
1 |
|
Trabajadores de preimpresión, (tareas de precisión) |
123 |
106 |
0,1 |
0,1 |
-16 |
-13,4 |
41 |
|
Compositores, tipógrafos (tareas de precisión) |
6 |
3 |
0,0 |
0,0 |
-3 |
-50,3 |
1 |
|
Impresores |
15 |
15 |
0,0 |
0,0 |
1 |
4,9 |
3 |
|
Maquetistas |
15 |
4 |
0,0 |
0,0 |
-11 |
-75,0 |
2 |
|
Especialistas en autoedición |
30 |
53 |
0,0 |
0,0 |
22 |
73,5 |
27 |
|
Fotograbadores |
5 |
3 |
0,0 |
0,0 |
-2 |
-35,8 |
1 |
|
Operadores de cámara de reproducción |
11 |
10 |
0,0 |
0,0 |
-2 |
-14,9 |
2 |
|
Compaginadores de fotocomposición |
26 |
7 |
0,0 |
0,0 |
-20 |
-75,0 |
4 |
|
Pasadores de placas offset |
14 |
12 |
0,0 |
0,0 |
-2 |
-15,1 |
2 |
|
Todos los demás trabajadores gráficos (tareas de precisión) |
13 |
14 |
0,0 |
0,0 |
0 |
1,1 |
2 |
|
Impresores, encuadernadores y tareas afines |
383 |
394 |
0,3 |
0,3 |
11 |
2,9 |
81 |
|
Operadores y operadores auxiliares de máquinas de encuadernación |
81 |
85 |
0,1 |
0,1 |
4 |
4,9 |
16 |
|
Trabajadores de preimpresión (tareas de producción) |
19 |
8 |
0,0 |
0,0 |
-11 |
-56,2 |
3 |
|
Operadores y encargados del mantenimiento de máquinas de fotograbado y litografía |
6 |
5 |
0,0 |
0,0 |
-1 |
-9,5 |
1 |
|
Operadores y encargados del mantenimiento de máquinas de composición tipográfica |
14 |
3 |
0,0 |
0,0 |
-10 |
-75,1 |
2 |
|
Operadores de máquinas de imprenta |
215 |
226 |
0,2 |
0,1 |
11 |
5,0 |
45 |
|
Impresores tipógrafos |
14 |
9 |
0,0 |
0,0 |
-5 |
-34,8 |
2 |
|
Operadores de impresoras offset |
76 |
80 |
0,1 |
0,1 |
4 |
5,9 |
15 |
|
Ajustadores, operadores y encargados del mantenimiento de máquinas de imprenta |
119 |
129 |
0,1 |
0,1 |
10 |
8,6 |
27 |
|
Todos los demás ajustadores y operadores auxiliares de imprenta |
6 |
7 |
0,0 |
0,0 |
1 |
14,4 |
2 |
|
Ajustadores y operadores auxiliares de máquinas de impresión por serigrafía |
29 |
31 |
0,0 |
0,0 |
2 |
6,1 |
6 |
|
Todos los demás trabajadores gráficos, así como los que realizan trabajos de encuadernación y tareas afines |
38 |
44 |
0,0 |
0,0 |
5 |
14,0 |
11 |
|
1 La oferta total de nuevos empleos corresponde a la suma de los incrementos del empleo y las sustituciones netas. Si la variación del empleo es negativa, la oferta de nuevos empleos debida al crecimiento es igual a cero y la cifra correspondiente a la oferta total de nuevos empleos equivale a las sustituciones netas. Fuente: Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, 1997, págs. 73-74. | |||||||
|
| |||||||
Trabajadores de la radiodifusión, los medios
de comunicación y la industria cinematográfica
no incluidos en las secciones anteriores
Los trabajadores de la radiodifusión, los medios de comunicación y la industria cinematográfica no incluidos en las secciones anteriores se han visto todos afectados en cierta medida por la tendencia de las tecnologías de la información y la comunicación (ICT), la organización del trabajo, la subcontratación, la precarización, las fusiones y adquisiciones, la mundialización, la privatización, la flexibilidad, etc. Se ha registrado un cambio en el equilibrio de fuerzas entre las empresas de radiodifusión, cinematográficas y medios de comunicación: se ha ido abandonando la negociación colectiva centralizada y los trabajadores y los sindicatos han perdido fuerza mientras que los empleadores, en cambio, son ahora más fuertes. Esto ha afectado también a los camarógrafos, técnicos, escenógrafos, personal administrativo y otras categorías de personal, pero no ha sido posible examinar en detalle los efectos correspondientes.
Impacto diferencial de las tecnologías
en los trabajadores de uno y otro sexo
En general, la frecuencia cada vez mayor de las modalidades de empleo precarias en este sector -- lo cual se debe en parte a los cambios tecnológicos -- hace que sea aún más difícil para los trabajadores con responsabilidades familiares poder encontrar soluciones sistemáticas y adecuadas para el cuidado de los niños. Eso ha tenido en muchos casos una repercusión negativa en las perspectivas de empleo de las mujeres. En las artes interpretativas, la edad es un factor de particular importancia en relación con las oportunidades de empleo para la mujer, por diversas razones, y esto puede constituir otro elemento de disuasión para las jóvenes que buscan trabajo en este ámbito.
Las nuevas tecnologías, el Mercado Unico Europeo, el desempleo (mayor) y los cambios en las modalidades de trabajo han influido en algunos de los cambios radicales que han tenido lugar en el sector de los medios de comunicación en la Unión Europea, a menudo con repercusiones negativas para la mujer. Entre esos cambios cabe señalar un gran incremento de la importancia de las empresas comerciales de radiodifusión que responden en mayor medida a las modificaciones del mercado que a la opinión del público; un aumento en la participación de las compañías productoras independientes; la disminución constante del personal permanente y a tiempo completo y la creciente proporción de contratos de corta duración o de trabajadores independientes (a menudo contratados directamente por la unidad en la que van a trabajar, de modo que no se lleva ningún registro centralizado de esos trabajadores); y la gran reestructuración de las empresas públicas de radiodifusión, a raíz de la cual se da poca prioridad a las cuestiones relativas a la igualdad de oportunidades. Aunque el sector independiente puede ofrecer nuevas posibilidades de carrera para la mujer, algunas prácticas discriminatorias aplicadas en las instituciones de radiodifusión más antiguas se han transmitido al sector independiente, y la mayoría de los puestos de responsabilidad siguen estando ocupados por hombres, de acuerdo con los resultados de un estudio piloto de la Comisión Europea sobre la situación de la mujer en el Reino Unido y los Países Bajos(52). Kate Holman, ex coordinadora del Comité directivo de la Comisión Europea para la igualdad de oportunidades en la radiodifusión, señaló que la mejor manera de cambiar las «actitudes de la dirección y del personal para lograr un espíritu de mayor comprensión en el lugar de trabajo consiste en utilizar datos precisos y material que resulte interesante para mostrar que la igualdad de género en la radiodifusión contribuye tanto al éxito comercial como a la mejor calidad de los programas»(53). Ya se hizo referencia, en este mismo capítulo, a la situación de los periodistas en España, Portugal y el Reino Unido.
En los Estados Unidos, en 1997 el porcentaje de mujeres entre todos los autores, productores, directores, camarógrafos y editores cinematográficos era del 15 por ciento, mientras que en la televisión el porcentaje era algo superior, ya que el 21 por ciento de todos los puestos correspondientes a creadores, productores ejecutivos, productores, directores, escritores, editores y directores de fotografía de los programas de mayor audiencia estaban ocupados por mujeres(54). Las estadísticas canadienses correspondientes a 1996 indican porcentajes equivalentes en la participación total de hombres y mujeres en las artes creativas e interpretativas, pero las mujeres eran mayoría entre los bailarines (86 por ciento), músicos, cantantes y artistas visuales, y estaban, en cambio, en minoría entre los productores, directores, directores de orquesta, actores y otras categorías profesionales. Entre los escritores, traductores y profesionales en el campo de las relaciones públicas, las mujeres eran mayoría en todos los ámbitos de trabajo excepto en el periodismo (48 por ciento). No obstante, entre los fotógrafos y los técnicos de artes gráficas, así como en los puestos de carácter técnico en el cine, la radiodifusión y las artes interpretativas eran minoría en todas las categorías, con un porcentaje de alrededor del 30 por ciento(55).
Por lo que respecta a los países en desarrollo, en la industria cinematográfica de la India, por ejemplo, las mujeres tienen en general menos oportunidades de trabajo y perciben una remuneración más baja que los hombres, aunque hay datos que prueban que las actrices jóvenes ganan más que sus colegas de sexo masculino y trabajan con más regularidad. No obstante, las actrices de más edad experimentan más dificultades para conseguir empleo. En general, las mujeres indias pueden encontrar trabajo más fácilmente que antes como productoras, directoras y técnicas, en mayor medida en la televisión que en el cine. La proporción de mujeres entre los actores de cine y de televisión en Mumbai se sitúa en alrededor de un tercio del total, llega al 50 por ciento entre los cantantes, al 40 por ciento entre los bailarines y es menos del 1 por ciento entre los músicos(56).
Los recientes cambios estructurales en las industrias de los medios de comunicación, y especialmente la introducción de nuevas tecnologías, han dado lugar a un aumento del número de trabajadores independientes en este campo. Las grandes empresas de radiodifusión y edición están reduciendo cada vez más su personal con el fin de seguir siendo económicamente viables, y recurren a menudo a subcontratar pequeños equipos (por ejemplo, la BBC tiene que recurrir a subcontratistas independientes para el 25 por ciento de los programas que produce). El sector independiente puede ofrecer más oportunidades de trabajo para las mujeres debido a su mayor flexibilidad con respecto a los horarios, pero la discriminación contra la mujer sigue siendo un problema. Los hombres siguen estando al parecer en mejor situación que las mujeres en materia de empleo independiente en las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo, y se teme que la pérdida de empleos permanentes a tiempo completo en las grandes empresas de radiodifusión tenga un efecto muy negativo en el futuro en la formación y las calificaciones de las mujeres en esta industria(57). Debido a la familiarización cada vez mayor de las mujeres con las aplicaciones de las nuevas tecnologías en la vida diaria, y al hecho de que se alienta cada vez más a las niñas para que adquieran conocimientos de informática en la escuela, la disparidad que se observa aún hoy entre hombres y mujeres en cuanto a las calificaciones tecnológicas puede llegar a desaparecer en un futuro próximo(58).
4. Repercusiones de las tecnologías
de la información en los acuerdos
contractuales, las profesiones
y las relaciones de trabajo
Artistas intérpretes o ejecutantes -- actores
cinematográficos, bailarines de película,
actores radiofónicos y actores en directo
Las nuevas tecnologías, junto con la disminución en importancia del sector del espectáculo de propiedad estatal o subvencionado, el desarrollo de las compañías de producción independientes y la creciente importancia de los conglomerados multiindustrias en las empresas cinematográficas y de radiodifusión, han tendido a fragmentar el medio ambiente de trabajo y a reducir las posibilidades de negociación colectiva efectiva así como los acuerdos para los artistas intérpretes o ejecutantes. Además, hoy en día las condiciones contractuales de los artistas intérpretes o ejecutantes y su relación con los empleadores suelen estar menos claras que en el pasado, debido a la subcontratación y a la creación de sociedades ficticias para producir películas u otros productos más comunes. Eso dificulta que los artistas intérpretes o ejecutantes conozcan sus derechos, reclamen indemnizaciones o negocien condiciones para explotar el producto, sobre todo una vez producido(1).
En algunos países occidentales, entre los que se cuentan Australia, Dinamarca, Suecia y Reino Unido, el propio sindicato representa a los artistas intérpretes o ejecutantes tanto si actúan en directo como si graban su actuación. En otros países, tales como los Estados Unidos o Canadá, se crearon distintos sindicatos para representar los intereses de los artistas intérpretes o ejecutantes que recurran exclusivamente a las grabaciones. En los Estados Unidos se crearon distintas organizaciones para representar a aquellos artistas intérpretes o ejecutantes cuyo trabajo se grababa en cintas de vídeo o de película. Sin embargo, a pesar de la situación de la organización sindical, los artistas intérpretes o ejecutantes y sus sindicatos luchan por proteger sus intereses, a veces junto con los gobiernos, sirviéndose, de vez en cuando, de dos enfoques complementarios.
En algunos países, la protección jurídica de los artistas intérpretes o ejecutantes hasta cierto punto viene dada por el derecho a la personalidad, disposición jurídica en materia de competencia o prohibición contra el enriquecimiento injusto. En el Reino Unido, aquellos que actúan o usan las actuaciones sin consentimiento pueden ser perseguidos por la legislación penal. En los Estados Unidos, el derecho a la publicidad adopta distintas formas según los estados, aunque generalmente se caracteriza por ser el derecho que previene que los otros usen la imagen de uno para fines comerciales sin consentimiento. A lo largo de los años, se han dado una serie de casos jurídicos sobre dichas disposiciones, que se han resuelto con mayor o menor éxito desde la perspectiva del artista intérprete o ejecutante. En los países donde se conceden amplios derechos nacionales a las interpretaciones audiovisuales, entre los que figuran tanto derechos económicos como los morales, la situación de los artistas intérpretes o ejecutantes con respecto a los nuevos avances de los medios de comunicación es algo más fuerte que en los demás países. Estos derechos constituyen un instrumento muy útil para proteger a los artistas intérpretes y a su interpretación ya que el trabajo es explotado.
En países como Australia, Reino Unido y los Estados Unidos, la negociación colectiva normalmente implica un voto de los artistas intérpretes o ejecutantes en la «unidad de negociación». Una vez reconocida oficialmente la negociación colectiva, los empleadores tienen la obligación de negociar y se pueden facilitar ayudas legales a las partes antes de adoptar una acción laboral directa o de entablar un proceso de solución de diferencias. Si bien los certificados se emiten según el lugar de trabajo, las partes pueden voluntariamente ampliar el alcance por rama de actividad. En Canadá, como los artistas intérpretes o ejecutantes son autónomos, la negociación se llevó a cabo al margen de la legislación laboral como una relación totalmente voluntaria entre los sindicatos y los productores. En los países industrializados, los acuerdos sobre negociación colectiva son comunes y la mayor parte de la producción en las grabaciones se lleva a cabo según sus condiciones, con organizaciones de productores (a veces con grandes productores individuales o con radiodifusiones públicas importantes). La mayoría de los sindicatos negocian y gestionan una gran variedad de acuerdos que cubren a los artistas intérpretes de las obras dramáticas televisivas, telenovelas, películas, programas de actualidad, programas infantiles, programas de variedades, programas musicales, programas deportivos y otros tipos de programas, que se emiten mediante escenificación teatral por televisión, por la radio, directamente en cintas, en forma de CD-ROM, de vídeos o en cualquier otro formato.
Los acuerdos suelen establecer unas normas mínimas que autorizan al productor y al artista intérprete individual a negociar las condiciones más favorables para los artistas intérpretes o ejecutantes. Las condiciones de la relación entre el artista intérprete y el productor deben constar en un contrato escrito. Las normas mínimas establecidas por el acuerdo suelen incluir cláusulas sobre:
Los acuerdos colectivos en los países industrializados suelen disponer que el pago del honorario original incluya, en primer lugar, el derecho a grabar la interpretación y a explotar el trabajo de ciertas formas. Así, por ejemplo, los productores cinematográficos de obras de teatro adquieren derecho para emitir las representaciones teatrales como si fueran películas en el cine durante un período de tiempo, quizás limitado por el mercado, o incluso en todas las regiones geográficas de forma perpetua como en el caso de la mayoría de países de habla inglesa. Los productores de programas de televisión adquieren el derecho a emitir el programa cierto número de veces en mercados concretos -- de una a dos cadenas de radiodifusión a emisiones ilimitadas para la televisión gratuita durante cierto número de años. La reutilización del material en los mercados definidos, o el uso de material en otros mercados, exige pagar honorarios adicionales, derechos accesorios o cánones.
Sin embargo, es difícil generalizar ya que existe una enorme variedad de posibilidades. Incluso en mercados relativamente pequeños como Canadá, cada uno de los cerca de 40 acuerdos colectivos negociados por los sindicatos de artistas intérpretes o ejecutantes para cubrir la producción de los medios de grabación en ambas lenguas oficiales adopta un enfoque distinto según las necesidades del productor, el punto de vista y la fuerza relativa de los miembros que trabajan bajo contrato:
En los países que cuentan con sistemas de derechos de autor y donde los artistas intérpretes o ejecutantes tienen derecho a recibir una parte de las regalías previstas para los casos en que el trabajo se explota de tal o cual manera, puede ocurrir que los acuerdos no concedan honorarios de reutilización en dichos mercados ya que se remunera a los actores a través de tribunales y acuerdos sobre derechos de autor. Por ejemplo, en Europa esto suele ser verdad para los programas retransmitidos por cable o satélite en mercados secundarios.
En los acuerdos figuran otras disposiciones pertinentes a las cuestiones de los nuevos medios de comunicación. El acuerdo de artistas de cine, televisión y radio (Canadian Cinema, Televisión and Radio Artists, ACTRA) representa a 13.000 actores que trabajan en lenguas distintas del francés en todos los medios de grabación. En sus principales acuerdos, existen disposiciones sobre «otros usos no especificados aquí» que establecen que cuando el productor quiere explotar el trabajo de forma no detallada en el acuerdo, un nuevo mercado por ejemplo, la asociación del productor o productores primero debe negociar con el ACTRA el pago por uso pertinente que deberá concederse a los artistas intérpretes o ejecutantes.
El siguiente extracto procede del acuerdo entre el ACTRA y las principales organizaciones que representan a los productores independientes de Canadá. En 1998, los ingresos del acuerdo de producción independiente equivalían casi a dos tercios del total de los ahorros de la jurisdicción del ACTRA.
Si un productor quiere explotar una forma de uso cuyos términos y condiciones no se especifican en este acuerdo, dicho uso de la producción no se deberá hacer hasta que el ACTRA y las asociaciones de producción hayan negociado mutuamente términos y condiciones aceptables para aplicar a dicha forma de uso y hasta que cualquier diferencia surgida a partir de este documento se considere arbitraje final y vinculante en virtud del procedimiento de solución de diferencias.
A este respecto en otros países existen cláusulas parecidas, aunque quizá no tan explícitas que permiten que los sindicatos ejerzan cierto grado de influencia. Otras cláusulas disponen los parámetros para «la reutilización reestructurada», la reedición o la recreación de programas o series de formas distintas para alargar su vida o adaptarlas a circunstancias especiales. En el caso de ACTRA, dichas cláusulas se dispusieron cuando la Compañía de Radiodifusión Canadiense (Canadian Broadcasting Corporation (CBC)) quiso reutilizar una de las series protagonizada por uno de los equipos televisivos más famosos, que se había emitido desde los tiempos de la televisión en blanco y negro hasta los años ochenta. La serie se reemitió sustancialmente con partes de distintos capítulos y épocas introducidos de forma diferente, en capítulos de 30 minutos, la mitad de la duración de los episodios originales. Al llegar a un acuerdo, las partes discutieron una serie de precedentes, entre los que se contaba la necesidad del consentimiento por escrito de los artistas intérpretes o ejecutantes -- o del propio sindicato en los casos en los que ya no se podía localizar a los artistas intérpretes originales -- y el pago de honorarios en concepto de los nuevos capítulos. Las disposiciones incluían el derecho de los artistas intérpretes o ejecutantes a un interés en curso en el nuevo período como si hubieran realizado un trabajo original.
El artículo 22 de las disposiciones generales del acuerdo básico codificado del Sindicato de Actores de Cine de los Estados Unidos (United States Screem Actors Guild (SAG)) contiene cuatro páginas de normas que rigen la reutilización de la fotografía o las bandas sonoras. El acuerdo del SAG, así como los acuerdos del sindicato Equity de actores británicos (British Actors Equity Association (BAEA)) y del Entretenimiento y los medios de comunicación australianos (Australian Media and Entertainment Arts Alliance (MEAA)), exigen que el productor obtenga el consentimiento del artista intérprete o ejecutante para introducir dichos cambios mediante la redacción de un contrato por escrito y el pago de los honorarios apropiados para el nuevo capítulo en el que se va a emitir la actuación. Existen otros acuerdos colectivos que incluyen principios parecidos entre los sindicatos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los de los productores de todo el mundo.
En el nuevo medio tecnológico, los artistas intérpretes o ejecutantes tienen toda una serie de preocupaciones y cuestiones de qué tratar:
a) Existe cierta incertidumbre sobre cómo acabarán las tecnologías competitivas y el medio jurídico incierto, a saber ¿se convertirá Internet en una primera fuente de entrega de programas de televisión y de películas? ¿Competirá con la transmisión digital sin cable? ¿Qué leyes se aplicarán a los sistemas de distribución? Las autoridades que regulan la radiodifusión de Canadá han decidido que el suministro de material audiovisual por Internet no se considera radiodifusión pero, en cambio, han permitido el libre servicio de programación de vídeo. La Comisión Europea, en su directriz Televisión sin fronteras, considera que el servicio libre de vídeo, como todos los servicios genuinamente interactivos, se considera servicio de telecomunicaciones ya que la transmisión constituye una respuesta a una petición individual. El Tribunal de apelación federal de los Estados Unidos sentenció en el caso de ACLU contra Reno que Internet no se considera radiodifusión ya que el consumidor debe «desplegar» lo que quiere ver más que en la transmisión directa del sistema de radiodifusión.
Asimismo, existen enfoques fundamentalmente distintos a la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet (PSI), que es muy significativo si consideramos cómo garantizar el pago del uso de la propiedad intelectual y cómo proteger la integridad del material. En Alemania, Países Bajos y Suecia, los proveedores de servicios de Internet son responsables del contenido transmitido por sus sistemas. En América del Norte, la jurisprudencia y el consenso político están desembocando en una responsabilidad mucho más limitada.
b) Los sindicatos de artistas intérpretes o ejecutantes están abriendo nuevos caminos debido a la poca madurez de los nuevos sistemas y de los métodos de entrega y tienen poca experiencia en cuanto a la protección de los derechos de los miembros, una vez se ha explotado el material grabado en el que aparecen. Generalmente, se han producido casos en los que los artistas intérpretes individuales y sus respectivos sindicatos han conseguido reivindicar sus intereses.
La CBC modificó radicalmente su página Web inicial cuando se vio claro que los derechos necesarios no se habían obtenido de los artistas intérpretes. Actualmente, el material de programación disponible a través de dicha página está sujeto a las disposiciones contractuales apropiadas. Para el BAEA, se negoció una modificación de las secciones de su acuerdo para permitir la distribución del material existente en nuevos formatos a cambio del pago de unos honorarios de cánones establecidos según las ventas pero se han dado pocos casos.
El potencial para el uso significativo del material preexistente en nuevos formatos plantea varias preguntas:
c) Como consecuencia de la proliferación de servicios y la explosión de pedidos de material, cada vez es más difícil controlar cómo se explota un programa de televisión o una película concretos. La existencia de grandes cantidades de material de programación de servicios en cientos de países plantea ya un problema y los sindicatos despliegan numerosos esfuerzos por esta labor. El SAG y los sindicatos canadienses mantienen divisiones separadas dedicadas a esta función. Los mercados extranjeros se están convirtiendo en fuentes de ingresos cada vez más importantes, aumentando así los desafíos. Por ahora existe poco material en materia de propiedad intelectual en Internet y ello es probable que siga siendo así hasta que las tecnologías de cifrado permitan a los propietarios de los derechos de autor controlar adecuadamente cómo se utiliza el material. Sin embargo, eso es sólo cuestión de tiempo. Quienes forman parte de la industria de la música y promocionan la tecnología MP3 consideran que este obstáculo se superará muy pronto. Cuando se suministra material por Internet, el control puede constituir un problema insuperable para los sindicatos.
d) Cuando el artista intérprete o ejecutante o el sindicato es consciente de que un trabajo se ha usado de forma que requiere el pago de un honorario accesorio, el desafío consiste en garantizar que el pago se satisfaga adecuadamente. Para el artista intérprete o ejecutante, el pago accesorio es solamente tan seguro como la compañía que debería satisfacerlo. La estructura de la industria televisiva y cinematográfica puede constituir un obstáculo adicional. El problema ha aumentado con el incremento del número de proveedores de programas, distribuidores, organismos de radiodifusión, expositores y el potencial para la distribución en línea a los hogares o a las oficinas.
Esta tendencia al alza ha sido más patente en los países industrializados ya que debido al aumento de los costes de factores de producción relacionados con la mundialización, la producción suele quedar en manos de productores independientes que no tienen ninguna relación con los organismos de radiodifusión o los grandes distribuidores. Normalmente los productores crean una entidad jurídica distinta para producir cada uno de los programas o series. En la producción de series de televisión, por motivos financieros y fiscales, distintas entidades jurídicas pueden producir distintos bloques de programas. A la complejidad jurídica se une el aumento de los acuerdos de coproducción y cofinanciación internacionales. Los artistas intérpretes o ejecutantes que trabajan en la misma producción pueden estar contratados por distintas entidades jurídicas, en varios países, bajo los términos de distintos acuerdos de negociación colectiva. Una vez se ha producido el programa, la entidad responsable de su producción deja de funcionar, cierra el trato oficialmente y liquida sus activos. Se transfiere la propiedad del producto. Con el transcurso del tiempo pueden producirse transferencias similares de propiedad hasta que el producto llega a estar controlado por una entidad después de habérselo quitado muchas veces al productor original, pero el acuerdo colectivo y el contrato de compromiso individual del artista intérprete o ejecutante se concertan con aquellos que producen el trabajo en primera instancia. Como resultado de esta realidad empresarial, muchos acuerdos de artistas intérpretes o ejecutantes han desarrollado mecanismos detallados que intentan permitir que el sindicato «haga un seguimiento» del trabajo a medida que éste se explota para garantizar que los derechos accesorios de los artistas intérpretes o ejecutantes puedan aplicarse. Sin embargo, el éxito en los defectos de la recopilación se deben más a la presión moral que al derecho jurídico. Incluso en los Estados Unidos, con el tiempo el enfoque del contrato de ascensión y de la garantía de seguridad cada vez es menos efectivo.
Las últimas modificaciones a las leyes sobre los derechos de autor canadienses y estadounidenses intentan tratar este problema anexando a los derechos de autor del producto acabado las obligaciones de pagos accesorios y permitiendo que el artista intérprete afectado emprenda acciones judiciales contra el propietario de los derechos de autor de la obra. Sin embargo, en la práctica estas disposiciones todavía tienen que ponerse a prueba y cada una de ellas comporta una serie de problemas estructurales.
Hace varios años, el ACTRA estimó que el valor de los cánones pendientes de pago a los artistas intérpretes procedentes de los ingresos de 1992 y generados por la industria de la producción independiente oscilaban entre 1 millón y 1,68 millones de dólares canadienses, cantidad insignificante habida cuenta de que los ingresos de actuación totales bajo el acuerdo relativo a la producción independiente (Independent Production Agreement, IPA) el mismo año ascendían a 35,3 millones de dólares canadienses. Además, el ACTRA estimó que la cantidad anual que pertenecía a los artistas intérpretes registraría un crecimiento exponencial debido al crecimiento continuo del nivel de producción en el sector independiente y al aumento de ventas del material existente procedente de la proliferación del cable, el satélite y otros servicios a disposición de los consumidores en todo el mundo.
Allí donde el material está disponible en la red, se plantean cuestiones significativas sobre qué leyes pueden aplicarse. Incluso si un individuo está protegido por una firme disposición jurídica sobre los derechos de autor nacionales, puede que sea imposible emprender con éxito una acción si el material se transmite a una página Web de un país extranjero o si el material se abre y se usa en el extranjero.
Estos problemas de control y aplicación de los derechos accesorios empeoran con el crecimiento de la piratería de los derechos de autor. Si bien esto ha constituido un problema durante muchos años, actualmente la tecnología permite que los piratas realicen copias digitales de alta calidad. Las copias ilegales de material audiovisual completo pueden encontrarse en la red si uno dispone de la tecnología necesaria para abrirlas.
e) El cambio tecnológico continúa siendo un factor significativo en la negociación colectiva. Los sindicatos ya afirman haber desplegado grandes esfuerzos para intentar garantizar que la lengua del acuerdo siga el ritmo de los acontecimientos pero los grandes desafíos permanecen. Por ejemplo, la mayoría de acuerdos proporcionan honorarios y derechos accesorios considerablemente distintos cuando el material se usa en mercados extranjeros. Históricamente, la mayoría de las producciones se valoran mejor en el mercado nacional, primer mercado para la mayoría de productores, pero la distribución es cada vez más general y el material que figura en la red está disponible en cualquier parte del mundo. Los productores sostienen que sus ingresos económicos por este uso son mínimos, los artistas intérpretes o ejecutantes y sus sindicatos sostienen que el material está disponible en cualquier parte del mundo y debería existir una indemnización que reflejara la naturaleza mundial de la distribución. Los acuerdos transfronterizos pueden contribuir a solucionar este problema.
Estas presiones en materia de negociación colectiva permanecerán por lo menos hasta que se determinen los canales de distribución exclusiva y se establezca el flujo de material entre los distintos mercados. Cuando eso ocurra, tal vez sea posible fijar un valor económico razonable para dicho material. Mientras, los sindicatos continúan buscando soluciones y estableciendo las comparaciones adecuadas.
f) En un mundo de interactividad total, garantizar la integridad del material grabado es una cuestión importante. Al igual que otros proveedores de contenido de las autopistas de la información, los artistas intérpretes tienen graves problemas en lo que se refiere al tratamiento de su material. Es importante que quienes desarrollan los medios de comunicación múltiples puedan ofrecer productos en el mercado y un acceso tanto universal como asequible pero la digitalización y la tecnología de compresión brindan la oportunidad de realizar copias perfectas de la propiedad intelectual, manipulándola de la forma que no querían sus creadores y transmitiéndola instantáneamente a todo el mundo. Los usuarios de ordenadores con relativamente pocos conocimientos sobre la materia pueden abrir los resultados grabados y manipularlos. En este clima, los derechos morales de los artistas intérpretes o ejecutantes se convierten en una cuestión clave. En la legislación sobre derechos de autor, suele aceptarse que la personalidad del artista se exprese a través de su obra. La digitalización ofrece un enorme potencial para el abuso. Si bien los métodos de realización cinematográfica tradicionales no permiten alterar las imágenes individuales con ningún grado de precisión, las tecnologías de la informática permiten la manipulación de píxeles individuales, muchos miles de los cuales forman una imagen. Cualquiera puede crear una nueva imagen perfecta. Existen ya muchos informes sobre el importante abuso del material grabado. Es poco probable que esto se reduzca a menos que se apliquen leyes con derechos firmes y claros.
Incluso en aquellos países en los que la legislación nacional sobre los derechos de autor concede derechos morales a los artistas intérpretes o ejecutantes, permanece el desafío de la aplicación, que dificulta la situación ya que el material puede producirse en un país e incluirse en Internet desde otro sin que exista relación alguna con el artista intérprete, productor o el lugar de origen de la actuación original. Además, en la mayoría de los casos, existen límites importantes a los derechos morales, que solamente suelen evitar la alteración o el uso del material perjudicial para el artista o que le deshonran o crean mala reputación.
Los productores suelen compartir las preocupaciones de los artistas intérpretes o ejecutantes acerca del uso del material existente, si bien la perspectiva puede ser distinta. En general, los productores se preocupan por la integridad del material; quieren garantizar que sus propios derechos económicos sean respetados y que los usuarios del material los remuneren como es debido; tienen problemas parecidos para controlar cómo se usa la obra; constituyen la otra parte de la ecuación de la negociación que debe llegar a entender los avances tecnológicos por motivos de acuerdo.
La Federación Internacional de Músicos (FIM) comunicó que en los países asiáticos y africanos, a la excepción de Japón y en algunos países de América Latina, salvo Argentina, entre otros, los músicos por cuenta propia casi no gozaban de protección social y el trabajo por cuenta propia era la categoría más común para los músicos de todos los países excepto China y Cuba. Este problema cobró mayor importancia debido a que la mayor parte de dicho empleo no estaba cubierta por un contrato escrito y, por consiguiente, quedaba a la entera discreción del empleador si dicho empleo debería continuar o no. Los artistas intérpretes o ejecutantes asalariados rara vez tenían puestos permanentes, de ahí que los contratos de duración determinada fueran casi universales para los músicos asalariados, e incluso para los grupos musicales permanentes como las orquestas, con lo cual la seguridad del empleo en Asia, Africa o América Latina era prácticamente inexistente. La precariedad de este tipo de empleo explica, en parte, por qué en la mayoría de regiones de estos países, los músicos están representados por asociaciones más que por sindicatos. Por consiguiente, la esencia de los contratos, normas de seguridad, horas de trabajo, formación profesional, bajas, medidas de inspección laboral y trabajo clandestino suelen incumplirse debido a la falta de una representación efectiva y colectiva de los músicos en relación con los empleadores o las autoridades públicas, salvo en el caso de Japón y en algunos países de América Latina. En muchos de estos países, los músicos suelen tener la esperanza de conseguir una categoría de empleado (por ejemplo en la policía o en el ejército) que se reserva a una pequeña minoría y suele conllevar la falta de libertad de asociación y otras restricciones inevitables en materia de libertad artística, habida cuenta de los repertorios musicales con los que trabajan dichos músicos. La Federación Internacional de Músicos también señaló que existe un abismo entre la falta prácticamente absoluta de categorías para los músicos folclóricos (muchos de los cuales no están remunerados o están directamente pagados por el público), el desarrollo comercial y el éxito de algunas clases de este tipo de música, sobre todo cuando se engloba en la categoría de «música del mundo». Por consiguiente, la condición social de los artistas intérpretes o ejecutantes sería muy distinta si los contratos modelo elaborados con la ayuda de los sindicatos y de las normas jurídicas se usaran más sistemáticamente para aclarar su condición (probablemente como empleados). Según la Federación Internacional de Músicos, en la mayoría de países de América Latina el derecho laboral goza de una postura bastante buena a este respecto y, en algunos casos, éste ha sido realzado por la adopción de reglamentos específicos que cubren a los artistas intérpretes o ejecutantes, si bien éste no ha sido el caso de Asia ni de Africa(2). La Federación Internacional de Músicos también observó que en los países de América Latina, Asia y Africa, los músicos constituían un porcentaje elevado en el índice de desempleo, a saber, el 20 por ciento entre los músicos de México(3), sobre todo debido al uso extendido de la música pregrabada, del karaoke y demás, y de forma más general, debido al uso y distribución de la música en todo el mundo mediante las nuevas tecnologías. Hubo quienes tuvieron que dejar de buscar trabajo en el campo de la música mientras que otros necesitaban contar con otros empleos paralelos para llegar a final de mes (a saber un 80 por ciento en el caso de los artistas intérpretes uruguayos, un 70 por ciento en el caso de los músicos de la India y un 90 por ciento en el caso de los artistas intérpretes procedentes de Camerún, Nigeria y Filipinas(4)); así pues, la profesión del artista intérprete musical se había devaluado a los ojos del público. La Federación Internacional de Músicos afirmó que la remuneración de los derechos de propiedad intelectual de los artistas intérpretes o ejecutantes podría constituir la base de una indemnización financiera y, asimismo, podría convertirse en una fuente de financiación de la protección social. A este respecto, la Federación Internacional de Músicos quedó sorprendida de que la gestión de los intereses en materia de derechos de autor de los artistas intérpretes fuera más o menos inactiva en América Latina mientras que los mercados comerciales son enormes para que aquellos que se sirven de la música grabada, a saber radio, televisión, ventas de casetes y discos compactos musicales, etc. La Federación Internacional de Músicos consideró que en Africa, Asia y América Latina una mayor protección de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, sobre todo según el tratado de la OMPI sobre interpretación o ejecución y fonogramas (véase capítulo 8), así como la instauración de estructuras eficaces para recolectar los cánones y satisfacer los pagos a los artistas intérpretes o ejecutantes, reduciría la dependencia de los músicos de otros empleos y prestaría apoyo a la protección social. La Federación Internacional de Músicos hizo especial hincapié en la necesidad de una política clara para fomentar las actuaciones en vivo, en las tres regiones(5).
Los periodistas independientes tienden a figurar entre los mayores usuarios de las nuevas tecnologías y muchos de ellos ven Internet como un prometedor instrumento potencial para el empleo en el futuro. Muchos han escogido trabajar por cuenta propia con el fin de sustituir un empleo con el que contaban antes o debido al modo de vida y unos pocos están en situación de proporcionar empleo a los otros; no obstante, muchos colaboran con los demás al menos de vez en cuando. Algunos se ganan bien la vida mientras que otros se encuentran en una situación financiera muy inestable. «Las historias más diversas, dispares y de cambio de carrera son lo normal para los trabajadores independientes de los medios de comunicación, ... [y viven] historias de supresiones de puestos y considerable dependencia de las organizaciones con un solo cliente, inclusive los empleadores antiguos»(6).
La Federación Internacional de Periodistas organizó una encuesta mundial sobre las condiciones sociales y profesionales que se aplicaban a los periodistas independientes, mediante un cuestionario que se envió a más de 130 asociaciones y sindicatos de periodistas de 98 países(7). La encuesta consideraba a los periodistas como escritores, reporteros, editores, fotógrafos, diseñadores, subeditores, artistas gráficos y dibujantes así como todos aquellos implicados en el proceso creativo de recopilar, producir y difundir la información. Los sectores cubiertos fueron la prensa, los organismos de radiodifusión, las agencias y los sectores de publicación electrónica y multimedia. Los periodistas independientes trabajan por cuenta propia, contratados o como pigistes (pagados por espacios).
Los primeros resultados de la encuesta revelaron que el periodismo es una profesión en expansión que cuenta con nuevas oportunidades de empleo, sobre todo en el campo de los nuevos servicios de información en Europa y América del Norte. Sin embargo, muchos de los nuevos puestos consisten en contratos de duración determinada o en trabajos de pequeños contratos que realizan los periodistas independientes. En todos los países excepto en unos pocos a saber, Bulgaria, El Salvador, Togo y la mayor parte de Asia, el mercado de los periodistas independientes está creciendo.
La Federación Internacional de Periodistas consideró que el sector de los periodistas independientes sigue creciendo en proporción a la comunidad periodística total. Del total calculado de 225.000 periodistas que ejercen en 28 países de Europa y cubren los países cuyas respuestas fueron recibidas, unos 70.000, es decir casi una tercera parte del total, trabajaban como periodistas independientes. En Africa, América Latina, Asia y el Pacífico, entre un 20 y un 40 por ciento de los periodistas trabajaban por cuenta propia.
La reestructuración del empleo en los países industrializados progresa mucho y los periodistas independientes pueden unirse a los sindicatos excepto, entre los países encuestados, en Bulgaria, República Checa y Georgia; Gambia, Nigeria y Togo; y quizás también en Japón y la República de Corea. En la mayoría de países pueden recibir una acreditación oficial (salvo en Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Gambia, India, Japón, República de Corea, Perú y Togo), aunque en los antiguos países comunistas y en otras partes del mundo, a saber en Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Gambia, Georgia, Indonesia, Nicaragua, Perú, Togo y Uganda, la situación jurídica de los periodistas independientes continúa estando poco clara.
Según la Federación Internacional de Periodistas, los periodistas independientes se cuentan entre los periodistas más equipados técnicamente hablando y cada vez se espera más que posean cualificaciones técnicas y expandan el uso de las nuevas tecnologías de la información, si bien la imagen que ofrecen Africa y la India sugiere un nivel de capacidad tecnológica mucho más bajo.
La función del derecho laboral y de la reglamentación fiscal pesa mucho sobre algunos periodistas independientes. En muchos países, los acuerdos en materia de fiscalidad son difíciles de obtener y los beneficios sociales disponibles para el personal empleado a tiempo completo no se ofrecen a los periodistas independientes.
La Federación Internacional de Periodistas observa que el crecimiento del trabajo independiente ha desafiado a los sindicatos del sector de la comunicación tanto en términos de mantenimiento de las condiciones sociales como de calidad del periodismo. Muchos sindicatos afirman que la nueva estructura del empleo en el ámbito del periodismo y el consiguiente aumento del periodismo independiente tienen repercusiones negativas en la calidad de los medios de comunicación. Existe un acuerdo casi unánime de que este proceso debilita las condiciones sociales en el trabajo.
Tecnologías y derechos jurídicos de los periodistas independientes
Si la tecnología, en gran medida, ha influenciado positivamente el modo de trabajar de los periodistas y editores, los derechos jurídicos pueden haberse visto afectados, especialmente en cuanto se refieren a los periodistas independientes. En los últimos años la cuestión de los derechos electrónicos ha suscitado importantes conflictos entre los escritores y editores independientes. El debate surgió con la llegada de las bases de datos electrónicas elaboradas a partir del contenido de los periódicos y las revistas. En general, los editores consideran que estas bases de datos son una forma de obtener dinero extra de la gente que quiere buscar artículos sobre temas, gente u organizaciones concretos. Los clientes suelen pagar por cada búsqueda y/o por cada artículo recuperados. Sin embargo, la mayoría de editores no consideraban que los escritores del material recuperado debieran compartir ese dinero extra.
Esta cuestión repercute poco o no repercute en absoluto en los empleados a tiempo completo. Los empleados a tiempo completo reciben sus salarios y no están acostumbrados a ganar dinero extra según la forma en que se usa su trabajo. En términos jurídicos, está claro que los escritores de plantilla crean obras por contrato y el derecho del editor a incorporarlas a las bases de datos electrónicas no se ha puesto en tela de juicio. No obstante, la situación es mucho más turbia para los periodistas independientes. Tradicionalmente, éstos venden sus primeros derechos de serie, lo que significa que la obra sigue siendo propiedad del escritor; el editor solamente adquiere el derecho de ser el primero en publicarlo. Después de eso, los editores no tienen ningún derecho más sobre el material y pueden hacer con él lo que deseen. Algunos contratos varían en este punto ya que especifican que el editor original puede reimprimir el material de acuerdo con unos honorarios acordados pero el principio de que los periodistas independientes no venden todos los derechos está muy bien consolidado.
Cuando aparecieron las bases de datos electrónicas, la cuestión que se planteó era la de saber si tomar un artículo que se había publicado en un periódico e incluirlo en una base de datos de artículos publicados en dicho periódico se consideraba una segunda publicación o simplemente era presentar el original de forma distinta. Los editores sostuvieron, con bastante convicción, que las bases de datos en línea son como microfilmes y los periodistas independientes no han acostumbrado a recibir dinero extra cuando su trabajo ha aparecido en facsímiles de publicaciones en forma de microfilmes. Por otra parte, los periodistas independientes sostuvieron que mientras un microfilm es simplemente un facsímil del original, una base de datos electrónica es bastante diferente y se considera una nueva publicación. Por consiguiente, el escritor tiene derecho a recibir un pago adicional(8).
En los Estados Unidos, el caso más significativo en este campo es el de Tasini y otros versus The New York Times y otros. En 1993 el escritor independiente Jonathan Tasini, posterior presidente de la Unión Nacional de Escritores y otros miembros del sindicato presentaron una demanda contra The New York Times, productores de bases de datos electrónicos y otros. Las quejas giraban en torno al hecho de que los artículos escritos por los periodistas para distintas publicaciones se habían introducido en las bases de datos electrónicas sin permiso de los escritores o sin que se les pagara nada más(9). En 1997, el tribunal falló a favor de los editores pero rechazó el argumento de las compañías editoras de que la compra de los primeros derechos de publicación automáticamente implicaba otros medios de comunicación tales como las bases de datos electrónicas. Sin embargo, las bases de datos se interpretaron como una «revisión» de la versión impresa original de las publicaciones y, de ahí como una autorización aceptable del material adquirido. Los demandantes recurrieron la sentencia(10). La sentencia se basaba en la decisión de que producir el contenido del periódico en una base de datos electrónica no es lo mismo que publicarla, por no decir nada de la indemnización por el material publicado en las páginas Web o en otros medios de comunicación electrónicos, tanto si antes se ha publicado en papel como si no.
En un caso parecido en Canadá, la escritora independiente Heather Robertson presentó un pleito en 1999 contra Thomson Corp. Por un artículo que apareció en The Globe and Mail y que posteriormente fue reproducido en Info Globe, una base de datos electrónica. El caso se convirtió en una acción popular en la que se incluían todos los escritores cuyo trabajo para los medios de comunicación escrita canadienses se reproducían mediante bases de datos informáticos desde que Info Globe nació en 1979 y se pidieron 100 millones de dólares canadienses por daños y perjuicios(11). En un caso parecido al de Tasini ocurrido en los Países Bajos, la sentencia se dictó a favor de los escritores pero se ha recurrido(12).
En 1996, los periodistas independientes británicos y europeos ya habían empezado a hacer sentir su oposición a la creciente presión de los editores para los contratos sobre todos los derechos. Con la creciente proliferación de los canales de comunicación, los editores buscaron la manera de garantizar que no fueran responsables de pagos secundarios cuando los artículos se volvían a publicar (nueva propuesta) una y otra vez de forma electrónica. En el Reino Unido, la cuestión llegó a un punto crítico a finales de 1994, cuando el editor para empresas y consumidores VNU envió cartas a todos los contribuyentes independientes pidiéndoles todos los derechos de sus futuros trabajos sin ningún pago extraordinario. En Europa, la situación no era tan difícil porque la legislación europea que reconoce los derechos de autor inalienables se traduce en que los escritores tienen más control y propiedad sobre su trabajo que en el Reino Unido, que reconoce los derechos de autor y otorga la propiedad según el contrato. Sin embargo, los editores europeos también buscaron la manera de obtener plenos derechos con el fin de evitar tener que negociar con los autores sobre el uso futuro de los mismos. Uno de los motivos fue la necesidad de estar en igualdad de condiciones con los editores británicos y norteamericanos para poder competir en el mercado mundial de los medios de comunicación.
Con el fin de hacer frente a esta amenaza, tanto el Sindicato Nacional de Periodistas (NUJ) del Reino Unido como la Federación Europea de Periodistas se esforzaron por conseguir una mayor protección jurídica de los derechos de autor y para instaurar sociedades cobradoras que pudieran tratar este problema. El proyecto Imprimatur (1996-1998) fundado por la Unión Europea estudió las posibles labores de semejante sistema que derivaron en un plan piloto conocido como ByLine, servicio de sindicación en línea, creado para orientar la gestión de los derechos de autor electrónicos y el comercio. Este sistema brindaba a los periodistas y a los proveedores de contenido una plataforma para sindicar su trabajo a escala mundial, aunque retenía el control sobre los derechos de propiedad intelectual y, por consiguiente, sobre los pagos de los honorarios. Actualmente, este esquema ha quedado desfasado y la Author's Licensing and Collecting Society (ALCS) de Londres, responsable de haber instaurado dicho sistema tras su participación en el proyecto Imprimatur, está examinando la forma de llevarlo a cabo.
El beneficio más significativo obtenido sobre los derechos en el Reino Unido data de marzo de 1999, cuando The Guardian acordó, tras una serie de negociaciones con el Sindicato Nacional de Periodistas, permitir que los trabajadores independientes conservaran los derechos de autor e instauró una remuneración apropiada para el uso original y de sindicación de su trabajo. Sin embargo, la mayoría de editores continúan intentando conseguir que se concedan plenos derechos al trabajo de sus contribuyentes, por lo menos allí donde sea posible. Al tratar con escritores conocidos, es más difícil que los editores obtengan plenos derechos pero los escritores menos conocidos suelen salir perdiendo.
Los periodistas independientes tienen problemas por partida doble: el control y los ingresos. Los periodistas independientes se preocupan por si pierden el poco control que tienen sobre cómo se usa su trabajo y en qué contexto. Una vez se han publicado los artículos en la red, éstos están virtualmente disponibles a todo el mundo; ello dificulta su publicación ulterior en cadenas de periódicos, ya que los tradicionales límites geográficos y de mercado no funcionan en la red. Quizás los periodistas independientes pudieran vender su trabajo a editores en línea que podrían buscar nuevas formas de utilizarlo y que cobrarían derechos de gestión. Sería posible efectuar los pagos en concepto de distribución de sus artículos según el número de veces que se «visitan» los sitios en que aparecen.
Exactamente, ¿cuánto valen los derechos electrónicos? Los operadores de algunas bases de datos electrónicos cobran honorarios bastante importantes por su uso. Si comparamos dichos honorarios con los bajos precios de cobertura de los periódicos y los precios relativamente bajos de las revistas, si bien más elevados que los de los periódicos, deducimos que los derechos electrónicos pueden ser bastante valiosos. Por otra parte, los periódicos y las revistas obtienen la mayor parte de sus ingresos de la publicidad, así pues los precios de la carátula son engañosos. Algunos operadores de bases de datos tienen bastante éxito pero las publicaciones electrónicas en general todavía no han demostrado ser mucho más beneficiosas. Sin embargo, el medio electrónico presenta posibilidades que los medios tradicionales no brindan. En la red es posible saber exactamente cuánta gente consulta cada cuestión individual. Así, se podría pagar a un autor en función del número de lectores de su trabajo y por primera vez se podría recompensar a los escritores que entregaran lo que el público quiere y necesita.
Las publicaciones en línea constituyen un campo muy nuevo. Muchos editores en línea también son nuevos y trabajan con presupuestos muy reducidos. Algunos, aunque sin duda no todos, pagan mal a los periodistas independientes. Entre tanto las grandes organizaciones de comunicación implicadas en la publicación en línea tienen mucha confianza en el material ya preparado para que se publique en la imprenta, a menudo sin pagar nada más por usar el material en línea. El peligro es que se sienta precedente, a saber que el periodismo en línea no tiene el mismo valor que la prensa tradicional y las variedades de la radiodifusión.
Un interesante intento de evitar la falta de dinero que afecta a algunos de los nuevos editores en línea consiste en ofrecer a los escritores los mismos incentivos que atraen a los propios empresarios, a saber la promesa de una riqueza futura cuando el proyecto tenga éxito y coseche enormes recompensas en el mercado bursátil. Por ejemplo, la revista cibernética Salon ofreció acciones bursátiles a algunos de sus contribuyentes más prominentes -- los editores no revelarán sus nombres -- a modo de pago por su trabajo(13).
No obstante, quizás el aspecto más perturbador de este debate no sea la cuestión de los derechos electrónicos en sí mismos sino el hecho de que algunos editores han intentado distender el problema anunciando que comprarían todos los derechos. Si esto se convierte en moneda común, el periodista independiente que, en el mejor de los casos, esperará que se le pague algo más por tener incluido su artículo en una base de datos, puede terminar perdiendo sus derechos a raíz de nuevas reimpresiones que podrían ser más lucrativas y que en un principio, no formarían parte de la publicación. No es sorprendente que muchos periodistas independientes se resistan a las demandas que reducen todos los derechos(14).
Los periodistas independientes que creen que los nuevos medios electrónicos tienen futuro tal vez tengan razón en pensar así para poder poner un pie dentro, incluso si la paga no es tan buena como en algunos de los medios de comunicación más establecidos. Uno de los grandes problemas de los periodistas es garantizar que el valor de su trabajo no se erosione, sin que ellos desaparezcan de un mercado emergente.
Como en cualquier otra profesión, los periodistas, tanto si forman parte de una plantilla o trabajan independientemente, están preocupados por la seguridad en el empleo, los ingresos y las condiciones de trabajo. Sin embargo, al mismo tiempo, como todos los profesionales y cuasi profesionales, deberían preocuparse por sus capacidades para realizar bien el trabajo y por desempeñar la función que se espera de ellos en la sociedad. ¿Acaso las nuevas tecnologías amenazan o refuerzan esta idea y la «desintermediación» la amenaza o refuerza?
En más de una ocasión se ha comentado que las instituciones tradicionales no podrán controlar los «nuevos medios» del mismo modo que se controlan los medios de comunicación existentes. Las grandes compañías de publicación y radiodifusión no ostentarán ningún monopolio en cuanto a la distribución de la información. La gente decidirá lo que quiere saber y lo conseguirá en la red. La libertad de prensa no estará limitada a aquellos que cuenten con un editor ya que todo el mundo, en potencia, será a la vez editor y periodista(15).
Durante muchos años los medios de comunicación tradicionales han mantenido una línea muy bien definida entre el contenido editorial y la publicidad. En algunos mercados de los medios de comunicación se han producido alegatos de que la publicidad influye en la información pero los principios de la distinción entre ambos están aceptados en todas partes y existe una línea identificable entre la publicidad y el objetivo supuesto del contenido editorial. Los medios de comunicación en línea, a menudo dirigidos por gente que no cuenta con una formación en periodismo, a veces empañan dicha línea de formas que deberían ser motivo de preocupación para los periodistas(16).
Por ejemplo, la facilidad de crear enlaces entre las páginas Web aumenta las posibilidades de que éstas son tanto intrigantes desde una perspectiva empresarial como preocupantes desde un punto de vista de conflicto de intereses. Pongamos por ejemplo una página de reseñas de periódicos adaptadas a la red, al final de la cual hubiera un enlace a las páginas Web de los libreros en línea. Si a los lectores les impresionara la reseña, inmediatamente podrían comprar el libro pero si dicho sitio percibiera una comisión del librero, podría surgir un conflicto de intereses.
Los medios de comunicación en línea también afectan indirectamente a la cobertura de noticias en los medios de comunicación más establecidos. Muchos periodistas están preocupados por si la capacidad de los individuos de editar material en Internet, a menudo sin ningún tipo de comprobación o sin verificar el contenido, aumentará la presión sobre los periódicos y organismos de radiodifusión para publicar artículos rápidamente, aumentando a la vez la probabilidad de cometer errores y quizás que la proporción de «noticias» sea más estimulante que útil(17).
¿Por qué deberían los periodistas preocuparse por acontecimientos como éste? Este tipo de acontecimientos no se traducen en menos puestos de trabajo ni en un salario inferior pero pueden predecir una pérdida de la independencia y la objetividad, una nueva erosión de la confianza pública y, por último, una pérdida de autorrespeto. Depende de los periodistas que, en los próximos años, en lugar de resistirse al cambio intenten garantizar el éxito de las posibilidades que las nuevas tecnologías ofrecen a la vez que se evitan los peligros.
Trabajadores del sector de la edición y las artes gráficas
Los cambios en la organización y la tecnología, junto con un nuevo clima empresarial, también han propiciado las condiciones de revaluación de las condiciones de empleo. Algunas categorías de trabajadores en la industria de la publicidad y del diseño gráfico se han visto particularmente afectadas por este proceso. Un interesante estudio de la industria editora británica(18) examinó el proceso de la reestructuración que había derivado en la concentración, la internacionalización, el desarrollo de nuevos productos y el ahorro. Vinculado a la concentración de propiedad, se pasó de unos objetivos literarios o culturales a una serie de objetivos empresariales y éstos, a su vez, también llevaron a nuevas estrategias de uso laboral. Los autores demostraron que las casas editoras cada vez tenían más trabajo externo con poca interdependencia de volumen, que se servía de equipos relativamente baratos y que son de naturaleza más cerebral que manual.
Los correctores y editores son externos y actualmente es probable que trabajen por cuenta propia, es decir que utilicen el teletrabajo desde casa. Estos teletrabajadores independientes deben ser considerados como trabajadores temporeros más que como el trabajador por cuenta propia ideal que posee su propio negocio y tiene poder de autodirección y autonomía en el proceso de trabajo. Existen varios indicadores que son prueba de esta condición de temporero: la enorme dependencia de un cliente para más de la mitad del trabajo, lo que les hace más vulnerables a los cambios en la demanda; sueldo bajo por horas (10 libras por hora), por debajo de las tarifas mínimas de los periodistas independientes que el Sindicato Nacional de Periodistas estableció en 11,50 libras, sin incluir vacaciones pagadas, baja por enfermedad o jubilación; el aislamiento que supone trabajar en casa, con poca a ninguna interacción cara a cara con los editores o colegas(19). Tan sólo una pequeña minoría (que se estima al diez por ciento de unos 800 miembros de la sociedad británica de editores y correctores independientes) voluntariamente eligió trabajar por cuenta propia. La mayoría empezó a trabajar por cuenta propia como resultado de las fusiones industriales, los traslados o la supresión de puestos de empleo(20).
Estos indicadores ilustran que dichos trabajadores tal vez pertenezcan a categorías de empleo que se espera que crezcan pero su posición de empleo se ve gravemente afectada por la reestructuración de la industria.
Con el fin de equilibrar este esquema global, debería añadirse que las condiciones de empleo de la industria gráfica todavía están reguladas, en gran medida, mediante acuerdos colectivos. En el continente europeo, éstos suelen ser acuerdos sectoriales, mientras que en el Reino Unido los sectores más importantes tales como la edición de periódicos nacionales y regionales han rechazado negociar los acuerdos nacionales desde los años setenta u ochenta(21).
La flexibilidad, en sus distintas formas, ha influido en las condiciones de trabajo de muchas maneras. La flexibilidad funcional mediante la rotación de puestos y el trabajo en equipo ha tendido a mejorar la calidad del trabajo. Los trabajadores principales en la garantía del empleo generalmente se han beneficiado de la flexibilidad funcional mientras que los trabajadores periféricos han sufrido debido a la flexibilidad numérica mediante el trabajo de las agencias y las distintas formas de trabajo flexible. La flexibilidad y la producción justo a tiempo, combinada con el trabajo informático, constituyen una fuente de problemas específicos en la seguridad y salud en el trabajo, sobre todo en forma de estrés en el trabajo.
5. Impacto de la tecnología de la información
en la seguridad y la salud
Han mejorado mucho las condiciones de trabajo en las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo, si bien también subsisten ciertos aspectos negativos. Por ejemplo, la capacidad de los trabajadores, los empleadores y los gobiernos de adaptar las medidas de seguridad y salud a los progresos técnicos es insuficiente debido a la velocidad de los cambios tecnológicos; además, es difícil tener en cuenta consideraciones de tiempo de trabajo en ámbitos tan sensibles en ese aspecto como el periodismo y la edición, en particular, en esta época de crecimiento rápido y de mercados de trabajo muy competitivos en ciertas áreas.
Debido a la rápida integración económica mundial y a la movilidad de las empresas multinacionales, los viejos y los nuevos peligros relacionados con el trabajo coexisten en los países industrializados y en los países en desarrollo. La necesidad de una actualización continua de la información en materia de seguridad y salud afecta tanto a los trabajadores y los directivos como a los profesionales de la salud en el trabajo. La mayor innovación tecnológica que ha afectado a los trabajadores de los medios de comunicación y el espectáculo ha sido el uso generalizado de los ordenadores. La evaluación ergonómica y la intervención para evitar problemas músculo-esqueléticos o de visión entre los usuarios de terminales de ordenador con pantalla de visualización de datos (PVD) eran medidas desconocidas en el decenio de 1970. Treinta años más tarde, los peligros para estos usuarios se han convertido en una preocupación fundamental en el campo de la seguridad y la salud. Asimismo, los problemas de la calidad del aire en interiores (por ejemplo el «síndrome del edificio enfermo/hermético») y los factores psicosociales se han convertido en cuestiones importantes. Todos los que investigan estos problemas para la salud necesitan educación y formación para poder comprender las complejas interacciones entre el medio ambiente, los individuos y la organización social, teniendo en cuenta que las mujeres constituyen una proporción de la fuerza de trabajo de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo cada vez mayor, tanto en los países industrializados como en los países en desarrollo(1).
Mejoras resultantes de la tecnología de la información
En la industria de las artes gráficas, la tecnología de la información (en particular, las técnicas digitales, la formación electrónica de imágenes y el trabajo con ordenadores), conjuntamente con la sustitución por materiales menos peligrosos o la implantación de nuevas estrategias de control de la higiene industrial, han contribuido a crear métodos de trabajo más limpios, calmos y menos propensos al riesgo que las antiguas tecnologías que implicaban la exposición a sustancias tóxicas, al ruido, el calor y las maquinarias mal protegidas (véase el cuadro 5.1 para indicaciones acerca de esos problemas). Las nuevas tecnologías han provocado problemas en materia de seguridad y salud, tales como lesiones por esfuerzo repetitivo, estrés, deficiencias visuales, si bien las pruebas son menos concretas que en el caso de los riesgos que resultaban de las técnicas anteriores. Con frecuencia, la tecnología de la comunicación ha contribuido a difundir rápidamente prácticas superiores en el mundo entero, dando a conocer métodos de trabajo más seguros o la forma de prevenir accidentes. Muchas cuestiones que han sido importantes históricamente (por ejemplo los disolventes en las industrias gráficas) pertenecen al pasado gracias a su sustitución o a otras estrategias de gestión de riesgos. No obstante, surgirán nuevos riesgos que harán necesario vigilar la seguridad, la salud y el medio ambiente como parte de una estrategia eficaz de gestión de riesgos(2).
Cuadro 5.1. Estudios con cohortes sobre el riesgo de mortalidad en el sector de la imprenta en Italia, Suecia, Reino Unido y Estados Unidos
|
| ||||||
|
Población estudiada |
Número de trabajadores |
Riesgo de mortalidad* (I.C. 95 por ciento) | ||||
|
| ||||||
|
Período de seguimiento |
País |
Todas las causas |
Todos los cánceres |
Cáncer de pulmón | ||
|
| ||||||
|
Prensistas de periódicos |
1.361 |
(1949-65)
|
Estados Unidos |
1,0 (0,8-1,0) |
1,0 (0,8-1,2) |
1,5 (0,9-2,3) |
|
Prensistas de periódicos |
700 |
(1940-55)
|
Italia |
1,1 (0,9-1,2) |
1,2 (0,9-1,6) |
1,5 (0,8-2,5) |
|
Tipógrafos |
1.309 |
1961-1984 |
Estados Unidos |
0,7 (0,7-0,8) |
0,8 (0,7-1,0) |
0,9 (0,6-1,2) |
|
Impresores (NGA) |
4.702 |
(1943-63)
|
Reino Unido |
0,8 (0,7-0,8) |
0,7 (0,6-0,8) |
0,6 (0,5-0,7) |
|
Impresores (NATSOPA) |
4.530 |
(1943-63)
|
Reino Unido |
0,9 (0,9-1,0) |
1,0 (0,9-1,1) |
0,9 (0,8-1,1) |
|
Huecograbado |
1.020 |
(1925-85)
|
Suecia |
1,0 (0,9-1,2) |
1,4 (1,0-1,9) |
1,4 (0,7-2,5) |
|
Impresores de cartonajes |
2.050 |
(1957-88)
|
Estados Unidos |
1,0 (0,9-1,2) |
0,6 (0,3-0,9) |
0,5 (0,2-1,2) |
|
* Tasas de mortalidad normalizadas (TMN) = número de muertes observadas dividido por el número de muertes esperadas ajustado al efecto de la edad durante el período de tiempo de que se trate. Una TMN de 1 indica que no hay diferencia entre los valores observados y esperados. Nota: las TMN se dan con intervalos de confianza del 95 por ciento. NGA = National Graphical Association, Reino Unido. NATSOPA = National Society of Operative Printers, Graphical and Media Personnel, Reino Unido. | ||||||
|
Fuente: OIT: Encyclopaedia of Occupational Safety and Health (Ginebra, 1998). | ||||||
|
| ||||||
El trabajo con ordenadores es generalmente seguro y sano, pero las industrias gráficas y editoriales no lo son tanto. La manipulación de maquinaria pesada (bobinas de papel continuo, planchas de impresión, etc.) ha disminuido y al eliminarse las primeras etapas de la impresión (por ejemplo la eliminación de los compuestos utilizados en fotografía por sistemas informatizados de confección de planchas y de impresión) se ha logrado un entorno de trabajo más sano. En los casos en que se han logrado mejoras, éstas se deben en parte a la tecnología de la información (ICT) y en parte a las reglamentaciones establecidas por el Estado y los convenios colectivos en materia de seguridad y salud(3).
Los diseñadores gráficos de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo hacen trabajos en muchos soportes: revistas, libros, posters, embalajes, películas, vídeos, diseños de exposición y, más recientemente, en formas digitales, como el diseño por ordenador, las presentaciones multimedia, los juegos de vídeo, páginas en Internet. Los riesgos del diseño gráfico son muy diferentes a los de hace unos pocos años, cuando algunos diseñadores aún utilizaban medios de impresión mecánicos. Hoy en día, prácticamente toda la maquetación de páginas y el diseño gráfico se hacen en formato digital antes de su impresión en papel. Muchos de los diseños están destinados exclusivamente a formatos digitales, tal como disquetes, CD-ROM o páginas de Internet. Los trabajos creados digitalmente se guardan en disquetes, soportes extraíbles o CD-ROM, y se entregan al cliente para su presentación final. Los ordenadores también se utilizan con diversos fines artísticos: para la pintura, la visualización de imágenes fotográficas escaneadas, y para varios efectos de animación y especiales destinados al cine, los juegos o la televisión. El diseño ergonómico de los puestos de trabajo, la eliminación de brillos y los descansos frecuentes permiten que los diseñadores gráficos y los artistas que trabajan con ordenadores tengan mejores condiciones de seguridad que la mayoría de los otros artistas. Por lo general, la revolución digital ha reducido en gran medida los riesgos para la salud tradicionalmente relacionados con la profesión del diseño gráfico(4).
Los diseñadores gráficos, los artistas, los músicos y los periodistas que trabajan con ordenadores y aquellas personas que hacen la composición y la maquetación de las páginas deberían tener conciencia de los riesgos que puede entrañar el trabajo prolongado con ordenadores. Desafortunadamente, se trata de una tecnología demasiado reciente y no se conocen bien los riesgos. Los peligros relacionados con el trabajo prolongado con pantalla de visualización de datos (PVD) son: vista cansada, cefaleas, dolor de espaldas, rigidez de cuello, manos y muñecas doloridas, mareos, náuseas, irritabilidad y estrés. Por lo general, estos problemas están relacionados con tareas repetitivas y con una incorrecta distribución de sus componentes (se mencionan episodios de lesiones de piel y dermatitis). La mayoría de los problemas mencionados son de carácter leve, aunque puedan aparecer también lesiones incapacitantes, como la tendinitis crónica o el síndrome del túnel carpiano. A pesar de que los efectos de las PVD han sido estudiados durante más de dos décadas, no existen pruebas que relacionen el trabajo continuo con las PVD y los problemas de salud. Las PVD emiten niveles de radiación relativamente bajos, y no se ha demostrado que su utilización pueda causar efectos adversos permanentes(5). Trabajar con ordenadores suele requerir largos períodos de manejo del ratón o del teclado para diseñar y ajustar los trabajos. Es importante que los usuarios de ordenadores efectúen pausas periódicas, que resultan más eficaces cuando se hacen en intervalos frecuentes y cortos.
Diferentes posibilidades de diseño de los puestos de trabajo con ordenador centrados en el trabajador y que le permitan una postura correcta y que aseguren la comodidad visual son factores fundamentales. Los componentes de un puesto de trabajo con ordenador deben poder ajustarse con facilidad a las diferentes tareas y a las personas que los utilizan. La vista cansada puede prevenirse efectuando pausas para que los ojos descansen, impidiendo los reflejos y destellos, y colocando la pantalla a la altura de los ojos. Otra forma de reducir las molestias oculares es utilizar monitores con una frecuencia de imagen de 70 Hz para disminuir el parpadeo de la imagen.
Los trabajadores de los medios de comunicación y del espectáculo corren riesgos similares a los que existen en industrias más convencionales. Se puede recurrir a la misma clase de precauciones, si bien los costos para gastos de control de las maquinarias pueden resultar prohibitivos. En esos casos, debería darse mayor importancia a la sustitución por materiales y procesos menos peligrosos. En el cuadro 5.2 se enumeran tipos de precauciones relacionadas con los diferentes riesgos que existen en las industrias de las artes y entretenimientos.
Cuadro 5.2. Precauciones relacionadas con los riesgos de las industrias de las artes y entretenimientos
|
| |
|
Riesgos |
Precauciones |
|
| |
|
Riesgos químicos |
|
|
General |
Formación sobre los riesgos y precauciones
|
|
Contaminantes atmosféricos (vapores, gases, neblinas de aerosoles, brumas, polvos, humos) |
Recinto aislado
|
|
Líquidos |
Tapar los envases
|
|
Polvos |
Comprar productos en forma líquida o en pasta
|
|
Sólidos |
Guantes |
|
Riesgos físicos |
|
|
Ruidos |
Maquinaria más silenciosa
|
|
Radiación ultravioleta |
Recinto aislado
|
|
Radiación infrarroja |
Protección de la piel y gafas contra radiación infrarroja |
|
Láser |
Utilizar rayos láser de la menor potencia posible
|
|
Calor |
Aire acondicionado
|
|
Frío |
Ropa de abrigo
|
|
Riesgos eléctricos |
Cableado adecuado
|
|
Riesgos ergonómicos |
Herramientas e instrumentos ergonómicos y de dimensiones adecuadas Puestos de trabajo bien diseñados
|
|
Riesgos de seguridad |
|
|
Maquinaria |
Dispositivos de protección en máquinas
|
|
Partículas proyectadas (por ejemplo, con bruñidoras) |
Recinto aislado. Protección de ojos y cara según necesidades |
|
Resbalones y caídas |
Limpieza y barrido del suelo y las superficies de trabajo
|
|
Caída de objetos |
Casco de seguridad
|
|
Riesgo de incendio |
Vías de evacuación de emergencia adecuadas
|
|
Riesgos biológicos |
|
|
Mohos |
Control de la humedad
|
|
Bacterias, virus |
Vacunación en los casos necesarios
|
|
Fuente: OIT: Encyclopaedia of Occupational Safety and Health (Ginebra, 1998), vol. 3, pág. 96.3. | |
|
| |
Artistas escénicos y otros trabajadores afines
Los actores, músicos, bailarines, cantantes y otros artistas escénicos así como también los trabajadores que realizan el vestuario, el maquillaje, el cambio de decorados y otras tareas, están expuestos a lesiones y enfermedades profesionales(6). Muchas de estas lesiones están relacionadas con las tecnologías de la información. Puede tratarse de accidentes, quemaduras, lesiones por esfuerzos repetitivos, alergias e irritación de la piel y vías respiratorias, ansiedad teatral (miedo escénico) y estrés. Muchas de estas lesiones son propias de un determinado grupo de artistas. Cualquier problema físico, por leve que sea, afecta al artista de manera que éste no puede desarrollar totalmente sus capacidades, lo que origina pérdidas de tiempo e incluso de empleo. En los últimos años la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de las lesiones sufridas por los artistas han dado paso a un nuevo campo de la medicina, el dedicado a las artes escénicas(7), que se ha desarrollado pasando de la publicación de casos individuales y estudios de prevalencia a fines de los años ochenta, a sofisticados proyectos de tecnología avanzada a fines de los años noventa. Los nuevos tratamientos se acercan más a las necesidades específicas de los artistas y los esfuerzos empiezan a centrarse en la prevención y la educación(8). Gracias a la red Internet han aumentado mucho las posibilidades de intercambiar y difundir informaciones.
La actividad de los músicos se basa en una combinación de destreza de los músculos, nervios y huesos. Tocar un instrumento requiere una serie de movimientos repetitivos y precisos efectuados con frecuencia en posturas forzadas durante largos períodos de tiempo. Esas exigencias pueden causar problemas de salud. Por otra parte, las condiciones de trabajo adversas, tales como la exposición a niveles excesivos de ruido, las largas actuaciones sin descanso y una preparación insuficiente para repertorios e instrumentos nuevos y difíciles, pueden afectar también a la salud de los músicos de cualquier edad o nivel profesional. El diagnóstico preciso y el tratamiento temprano ayudan a prevenir discapacidades profesionales y pueden amenazar o interrumpir una carrera artística.
Diferentes estudios fijan en un 60 por ciento la cifra de músicos con lesiones que pueden acabar con sus carreras durante su vida activa. En estudios clínicos se han analizado la prevalencia de trastornos en músculos y tendones, los síndromes de compresión de vías nerviosas periféricas y problemas de control motriz. Los resultados revelan diferentes diagnósticos por exceso de ejercicio, como distensiones en músculos y tejidos conjuntivos, que controlan los movimientos flexores y extensores de las muñecas y dedos, causados por el esfuerzo repetitivo de los músculos y tendones. Otros diagnósticos frecuentes son los dolores en diversas partes del cuerpo a consecuencia del mantenimiento de posturas extrañas y desequilibradas durante largos períodos de tiempo tocando un instrumento musical. Para tocar instrumentos de teclado se adoptan posturas similares a las de la escritura con un teclado, lo que ejerce presiones sobre las ramificaciones nerviosas de las muñecas y antebrazos, hombros y cuello. Los calambres y espasmos musculares son frecuentes en este grupo de instrumentistas, algunos de los cuales necesitan largos períodos de reeducación neuromuscular para corregir hábitos de movimiento. La orientación de la cabeza hacia el frente y hacia abajo para mirar las teclas y las manos, y los movimientos repetitivos para leer la partitura, pueden provocar dolores en los nervios y músculos del cuello y la espalda. Los hombros suelen redondearse, y a ello se añaden posturas que proyectan la cabeza al frente y ritmos de respiración profunda. La compresión crónica del paquete vásculo nervioso que atraviesa los músculos del cuello, hombros y parrilla costal provoca a veces la aparición del síndrome torácico. Además, la tendencia a doblar las muñecas y curvar los dedos mientras mantienen estiradas las articulaciones de las manos y dedos provoca una tensión excesiva en los músculos de las muñecas y de los dedos en el antebrazo. La colocación repetitiva del pulgar debajo de la mano produce una tensión de los músculos de este dedo. La contracción prolongada de los músculos que giran y mueven los brazos hacia arriba y hacia abajo puede provocar síndromes de atrapamiento de nervios(9).
Entre las causas del estrés de los actores, figuran la enorme competencia por la escasez de empleo, la presión por tener que realizar actuaciones con mucha frecuencia, el trabajo nocturno, las giras, los plazos de rodaje, la repetición de tomas, etc. También existen presiones psicológicas al tener que adoptar y mantener el papel de un personaje, en las que se incluyen el estrés por tener que expresar ciertas emociones en un momento determinado y las tácticas utilizadas a menudo por los directores para que el actor reaccione de una cierta manera. Como resultado, entre los actores se dan índices mayores de alcoholismo y suicidio. La solución a muchas de estas causas de estrés pasa por una mejora en las condiciones de trabajo y de vida, sobre todo en giras y rodajes en exteriores. También pueden ser útiles ciertas medidas personales, como la terapia y las técnicas de relajación. Otros riesgos para los actores, sobre todo en rodajes en exteriores, son las condiciones ambientales y los efectos especiales. En el teatro, las escenas donde hay polvo, grava, nieve artificial, etc., pueden causar problemas de irritación de ojos y vías respiratorias si se utilizan materiales peligrosos o materiales usados, lo que puede causar contaminación biológica. Otro peligro es el creciente acoso al que se ven sometidos actores y actrices, así como otras celebridades, con posibles amenazas o violencias reales. La utilización de actores infantiles en las producciones teatrales, televisivas y cinematográficas puede llevar a la explotación de los mismos a menos que se establezcan procedimientos para garantizar que no trabajen muchas horas seguidas, que no se los exponga a situaciones peligrosas y que reciban la educación adecuada. También son motivo de preocupación los efectos psicológicos en niños que intervienen en escenas con violencia simulada. En muchos países las leyes laborales infantiles no protegen adecuadamente a los actores infantiles(10).
En la industria cinematográfica y en la televisión se utilizan efectos especiales para simular sucesos reales que de otra forma serían demasiado peligrosos, irrealizables o costosos. Entre ellos están las nieblas, el humo, los efectos pirotécnicos como las armas de fuego, la nieve, la lluvia, el viento, los efectos producidos por ordenador y los platós en miniatura o a escala reducida. Muchos de ellos entrañan riesgos significativos, entre otros: la utilización de rayos láser y productos químicos tóxicos, como el mercurio; elevar objetos o personas mediante poleas, y los peligros eléctricos asociados con efectos acuáticos. Se deben tomar las precauciones necesarias con dichos efectos especiales.
Las escenas peligrosas son secuencias de acción que entrañan un riesgo de lesión superior al habitual para los actores y demás personas en el plató. Con la creciente demanda de realismo en el cine, las escenas peligrosas han pasado a ser muy comunes, como por ejemplo las caídas desde grandes alturas, las peleas, las escenas en helicóptero, las persecuciones de coches, los incendios y las explosiones. Aproximadamente la mitad de los accidentes mortales ocurridos en los rodajes están relacionados con estas escenas peligrosas y, a menudo, también con los efectos especiales. Saber si los riesgos relacionados con el trabajo de especialistas en escenas peligrosas son más o menos peligrosos que anteriormente es una cuestión que puede examinarse; en la actualidad las acciones peligrosas pueden tener que ser menos costosas y más espectaculares para desalentar a los directores de cine a recurrir a los efectos especiales tecnológicos para rodar la misma escena. Las escenas peligrosas pueden poner en peligro no sólo a los especialistas, sino también a los operarios de cámara y a otros actores(11).
El periodismo es una profesión peligrosa. Entre 1990 y 1997, más de 500 periodistas y trabajadores de los medios de comunicación perdieron la vida, muchos de ellos asesinados por mafias, grupos paramilitares y terroristas. Centenares de redactores y reporteros resultan lesionados todos los años, física y psicológicamente, a causa de los horrores de la guerra y de los conflictos sociales(12). El personal encargado de las cámaras y del sonido se desplaza a lugares lejanos para cubrir informaciones y acontecimientos especiales para las grandes cadenas y emisoras locales. Estos empleados transportan hasta el lugar de la noticia todo el material necesario para la emisión, como cámaras, equipos de sonido e iluminación, trípodes y cables eléctricos. Con la aparición de las cámaras ligeras con grabación de sonido incorporada, basta una sola persona para manejar el equipo. Algunos riesgos frecuentes son los tropiezos, los resbalones, las caídas y el estrés de origen musculoesquelético. La violencia presente en los disturbios y las guerras expone a estos profesionales a riesgos de lesiones o incluso la muerte. Otra fuente de riesgo, de lesiones graves y enfermedades para los miembros de los equipos son las condiciones climáticas adversas, las multitudes, los desastres ambientales y los terrenos difíciles. Los riesgos pueden reducirse valorando anticipadamente la posibilidad de estallidos violentos y trabajando en lugares seguros. En determinados casos es recomendable emplear equipos de protección individual, como cascos y chalecos a prueba de balas. Las lesiones musculoesqueléticas pueden prevenirse utilizando equipos apropiados con profesionales bien preparados y siguiendo métodos seguros para levantar objetos pesados(13).
La tendencia a la manipulación y el control de la información se hace cada vez más patente a medida que van en aumento la cantidad de información y la rapidez de su difusión. Por ello, los periodistas y el personal auxiliar que les acompaña, como los encargados de las cámaras y del equipo técnico, entrañan una amenaza para cualquier grupo que no desee hacer públicas sus actuaciones. Como resultado se producen los ataques específicamente dirigidos a periodistas y medios de comunicación. La «censura violenta» se agrava a causa de la fuerte competencia comercial de los medios de comunicación y por la liberalización existente en muchos de estos trabajos. Los periodistas sufren una considerable presión para conseguir imágenes y reportajes cada vez más dramáticos y sensacionalistas. Hoy en día, muchos trabajadores de los medios de comunicación corren mayores riesgos que en otras épocas. Pocas empresas de comunicación se preocupan por formar a sus trabajadores para que sepan enfrentarse a situaciones violentas y conflictos a fin de que éstos puedan ser capaces de tomar decisiones coherentes y sensatas en materia de «evaluación de riesgos». Los periodistas independientes y los contratados temporalmente rara vez reciben algún tipo de formación. Hoy en día se contratan muchos más trabajadores independientes que antes, muchos se contratan en los lugares donde se están produciendo las noticias, no siempre tienen seguro de vida o de atención médica. Si resultan heridos no tienen derecho a recibir indemnizaciones.
Al trabajar en circunstancias imprevisibles, algunos periodistas siempre estarán expuestos a diferentes riesgos. No obstante, las organizaciones de comunicación y los representantes de los trabajadores pueden hacer mucho a fin de aumentar la protección de estos profesionales y reducir los riesgos. Entre otras medidas, es necesario adoptar las siguientes:
Los propios periodistas deben asumir la responsabilidad de adoptar las máximas medidas de seguridad personal y reducir el riesgo para ellos y para sus compañeros. Los periodistas deben observar una irreprochable conducta profesional y no traicionar la ética periodística al recopilar, elaborar y difundir las noticias y las informaciones.
Los gobiernos deben establecer las condiciones para que los periodistas y las empresas de comunicación cuenten con la máxima protección y seguridad frente a la violencia. La reducción de los riesgos es la clave fundamental. Aunque resulta imposible garantizar una seguridad absoluta, los gobiernos, las empresas de comunicación y los propios profesionales deben evitar que se den las condiciones que faciliten situaciones de violencia contra los medios de comunicación. Un buen comienzo sería reconocer que ninguna historia, por dramática que pueda ser, merece la pérdida de una vida(14).
Los periodistas también corren riesgos directamente relacionados con las nuevas tecnologías. Además de los problemas relacionados con las PVD (mencionados anteriormente) debería mencionarse asimismo el aumento de la presión y el estrés, y los riesgos asociados con el uso de los teléfonos móviles, los cuales son claramente una herramienta indispensable de la profesión, especialmente de los periodistas que se desplazan muy seguido. Evidentemente pueden serles muy útiles para pedir auxilio y evitarles actos de violencia. Sin embargo, preocupa la posibilidad de que tengan efectos perjudiciales para la salud a causa principalmente de la radiación de microondas de bajo nivel que los teléfonos emiten y reciben. Si bien no hay pruebas concluyentes del riesgo de cáncer, existen preocupaciones a ese respecto y la presunción de una relación con el asma, la pérdida de memoria, el dolor de cabeza, la fatiga y la hipertensión entre otras afecciones. Es evidente que hay una relación entre los teléfonos móviles y el estrés que sienten los periodistas al tener que responder al teléfono en todo momento, aun cuando se encuentran lejos de teléfonos fijos. Por todo ello, muchos sindicatos actualmente aconsejan usar teléfonos móviles limitando su uso, evitando usarlos al conducir o en espacios reducidos, fijando procedimientos y otras disposiciones que permiten responder en todo momento reduciendo el estrés, entre otras medidas de fines semejantes(15).
Nuevos riesgos y amenazas a la salud relacionados con la tecnología
En relación con las nuevas tecnologías se plantea una cuestión importante: un nuevo riesgo que amenaza la salud llamado estrés o, de manera más específica, «tecnoestrés». Los comentarios anteriores referentes a los periodistas se aplican a mucho más trabajadores de las industrias del sector, si bien no a todos en el mismo grado. El British Health and Safety Executive (la Dirección de Seguridad y la Salud de Gran Bretaña) advierte a los empleadores que:
la enfermedad derivada del estrés originado en el trabajo ha de ser tratada de la misma manera que las enfermedades debidas a otros factores físicos presentes en el lugar de trabajo. Por lo tanto, los empleadores tienen la obligación legal de tomar precauciones razonables para lograr que la salud de los trabajadores no sea expuesta a riesgos a causa de niveles excesivos y persistentes de estrés que se originen en la forma de organizar el trabajo, la forma de las relaciones entre las personas en el trabajo o las exigencias cotidianas impuestas a los trabajadores. Al evaluar los posibles riesgos para la salud de sus lugares de trabajo, los empleadores deberían tomar en cuenta el estrés, vigilar el surgimiento de problemas y estar preparados para actuar en caso de que la amenaza a la salud parezca probable(16).
La introducción masiva de ordenadores en el trabajo de oficina, en el trabajo de redacción para la prensa y la edición ha creado una relativamente nueva causa de enfermedad y discapacidad, las lesiones por esfuerzo repetitivo. Se estima que la cuarta parte de los trabajadores que utilizan las PVD en los Países Bajos padecen de lesiones por esfuerzo repetitivo(17). Pickshaus opina que la tecnología digital acelera la conversión de los cuadros de estrés o tensión en factores psicomentales o psicosociales(18). Se trata de un fenómeno conocido en la edición y la radiodifusión, pues fueron éstas las primeras industrias donde se introdujo el trabajo con PVD. Además, el problema del estrés se está agravando en la industria gráfica. Una encuesta intersectorial sobre la presión del trabajo en los Países Bajos mostró que los trabajadores de la industria gráfica son los más afectados, pues casi dos tercios de ellos declararon tener que hacer frente a una gran presión de trabajo debido a la estrictez de los programas de producción y de los plazos(19). Si bien la presión del trabajo no puede equipararse con el estrés, los sindicatos de las industrias gráficas estimaron que los resultados de la investigación eran bastante alarmantes como para que el estrés fuera incluido entre las cuestiones que deberían ser objeto de la próxima negociación colectiva.
Los riesgos de salud y seguridad del teletrabajo son los propios del entorno de la oficina normal, a los que se añaden algunos motivos de inquietud específicos:
Calidad del aire en interiores. Si la ventilación natural en el hogar es inadecuada para extraer los contaminantes (por ejemplo exposición a gas natural o a monóxido de carbono procedentes de sistemas de calefacción ineficaces; vapores y gases de máquinas de oficina; exposición pasiva continua a sustancias químicas, gases o polvo; exposiciones a emanaciones procedentes de otras actividades si el trabajador se encuentra en un edificio multiusos; etc.), será necesario reforzar la ventilación.
Riesgo de incendio. Es poco frecuente que la instalación eléctrica doméstica sea adecuada para el equipamiento eléctrico utilizado habitualmente en el teletrabajo, como impresoras, fotocopiadoras y otras máquinas de oficina. La instalación de estos aparatos sin tener en cuenta la capacidad de la instalación eléctrica del hogar aumenta el riesgo de incendio. La normativa local sobre codificación prohíbe en algunos lugares la adaptación de la instalación eléctrica a las nuevas necesidades. Los teletrabajadores pueden vivir en edificios que carecen de medidas de evacuación adecuadas y que tengan bloqueadas las salidas de emergencia o cerradas las puertas de salida.
Riesgos ergonómicos. Los empleados que trabajan en su casa suelen utilizar sus propios muebles para desempeñar sus tareas. Los puestos de trabajo con ordenadores en el entorno doméstico no permiten los ajustes que exige el trabajo intensivo. La falta de espacio puede obligar a inclinarse en exceso, a adoptar malas posturas, a alargar los brazos más de la cuenta y a adoptar otras posturas que favorecen las lesiones traumáticas acumuladas. El trabajo en entornos fríos o con calefacción despareja también puede provocar problemas de salud.
Iluminación. La iluminación inadecuada es causa de malas posturas, fatiga visual y alteraciones visuales. A veces es necesario instalar una iluminación especial para soportes de documentos. Las paredes y las superficies del mobiliario deben ser neutras y tener un acabado no deslumbrante.
Estrés profesional. El trabajo a jornada completa en entornos domésticos priva al trabajador de los beneficios personales y profesionales del trato constante con otros trabajadores. El aislamiento puede impedir la incorporación del trabajador a actividades de desarrollo profesional, el aprovechamiento de las oportunidades de promoción y la aportación de ideas a la organización. Ciertos trabajadores tienen una dependencia especial del contacto humano y se resienten en lo personal y lo profesional cuando les falta. La falta de servicios de apoyo administrativo obliga a los trabajadores a realizar ciertas tareas de oficina. Los empleadores deben fomentar la participación de los teletrabajadores en reuniones de personal y otras actividades de grupo, personalmente o por medios electrónicos (teleconferencias) si así lo imponen las limitaciones físicas y geográficas.
Obligaciones familiares. Los trabajadores con hijos, familiares discapacitados o padres de edad avanzada encontrarán ventajoso el trabajo en casa. Pero atender a las necesidades de familiares a cargo puede afectar a la concentración que exigen las responsabilidades laborales. Esto puede afectar negativamente al trabajador, incapaz de cumplir con sus obligaciones familiares y de estar a la altura de las expectativas del empleador. El teletrabajo no debería considerarse como un sustituto del cuidado de niños o ancianos. Como la capacidad de equilibrar el trabajo y otras responsabilidades en el entorno doméstico varía mucho de unos trabajadores a otros, hay que evaluar caso por caso la necesidad de servicios de apoyo para evitar el estrés profesional excesivo y la consiguiente pérdida de productividad. No debería obligarse a ningún trabajador a aceptar un contrato de teletrabajo contra su voluntad.
Indemnización por lesiones y enfermedad. Con frecuencia las enfermedades profesionales se producen como consecuencia de exposiciones acumuladas a lo largo de mucho tiempo. La prevención de estas lesiones se basa en la identificación rápida de los factores de riesgo, la solución del problema aplicando diversos métodos y el tratamiento médico del trabajador afectado en cuanto aparecen los primeros síntomas de la enfermedad. Hasta el momento, la responsabilidad del empleador por accidentes y lesiones sufridos por teletrabajadores ha sido tratada caso por caso. La mayoría de las legislaciones nacionales en materia de salud y seguridad en el trabajo no incluyen políticas formales sobre la seguridad de los teletrabajadores. El serio impacto de esta tendencia deberá evaluarse cuidadosamente y afrontarse mediante el establecimiento de normas internacionales. Cuando los acuerdos de teletrabajo transforman al trabajador en contratista independiente, la carga de muchas responsabilidades pasa también a éste. La empresa no se siente obligada a proporcionar un lugar de trabajo sano y seguro, acceso a atención médica preventiva y curativa para el trabajador y su familia, seguridad social, seguro de discapacidad y compensación para trabajadores que sean lesionados. Esta tendencia destruye derechos de los trabajadores y protecciones sociales obtenidos después de décadas de negociación.
Protección del teletrabajador. El contrato entre el trabajador y empresa debe abarcar aspectos tales como el entorno global de trabajo, las normas de salud y seguridad, la formación y el equipo. Los empleadores deberían inspeccionar el lugar de trabajo doméstico (en visita previamente acordada) para garantizar la seguridad del trabajador y para identificar y corregir factores de riesgo. La inspección debería evaluar el aire en interiores, la ergonomía, los riesgos, la iluminación, la exposición a sustancias químicas y otras cuestiones. Deben establecerse normas claras sobre el suministro del material de oficina necesario para llevar a cabo el trabajo. Hay que delimitar con claridad las responsabilidades en relación con los bienes de la empresa (y del trabajador) que se pierdan o sufran daños debido a incendios, catástrofes naturales o robo. Salvo en caso de negligencia, los trabajadores deben estar exentos de responsabilidad financiera. Los contratos de teletrabajo deberían evaluarse de manera periódica para identificar a aquellos trabajadores que descubren que el trabajo en casa no les conviene. Son muchas las ventajas del teletrabajo, y deberían fomentarse los contratos de teletrabajo beneficiosos para tareas específicas y trabajadores maduros que prefieren trabajar en su casa. El teletrabajo ha permitido a personas discapacitadas alcanzar un grado mayor de independencia y disfrutar de oportunidades profesionales a las que anteriormente no podían acceder. Por su parte, los empleadores pueden retener a trabajadores valiosos. No obstante, el contrato de teletrabajo debe garantizar la continuidad de los derechos del trabajador y la protección de la salud y la seguridad profesional(20).
Tecnología para resolver cuestiones de seguridad y salud
Entre muchas otras organizaciones del mundo, en el Reino Unido la BBC ha creado páginas en Internet dedicadas a la salud y seguridad en el trabajo, que contienen declaraciones generales de política en materia de responsabilidades, organización y disposiciones afines, e informaciones precisas sobre equipo, tipos de trabajo y riesgos que afectan al personal de radiodifusión(21); la Dirección de Seguridad y Salud dispone de un buen sitio en Internet y ha publicado muchos libros y códigos, entre otras publicaciones. El sindicato de la radiodifusión del Reino Unido -- BECTU -- no sólo tiene una página de entrada dedicada a dar información sobre cursos de salud y seguridad sino que además dispone de enlaces con otros sitios Web en materia de seguridad y salud, evaluación de riesgo y reglamentaciones de horas de trabajo y tiempo de trabajo.
6. Las tecnologías de la información y la formación
Los trabajadores de las industrias basadas en los conocimientos y de las industrias del espectáculo prepararán el terreno para la economía del próximo milenio; ahora bien, cabe preguntarse ¿quiénes de ellos tendrán acceso a una formación que los prepare para los nuevos retos que se plantean? ¿Cuáles serán las calificaciones más apropiadas y cómo pueden las empresas encontrar esas calificaciones entre la fuerza laboral? ¿De qué manera pueden responder los programas de formación a las necesidades futuras de los empleadores y de los trabajadores potenciales? ¿Se adaptarán con suficiente rapidez a las tecnologías y las necesidades cambiantes?
En este campo la cooperación tripartita es muy importante para impedir que se produzca una grave escasez de calificaciones. La formación en la empresa puede verse limitada por dos factores. En primer lugar, en las empresas de estas industrias las estructuras del empleo dependen de una fuerza laboral cuyo núcleo se reduce cada vez más y de un número cada vez mayor de trabajadores atípicos o contingentes contratados temporalmente o a tiempo parcial; los empleadores tienden a no proporcionar formación a los trabajadores independientes, a corto plazo o a tiempo parcial. En segundo lugar, las empresas pequeñas son a menudo las que impulsan el crecimiento dinámico del empleo, y pocas de ellas pueden ofrecer formación o dar permiso al personal para que suspenda el trabajo en curso. Estos empleadores (y muchas empresas más grandes que registran un rápido crecimiento) dependen en gran medida de las calificaciones que sus trabajadores ya poseen, gracias a una educación formal, a la experiencia adquirida previamente o a la formación adquirida por su propia iniciativa. Así, es probable que en el futuro una gran parte de la carga y de los gastos de formación recaigan fundamentalmente en el trabajador, esto incluye, ya sea la preparación inicial, la formación continua, o la adaptación a nuevas oportunidades o nuevas orientaciones profesionales(1). Es muy importante que los interlocutores sociales trabajen conjuntamente para diseñar programas de formación que se ajusten a las necesidades de los trabajadores de estas industrias de rápida evolución.
Los programas de formación para responder a las necesidades futuras de los empleadores y de los trabajadores potenciales en el campo de las tecnologías de la comunicación y de la información deben estar al alcance de todos los miembros del personal de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo (cuando sea necesario y pertinente) independientemente de su edad, sexo, estado civil o de otras consideraciones. Se ha tendido a ofrecer menos oportunidades de formación a las mujeres, a los trabajadores a tiempo parcial y temporales, a los teletrabajadores y a los trabajadores mayores de 45 años de edad. Sin embargo, todos estos grupos tienen que ser capaces de adaptarse al cambio, y, de hecho, pueden poner más empeño y estar más motivados cuando tienen la posibilidad de participar en la formación y en el proceso de cambio. El objetivo que se busca debería ser la promoción de una fuerza laboral con calificaciones múltiples y versátiles, dispuesta a seguir una «formación continua», que sirva a los intereses de los trabajadores y de los empleadores, y que pueda mejorar el mundo del trabajo en general a más largo plazo.
Nuevos requisitos en materia de calificaciones
para los trabajadores de los medios
de comunicación y del espectáculo
Algunas de las nuevas calificaciones específicas que se exigen incluyen la búsqueda en Internet, nuevas aplicaciones de diagramación y diseño gráfico, calificaciones relacionadas con los multimedia y los nuevos medios de comunicación, la coordinación entre distintos proyectos de medios de comunicación, el manejo de equipo controlado a distancia, aplicaciones del comercio electrónico, etc. En muchos países se están elaborando todo el tiempo cursos innovadores, para tratar de seguir el rápido cambio de las exigencias de la industria(2).
Como se aprecia en el capítulo 5, muchas organizaciones de medios de comunicación dan muy poca formación o no dan formación a los periodistas, camarógrafos, fotógrafos y demás personal acerca de cómo trabajar en países en guerra o en situaciones de violencia. Esa formación es fundamental porque es necesario que los trabajadores de los medios de comunicación sean capaces de evaluar los peligros con claridad, y de tomar decisiones rápidas acordes con los rápidos cambios de situación que pueden producirse durante la realización de un reportaje, y también es necesario que adquieran conocimientos básicos de primeros auxilios y busquen asesoramiento de trabajadores del mismo campo más experimentados sobre cómo hacer reportajes desde lugares peligrosos. Los grupos más vulnerables de trabajadores de los medios de comunicación -- los periodistas independientes y los trabajadores ocasionales -- son los que tienen menos probabilidades de recibir formación, aun cuando ésta existe. Sin embargo, están aumentando, sobre todo en las zonas de conflicto. Además, las organizaciones de los medios de comunicación deben invertir las tendencias recientes que menoscaban las condiciones sociales y profesionales en las que trabajan los periodistas. Debería invertirse más en la formación profesional y en la ética periodística a fin de recalcar la importancia del periodismo de investigación para la salud de una sociedad democrática(3).
La Federación Internacional de Músicos señaló que, en las propuestas formuladas en el Coloquio de la OIT sobre la convergencia de los medios de comunicación múltiples (multimedia) de 1997, se llamó la atención sobre la brecha que separa a los «inforricos» de los «infopobres», y se respaldaron las políticas nacionales para reducir las disparidades entre países ricos y países pobres en términos de recursos tecnológicos para la información. Se propuso ayudar a los países en desarrollo a aumentar el potencial de sus recursos humanos para responder a las necesidades de los nuevos medios de comunicación. La FIM estimó que esta propuesta era particularmente pertinente en el caso de los músicos, tanto en el ámbito de los estudios de grabación o en el de la producción de soportes multimedia como en Internet o en otros medios digitales de difusión de la música, ya que adoptar estos nuevos era relativamente barato, y tal vez podía dar a los países en desarrollo la oportunidad de fomentar una industria de exportación que pudieran controlar ellos mismos. Por esta razón, la FIM recomendó que se elaborara un programa de formación para músicos, centrado en las tecnologías digitales de grabación y difusión de música por Internet(4).
Iniciativas de formación de los gobiernos,
la industria y los sindicatos
Cuando la industria de la imprenta abandonó la impresión tipográfica por la litografía, esta evolución se vio facilitada por el buen nivel de formación proporcionada en los comités de formación, los centros de enseñanza superior y demás, que fue parcialmente impartida, respaldada o patrocinada por los fabricantes de maquinaria de imprenta, quienes tenían interés en mantener una base de clientes potenciales. Para esta nueva transición tecnológica, los fabricantes de equipo se están agrupando, por ejemplo, la Federación Británica de Industrias de la Imprenta. Sin embargo, las escuelas de formación industrial están trabajando con recursos muy limitados, y hay una actitud muy común en el sentido de que «la formación no es fundamental»(5).
Los programas de empleo y formación en los Estados Unidos están siendo modificados debido a la promulgación de la ley de 1998 sobre inversiones en la fuerza laboral, y tal vez terminen siendo más eficaces para proporcionar a los trabajadores estadounidenses de los medios de comunicación y del espectáculo, entre otros, las calificaciones en materia de tecnología de la información que necesitan para hacer frente a la demanda continua. Estas reformas incluyen la integración a nivel del «hombre de la calle», de programas diversos por medio de carreras cortas, la asignación de los recursos destinados a los trabajadores de bajos ingresos a los trabajadores cuyos puestos de trabajo se han suprimido y un aumento de las opciones que se ofrecen al consumidor a través de cuentas de formación individuales. Sin embargo, estas reformas no aumentan los recursos que se destinan a estos programas, que generalmente son mucho más bajos que la demanda de dichos recursos y que con frecuencia son cuestionados durante el proceso de preparación del presupuesto(6).
Un ejemplo de la asistencia a la formación prestada a los países en desarrollo en este campo es la de INGRIN (Especialistas Internacionales en Artes Gráficas en los Países Bajos), que se aplica desde hace 10 años y que lleva a cabo actividades que incluyen desde programas «de formación para docentes» hasta el establecimiento de institutos de formación profesional y la aplicación de programas con una vertiente comercial y programas de asistencia técnica en las industrias de las artes gráficas en 16 países de Asia, Africa y del continente americano, en cooperación con organizaciones que incluyen la Federación Gráfica Europea e INTERGRAF (Confederación Internacional de las Industrias de la Imprenta y Conexas)(7). Las juntas de formación de varios países han organizado iniciativas similares.
Otro ejemplo es el del programa MEDIA II de la Unión Europea (1996-2000) que, en el marco de sus esfuerzos generales para reforzar la competitividad de la industria audiovisual europea, ofrece medidas de apoyo en materia de formación. La decisión del Consejo Europeo 95/564/CE, de 22 de diciembre de 1995, puso en práctica un programa de formación para profesionales del sector audiovisual, con un presupuesto de 45 millones de euros durante cinco años, destinado a alentar las iniciativas de formación paneuropeas para permitir que los trabajadores aumenten su competencia y su competitividad en el mercado internacional. Se basa en la estrecha cooperación e intercambio de conocimientos entre varios interlocutores de la formación: escuelas de cine y televisión, universidades, centros de formación especializada, compañías productoras y distribuidoras y de otro tipo. La Comisión seleccionó 36 actividades de formación en junio de 1998, frente a 32 en 1997. Dieciséis proyectos se centraban en la gestión económica, financiera y comercial, once en las nuevas tecnologías y nueve en las técnicas de escritura de guiones. La mayoría de estas iniciativas ya recibían apoyo del programa MEDIA en 1997, pero cinco de ellas eran nuevas. En diciembre de 1998, se hizo un nuevo llamamiento para la formulación de propuestas destinadas a seleccionar las iniciativas de formación para 1999-2000, que recibirán una subvención que cubra hasta el 50 por ciento de los gastos, con un máximo de 200.000 euros anuales para la formación inicial, y de 300.000 euros para la formación profesional continua.
También hay cientos de ejemplos de paquetes de formación interactivos, formación a distancia por Internet y por televisión, y ocurre otro tanto con las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo. Por ejemplo, IG Medien en Alemania ha desarrollado cursos de formación conjuntamente con empleadores de la industria de la imprenta: cursos de tres años en publicidad y producción artística para los medios de comunicación. La Sociedad de Información del Sindicato de los Medios de Comunicación y Red de Educación (MUSENET) ha preparado un documento titulado «Information society training module for workers in the media sector»(8). Los módulos de formación consultables por Internet incluyen una introducción por línea a la publicación electrónica, de Mujeres en la Formación de las Artes Gráficas, del Reino Unido, mientras que el sitio del sindicato Graphical, Paper Media Union (GPMU) ofrecía a sus miembros formación en materia de programas de edición asistida por computadoras.
7. Tecnologías de la información y piratería
del derecho de autor
El término piratería se utiliza generalmente para describir la violación deliberada de los derechos de autor de artistas intérpretes, escritores, compositores, productores de discos, locutores y demás derechohabientes en una escala comercial. Se trata de un fenómeno que afecta negativamente tanto a los empleadores como a los empleados. La piratería se aprovecha de la creatividad y el éxito de los artistas y de las inversiones de las compañías discográficas y cinematográficas, entre otros.
Importancia y naturaleza de la piratería, pérdida
de ingresos para la industria y los trabajadores
La piratería del derecho de autor es un negocio criminal internacional cada vez mayor cuya continua escalada es una amenaza para el futuro de toda una industria discográfica mundial valorada en 40.000 millones de dólares estadounidenses y para las industrias cinematográficas y editoras. Las ventas piratas de música se estiman en miles de millones de dólares, ya que una de cada tres unidades producidas mundialmente es una copia pirata(1). Las industrias discográfica, cinematográfica y de radiodifusión invierten miles de millones de dólares cada año en artistas nuevos. Unicamente una protección del derecho de autor efectiva y una legislación fuerte frente a la piratería pueden respaldar esa inversión. La piratería cuesta anualmente a los gobiernos de todo el mundo millones de dólares en términos de pérdidas de recaudación fiscal, y tiene una repercusión negativa en el empleo y los ingresos de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo en general.
Un ejemplo reciente para la industria cinematográfica se produjo hace dos meses y medio cuando, antes de que llegara a las salas de cine en Alemania en 1999, La amenaza fantasma, última película de la serie La guerra de las galaxias, ya se había puesto a la venta en Internet. Las investigaciones realizadas por la policía revelaron que alguien en los Estados Unidos -- donde la película ya estaba en cartelera -- había filmado la película en una sala de cine con una videocámara, la había transferido a un fichero informatizado y la vendía a través de Internet(2). Tres días después del estreno de la película en los Estados Unidos, ya existían discos compactos en vídeo piratas en Hong Kong (China), Malasia, Singapur y Tailandia -- estas copias eran de mala calidad, habían sido filmadas utilizando una cámara de vídeo que grabó los movimientos de las cabezas de los asistentes y los ruidos del público al comer y beber, además de las acciones en la pantalla de Anakin Skywalker y del resto de los actores. No obstante, habida cuenta de que sólo se necesitan tres segundos para copiar discos compactos en vídeo, mientras que hace falta todo el tiempo de duración de una película para grabarla en una cinta de vídeo, es evidente que los piratas de vídeos también se están beneficiando de las ICT en sus negocios. En nombre de los siete principales estudios de Hollywood se han redoblado los esfuerzos para dar con los piratas de vídeos responsables de unas pérdidas de ingresos estimados en unos 550 millones de dólares aproximadamente, obteniéndose ciertos éxitos en términos de incautación de discos piratas y detención de los responsables, pero estos éxitos siguen siendo irrisorios en comparación con la escala industrial que ha adquirido la industria de la piratería(3). La piratería de vídeos es cada vez más organizada y sofisticada en todo el mundo, y utiliza diversos métodos de producción y canales de distribución -- la Motion Picture Association of America (MPAA) calcula que cuesta a las compañías estadounidenses productoras de películas 2.500 millones de dólares anuales en pérdidas fiscales(4), pero no proporcionaba ninguna cifra sobre sus repercusiones en el empleo.
La piratería de música es un gran negocio. La Federación Internacional de la Industria Fonográfica (IFPI) calculaba que esta industria pierde más de 5.000 millones de dólares estadounidenses cada año debido a la piratería en Internet (carga de música) y a la venta de copias ilegales de CD y casetes. Las ventas de CD piratas alcanzaron la cifra de 400 millones de unidades en 1999, mientras que las casetes de música representaron 1.600 millones de unidades(5). Las grabaciones piratas superaron las ventas de música lícitas en 20 países(6).
El nivel de piratería de música en América del Norte es bajo, lo que en gran medida se debe a una estrategia de pleitos agresiva frente a las producciones piratas, mientras que en Europa occidental, Italia y Grecia siguen siendo los países con los índices de piratería más altos. Finlandia también está experimentando un incremento de la piratería mayor que en años anteriores, debido a la aparición de un mayor número de CD piratas procedentes de Estonia. En Europa oriental, la Federación de Rusia, Ucrania y el resto de los países de la CIE se destacan por sus niveles extremadamente altos de piratería doméstica y por su producción de CD ilegales, que exportan al resto de Europa y a otros lugares(7).
En Asia, el nivel de piratería de música es alto. Hong Kong (China), China, Malasia y Pakistán tienen niveles de piratería por encima del 60 por ciento. La excepción en Asia es Japón, donde los niveles de piratería se mantienen bajos. En América Latina, el nivel de piratería ha sido alto. En Brasil, está comenzando a tener repercusiones graves en el mercado de los CD, ya que la piratería de estos discos ha aumentado espectacularmente en un 200 por ciento alcanzando unos 300 millones de unidades. En México y Argentina los altos niveles de piratería dificultan seriamente cualquier oportunidad de que el mercado alcance su verdadero potencial. La piratería en Australia ha venido aumentando a raíz del cambio introducido en la legislación sobre importación paralela, y de los CD piratas que entran en el mercado procedentes de Asia. Por otro lado, el nivel de piratería en Nueva Zelandia es muy bajo. La piratería en el Medio Oriente representa más del 20 por ciento, siendo la excepción los Emiratos Arabes Unidos, donde una constante actividad antipiratería ha reducido los niveles por debajo del 10 por ciento. Israel es en la actualidad una de las principales causas de preocupación para la industria, ya que registra un nivel de piratería doméstica del 60 por ciento. En Africa, el nivel de piratería es superior al 25 por ciento en toda la región, y hasta del 77 por ciento y el 96 por ciento en Kenya y Nigeria, respectivamente(8).
La piratería de libros también es un gran negocio, pero no tanto como la de vídeos, música y soporte lógico -- cada vez es más sofisticada, pero a diferencia de las otras industrias de piratería ilegal, ha venido funcionando desde hace varios decenios. En julio de 1999, tres de las principales casas editoriales estadounidenses interpusieron una demanda en Tailandia por supuesta reproducción y venta de libros de texto populares ante el Tribunal de Propiedad Intelectual y Comercio Internacional de Tailandia(9).
Medios para luchar contra la piratería -- legislación,
tributación, códigos de protección, cooperación
entre trabajadores y empleadores
En respuesta a la piratería, las cinco compañías discográficas más grandes (EMI, Sony, Universal, Bertelsmann y Warner) están colaborando con IBM y otras empresas de soportes físicos y lógicos para realizar este año en los Estados Unidos un ensayo de distribución digital. El llamado proyecto Madison permitirá a los consumidores comprar álbumes y sencillos en forma de señales digitales en formato MP3 que se envían a sus ordenadores personales a través de Internet. Asimismo, se han mantenido conversaciones para desarrollar un sistema de venta digital a prueba de piratería. Las señales de música digital deben codificarse para impedir que se realicen copias no autorizadas. El problema de la piratería no afecta únicamente a la música, sino también a los textos (en los sitios de periódicos, revistas y libros) y a las imágenes. Toda obra cuyos derechos estén reservados y sea disponible a través de Internet puede ser objeto de piratería.
Hacer cumplir los derechos de autor y de reproducción sobre los contenidos digitales es una tarea frustrante debido a la facilidad con que el material puede distribuirse en Internet y ser manipulado para esconder sus orígenes. Las filigranas digitales tratan de resolver el problema añadiendo información oculta a las imágenes digitales, los videoclips, los textos o la música. El problema también podría afectar muy pronto a la industria de la televisión digital(10). El desarrollo de filigranas electrónicas para los vídeos y películas digitales se ha visto estimulado por la iniciativa Galaxy, que trata de combinar los enfoques de Hitachi, IBM, NEC, Pioneer y Sony(11).
La reciente escalada de piratería en Internet, que por lo general utiliza el formato MP3, es uno de los problemas más grandes y crecientes a que se enfrenta la industria discográfica internacional(12). Sin duda, se ha visto facilitada por los motores de búsqueda que permiten explorar Internet en busca de nuevos ficheros MP3, algunos de los cuales son copias ilegales. Se calcula que hay cerca de medio millón de ficheros de música ilegales en Internet, sin contar los sitios personales en los que se han incorporado los temas favoritos de la gente sin autorización. No obstante, el entusiasmo con que los consumidores están descargando en la actualidad canciones no autorizadas desde sitios Web piratas también ha reflejado las posibilidades comerciales de la distribución de música digital, si se consigue organizar de forma segura. En una estrategia doble por desarrollar un comercio en línea lícita, la industria discográfica está colaborando con empresas tecnológicas para desarrollar normas en materia de seguridad de derechos de autor con miras a un mercado de música en línea lícita. Así, en diciembre de 1998 se puso en marcha una iniciativa -- la Iniciativa de Música Digital Segura (SDMI) -- en la que participaron todas las empresas interesadas en el mercado de música digital. Su objetivo es crear un marco en el que las compañías discográficas puedan vender música amparada por el derecho de autor a través de Internet o de otros sistemas de comunicación a gran velocidad, sin temor a ser pirateada. El primer paso en las labores de la SDMI es acordar unas directrices para el desarrollo de dispositivos de grabación portátil lícitos, que probablemente se pondrán a la venta antes de finales de 1999. En un principio, estos dispositivos se utilizarán para grabar canciones de discos compactos y posteriormente, una vez que se ponga en marcha el mercado de música digital lícito, descargarlas desde sitios Web autorizados. En agosto de 1999, la industria discográfica anunció medidas importantes contra la piratería que se aplicarían a partir de septiembre de 1999, cuando la industria comience a utilizar una nueva tecnología que persiga y borre la totalidad de las 500.000 canciones ilegales existentes actualmente en la red(13).
El presidente y director general de la Asociación de Editores Estadounidenses (AAP) señaló que es evidente que los sistemas de gestión de derechos de autor eficaces son la clave para generar y distribuir contenidos que se puedan publicar en formato impreso, electrónico y multimedia que exige el mercado en constante cambio(14). En relación con los libros electrónicos -- ediciones digitales de libros cargados en un ordenador personal y posteriormente descargados en un lector de libros electrónicos, una nueva novedad en 1999 -- la Asociación de Editores Norteamericanos ha sometido a prueba las pretensiones sobre seguridad para el derecho de autor (utilización no autorizada, intercepción de señales electrónicas, piratería) que tienen esos sistemas electrónicos que proporcionan codificación de derechos de autor utilizando una firma de seguridad digital encargada de crear una norma sobre derechos de autor segura para la industria discográfica, y que valoraban uno de los sistemas de libro electrónico como un «dispositivo informático, cerrado, patentado, que muestra cuándo se ha hecho un uso no autorizado del mismo y que no permite que se intercambien datos de forma arbitraria con el mundo exterior»(15).
El dinero recaudado en concepto de derechos de propiedad intelectual a menudo va a los grupos o compañías, pero no a las personas (artistas intérpretes, escritores). Por ejemplo, el dinero recaudado por las autoridades de gestión de las regalías procedentes de la música en Japón ascendió a unos 4,7 billones de yenes, pero la Federación Internacional de Músicos señala que los artistas intérpretes sólo reciben una pequeña proporción de este dinero. La situación parece ser bastante más favorable para los músicos en Argentina y Colombia, pero en la mayoría de los países aún se puede mejorar esta posible fuente de ingresos para los artistas intérpretes(16).
8. Normas internacionales del trabajo y actividades
internacionales relacionadas con las industrias
de los medios de comunicación
y del espectáculo
Las normas pertinentes de la OIT
Las recientes actividades normativas de la OIT de interés para las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo, en particular para los teletrabajadores y aquellas personas que poseen empleos atípicos, tienen influencia en las agencias retribuidas de colocación, el trabajo en subcontratación y la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
Los artistas intérpretes y los trabajadores de los medios de comunicación cuya contratación se efectúa a través de agencias privadas de empleo pueden beneficiarse del mayor amparo generado por la adopción, en 1997, del Convenio y la Recomendación sobre las agencias de empleo privadas (núms. 181 y 188, respectivamente), creados con el fin de permitir el funcionamiento de las agencias de empleo privadas, aumentar la eficacia de los mercados de trabajo y proteger a las personas en busca de empleo que recurren a sus servicios. El Convenio es una revisión del Convenio sobre las agencias retribuidas de colocación (revisado), 1949 (núm. 96), adoptado cuando prácticamente todas las agencias de colocación eran entidades públicas. La nueva norma establece parámetros generales de cara al funcionamiento eficaz de las agencias de empleo privadas y les permite ampliar sus posibilidades de cooperación con los servicios públicos de empleo incrementando así la eficacia del mercado de trabajo y proporcionando resultados positivos a las personas que buscan empleo. Subraya el papel de las organizaciones representativas de empleadores y trabajadores en todas las políticas relativas al mercado de trabajo que se tratan en el Convenio, teniendo en cuenta los intereses de los trabajadores al garantizar que las agencias respetan los códigos éticos y facilitar a las autoridades nacionales la flexibilidad necesaria para tratar la cuestión de las agencias privadas en el contexto de sus distintas circunstancias e inquietudes.
Cabe destacar el hecho de que en el Convenio se enumeran los principios y directrices generales para proteger tanto a los trabajadores como a las personas en busca de empleo de los términos y condiciones de empleo negativos, diseñando así un marco para que puedan edificarse relaciones industriales sólidas en una economía que experimenta una mundialización rápida. Se hace un llamamiento a los Estados Miembros para que velen por que las agencias de empleo privadas «traten a los trabajadores sin discriminación alguna por razones de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional, origen social o cualquier otra forma de discriminación cubierta en la legislación y la práctica nacionales, tales como la edad o la discapacidad». Concierne a todas las agencias de empleo privadas, a todas las categorías de trabajadores excepto a los marineros, y a todos los ámbitos de la actividad económica. Ahora bien, de la consulta con las organizaciones de trabajadores y empleadores más representativas pertinentes, se deduce que un Estado Miembro puede prohibir a las agencias de empleo privadas facilitar uno o más servicios relacionados con la búsqueda y las ofertas de empleo en lo que respecta a ciertas categorías de trabajadores o a determinados ámbitos de la actividad económica. En el Convenio también se estipula que las agencias de empleo privadas no han de cobrar a los trabajadores ni directa ni indirectamente, ni en todo ni en parte, ningún tipo de honorario o tarifa. No obstante, en interés de los trabajadores afectados, podrán autorizarse excepciones respecto de determinadas categorías de trabajadores y de determinados servicios prestados por dichas agencias. Ha de suministrarse a la OIT información acerca de dichas excepciones y motivarlas debidamente. Se invita a los Estados Miembros que ratifiquen el Convenio a garantizar la protección adecuada a los trabajadores empleados por las agencias de empleo privadas en materia de libertad sindical; negociación colectiva; salarios mínimos; tiempo de trabajo y demás condiciones de trabajo; prestaciones de seguridad social obligatorias; acceso a la formación; seguridad y salud en el trabajo; indemnización en caso de accidentes de trabajo o enfermedad profesional, indemnización en caso de insolvencia y protección de los créditos laborales; protección y prestaciones de maternidad y protección y prestaciones parentales.
El examen que está realizando la OIT de las posibles normas internacionales del trabajo sobre «el trabajo en subcontratación» despierta especial interés entre los artistas intérpretes, periodistas y otros profesionales. Muchos trabajadores de los medios de comunicación y del espectáculo son subcontratados o contratados por períodos cortos. La falta de continuidad en el empleo, junto con la a menudo denominada condición de empleo «independiente», pueden implicar que permanecen al margen de los sistemas de seguridad social y que disponen de un acceso restringido a prestaciones tales como las vacaciones pagadas, la protección de la maternidad y la protección de la seguridad y la salud.
En la Conferencia Internacional del Trabajo de junio de 1998 se celebró el segundo debate sobre la creación de posibles nuevas normas para regular el recurso a la subcontratación. En un informe que se le presentó se señalaba que el aumento de la competencia, la mundialización, las nuevas tecnologías y la reestructuración habían tenido gran incidencia en las relaciones entre empleadores y trabajadores. Cada vez más el empleo tradicional, a largo plazo y estructurado estaba cediendo terreno a la subcontratación de trabajadores, con la consiguiente aparición de nuevos enfoques de los derechos de los trabajadores, así como de los factores sociales y de seguridad. Los empleadores estaban recurriendo a la subcontratación con el fin de incrementar la productividad, reducir los costos fijos y aumentar la flexibilidad. Los trabajadores se sentían inquietos ante la perspectiva de que la subcontratación limitase el acceso a prestaciones tales como la jubilación o el subsidio de enfermedad, y señalaron que los trabajadores subcontratados eran especialmente propensos a sufrir accidentes laborales y a contraer enfermedades profesionales.
Se propuso que la nueva norma internacional se centrase en garantizar la protección adecuada a los trabajadores subcontratados, probablemente estableciendo medidas encaminadas a: prevenir los accidentes y lesiones de los trabajadores subcontratados; facilitar protección en lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones financieras para con ellos; garantizar que no se rechazan o evitan los derechos u obligaciones en el marco de la legislación laboral y social cuando se recurre a la subcontratación; y promover la igualdad de trato entre los trabajadores subcontratados y aquellos que gozan de relaciones de empleo reconocidas.
En general, se estaba de acuerdo en que la subcontratación constituía un fenómeno en auge. Muchos trabajadores no gozaban de la protección adecuada debido a la ambigüedad de su situación jurídica, la cual se ampliaba y diversificaba a medida que se desarrollaban nuevas tecnologías y formas de organización y producción del trabajo, junto con una competencia más ardua, la mundialización de la economía y la actual crisis del empleo. Los delegados asistentes a la Conferencia señalaron que la situación de esos trabajadores debería contemplarse en las normas internacionales del trabajo y que todos los trabajadores, independientemente de su situación laboral, deberían recibir la misma protección en lo que respecta al derecho a sindicarse y a negociar colectivamente, a la discriminación y a la edad mínima.
No obstante, los delegados manifestaron diferencias en cuanto a la definición de «trabajo en subcontratación» y al alcance del instrumento propuesto; aunque éste se podría aplicar a todos los trabajadores subcontratados, se excluiría a aquellos que cuentan con contratos de empleo reconocidos con empresas usuarias y a los trabajadores de empresas de empleo privadas que se ponen a la disposición de empresas usuarias para su subcontratación. A causa de los problemas conceptuales y de definición, los esfuerzos realizados con miras a establecer un nuevo convenio no bastaron para obtener el consenso necesario. Por ello, los delegados transmitieron nuevamente este asunto al Consejo de Administración de la OIT, para que éste lo volviese a examinar y adoptaron una resolución en la que se invitaba al Consejo de Administración a incluir estas cuestiones en el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo antes del año 2002, de cara a la posible adopción de normas. Para continuar con la labor en materia de subcontratación iniciada por la Conferencia, se proyectó celebrar una reunión de expertos (en la que participarían profesores de universidad y profesionales del mundo del derecho, que estudiarían qué trabajadores precisan protección, las formas adecuadas de protegerlos, y cómo definir a estos trabajadores) para llevar a cabo actividades preparatorias de la Conferencia, estudios de investigación y reuniones informales en Africa, Asia, Europa central y oriental y América Latina, así como una reunión internacional de expertos.
En 1998, los delegados asistentes a la Conferencia Internacional del Trabajo adoptaron una solemne Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, por la que los 174 Estados Miembros de la Organización se comprometían a respetar los principios y derechos contenidos en las principales normas de trabajo y a promover su aplicación universal de buena fe, en lo que respecta a: la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y la ocupación.
Contrariamente a los convenios, que sólo obligan a los Miembros que los ratifican, la Declaración se aplica a todos los países que han aceptado la Constitución de la OIT, independientemente de que hayan ratificado o no los convenios fundamentales. Asimismo, sirve de punto de referencia a toda la comunidad mundial -- organizaciones de empleadores y trabajadores, legisladores, organizaciones no gubernamentales, empresas a escala mundial y otras organizaciones internacionales. Da instrucciones a la OIT para que aliente a otras organizaciones internacionales con las que ha establecido relaciones a que contribuyan a crear un entorno favorable de desarrollo económico y social en un espíritu de respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Las memorias anuales que han de presentar los gobiernos que todavía no han procedido a la ratificación de uno o varios convenios fundamentales aportarán una nueva fuente de información sobre las necesidades de los Estados Miembros en lo que se refiere a la aplicación real de estos principios y derechos fundamentales. Mediante un informe global, que cada vez versará alternadamente sobre una de las cuatro categorías de principios y derechos fundamentales, se evaluarán las tendencias generales y la eficacia del apoyo técnico de la OIT y se sentarán las bases a partir de las cuales el Consejo de Administración determinará las prioridades en materia de cooperación técnica y los planes de acción futuros, con objeto de prestar asistencia a todos los Estados Miembros en sus esfuerzos por promover estos principios y derechos fundamentales. Un empleador manifestó que la Declaración es «un paso extremadamente importante en la dirección adecuada... que vuelve a confirmar los principios fundamentales de los convenios sin restringirlos y sin hacer salvedades... La Declaración adquirirá cada vez más importancia debido a que en ella se exponen principios generales de gran relevancia sin excesivas limitaciones normativas»(1).
En 1999, se puso en marcha un nuevo programa InFocus de promoción de la Declaración de la OIT y su seguimiento que englobará: campañas de educación y en los medios de comunicación; realización de estudios sobre el modo en que cada uno de los principios y derechos guarda relación con el crecimiento económico, la creación de empleo, la reducción de la pobreza y la igualdad entre los sexos; asesoramiento normativo en lo relativo a la creación de puestos de trabajo y la protección social inherentes al respeto de los principios y derechos fundamentales; apoyo jurídico para reforzar la facultad de los legisladores y de la administración del trabajo; y mayor intervención de las organizaciones de empleadores, los sindicatos y las asociaciones de la sociedad civil, así como de los organismos regionales e internacionales.
Proteger a los trabajadores frente a los accidentes y enfermedades, y garantizar un ambiente de trabajo seguro y saludable, son temas que se recogen en las cerca de 60 normas de la OIT -- la cifra más elevada en relación con un único ámbito. Orientan la política nacional y la acción a la creación de un medio ambiente de trabajo sano y saludable, la protección del bienestar y la dignidad de los trabajadores, sin olvidar la supervisión necesaria de los procedimientos de seguridad en lo que se refiere al uso peligroso de maquinaria y equipos. Entre estas normas figura el Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) y la Recomendación núm. 164, el Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo, 1985 (núm. 161) y la Recomendación núm. 171; y el Convenio sobre la prevención de accidentes industriales mayores, 1993 (núm. 174) y la Recomendación núm. 181. Asimismo, ofrecen protección contra agentes particulares (cerusa, radiaciones, benceno, asbesto y productos químicos) el cáncer de origen profesional, el uso de maquinaria y los riesgos específicos en el medio ambiente de trabajo.
Dos convenios recientes se ocupan también del tiempo y las condiciones de trabajo. En el Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial, 1994 (núm. 175) se exige a los Estados que lo ratifiquen adoptar medidas para garantizar que los trabajadores a tiempo parcial reciben la misma protección que aquellos trabajadores a tiempo completo que realizan una tarea similar con respecto a la libertad sindical, la seguridad y salud en el trabajo y la discriminación en el empleo. También se requiere que se adopte un enfoque proporcional en cuanto al salario mínimo de los trabajadores a tiempo parcial. Hace un llamamiento para que se tomen medidas con el propósito de garantizar que los trabajadores a tiempo parcial se benefician de condiciones equivalentes a las de los trabajadores a tiempo completo que realizan una tarea similar, en lo que respecta a la protección de la maternidad, la terminación de la relación de trabajo, la licencia anual remunerada y los días festivos y el permiso por enfermedad. El Convenio se complementa con la Recomendación núm. 182. En el Convenio sobre el trabajo a domicilio, 1996 (núm. 177) se exige a los Estados que lo ratifiquen adoptar, aplicar y revisar periódicamente una política nacional sobre el trabajo a domicilio encaminada a mejorar la situación de estos trabajadores. En la medida de lo posible, la política nacional promoverá la igualdad de trato entre los trabajadores a domicilio y otros asalariados. El Convenio se complementa con la Recomendación núm. 184.
La protección internacional de las actuaciones,
los organismos de radiodifusión y los artistas
intérpretes: la Convención de Roma
En este contexto de actividades normativas y en calidad de miembro de la Secretaría de la Convención de Roma, la OIT ha participado en el proceso por el que se pretende mejorar la protección que reciben los artistas intérpretes, periodistas y otros profesionales, garantizándoles la protección adecuada en un entorno donde las tecnologías evolucionan con rapidez, de convergencia de los multimedia y de mundialización de los medios de comunicación y los espectáculos. Tras la adopción, en 1996, del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT), la OIT ha seguido de cerca, como observador, los avances en lo que se refiere a la posible adopción de un instrumento de la OMPI relativo a la protección de las interpretaciones audiovisuales, así como las recientes propuestas sobre la protección de los derechos de los organismos de radiodifusión.
La OIT tomó nota con interés de los resultados del estudio que había pedido el Comité Intergubernamental de la Convención de Roma en su decimosexta reunión ordinaria celebrada en París en 1997, sobre la relación de la Convención de Roma, el WPPT y el Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), así como de la comparación entre éstos. También observó atentamente las propuestas relativas a los posibles ámbitos de revisión de la Convención de Roma, con miras a ponerla al día, cubrir las continuas lagunas en sus ámbitos de competencia, equipararla a otros instrumentos creados desde su adopción y, en particular, garantizar que se establece un equilibrio justo entre los intereses de los distintos titulares de derechos. En su reunión de noviembre de 1999 el Consejo de Administración de la OIT recibió información sobre este estudio y sobre el debate que tuvo lugar en la decimoséptima reunión del Comité Intergubernamental de la Convención de Roma.
A partir del decenio de 1920, se celebraron debates internacionales sobre los derechos conexos, o los derechos de los artistas intérpretes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión que se consideraban similares, o «conexos» al derecho de autor. Al final, estos debates dieron lugar a la adopción, en 1961, de la Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión (conocido como la Convención de Roma), adoptada en Roma por una conferencia diplomática de gobiernos el 26 de octubre de 1961, y de cuya administración se encarga la OIT, junto con la UNESCO y la OMPI. La Convención aborda el tema de la protección de los derechos conexos, el cual se plantea cuando se efectúa una contribución a una obra original (para la que existe una protección considerable del derecho de autor) mediante actuaciones, grabaciones y su radiodifusión, creando así otras obras protegidas (grabaciones de audio, entre ellas discos, casetes y discos compactos). Cabe destacar que al abarcar sólo los fonogramas y dejar de lado las producciones de cine o televisión, la Convención limita la definición de grabaciones al registro auditivo de sonidos, es decir, se excluyen las imágenes. La interconexión entre los tres titulares de derechos que han de protegerse (artistas intérpretes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusión) y la necesidad de establecer un equilibrio entre los tres llevó a la creación de una convención independiente sobre los derechos de los tres titulares en un instrumento, algo sin precedentes en los convenios internacionales del ámbito de la propiedad intelectual.
En la época en que se adoptó la Convención de Roma, muchos países poseían solamente una legislación que concedía derechos a uno o dos de los beneficiarios. En la Convención de Roma se contemplaban los derechos de los tres: artistas intérpretes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusión. Puesto que se trataba de una convención pionera, muchos países tuvieron que promulgar leyes a fin de crear derechos mínimos antes de ratificar la Convención. Por ello, la evolución de la Convención, como indican las ratificaciones, fue más lenta que en el caso de otros convenios. Hasta la fecha, ha sido ratificada por 61 Estados, cerca de la mitad en el decenio de 1990. La Convención ha tenido gran influencia, lo que demuestra el hecho de que otros países hayan promulgado leyes para conceder derechos o derechos complementarios a uno o más de los tres beneficiarios de la Convención, en muchos casos por primera vez.
En el marco de la Convención de Roma, los artistas intérpretes (actores, cantantes, músicos, bailarines y otras personas que desempeñen tareas literarias o artísticas) están protegidos contra ciertos actos que no han autorizado, tales como: la radiodifusión y comunicación al público de su actuación en directo; el registro de su actuación en directo; la reproducción de dicho registro cuando el original se obtuvo sin su consentimiento o cuando la reproducción se realiza con fines distintos a los que se tenían presentes en el momento de conceder la autorización. En la práctica, los artistas intérpretes sólo cuentan con la posibilidad de evitar la grabación original en un primer momento. Algunos países de Europa y América Latina han decidido conceder derechos más amplios a los artistas intérpretes con respecto a los registros audiovisuales, pero son una minoría comparados con el conjunto de las partes que se adhirieron a la Convención de Roma.
Los productores de fonogramas disfrutan del derecho de autorizar o prohibir la reproducción directa o indirecta de sus fonogramas. Según la definición de fonogramas que figura en la Convención de Roma, éstos constituyen exclusivamente el registro auditivo de sonidos de una actuación o de otros sonidos. Cuando un fonograma publicado con fines comerciales da lugar a usos secundarios (tales como la radiodifusión o la comunicación al público en cualquier forma), el usuario ha de abonar una única remuneración equitativa a los ejecutantes, a los productores de fonogramas, o a ambos; ahora bien, los Estados que ratifiquen la Convención pueden decidir no aplicar esta norma o bien limitar su aplicación.
Los organismos de radiodifusión disfrutan del derecho a autorizar o prohibir ciertos actos, a saber: la redifusión de sus emisiones; su registro; la reproducción de los registros y la transmisión al público de sus emisiones televisivas si dicha transmisión se realiza en lugares a los que el público sólo puede acceder pagando una entrada.
Dejando de lado una serie de excepciones, en la Convención de Roma se estipula que, una vez que un ejecutante ha dado su consentimiento para que su actuación se incorpore a un registro visual o audiovisual, las disposiciones sobre los derechos de los ejecutantes ya no tienen aplicación. La protección ha de durar al menos hasta el fin de un período de 20 años calculados a partir del final del año en el que a) se realizó el registro, en el caso de los fonogramas y de las producciones incorporadas a él; b) tuvo lugar la actuación, en el caso de actuaciones no incorporadas a los fonogramas; c) se llevó a cabo la radiodifusión, en el caso de emisiones. (No obstante, es cada vez más frecuente que las leyes nacionales contemplen una protección por un período de 50 años, al menos en el caso de los fonogramas y de las interpretaciones.)
Actividades de otras organizaciones
internacionales en este ámbito
Las principales organizaciones que tratan cuestiones culturales y de propiedad intelectual relacionadas con los medios de comunicación y las industrias del espectáculo son la UNESCO, la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) y la OMC (Organización Mundial del Comercio). La OCDE y la Unión Europea también intervienen en asuntos relacionados con la tecnología de la información, especialmente en el comercio electrónico y en el establecimiento de una política audiovisual, temas que guardan relación con las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo.
Las actividades realizadas por la OMPI en el campo de los derechos de la propiedad intelectual desde la Convención de Roma han llevado a la adopción de una serie de instrumentos relacionados: el Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la Reproducción no Autorizada de sus Fonogramas (1971); el Convenio sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidos por satélite (1974); el Acuerdo entre la OMPI y la OMC sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC, 1995) y el Tratado sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT, 1996). En este último tratado se contempla una mayor protección de los artistas intérpretes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, pero la exclusión de su aplicación general a las producciones audiovisuales es un tema que suscita gran inquietud. La protección de los derechos de los artistas intérpretes y otros titulares de derechos en relación con las producciones audiovisuales reviste una importancia capital en la actual industria del espectáculo, ya que la digitalización crea posibilidades ilimitadas de copiar, reproducir, crear, reutilizar, etc., las obras de los artistas intérpretes. En estos momentos, la OMPI está trabajando en la redacción de un Protocolo del Tratado en lo que respecta a las producciones audiovisuales. Una de las cuestiones más controvertidas que hay que resolver es la propuesta de que el Protocolo contemple una presunción de la transferencia automática de los derechos del artista intérprete cuando sus actuaciones se graban o «fijan» en producciones audiovisuales.
El Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), que entró en vigor el 1.º de enero de 1995, abarca el derecho de autor y los derechos conexos (derechos de los artistas intérpretes, productores de grabaciones sonoras y organismos de radiodifusión), marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicios incluidas; indicaciones geográficas, entre ellas las apelaciones de origen; dibujos y modelos industriales; patentes, que abarcan la protección de los nuevos tipos de maquinaria; esquemas de trazado de los circuitos integrados; y la información no divulgada, que comprende secretos comerciales y datos de prueba. Sus objetivos generales son: reducir las distorsiones del comercio internacional y los obstáculos al mismo, fomentar una protección eficaz y adecuada de los derechos de propiedad intelectual y asegurarse de que las medidas destinadas a hacer respetar dichos derechos no se conviertan a su vez en obstáculos al comercio legítimo. Abarca las normas, el respeto y la solución de las diferencias, fijando normas mínimas de protección que aplicarán todos los miembros. Al igual que en los convenios de propiedad intelectual ya existentes(2), la obligación fundamental de los países miembros es conceder el trato previsto en este Acuerdo, en lo que respecta a la protección del derecho de propiedad intelectual, a las personas de los demás miembros, denominadas «nacionales», incluyendo a las personas físicas o jurídicas que tienen un estrecho vínculo con otros miembros, sin ser necesariamente nacionales.
En el Acuerdo también se contempla la introducción de las normas fundamentales sobre el trato nacional y el de la nación más favorecida de los nacionales extranjeros, que es común a todas las categorías de propiedad intelectual contempladas en el Acuerdo. Mientras que la cláusula del trato nacional prohíbe la discriminación entre los propios nacionales de un miembro y los nacionales de los demás miembros, la cláusula del trato de la nación más favorecida prohíbe la discriminación entre los nacionales de los demás miembros. En el marco de los procedimientos de solución de conflictos, cabe señalar que ha habido pocos casos desde la entrada en vigor del ADPIC. El primero se produjo en 1996, cuando los Estados Unidos manifestaron que el régimen de derecho de autor del Japón para la protección de la propiedad intelectual de grabaciones sonoras no respetaba las disposiciones del Acuerdo ADPIC. Las Comunidades Europeas también pidieron que se realizasen consultas y manifestaron que este caso tenía un interés comercial sustancial en lo que se refiere, entre otras cosas, a las partes pertinentes del repertorio de la popular música de los Beatles, los Rolling Stones, Rod Stewart y James Last, así como del repertorio de música clásica de Karl Böhm, Herbert von Karajan, Leonard Bernstein, Sir Georg Solti y las orquestas filarmónicas de Viena y Berlín. A partir de los datos que poseían y de las observaciones del mercado japonés, la industria europea calculaba que el valor de las copias no autorizadas de grabaciones europeas superaba los 100 millones de ecus. En 1996, Japón enmendó su ley de derecho de autor para otorgar protección a las actuaciones realizadas en un miembro de la OMC y a las grabaciones sonoras existentes que se registraron por primera vez en un miembro de la OMC, o bien registradas por un nacional de un miembro de esta Organización, durante un período de, al menos, 50 años; también se preveía que este período de protección se podría extender a las grabaciones sonoras ya existentes que todavía no disfrutaban de una protección total en el país de origen o en el que se buscaba la protección. En base a esto, Japón y Estados Unidos decidieron poner fin a las consultas y éste último retiró el caso.
Los servicios audiovisuales que se tratan en el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS) no se incluyen en las disciplinas del trato nacional y de acceso al mercado. En enero del 2000, la OMC iniciará una nueva ronda de consultas sobre el GATS 2000. El Acuerdo ADPIC tendrá que ser revisado y, posiblemente, deberá enmendarse.
La UNESCO alienta a los gobiernos a adoptar medidas que promuevan la creatividad e incrementen la producción de obras literarias, científicas, musicales y artísticas en el ámbito nacional, con miras a reducir la dependencia de las fuentes extranjeras. Un primer paso sería ayudarles a elaborar leyes y políticas legislativas adecuadas e incitarles a adherirse a los distintos convenios internacionales sobre la protección del derecho de autor y los derechos conexos. Los convenios y recomendaciones administrados por la UNESCO en este ámbito son: la Convención Universal sobre Derecho de Autor (Ginebra, 1952, revisado en París en 1971), la Recomendación sobre la protección jurídica de los traductores y de las traducciones y sobre los medios prácticos de mejorar la situación de los traductores (aprobada en 1976), la Recomendación relativa a la condición del artista (aprobada en 1980) y la Recomendación sobre la salvaguardia de la cultura tradicional y popular (aprobada en 1989). En la Recomendación relativa a la condición del artista se hace un llamamiento a los Estados miembros para que presten su apoyo a los artistas, fomenten sus oportunidades de empleo y busquen formas de extender la protección jurídica a los artistas en lo que respecta a las condiciones de trabajo y empleo definidas por las normas de la OIT.
Ultimamente la OCDE ha emprendido iniciativas y entablado discusiones sobre temas específicos directamente relacionados con el sector audiovisual, tales como las normas multilaterales sobre inversión, las transacciones invisibles y el comercio electrónico. Los miembros de la OCDE iniciaron una reflexión sobre el comercio electrónico, cuyo aspecto más destacado fue la Conferencia Ministerial de Ottawa celebrada en octubre de 1998, donde se reunieron los ministros de los gobiernos miembros de la OCDE, observadores procedentes de países no miembros, los directores de las principales organizaciones internacionales, dirigentes industriales y representantes de los consumidores, los trabajadores y los intereses sociales, con el propósito de avanzar en sus proyectos de promover el desarrollo mundial del comercio electrónico.
La OCDE administra instrumentos relacionados con la inversión internacional, las transacciones invisibles y el movimiento de capital, tales como los códigos de liberalización, que son vinculantes por ley, o las directrices dirigidas a las empresas multinacionales. La falta de consenso con respecto al Acuerdo Multilateral sobre Inversiones (AMI) en 1998, ha hecho que la OCDE posponga la elaboración de normas multilaterales sobre la inversión extranjera directa.
La Unión Europea está estudiando una propuesta de enmienda de la Directiva sobre derecho de autor y derechos conexos en la sociedad de la información, presentada por la Comisión Europea el 21 de mayo de 1999, a fin de allanar la senda para la protección del derecho de autor en el nuevo contexto, en especial el derecho de reproducción de comunicación al público y de distribución y la protección jurídica de los sistemas anticopias y de gestión de derechos, manteniendo al mismo tiempo un equilibrio entre todos los derechos e intereses que se hallan envueltos. La directiva propuesta seguiría requiriendo que los Estados miembros faciliten operadores de redes, excepto en los casos del derecho de reproducción, para determinados actos técnicos de reproducción (por ejemplo, ciertas copias de memoria «cache» que aparecen durante las transmisiones en Internet) y reconocería que los Estados miembros pueden proporcionar una indemnización justa a los titulares de derechos por las copias realizadas con medios análogos o digitales en un ámbito privado, de conformidad con sus tradiciones y prácticas jurídicas. Adaptaría y completaría el marco actual de la Unión Europea sobre derecho de autor y derechos conexos con el fin de responder a los nuevos desafíos de la tecnología y la sociedad de la información, para beneficio tanto de los titulares de derechos como de los usuarios. En especial, estimularía la creatividad e innovación al garantizar que la música, las películas y todos los materiales protegidos por el derecho de autor reciben la protección adecuada en todo el mercado único, facilitando a la vez el comercio transfronterizo de bienes y servicios protegidos por el derecho de autor, concretamente los productos y servicios ICT (tanto los portadores en línea como los físicos, tales como los discos compactos). Contribuiría al desarrollo armonioso de la sociedad de la información a nivel mundial al dar respuesta a los principales requisitos del ADPIC y del WPPT.
La acción de la OIT en el sector de los medios
de comunicación y del espectáculo
Para la OIT, el principal acontecimiento de los últimos años ha sido la celebración del Coloquio sobre la convergencia de los medios de comunicación múltiples (multimedia) que generó un debate muy apasionante. La Oficina también ha proporcionado apoyo financiero y técnico a las organizaciones de artistas intérpretes y de periodistas. En un estudio apoyado por la OIT y realizado por la Federación Internacional de Músicos (citado en el capítulo 4) en Asia, Africa y las Américas, se subrayaba que, a excepción del Japón y de contados países de América Latina, la mayor parte de los músicos de esas regiones vivían en condiciones muy precarias. Como la condición laboral de los músicos a menudo era la de «independientes», era frecuente que no estuviesen cubiertos por los sistemas de seguridad social. Asimismo, en el estudio se observaba el incremento del desempleo entre los músicos. Mientras que la actividad comercial en las grabaciones musicales y en la distribución aumentaba en estas regiones, las sociedades cobradoras permanecieron en una situación de gran subdesarrollo. Debido al precario carácter de los contratos de los músicos, la organización sindical se había limitado y se determinó la necesidad de brindar asistencia para mejorar la protección de los músicos de los países en desarrollo. Además del estudio, en 1998-1999 se impartió formación destinada a músicos de América Latina y Africa sobre organizaciación sindical y negociación colectiva. Del mismo modo, se proyecta impartir una formación similar en la región de Asia y el Pacífico.
La Oficina dio su apoyo a un estudio realizado por la Federación Internacional de Actores (citado en los capítulos 2, 3 y 4), en el que se examinaba la internacionalización y la financiación de la producción audiovisual, la organización de actores, las prácticas de contratación, la negociación colectiva y los permisos de trabajo y los procesos de inmigración en la producción audiovisual. En el estudio se indicaba que la creciente movilidad de producción, así como la financiación de las producciones internacionales, dificultaban cada vez más a los sindicatos de actores la tarea de organizarse y aplicar los convenios colectivos. Con el propósito de beneficiarse de la expansión de la producción audiovisual en todo el mundo, los sindicatos de artistas intérpretes necesitaban desarrollarse individual y colectivamente. Esto podría lograrse a través de la asistencia técnica para respaldar la evolución de la educación sindical; el diseño de una serie de contratos modelo reconocidos internacionalmente para su utilización en las producciones internacionales; la exploración de normas mínimas reconocidas internacionalmente para el empleo de artistas intérpretes; y el fomento de la adhesión a los convenios colectivos por parte de los productores y la promulgación de estas disposiciones a través de acuerdos internacionales de coproducción y planes gubernamentales de subsidio. En 1999, la Oficina participó en una conferencia internacional sobre actuaciones en directo, celebrada en Lisboa, en la que se examinaron cuestiones relativas al empleo, la seguridad y la salud, la producción multinacional y la sindicación en el teatro, la ópera y la danza.
La Oficina también prestó su apoyo a la preparación de un estudio mundial sobre el empleo y las condiciones de trabajo de los periodistas independientes, realizado en 1998-1999 por la Federación Internacional de Periodistas, que engloba acuerdos colectivos y el papel de los sindicatos a la hora de prestar asistencia y organizar a los periodistas independientes (véase el capítulo 4).
9. Diálogo social en las industrias de los medios
de comunicación y del espectáculo
¿Cómo puede una fuerza de trabajo cada vez más fragmentada y precaria, con una identidad mucho más débil que antes, encontrar formas de organizarse efectivamente? ¿De qué manera pueden obrar de consuno los empleadores para asegurarse de que se mantengan o mejoren tanto la productividad como la remuneración y las condiciones de trabajo, y para garantizar también una formación y niveles de calificación adecuados y mejorar al mismo tiempo el rendimiento de sus empresas, en un entorno mundializado y altamente competitivo?
La revolución de la información ha sacudido los fundamentos de la estructura económica de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo, ha acabado con muchos supuestos y ha suscitado nuevas esperanzas y expectativas. Los mecanismos de supervivencia desarrollados en décadas pasadas, tales como las relaciones de empleo relativamente estables, los convenios colectivos, la representación de los trabajadores, la formación en el puesto de trabajo a cargo del empleador y los regímenes de seguridad social de financiación mixta (en algunos países o sectores de estas industrias) se han visto menoscabados por una combinación de factores entre los que se incluyen la mundialización, la precarización del empleo y la convergencia de los medios de comunicación. En consecuencia, las nuevas formas de diálogo social, que en algunos casos son transfronterizas y utilizan a menudo esas tecnologías, resultarán útiles para buscar soluciones socialmente aceptables para los problemas relacionados con el trabajo.
La negociación colectiva no puede seguir el ritmo de la evolución tecnológica y de los otros cambios que tienen lugar en la industria y la sociedad en su conjunto. La fuerza de trabajo está mucho más fragmentada que antes, las empresas recurren ahora a la subcontratación externa de servicios que antes formaban parte de su actividad, y se requieren nuevas formas de diálogo social y de interacción, para las que habrá cada vez más campo en estas industrias dado que se acelera el ritmo de los cambios estructurales y tecnológicos. Algunas empresas tienen una integración vertical de toda la cadena de producción, y los empleadores son ahora en muchos casos conglomerados extranjeros de empresas multinacionales de medios de comunicación múltiples, sin mucho arraigo en cada sector específico. Los sistemas tradicionales de relaciones laborales basados en la negociación colectiva en cada una de las distintas ramas de actividad se han debilitado en muchos países. Hasta hace poco, las complejas relaciones de trabajo de estas industrias dificultaban la comunicación entre las organizaciones de trabajadores de los distintos sectores, grupos profesionales y jurisdicciones. Estas organizaciones desarrollaban su labor relativamente aisladas unas de otras, aunque los hechos parecen indicar que el proceso de convergencia y otros factores han fomentado un diálogo de base más amplia entre los distintos sectores(1). Se han hecho progresos con miras al agrupamiento en diversos niveles de sindicatos y federaciones de diferentes medios profesionales y sectoriales en el contexto de la convergencia de los medios de comunicación(2), y esos agrupamientos contribuyen a mejorar las perspectivas para entablar un diálogo fructífero, por ejemplo, en el ámbito de la Unión Europea. Las reuniones asistidas por computador para sindicalistas del sector del teletrabajo constituyen una nueva forma de organización, pero falta aún concretar la negociación en conexión directa en el «ámbito de la empresa».
El diálogo social puede abarcar los temas siguientes: la protección de los trabajadores y el fomento del desarrollo y la competitividad de las empresas; la satisfacción de las exigencias de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo en materia de calificaciones; formas de asegurar la diversidad cultural; la lucha contra la reproducción de material no autorizada; la defensa de las obligaciones legales en materia de seguridad y salud en el trabajo, seguridad social, igualdad de oportunidades y remuneración de los titulares de derechos de autor, y cómo facilitar el intercambio de información entre los interlocutores sociales (y la sociedad civil). De hecho, la red Internet y el correo electrónico ofrecen un campo cada vez mayor para la comunicación y la organización en el plano sectorial e internacional: el Sindicato de Trabajadores de las Industrias Gráficas, del Papel y de los Medios de Comunicación (GPMU) del Reino Unido ha organizado a un número creciente de personas que trabajan en la red de Internet, ya sea en su casa o en pequeñas empresas, mediante el correo electrónico, y su sitio en la red recibe consultas de trabajadores de todo el mundo(3). La convergencia de los medios de comunicación y la índole cada vez más internacional de estas industrias lleva a pensar que es necesario crear nuevas formas de diálogo social, y la UIT podría desempeñar un papel útil en ese sentido si logra reunir a esos grupos para discutir sus problemas y buscar juntos soluciones aceptables en los planos regional y mundial.
El diálogo social está comenzando a desarrollarse en las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo de la Unión Europea en tres niveles. En primer lugar, los comités de empresa europeos establecidos de acuerdo con una directiva de la Comisión Europea reúnen a representantes de los trabajadores y de la dirección de toda empresa que emplee 1.000 trabajadores o más en un país de la Unión Europea y más de 100 en otros casos; los trabajadores cuentan así con un derecho de información y de consulta y tienen además la posibilidad de organizarse internacionalmente. No obstante, hasta ahora hay pocos ejemplos de este tipo de comités en el sector de los medios de comunicación y del espectáculo (radio televisión Luxemburgo tiene uno y canal Plus está organizando otro). En el sector de las industrias gráficas existen comités de esta índole. Así, por ejemplo, la multinacional Quebecor con sede en Canadá, que es ahora la mayor empresa impresora del mundo tras la reciente adquisición de la empresa estadounidense World Color, acordó establecer un comité de empresa europeo antes de la incorporación de la directiva europea sobre los comités de empresa europeos en la legislación británica. Quebecor propuso que el organismo especial de negociación se integrase con funcionarios sindicales a tiempo completo que representen a los trabajadores de cada país en los que tiene sitios de producción (Finlandia, Francia, Portugal, Reino Unido, Suecia, y posiblemente Alemania, y un representante de la Federación Gráfica Europea). La primera reunión del organismo especial de negociación debía tener lugar en noviembre de 1999(4).
En segundo lugar, en el plano sectorial hay un mecanismo para el diálogo social internacional en cuyo marco se celebran reuniones financiadas por la Comisión Europea. En dichas reuniones se discuten generalmente cuestiones relacionadas sobre todo con la formación y la seguridad del empleo y no tanto con la remuneración. Así, se han llevado a cabo reuniones de comisiones de diálogo social en las que han participado la Unión Europea de Radiodifusión (por parte de los empleadores) y EURO-MEI (por parte de los trabajadores) sobre el futuro de la radiodifusión pública. En el sector del teatro en 1999 se celebraron reuniones con la Liga Europea de Asociaciones de Empleadores del Sector de las Artes Interpretativas (PEARLE) (por parte de los empleadores) y la Alianza Europea de Espectáculos (por parte de los trabajadores). En septiembre de 1999, la comisión de diálogo social en el sector de las artes interpretativas acordó considerar como cuestión principal en el marco del diálogo social la promoción de las artes interpretativas; para ello hay que buscar medios de incrementar la audiencia y el empleo en el sector, examinar las prácticas y normas que resulten eficaces para promover las interpretaciones en directo, centrarse en la libre circulación de los intérpretes en Europa, convenir una estrategia común de movilización, y desarrollar una red de comisiones nacionales para apoyar las interpretaciones en directo. Se está proyectando la creación de otras comisiones de ese tipo para la producción cinematográfica y televisiva y para la publicidad(5). Según la Federación Gráfica Europea, en el sector de las industrias gráficas el diálogo social estaba paralizado en el contexto europeo (al parecer, los empleadores no habían querido apoyar la solicitud de crear una comisión europea para el diálogo social, pero había cada vez más interés por incorporar una dimensión europea en los convenios colectivos nacionales de este sector). Cabe señalar, no obstante, una nota más positiva: la Federación Gráfica Europea y la organización de empleadores INTERGRAF (Confederación Internacional de las Industrias Gráficas) participan en tres proyectos: un estudio sobre la competitividad de las industrias gráficas europeas, una propuesta para crear una plataforma en la red de Internet a fin de proporcionar una amplia serie de datos sobre las industrias gráficas y el sector de los medios de comunicación, y un proyecto de investigación sobre las calificaciones y los tipos de puestos de trabajo en las industrias gráficas y en el campo de la tecnología de la información(6).
En tercer lugar, existe una instancia de diálogo social al más alto nivel entre la Confederación Europea de Sindicatos y los empleadores, pero hay muy pocas probabilidades de que esto tenga repercusiones en un sector en el cual hay relativamente pocos empleados y problemas muy específicos.
En los países en desarrollo, el diálogo social se enmarca en el contexto de los grandes cambios tecnológicos en el plano internacional, la adversidad económica y la rápida evolución cultural. Por ello, es imperativo que los gobiernos, las organizaciones de empleadores y las organizaciones de trabajadores impulsen el diálogo social con el fin de promover sistemas adecuados de relaciones de trabajo que creen una forma equitativa de repartir las ventajas y los sacrificios resultantes del cambio. En muchos países, sin embargo, las instituciones democráticas y las estructuras necesarias para esto han sido demasiado frágiles o inexistentes(7).
A medida que las modalidades de empleo de los artistas intérpretes y los periodistas tienden a apartarse del empleo relativamente seguro y permanente para orientarse cada vez más hacia el empleo independiente, el empleo por cuenta propia o el trabajo en el sector informal, los trabajadores ya no pueden ampararse en las disposiciones legislativas en materia de seguridad social, incluso en países donde la seguridad social tiene una buena cobertura. Los sindicatos deben esforzarse pues por promover el diálogo social con los empleadores y los gobiernos, a fin de garantizar una cobertura adecuada para todos los trabajadores del sector.
Durante muchos años, los sindicatos centraron generalmente sus esfuerzos en defender los intereses de los trabajadores en términos de remuneración y condiciones de trabajo, pero un número creciente de ellos han incorporado en su cometido los intereses profesionales: por ejemplo, la calidad del trabajo, la formación y las políticas de desarrollo de carrera(8). Por lo que respecta a las pérdidas de empleos en las industrias gráficas, el enfoque tradicional centrado en la remuneración y las condiciones de trabajo supondría, por ejemplo, la intervención de los sindicatos para negociar indemnizaciones por fin de servicios e impedir los despidos forzosos. El enfoque más innovador, centrado en los intereses profesionales, incluye también la negociación con respecto a la readaptación profesional para desempeñar nuevos puestos y la modificación de los programas de estudio de los centros de formación en artes gráficas a fin de brindar a los estudiantes una preparación más amplia para trabajar en las industrias de los medios de comunicación. Dada la disminución del volumen del empleo en las industrias gráficas tradicionales y el aumento del mismo en el sector de los medios electrónicos, el enfoque tradicional no puede ofrecer muchas perspectivas de empleo en las industrias de la información y del espectáculo a los trabajadores del sector gráfico que pierden su empleo, mientras que el nuevo enfoque puede darles esperanzas y perspectivas mediante una nueva formación que complemente o sustituya las calificaciones tradicionales de los trabajadores gráficos.
Algunos sindicatos de trabajadores gráficos reconocieron rápidamente los posibles efectos perturbadores de las ICT, preparados tal vez para esto a raíz de experiencias anteriores con la introducción de la fotocomposición en el decenio de 1970 y de la paginación automática en el decenio de 1980. Algunos se orientaron más hacia los enfoques tradicionales, mientras que otros trataron de utilizar estrategias más innovadoras. Entre los primeros sindicatos que explicaron en qué consistían las autopistas de la información, y lo que esto significaba para el público en general(9), se pueden citar a dos sindicatos estadounidenses: el Sindicato Estadounidense de Trabajadores de las Comunicaciones y la Asociación de Periodistas. Estos sindicatos prestaron mucha atención al peligro de que se produjese un desequilibrio cada vez mayor entre los que «tienen» y los que «no tienen» acceso a la información. La atención que se dedicó a los intereses de los trabajadores se limitó a las cuestiones relativas a la remuneración y las condiciones de trabajo. Los sindicatos sostuvieron que los escritores y otros trabajadores de los medios de comunicación debían recibir una compensación por la utilización múltiple de su trabajo, y protestaron contra el incremento del número de empresas no sindicadas que pagaban una remuneración más baja por hora, sin derecho a jubilación, y recortaban el empleo permanente mediante el recurso a la subcontratación, la contratación por día y el empleo de trabajadores temporales contratados mediante agencias de colocación.
Entretanto, sindicatos alemanes (Deutsche Postgewerkschaft e IG Medien) emprendieron una serie de conferencias y publicaciones conjuntas sobre los medios de comunicación múltiples y de su impacto en el empleo(10) en las que se abordaron esas mismas cuestiones, pero también se examinaron los intereses profesionales de los trabajadores, incluida la propuesta del sindicato IG Medien de establecer una estrategia conjunta para las organizaciones de empleadores y de trabajadores de las industrias gráficas y editoriales, que abarcase los aspectos siguientes: 1) el incremento de la participación de los trabajadores (desarrollo participativo de nuevas tecnologías); 2) políticas de formación activas en el campo de los medios de comunicación múltiples, incluida la formación de los trabajadores que se ocupan de las tareas previas a la impresión, la reconversión profesional de los trabajadores encargados de esas tareas que han perdido su empleo, y la reestructuración del sistema de formación profesional; 3) la reglamentación colectiva de las condiciones de empleo de los teletrabajadores; 4) el asesoramiento y la supervisión de las actividades de los medios de comunicación múltiples, y proyectos piloto impulsados por investigadores en el campo de los estudios laborales; 5) la intensificación del diálogo entre las partes en los convenios colectivos referentes a las políticas aplicadas en el sector(11). Estos temas están inspirados tanto en la función sindical tradicional de proteger a los trabajadores que se encuentran en la situación más vulnerable en el contexto del mercado de trabajo (en este caso, los teletrabajadores) como en un enfoque previsor de la formación en el campo de los medios de comunicación múltiples. Los sindicatos examinaron la cuestión de la formación con respecto a la descripción de puestos, así como al contenido y la estructura de los programas de estudio para los creadores en el campo de los medios de comunicación múltiples.
Los esfuerzos desplegados por los sindicatos para ofrecer nuevas oportunidades a los trabajadores que corren el riesgo de ser víctimas de la rápida evolución de las industrias gráficas dependen también de la buena disposición de los empleadores y de sus organizaciones. No obstante, aunque las organizaciones de empleadores de las industrias gráficas y editoriales están perdiendo miembros y son cada vez menos representativas, es frecuente que desde el punto de vista institucional sigan estando orientadas en función de los sectores tradicionales y no estén muy interesadas en plataformas más amplias que abarquen las industrias de los medios de comunicación. Por otra parte, la organización colectiva es fragmentaria o inexistente en los nuevos sectores de actividad de los medios de comunicación. La falta de interés por negociar acuerdos que abarquen la totalidad de esta industria para hacer frente a los efectos de las ICT y la convergencia podría ser perjudicial para la misma, ya que cuestiones tales como las calificaciones y las competencias son temas de interés común(12). Los gobiernos pueden y deberían hacer más a este respecto y no limitarse únicamente a otorgar subsidios para la investigación, la formación y el desarrollo. El reconocimiento de que la obtención de efectos positivos de las ICT depende de la adaptación institucional debería persuadir a los gobiernos de tomar medidas más eficaces para reunir a los sindicatos y a las organizaciones de empleadores con el fin de examinar y emprender programas de acción conjuntos. Es esencial adoptar un enfoque conjunto para que la sociedad de la información pueda combinar las innovaciones tecnológicas y sociales y lograr un equilibrio entre el rendimiento económico, el trabajo decente y la justicia social.
Las tendencias globales en las industrias relacionadas con las tecnologías de la información y de la comunicación examinadas en este informe indican que la sociedad de la información es ahora una realidad. Cada vez es más abundante el material sobre las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo que afluye a los hogares, los lugares de trabajo y las escuelas, a velocidades cada vez mayores, utilizando una variedad más amplia de medios. Las posibilidades en materia de computadoras que se van desarrollando rápidamente nos permitirán utilizar ese material de un modo con el que antes sólo se hubiera podido soñar. A medida que la próxima generación de pantallas de televisión, integradas con computadoras, nos ofrecen una variedad prácticamente ilimitada de imágenes y sonido de calidad digital, seguirán abriéndose nuevos mercados para películas y programas de televisión y ofreciéndose servicios de Internet suplementarios. Se crearán contenidos adicionales para nuevos formatos, con enfoques innovadores en materia de narración. Mientras tanto, seguirán desarrollándose la red de Internet y otras tecnologías, y queda todavía lugar para los libros, periódicos y otro material impreso.
Las tecnologías de la información han acompañado la mundialización, la privatización, la convergencia de los medios de comunicación múltiples, las reestructuraciones y las fusiones y adquisiciones al transformar el sector de los medios de comunicación y del espectáculo de los países industrializados de manera muy considerable, y en menor grado de los países en desarrollo. Esas tecnologías han ofrecido nuevos empleos, con frecuencia de naturaleza y calidad diferentes de los empleos anteriores, en particular para las personas que proporcionan contenidos creativos, y han concebido nuevos productos, modalidades de trabajo y ocupaciones, sin dejar de aumentar la productividad y la calidad técnica. Al mismo tiempo, esos procesos provocan una reducción del número de empleos, un desplazamiento de trabajadores y la sustitución de las competencias y tecnologías más antiguas. La situación en los países en desarrollo difiere con frecuencia considerablemente de la observada en los países industrializados y ofrece mayores posibilidades de cambio en el futuro. Por consiguiente, debería prestarse atención al análisis caso por caso de la situación existente en cada país. El impacto de las tecnologías sobre esas industrias parece (tal vez) haber mejorado las oportunidades de las mujeres en algunas esferas, pero la información sobre este asunto es demasiado anecdótica para sacar conclusiones claras, mientras que los trabajadores de edad más avanzada parecen haber sido el grupo más afectado por las pérdidas de empleos.
Todos estos cambios forman parte del proceso de desarrollo económico a nivel nacional e internacional, y no pueden invertirse por la nostalgia de una «edad de oro», sino que deberían ser acogidos favorablemente o aceptados en la medida en que haya suficientes contrapesos para garantizar que las ventajas resultantes del desarrollo del sector de los medios de comunicación y del espectáculo se reparten equitativamente, y que se satisfacen los derechos, responsabilidades e intereses de los gobiernos y de las organizaciones de empleadores y de trabajadores. Estos cambios se examinan en los capítulos 2 a 4, por sectores o por grupos profesionales. La mayoría de los gobiernos se ha esforzado por promover las tecnologías de la información y la comunicación, si bien vigilan muy de cerca el contenido de la red de Internet, las normas en materia de competencia y la cuestión de las fusiones y adquisiciones de importantes empresas en esas industrias.
El efecto de las tecnologías de la información y la comunicación en los procesos y el contenido de las películas y la radiodifusión, así como en el empleo de artistas intérpretes de industrias de radiodifusión y de trabajadores del sector de los medios de comunicación y del espectáculo, ha sido por lo general beneficioso en lo que se refiere a la calidad técnica y a la variedad de elección de los consumidores, pero la experiencia en cuanto al contenido, la calidad y la procedencia del material en venta es más contradictoria. El papel de los gobiernos en la radiodifusión se ha vuelto más distante, mientras que en lo que se refiere a la producción de películas se ha observado una evolución en el sentido de atraer a directores de cine extranjeros y de promover los intereses de la industria cinematográfica nacional.
El impacto de las tecnologías sobre las interpretaciones en directo, en lo que se refiere al empleo y los ingresos de los artistas intérpretes, es muy evidente en el caso de los músicos que se ven afectados, entre otras cosas, por el desarrollo de teclados electrónicos y de equipo de música informatizado que pueden reproducir el sonido de una pequeña banda o de una gran orquesta, pero también se han obtenido beneficios como resultado del aumento de la publicidad y de una difusión más amplia de las interpretaciones diferidas que pueden crear una demanda de futuras interpretaciones en directo, y nuevas oportunidades en los medios de comunicación múltiples y en otras actividades en los nuevos medios de información. Parece que los gobiernos desempeñan un papel menos activo que en el pasado en cuanto a la promoción de interpretaciones en directo, si bien hay nuevas iniciativas en materia de creación de empleo para los artistas intérpretes que parecen algo prometedoras.
Para los artistas intérpretes, los progresos tecnológicos pueden representar enormes oportunidades. Su labor diferida estará disponible en todo el mundo simultáneamente. Los autores de la próxima generación de material educativo, informativo y para el sector del espectáculo recurrirán a los artistas intérpretes para hacer realidad sus creaciones. Los artistas intérpretes pueden participar en el enorme potencial económico de los medios de información digitales, pero esto también representa una amenaza. En un mundo en que pueden realizarse copias perfectas y hacerse reproducciones con facilidad, su labor debe ser protegida. Algunos artistas intérpretes pueden ser sustituidos por competidores generados por computadora, para los que no se requieren contratos ni salarios. Si bien estos progresos siguen siendo inestables, todas las personas involucradas en el proceso, ya sean artistas que ejercen individualmente, sindicatos, empleadores, productores, inventores, distribuidores o expositores, se deben preparar para este futuro. Si lo hacen, las oportunidades pesarán más que las amenazas, pero de lo contrario, la repercusión en los mismos y en la sociedad puede ser considerablemente negativa.
Para los periodistas y colaboradores de revistas, las tecnologías han tenido un efecto profundo en la manera de trabajar, en especial para los que trabajan como independientes, y el acceso a la red de Internet se ha convertido en algo esencial para muchos de ellos. Ha habido un crecimiento muy considerable en el periodismo y el teletrabajo en los nuevos medios de telecomunicación para los escritores, jefes de redacción, artistas y diseñadores gráficos, pero algunas actividades que ahora son desempeñadas por periodistas podrían anteriormente haber sido efectuadas por mecanógrafos, cajistas y otras personas.
En la industria gráfica y de la edición, los cambios tecnológicos han sido profundos y muchos oficios tradicionales han sido suprimidos, en particular en los países industrializados. Un reto importante al que deben hacer frente los trabajadores tipográficos es adaptarse al nuevo equipo y formas de trabajo y, a veces, pasar de la impresión a los nuevos medios de comunicación.
Las tecnologías de la información y la comunicación han facilitado de varios modos los atentados a los derechos de autor, con las consiguientes pérdidas de beneficios para la industria y de ingresos para los trabajadores; ahora bien, esas industrias ofrecen asimismo nuevas soluciones para combatir esa piratería por medio de la filigrana digital, de sistemas de seguimiento de los derechos de autor con base en la red de Internet y de otros sistemas similares, que pueden complementar los esfuerzos realizados en otras esferas, tales como la legislación, la tributación, los códigos de protección y la cooperación entre escritores, artistas, ejecutantes y empleadores.
El impacto de las tecnologías en los acuerdos contractuales, el régimen jurídico y las relaciones obreropatronales en el sector de los medios de comunicación y del espectáculo se discute en el capítulo 4 en relación con los artistas ejecutantes, es decir, los actores, músicos y bailarines de las industrias cinematográfica y de radiodifusión y del teatro en directo, abarcando aspectos tales como la protección jurídica, la negociación colectiva, la vigilancia de la utilización del material y la garantía de los pagos, así como con los periodistas independientes, los trabajadores gráficos y de editoriales y otros trabajadores de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo. Las mejoras aportadas por las tecnologías de la información en términos de seguridad y de salud (véase el capítulo 5) han sido considerables, pero también han surgido nuevos problemas, tales como el estrés tecnológico, los peligros y riesgos relacionados con las computadoras y los factores relativos al teletrabajo.
La capacitación sobre tecnologías de la información es decisiva para el futuro de estas industrias sumamente competitivas y se deben promover una formación y oportunidades de empleo equitativas para hombres y mujeres, independientemente de la edad o de la situación contractual, siempre que sea posible; estas actividades deben ser financiadas de manera apropiada y suficiente. Los progresos tecnológicos han tenido como resultado nuevas exigencias en materia de competencias para los trabajadores de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo, y ha habido muchas iniciativas nuevas en materia de formación por parte de los gobiernos y de las organizaciones de empleadores y de trabajadores de estas industrias para equiparlos para el siglo XXI (véase el capítulo 6).
Muchas normas internacionales del trabajo son pertinentes para este sector, en particular las relativas a la libertad sindical, la negociación colectiva, el trabajo a domicilio, las agencias de colocación, la discriminación (empleo y ocupación), la seguridad y la salud, y la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. La adopción de posibles normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación podría ser de especial importancia para los periodistas y artistas independientes. En el capítulo 8 también se considera la protección internacional de las interpretaciones, los radiodifusores y artistas y las actividades de las organizaciones internacionales en cuanto a las tecnologías de la información y a las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo. Las normas sobre comercio y propiedad intelectual han tenido una repercusión importante en la evolución de estas industrias desde la adopción del acuerdo ADPIC, y se ha reforzado la legislación y dado nuevo impulso a la lucha contra la piratería y el proteccionismo.
La relaciones obreropatronales tradicionales difícilmente pueden hacer frente a la tecnología y otros progresos registrados en las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo, debido a que la fuerza de trabajo está más fragmentada que antes y a que las empresas están subcontratando labores que antes solían formar parte de sus actividades básicas. Así, las nuevas formas de diálogo social y de interacción se consideran por la OIT como esenciales para el desarrollo de esas industrias en todos los niveles, como un medio para hacer frente al impacto de las ICT y a las cuestiones relativas a la protección social y a los trabajadores del sector informal de las industrias de los medios de comunicación y del espectáculo, y como una manera de promover la formación como estrategia central para salvaguardar los intereses de todos los copartícipes. Las posibilidades para tales iniciativas son numerosas en este entorno reestructurado, más mundializado y tecnológico, y la red de Internet y el correo electrónico ofrecen un campo más amplio en materia de comunicación y de organización dentro de los sectores y países y entre los mismos. Los ejemplos sobre consultas, cooperación y otras iniciativas fructíferas se facilitan en el capítulo 9. El informe concluye con algunas ideas para futuras actividades de la OIT en esta esfera y con puntos propuestos para discusión.
Propuestas para una posible acción de la OIT
Iniciativas prácticas para:
a) promover cursos de formación sobre la utilización de tecnología en esas industrias, organizados conjuntamente por los interlocutores sociales (y determinar quién debería dirigirlos y cómo deberían financiarse), con el fin de reducir la reticencia o el miedo con respecto a tal tecnología, a la vez que se da prioridad a la atención de las necesidades de los empleadores, los trabajadores y los gobiernos (por ejemplo, al mejorar la capacitación, la productividad, la competencia y el empleo);
b) promover mejores prácticas de seguridad y salud, en especial entre los teletrabajadores, por medio de iniciativas en materia de investigación y educación utilizando la red de Internet;
c) alentar a los empleadores y a los trabajadores de empresas de esas industrias a iniciar el diálogo social, sirviéndose de la OIT como de un foro de ámbito nacional, regional e internacional, y fomentar la participación en las organizaciones de trabajadores y de empleadores; y favorecer las acciones para aumentar la cooperación entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores en los sectores de los medios de comunicación y del espectáculo conexos, y en los sectores sobre la convergencia de los medios de comunicación múltiples, tales como las industrias de telecomunicaciones y de informática;
d) continuar la colaboración con la OMPI, la OMC y las organizaciones de empleadores y de trabajadores para promover acciones con miras a la protección de los derechos de autor, poniendo de relieve la importancia de este asunto para el empleo y los ingresos; obtener estadísticas y estimaciones, y emprender investigaciones sobre las repercusiones en el empleo del atentado a los derechos de autor;
e) emprender investigaciones sobre acuerdos contractuales, seguridad social, y fuentes e indicadores estadísticos (tendencias generales, impacto, obstáculos y oportunidades que hayan puesto de manifiesto las nuevas tecnologías en el plano nacional), así como sobre los niños que trabajan como artistas intérpretes.
Puntos propuestos para discusión
i) Los últimos progresos en la informática;
ii) nuevas ocupaciones, nuevas formas de organización de trabajo y necesidades de formación para adquirir nuevas calificaciones;
iii) la lucha contra la piratería;
iv) la situación en el empleo, los acuerdos contractuales y la protección social;
v) el diálogo social, la responsabilidad social y las iniciativas voluntarias.
38. Comisión Europea: Crecimiento, competitividad y empleo (Libro Blanco), Bruselas, 1993.
39. W. Seufert: «Beschäftigungswachstum in der Informationgesellschaft?», en Media Perspektiven (Frankfurt-am-Main), 1996, 9/96, págs. 499-506.
40. Instituto Alemán de Investigaciones Económicas (DIW), citado por J. Warnken en Labour Education, OIT, op. cit., pág. 20.
41. Comisión Europea, op. cit., sección 6, pág. 20.
42. Datos de la Encuesta sobre la Negociación Colectiva de la EGF, 1999, citado en Federación Gráfica Europea (EGF): Collective bargaining: What's new in 1999? (Bruselas, 1999), págs. 6 y 10-11.
43. Comisión Europa, op. cit., sección 25, págs. 66-68; y U. Huws, N. Jager y S. O'Regan: Teleworking and globalization (Londres, Instituto de Estudios del Empleo, 1999).
44. S. Mitter y R. Pearson: Global information processing: The emergence of software services and data entry jobs in selected developing countries (Ginebra, OIT, 1992), pág. 22.
45. British Printing Industry Federation (BPIF): Managing technology -- Strategies for profitable growth (Londres, 1997).
46. O. Boye, secretario internacional de la Federación Gráfica Internacional, citado por S. Grumiau: «Life-long learning», en Trade Union World (Bruselas, CIOSL), núm. 3, marzo 1998, pág. 24.
47. Respectivamente: A. Scott: «Patterns of employment in southern California's multimedia and digital visual effects industry», documento presentado al Taller sobre multimedios (Universidad de Utrecht), 1997; R. Hummel: «Which multimedia jobs?», en Medien Journal, 1998, vol. 22, núm. 1, págs. 3-12; L. Michel: «Qualification requirements within professional multimedia production», en ídem., págs. 13-24; P. Leisink: «From media to multimedia industry in the Netherlands», en ídem., págs. 25-33; y A. Sandbert: «New media in Sweden» (Solna, Arbetslivsinstitutet, 1998).
48. Informe presentado a un coloquio sobre convergencia de los medios múltiples, convocado por las organizaciones de Asia y el Pacífico afiliadas a la Internacional de Comunicaciones y la Federación Gráfica Internacional, 19-21 de enero de 1998, Kuala Lumpur, Malasia, pág. 3, consultado en el sitio Web http://www.cwu.org/cwu/kuala.htm.
49. Hummel, 1998, op. cit., págs. 3-12; Michel, 1998, op. cit., págs. 13-24; y Leisink, 1998, op. cit., págs. 25-33.
50. CED-SER (Commissie van Economische Deskundigen SER): Arbeidsmarkt, informatietechnologie en internationalisering (La Haya, SER, 1996), pág. 51.
51. Ministerio de Trabajo de los Estados Unidos, op. cit., págs. 73-74, 77 y 80.
52. Citado en Women in arts and media professions: European comparisons, Primera Conferencia Europea de Expertos, Königswinter/Bonn 1997, documento de proyecto núm. 1, pág. 12.
53. K. Holman: Equal opportunities for women in broadcasting, documento presentado a la Primera Conferencia de Expertos sobre el tema de la situación de la mujer en las profesiones artísticas y los medios de comunicación, Königswinter/Bonn, 1997.
54. Según la Dra. Martha M. Lauzen y Women in Film, en la página Internet http:\\www.wif.org, consultada el 2 de octubre de 1999.
55. Statistics Canada: «Labour force 15 years and over by detailed occupation (based on the 1991 Standard Occupational Classification) and sex, for Canada, 1996 Census (20 per cent sample data)», SOC código F, en el sitio Web http://www.statcan.ca, consultado el 21 de julio de 1999.
56. Arunaraje: Role of women in the film and television industry (Mumbai, India), págs. 4-5, inédito.
57. M. Woolf, citado en Women in arts and media professions: European comparisons, op. cit., pág. 12.
58. Ibíd., pág. 26.
1. Miller y Sand, op. cit., pág. 17.
2. Federación Internacional de Músicos, op. cit., pág. 5.
3. Ibíd., pág. 144.
4. Ibíd., págs. 116-119.
5. Ibíd., págs. 5-6.
6. S. Baines: «Servicing the media: Freelancing, teleworking and 'enterprising' careers», en Technology, Work and Employment (Oxford, Blackwell), vol. 14, núm. 1, marzo de 1999, pág. 29.
7. Federación Internacional de Periodistas (FIP): Worldwide survey on the social and professional conditions of freelance journalists (Bruselas, 1999), inédito. El resúmen que se presenta en el texto se basa en los resultados preliminares, cuando se habían recibido respuestas de 52 países, a mediados de octubre de 1999. Se espera que se pueda disponer de los resultados finales de la encuesta a finales de noviembre de 1999.
8. H. Anderson: «Freelance rights online», en Editor & Publisher, 3 de mayo de 1997, pág. 53.
9. D. Blankenhorn: «Writers sue over use of articles online», en Newbytes, 17 de diciembre de 1993.
10. C. Oppenheim: «Tasini v. The New York Times: The implications», en Journal of Information Science, vol. 24, núm. 1, 1998, pág. 49.
11. T. Down: «Suing Thomson: It's a classic David and Goliath story», en Media (Toronto), invierno de 1999, pág. 14.
12. Oppenheim, op. cit., pág. 49.
13. F. Barringer y C. Kilgannon: «Websites offer a new lure for writers: Wealth on paper», en The New York Times (Nueva York), 20 de septiembre de 1999, pág. 1.
14. M.L. Stein: «Advice on freelance rights», en Editor & Publisher, 4 de octubre de 1997, pág. 24.
15. P. Boutie: «Will this kill that?», en Communication World, 1.º de abril de 1996, pág. 34.
15. N. Stein: «New media, old values», en Columbia Journalism Review, julio-agosto de 1999, pág. 11; y R. Goldsborough: «Online news», en Office Systems, junio de 1998, pág. 11.
17. J. Swartz: «Net's role in scandals may alter news media», en The San Francisco Chronicle, 24 de septiembre 1998, pág. B1.
18. C. y J. Stanworth: «The self-employed without employees - autonomous or atypical?», en Industrial Relations Journal, 1995, vol. 26, núm. 3, págs. 221-229.
19. Ibíd., págs. 221-229.
20. Ibíd., pág. 222.
21. P. Smith y G. Morton: «A change of heart: Union exclusion in the provincial newspaper sector», en Work, Employment and Society, 1990, vol. 4, núm. 1, págs. 105-124; ídem.: «New technology in the provincial newspaper sector: A comment», en British Journal of Industrial Relations, 1991, vol. 29, núm. 2, págs. 325-328; y M. Noon: «Strategy and circumstance: The success of the NUJ's new technology policy», en British Journal of Industrial Relations, 1991, vol. 29, núm. 2, págs. 259-276.
1. S. Hecker: «Introducción y visión general» al capítulo 18 en OIT: Encyclopaedia of Occupational Safety and Health, op. cit., vol. 1, pág. 18.1.
2. D. Richardson: «Industria de las artes gráficas, fotografía y reproducción: características generales», en OIT: Encyclopaedia of Occupational Safety and Health, op. cit., vol. 3, pág. 85.2.
3. D. Gregory y otros: «Industrial relations and protection of the environment: Research findings from a new policy field», en European Journal of Industrial Relations, 1999, vol. 5, núm. 2, págs. 139 a 166.42. S. Knopp: «Artes gráficas», en OIT: Encyclopaedia of Occupational Safety and Health, op. cit., vol. 3, pág. 96.21.
5. W.E. Irwin: «Nuevas tecnologías en el arte», en OIT: Encyclopaedia of Occupational Safety and Health, op. cit., vol. 3, pág. 96.14; y S. Knopp: «Artes gráficas», ibíd., pág. 96.23.
6. Véase, por ejemplo, C.-W. Englund: «Teatro y ópera», en ibíd., pág. 96.31
7. M. McCann: «Actividades artísticas, culturales y recreativas», en OIT, ibíd., vol. 3, págs. 96.2-7.
8. S. Harman: «Historia de la medicina de las artes escénicas», en OIT, ibíd., vol. 3, pág. 96.25.
9. J.P. Chong: «Músicos», en OIT, ibíd., vol. 3, págs. 96.23-4.
10. S.K. Richman: «Actores», en OIT, ibíd., vol. 3, pág. 96.30.
11. M. McCann: «Producción de cine y televisión», en OIT, ibíd., vol. 3, pág. 96.34.
12. A. White: «Periodismo», en OIT, ibíd., vol. 3, pág. 96.39.
13. N. Clark: «Emisión de radio y televisión», en OIT, ibíd., vol. 3, pág. 96.38.
14. A. White: «Periodismo», en OIT, ibíd., vol. 3, págs. 96.39-40.
15. «Union advice on mobile phone safety», en Labour Research (Londres), septiembre de 1999, pág. 27.
16. Health and Safety Executive: Stress at work - A guide for employers (Sudbury, Suffolk, Reino Unido, HSE Books, 1995).
17. Información presentada en el presupuesto anual del Gobierno de los Países Bajos, el 21 de septiembre de 1999.
18. K. Pickshaus: «Riesgos para la salud en el trabajo con ordenadores y nuevas opciones en la organización del mismo. Experiencias en el sector de los medios de comunicación», en Educación obrera, 1998, núm. 110-111, págs. 44 a 49.
19. FNV Magazine, 19 de noviembre de 1998.
20. J. Tessler: «Teletrabajo», en OIT: Encyclopaedia of Occupational Safety and Health, op. cit., vol. 3, págs. 99.11-99.12.
21. Consultado en el sito Web: http://www.bbc-safety.co.uk, el 25 de agosto de 1999.
1. OIT: Informe final, op. cit., pág. 10.
2. Algunos ejemplos recientes se describen en Bundesministerium für Wirtschaft und Technologie: Karrierewege in der Multimedia-Wirtschaft: Qualifikationsanforderungen und Arbeitsmarktenwicklung in einer Zukunftsbranche, Berlín, BMWi Dokumentation, núm. 464, septiembre de 1999.
3. A. White: «Periodismo», en OIT: Encyclopaedia of Occupational Health and Safety, op. cit., vol. 3, pág. 96.35.
4. Federación Internacional de Músicos, op. cit., pág. 7.
5. G. Ward, op. cit., pág. 5.
6. Basado en las observaciones de R. Zachariasiewicz, Director de Cuestiones Públicas, Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, en las observaciones que escribió a la OIT con fecha de 26 de agosto de 1999.
7. INGRIN Newsletter (Amsterdam), 1999/2000, e INGRIN Institute of Printing and Graphics News (Colombo, Sri Lanka), 1999.
8. Publicado por MUSENET en Bruselas en 1998, y fue actualizado ulteriormente en la página de Internet: http://www.ifj.org./musenet/train.html, consultada el 22 de octubre de 1999.
1. International Federation of the Phonographic Industry (IFPI): Record Industry World Sales 1998 (Londres, 1999); IFPI: Music Piracy Report 1998 (Londres, 1999).
2. «Star Wars als Raubkopie im Netz», 6 de junio de 1999, en el sitio Web http:www.zdf.msnbc.de/news/35076.asp, consultado el 5 de agosto de 1999.
3. V. Brunschwig: «Le piratage cinématographique est devenu une affaire de grand banditisme [La piratería de vídeos se ha convertido en un gran negocio criminal]», en Le Monde (París), 25 de agosto de 1999.
4. MPAA: «Anti-piracy», en el sitio Web http://www.mpaa.org, consultado el 27 de julio de 1999.
5. Comunicado de prensa de la IFPI: Music industry sees global pirate CD traffic up 20 per cent (Londres, IFPI, 1999).
6. Idem.
7. IFPI: Music Piracy Report, op. cit., pág. 3.
8. Idem.
9. Asociación de editores norteamericanos: «US publishers file landmark piracy suit in Thailand», comunicado de prensa del 19 de julio de 1999, en el sitio Web http://www.publishers.org, consultado el 1.º de septiembre de 1999.
10. Financial Times (Londres), 15 de marzo de 1999.
11. Financial Times (Londres), 16 de marzo de 1999.
12. Financial Times (Londres), 3 de mayo de 1999.
13. Handelsblatt (Düsseldorf), 20 de agosto de 1999.
14. «New AAP survey will look at systems for managing digital content», comunicado de prensa de la Asociación de Editores Estadounidenses (AAP), 21 de julio de 1999.
15. C. Reid: «Not bad: AAP tests e-book copyright encryption», en Publishers Weekly, 5 de julio de 1995, pág. 5.
16. Federación Internacional de Músicos, op. cit., pág. 158.
1. P. O'Reilly, comunicado personal enviado a la OIT, 25 de agosto de 1999, actualización de «Consecuencias de la convergencia de los medios de comunicación múltiples en las necesidades futuras de personal calificado», en OIT: Informe final, op. cit.
2. Los principales convenios de propiedad intelectual ya existentes de la OMPI, la UNESCO y la OIT son: el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (Convenio de París), el Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas (Convenio de Berna), la Convención Internacional sobre los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión (Convención de Roma) y el Tratado sobre la Propiedad Intelectual respecto de los Circuitos Integrados (Tratado IPIC).
1. OIT: Informe final, op. cit., pág. 10.
2. Tal como quedó de manifiesto con la decisión de crear la Unión Internacional en Red (UNI) con la fusión de la Federación Gráfica Internacional, la Internacional del Espectáculo y de los Medios de Comunicación Social y la Federación Internacional de Empleados, Técnicos y Profesionales (FIET) a finales de 1999.
3. S. Grumiau: «Life-long learning», en Trade Union World (Bruselas, ICFTU), núm. 3, marzo de 1998, pág. 24.
4. Tal como se indica en la publicación de la Federación Gráfica Europea titulada Euro Brief (Bruselas), núm. 2, 10-1999, págs. 2 a 4.
5. Documentos informativos para el 3er Congreso de la MEI, Berlín, 7 y 8 de octubre de 1999, op. cit.
6. Federación Gráfica Europea, op. cit., págs. 2 a 4.
7. OIT, comunicado de prensa de la OIT relativo a la celebración de un Coloquio regional tripartito de alto nivel sobre el diálogo social, Ginebra y Addis-Abeba, 20 de octubre de 1999. OIT: Decent work and protection for all in Africa, informe del Director General para la novena Reunión regional africana, Addis-Abeba, 20 a 22 de octubre de 1999 (Ginebra, 1999), pág. 19.
8. P. Leisink: Is innovation a management prerogative? Changing employment relationships, innovative unions (Coventry, Warwick University, Industrial Relations Research Unit, 1993); e ídem.: «The wavering innovation of trade union policy: the case of ecological and occupational issues» en P. Leisink, J. van Leemput, J. Vilrokx (directores de la publicación): The challenges to trade unions in Europe: Innovation or adaptation (Cheltenham, Edward Elgar, 1996).
9. The information superhighway: What it means for working families (Washington, DC, CWA/Newspaper Guild, 1995).
10. K. van Haaren y D. Hensche (directores de la publicación): Multimedia; Die schöne neue Welt auf dem Prüfstand (Hamburgo, VSA-Verlag, 1995); e ídem.: Arbeit im Multimedia-Zeitalter (Hamburgo, VSA-Verlag, 1997).
11. F. Werneke: «Zwischen Bangen und Hoffen», en K. van Haaren y D. Hensche (directores de la publicación): Multimedia (Hamburgo, VSA-Verlag, 1995), pág. 77.
12. P. Leisink: «Convergence and flexibility in the media industries call for a new organizational logic of business and social actors», en The impact of information technologies on publishing and the graphical industry, documento preparado para la OIT, 1999, págs. 24-29.
SECTOR | SOBRE SECTOR | SECTORES | REUNIONES | PUBLICACIONES | CONTACTENOS | NOVEDADES!