Actualización del salario básico mínimo fijado por la OIT para los marineros referentes
Informe para la discusión en la 29a reunión de la Comisión Paritaria Marítima
Ginebra, 22-26 de enero de 2001
Oficina Internacional del Trabajo Ginebra
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Indice
Anexos
En su 274.ª reunión (marzo de 1999), el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo decidió convocar la 29.ª reunión de la Comisión Paritaria Marítima durante el bienio 2000-2001 (GB.274/13, anexo). Uno de los puntos inscritos en el orden del día de la reunión sería la actualización del salario básico mínimo para los marineros preferentes, que se estipula en el párrafo 10 de la Recomendación sobre los salarios, las horas de trabajo a bordo y la dotación de los buques (núm. 187) (las disposiciones correspondientes figuran en el anexo I) (GB.274/STM/1 (marzo de 1999), párrafo 51).
De 1972 a 1987, la paga o salario básico indicado en la Recomendación sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dotación, 1958 (núm. 109), se actualizó en cada una de las reuniones de la Comisión Paritaria Marítima mediante una fórmula aritmética que toma en consideración la evolución de los precios de consumo y de los tipos de cambio con respecto al dólar de los Estados Unidos en 44 países y zonas marítimos. Esto permite calcular la cantidad de dólares estadounidenses necesarios para que el poder adquisitivo sea en cada país el mismo que el salario en dólares determinado en la última revisión.
Sobre la base de un estudio acerca de la posibilidad de adoptar una fórmula alternativa, en la 26.ª reunión (1991) de la Comisión Paritaria Marítima se adoptó una resolución por la que se modifica el mecanismo y el procedimiento de actualización del salario mínimo (anexo II). En dicha resolución se recomienda: i) que se establezca una lista de los países y zonas marítimos más representativos (esto es aquellos que cuentan con 2 millones, por lo menos, de toneladas brutas de registro) y de los países y zonas de donde proviene la mayor parte de los recursos humanos para la industria marítima; ii) que se utilice el promedio de los tres últimos meses del equivalente en dólares estadounidenses de los tipos de cambio para reducir en todo lo posible el efecto a corto plazo de las bruscas fluctuaciones de los tipos de cambio; iii) que el período de comparación de las modificaciones de los precios del consumo sea igual al período completo transcurrido entre los ajustes, y iv) que al calcular la mediana se asigne el índice de ponderación 1 a los países con menos de 10.000 marinos y el índice 2 a los que cuentan con 10.000 o más.
En su 28.ª reunión (1996), la Comisión Paritaria Marítima adoptó una resolución en la cual i) se revisa la lista de los países y zonas considerados como representativos de las principales naciones marítimas o de los principales proveedores de gente de mar; ii) se considera que la fórmula utilizada para revisar el salario mínimo debería normalmente conservarse en cuanto guarda relación con los tipos de cambio monetarios, los precios al consumidor y la ponderación; iii) se recomienda que la cifra de 435 dólares de los Estados Unidos sirva de base a efectos del nuevo cálculo y que el período de ajuste vaya del 1.º de enero de 1997 hasta el último mes del que se dispongan datos; iv) se recomienda que cuando no se disponga de datos actualizados que abarquen el lapso incluido entre el 1.º de enero de 1997 y el siguiente período completo de ajuste, el monto correspondiente a la variación mensual media se haga extensivo a todo el período que va del último mes sobre el que se disponen datos al siguiente período completo de ajuste, y v) declara que la revisión del importe que pueda recomendarse en el futuro sea efectiva a partir del 1.º de enero del año 2000 (anexo III).
En el momento de redactar este informe, se dispone de datos actualizados sobre la lista propuesta de países y zonas para el período que va del 1.º de enero de 1997 al 1.º de enero de 2000. Por consiguiente, en este informe la cifra base de 435 dólares de los Estados Unidos se recalcula respecto a cada país o zona para el período íntegro de tres años que va del 1.º de enero de 1997 al 1.º de enero de 2000, utilizando la fórmula recomendada en la resolución adoptada en la 26.ª reunión de la Comisión Paritaria Marítima. De requerirse, durante su 29.ª reunión que se celebrará en enero de 2001, la Oficina facilitará información detallada a la Comisión Paritaria Marítima sobre los cambios que se han producido durante el período comprendido entre el 1.º de enero de 2000 y el 1.º de enero de 2001 (es decir, el próximo período completo de 12 meses) utilizando el método de estimación del «monto correspondiente a la variación mensual media» recomendado por la Comisión Paritaria Marítima en su 28.ª reunión, cuando fuese necesario.
De conformidad con la decisión adoptada en la 26.ª reunión de la Comisión Paritaria Marítima, la cifra correspondiente a cada país o zona de la lista representativa se pondera de manera adecuada para determinar la mediana de los cambios producidos en los distintos países y zonas como mejor manera de resumir estos cambios.
La lista de países y zonas a la que se hace referencia en la resolución de 1996 adoptada por la Comisión Paritaria Marítima en su 28.ª reunión comprendía 45 países y zonas, 38 de los cuales tenían un tonelaje importante (más de 2 millones de toneladas de arqueo bruto) y siete tenían menos de 2 millones pero aportaban una gran proporción de personal a la navegación marítima (más de 10.000 en cada caso).
Principales naciones marítimas. En el cuadro 1 de World Statistics, 1999 del Lloyd's Register se indican datos sobre el arqueo bruto de la flota mercante mundial. Según esos datos, 35 principales países y zonas marítimos incluidos en la lista de 45 países y zonas a la que se refiere la resolución en 1999 seguían teniendo flotas de más de 2 millones de toneladas (véase el anexo IV). Otros dos países que cuentan con un tonelaje considerable son: Belice, con 2.368.152 toneladas (0,4 por ciento del arqueo total mundial) y Antigua y Barbuda, con 3.621.890 toneladas (0,7 por ciento del total mundial). Las Islas Marshall, que no se incluyeron en la lista de 1996 por falta de información sobre el índice de los precios de consumo, siguieron teniendo más de 2 millones de toneladas de arqueo bruto (6.761.811 toneladas, 1,2 por ciento del total). A estos 38 países y zonas en conjunto correspondía casi el 92 por ciento del arqueo total mundial en 1999.
Principales proveedores de gente de mar. En el anexo A del BIMCO/ISF 2000 Manpower Update (anexos técnicos) – The world–wide demand for and supply of seafarers (Warwick, abril de 2000) [1] se proporciona una información detallada sobre la oferta de gente de mar calificada procedente de cada país y zona. Según esos datos, en 1999 había 28 grandes proveedores de gente de mar, cada uno de los cuales aportaba por lo menos 10.000 marinos (véase el anexo V). Diecisiete de ellos estaban además entre los principales países o zonas marítimos. Y ocho — Croacia, España, Honduras, Letonia, Myanmar, Polonia, Rumania y Ucrania — figuraban ya en la lista de 45 países y zonas a la que se refiere la resolución. De los tres restantes, Finlandia (10.000) destacó por vez primera como gran proveedor de gente de mar en 1999, mientras que Pakistán (12.168) y Sri Lanka (10.600) recuperaron su condición de importantes proveedores tras haber sido excluidos de la lista de 1996.
Aparentemente, tres países que habían aportado cifras significativas de gente de mar en 1995 dejaron de hacerlo en 1999: Dinamarca (9.875), Ghana (8.879) y Viet Nam (6.667). Contrariamente a los otros dos, Dinamarca sigue figurando, no obstante, en la lista de las principales naciones marítimas.
En la resolución que adoptó la Comisión Paritaria Marítima, en su 26.ª reunión, no se decía que debía revisarse la lista con cada actualización del salario mínimo internacional de los marineros preferentes. Sin embargo, en su 28.ª reunión, decidió actualizar la lista representativa de países y zonas y añadir dos que contaban con más de 2 millones de toneladas y cinco con más de 10.000 marineros. Así, en la lista se incluían las principales naciones y zonas marítimas y los principales proveedores de gente de mar, utilizando para ello la información disponible en la OIT, en el momento en que se procedió a actualizar el salario mínimo.
Si se considera que la lista de países y de zonas es representativa de la situación actual de las principales naciones marítimas o proveedoras de gente de mar, como se indica en el párrafo 1 de la resolución de 1996, en ella deberían inscribirse los cambios antes mencionados. Por esta razón, se han añadido dos países que cuentan con más de 2 millones de toneladas brutas de registro (Belice y Antigua y Barbuda). También se han suprimido de ella dos países que ya no eran importantes proveedores de gente de mar (Ghana y Viet Nam), pero al mismo tiempo se ha añadido otros tres proveedores principales de gente de mar (Finlandia, Pakistán y Sri Lanka). La lista revisada consta, pues, de 48 países y zonas (véase el cuadro 1). (En esta lista no se incluyen las Islas Marshall, ya que no se dispone de datos continuados sobre los precios de consumos. Cabe también señalar que hay tres países que ya no se encuentran entre las principales naciones marítimas pese a continuar presentes entre los principales proveedores de gente de mar (Polonia, Rumania y Ucrania), mientras que Dinamarca, aunque ya no se halla entre los principales proveedores de gente de mar, sigue siendo una de las principales naciones marítimas. Por consiguiente, estos cuatro países continúan formando parte de la lista.)
En el cuadro 1, columna 1, se indica la evolución que han seguido los precios de consumo entre el 1.º de enero de 1997 y el 1.º de enero de 2000 período de tres años completos que se utilizará para el ajuste de conformidad con la resolución de 1996. Los datos sobre los precios de consumo de dicho cuadro se basan en cifras publicadas en el Boletín de Estadísticas del Trabajo de la OIT, que se encuentran disponibles en LABORSTA, la base de datos de la OIT. En el caso de Taiwán, China, las cifras utilizadas, fueron tomadas de su Boletín Mensual de Estadísticas.
Dado que las cifras relativas al IPC de Liberia no se hallaban disponibles, se calcularon a partir de las oscilaciones de los precios en los países de la región.
En el período de ajuste de tres años los precios disminuyeron ligeramente en tres de los 48 países y zonas (Belice, China, y Hong Kong, China), el 27 por ciento de los países y zonas experimentaron un aumento de los precios inferior al 5 por ciento, mientras que en un 42 por ciento la inflación superó el 10 por ciento. En Turquía y Rumania la inflación alcanzó índices importantes, con precios que se multiplicaban por cinco o más, mientras que en la Federación de Rusia y Myanmar los precios como mínimo se duplicaban. En Indonesia, la República Islámica del Irán, Ucrania y Honduras los precios aumentaron en un 98, 69, 58 y 45 por ciento, respectivamente.
Cuadro 1. Fluctuación del poder adquisitivo del dólar de los Estados
Unidos en una selección
de países y zonas, entre el 1.º de enero de 1997 y el 1.º de enero de 2000
|
|
||||
|
País o zona |
Indice de precios |
Tipo de cambio: de la moneda nacional respecto del dólar |
Cantidad de dólares de 2000 cuyo poder adquisitivo era el mismo que el de 435 dólares en enero de 1997 |
|
|
|
||||
|
Diciembre de 1996 (promedio de tres meses) |
Diciembre de 1999 (promedio de tres meses) |
|||
|
|
||||
|
|
[1] |
[2] |
[3] |
[4] |
|
|
||||
|
Alemania |
103,53 |
1,534 |
1,918 |
360,096 |
|
Antigua y Barbuda |
104,54 |
2,700 |
2,700 |
454,764 |
|
Australia |
103,16 |
1,251 |
1,550 |
362,118 |
|
Bahamas |
104,15 |
1,000 |
1,000 |
453,053 |
|
Belice |
97,56 |
2,000 |
2,000 |
424,376 |
|
Bermudas (Reino Unido) |
106,67 |
1,000 |
1,000 |
464,028 |
|
Brasil |
116,53 |
1,033 |
1,888 |
277,295 |
|
Canadá |
104,41 |
1,353 |
1,462 |
420,233 |
|
China |
98,00 |
8,300 |
8,279 |
427,420 |
|
Chipre |
108,80 |
0,465 |
0,566 |
388,757 |
|
Corea, República de |
112,30 |
834,733 |
1.165,867 |
349,760 |
|
Croacia |
114,33 |
5,464 |
7,511 |
361,831 |
|
Dinamarca |
107,15 |
5,878 |
7,279 |
376,374 |
|
España |
106,46 |
129,340 |
163,208 |
367,017 |
|
Estados Unidos |
106,12 |
1,000 |
1,000 |
461,605 |
|
Filipinas |
123,52 |
26,287 |
40,419 |
349,439 |
|
Finlandia |
104,87 |
4,591 |
5,832 |
359,100 |
|
Francia |
103,26 |
5,186 |
6,434 |
362,050 |
|
Grecia |
111,74 |
242,047 |
323,157 |
364,071 |
|
Honduras |
144,69 |
12,699 |
14,458 |
552,795 |
|
Hong Kong, China |
99,37 |
7,734 |
7,770 |
430,292 |
|
India |
123,14 |
35,790 |
43,440 |
441,337 |
|
Indonesia |
198,48 |
2.367,667 |
7.136,667 |
286,439 |
|
Irán, Rep. Islámica del |
168,60 |
1.751,930 |
1.755,960 |
731,721 |
|
Isla de Man (Reino Unido) |
106,89 |
0,599 |
0,619 |
449,883 |
|
Italia |
105,82 |
1.519,733 |
1.899,287 |
368,310 |
|
Japón |
101,29 |
114,523 |
103,183 |
489,059 |
|
Kuwait |
105,02 |
0,299 |
0,304 |
450,067 |
|
Letonia |
113,43 |
0,554 |
0,581 |
470,227 |
|
Liberia |
123,68 |
1,000 |
1,000 |
538,026 |
|
Malasia |
110,98 |
2,530 |
3,800 |
321,412 |
|
Malta |
109,06 |
0,359 |
0,409 |
416,078 |
|
Myanmar |
211,18 |
5,958 |
6,243 |
876,692 |
|
Noruega |
107,60 |
6,410 |
7,991 |
375,402 |
|
Países Bajos |
106,33 |
1,720 |
2,162 |
368,129 |
|
Pakistán |
118,47 |
40,120 |
51,779 |
399,289 |
|
Panamá |
102,44 |
1,000 |
1,000 |
445,619 |
|
Polonia |
132,51 |
2,845 |
4,214 |
389,148 |
|
Reino Unido |
108,35 |
0,599 |
0,619 |
456,032 |
|
Rumania |
547,13 |
3.667,000 |
17.672,667 |
493,844 |
|
Federación de Rusia |
279,39 |
5,509 |
26,490 |
252,732 |
|
San Vicente y las Granadinas |
102,28 |
2,700 |
2,700 |
444,900 |
|
Singapur |
101,32 |
1,404 |
1,673 |
369,808 |
|
Sri Lanka |
119,44 |
56,605 |
71,892 |
409,098 |
|
Suecia |
101,72 |
6,707 |
8,422 |
352,417 |
|
Taiwán, China |
102,53 |
0,036 |
0,032 |
512,027 |
|
Turquía |
570,37 |
101.741,000 |
511.593,667 |
493,423 |
|
Ucrania |
157,52 |
1,858 |
4,809 |
264,701 |
1 Cálculos de la OIT basados en estadísticas oficiales. 2 Cuarto trimestre. 3 Noviembre de 1999 respecto a diciembre de 1996. 4 Aproximación.
En las columnas 2 y 3 del cuadro 1 se indican los promedios de los tipos de cambio al 1.º de enero de 1997 y al 1.º de enero de 2000. Estos promedios se han calculado, en la mayoría de los casos, a partir de los tipos de cambio registrados en los tres meses que finalizan el 1.º de enero de 1997 y el 1.º de enero de 2000, como se indica en Estadísticas Financieras Internacionales (Fondo Monetario Internacional). En el caso de algunos países y zonas los promedios proceden del Boletín Mensual de Estadísticas (Naciones Unidas). Debido a la falta de datos respecto a los tipos de cambio en el caso de Taiwán, China, en estas publicaciones, los índices se extrajeron del sitio de la Web de conversión de divisas de la CNN. Por lo general, los datos utilizados son los tipos de cambio del mercado a fin de mes o bien los tipos de cambio oficiales.
Sólo en China, Japón y Taiwán, China, la moneda local se fortaleció respecto al dólar de los Estados Unidos en el período de tres años, con alzas de 0,3, 10 y 13 por ciento, respectivamente. En ocho países y zonas no se produjeron cambios, ya sea porque la moneda fuese el dólar de los Estados Unidos o bien porque hubiese un tipo de cambio fijo respecto a la divisa estadounidense. Por tanto, en más del 75 por ciento de los países y zonas, los tipos de cambio respecto al dólar de los Estados Unidos se redujeron entre enero de 1997 y enero de 2000, reducción que superó el 15 por ciento en más de la mitad de los países y zonas. Muy probablemente se trate de un síntoma de la fortaleza del dólar de los Estados Unidos frente a la mayoría de las monedas en enero de 2000, tendencia que todavía persiste en el momento de redactar este informe.
En la última columna (columna 4) del cuadro 1 se indica la cantidad de dólares de los Estados Unidos cuyo poder adquisitivo era el mismo que el de 435 dólares en enero de 1997 en los 48 países y zonas propuestos. Esto se ha calculado a partir de las decisiones de las resoluciones de 1991 y 1996. El procedimiento que se aplica es el siguiente:
La cantidad de dólares al 1.º de enero de 2000 con el mismo poder adquisitivo que 435 dólares al 1.º de enero de 1997 se obtiene así:
435 dólares de los Estados Unidos (salario mínimo aprobado en dólares de los Estados Unidos al 1.º de enero de 1997)
— se convierten a la moneda local al 1.º de enero de 1997 (utilizando el tipo de cambio medio de octubre-diciembre de 1996)
a continuación
— se procede a un ajuste según la inflación entre el 1.º de enero de 1997 y el 1.º de enero de 2000 (utilizando el cambio del IPC entre diciembre de 1996 y diciembre de 1999)
a continuación
— se vuelve a efectuar una conversión en dólares de los Estados Unidos al 1.º de enero de 2000 (utilizando el tipo de cambio medio de octubre-diciembre de 1999).
Seguidamente se expone un ejemplo de este cálculo utilizando datos del Reino Unido.
La cantidad de dólares de enero de 2000 cuyo poder adquisitivo era el mismo que el de 435 dólares de enero de 1997 se calcula como sigue:
Equivalente en libras esterlinas de enero de 1997 de 435 dólares de los Estados Unidos de enero de 1997 = 435 dólares x 0,599 (promedio de tres meses de la libra esterlina de 1997/tipo de cambio del dólar de los Estados Unidos) = 260,565 libras esterlinas
—
ajuste a la inflación de enero de 1997 a enero
de 2000 =
260,565 libras esterlinas x 108,35/100 =
282,322 libras esterlinas
— y luego se efectúa una reconversión en dólares de los Estados Unidos de enero de 2000 = 282,322 libras esterlinas/0,619 (promedio de tres meses de la libra esterlina de enero de 2000/tipo de cambio del dólar de los Estados Unidos) = 456,09 dólares de los Estados Unidos.
(Las cifras se han redondeado, lo que explica la ligera diferencia existente entre esta cifra y la que aparece en el cuadro 1.)
El efecto combinado de las oscilaciones en los tipos de cambio y en los precios sobre el poder adquisitivo en enero de 2000 de 435 dólares de los Estados Unidos de enero de 1997 en cada país o zona depende de la relativa magnitud de estos factores. Allí donde la reducción del tipo de cambio excede a la inflación, no son necesarios más que unos cuantos dólares de los Estados Unidos de enero de 2000 para mantener el nivel de poder adquisitivo de 1997. Este es el caso de 28 de los 48 países y zonas, entre ellos la Federación de Rusia, Ucrania e Indonesia, que requieren respectivamente sólo 58, 61 y 66 por ciento de la cantidad de dólares de los Estados Unidos de enero de 2000. En 17 países y zonas, la inflación superó a la reducción de los tipos de cambio, de manera que se necesitaba una cantidad mayor de dólares de los Estados Unidos de enero de 2000 para alcanzar el mismo nivel de poder adquisitivo de 1997. Esto es especialmente patente en la Isla de Man (Reino Unido) y Myanmar, países que precisan, respectivamente, 168 y 202 por ciento de los dólares de los Estados Unidos de enero de 2000. En los dos países y zonas en los que se produjeron aumentos de los tipos de cambio respecto al dólar de los Estados Unidos de enero (Japón y Taiwán, China), se acentuó el efecto del incremento de precios, mientras que China, con una deflación moderada y leves oscilaciones en los tipos de cambio, experimentó un ligero descenso en la cantidad de dólares de los Estados Unidos de enero de 2000 necesarios.
En el cuadro 2 se representan los datos resultantes de la columna 4 del cuadro 1 por orden ascendente de magnitud. A continuación, se calcula la mediana empleando el índice de ponderación, que es 1 en el caso de los países de menos de 10.000 marinos, y 2 para los de 10.000 o más, según lo estipulado en la resolución de 1991. En el caso de Pakistán, el valor de la mediana obtenido es de 399,29 dólares de los Estados Unidos. Este resultado refleja un descenso de 2,2 por ciento en comparación con la mediana de 408,23 dólares de los Estados Unidos según datos de 1996, y un descenso de un 8,2 por ciento respecto al mínimo recomendado en la resolución de 1996 de 435 dólares de los Estados Unidos. El hecho de que en enero de 2000 el valor de la mediana fuese más bajo se atribuye en buena parte a la solidez actual del dólar de los Estados Unidos.
Cuadro 2. Países y zonas ordenados por orden ascendente del poder
adquisitivo,
con los índices de ponderación correspondientes
|
|
|||
|
País o zona |
Cantidad de dólares de enero de 2000 cuyo poder adquisitivo era el mismo que el de 435 dólares en enero de 1997 |
Indices ponderados |
Indices ponderados acumulados |
|
|
|||
|
Federación de Rusia |
252,732 |
2 |
2 |
|
Ucrania |
264,701 |
2 |
4 |
|
Brasil |
277,295 |
1 |
5 |
|
Indonesia |
286,439 |
2 |
7 |
|
Malasia |
321,412 |
2 |
9 |
|
Filipinas |
349,439 |
2 |
11 |
|
Corea, República de |
349,760 |
2 |
13 |
|
Suecia |
352,417 |
1 |
14 |
|
Finlandia |
359,100 |
2 |
16 |
|
Alemania |
360,096 |
2 |
18 |
|
Croacia |
361,831 |
2 |
20 |
|
Francia |
362,050 |
1 |
21 |
|
Australia |
362,118 |
1 |
22 |
|
Grecia |
364,071 |
2 |
24 |
|
España |
367,017 |
2 |
26 |
|
Países Bajos |
368,129 |
2 |
28 |
|
Italia |
368,310 |
2 |
30 |
|
Singapur |
369,808 |
1 |
31 |
|
Noruega |
375,402 |
2 |
33 |
|
Dinamarca |
376,374 |
1 |
34 |
|
Chipre |
388,757 |
1 |
35 |
|
Polonia |
389,148 |
2 |
37 |
|
Pakistán |
399,289 |
2 |
39 |
|
Sri Lanka |
409,098 |
2 |
41 |
|
Malta |
416,078 |
1 |
42 |
|
Canadá |
420,233 |
2 |
44 |
|
Belice |
424,376 |
1 |
45 |
|
China |
427,420 |
2 |
47 |
|
Hong Kong, China |
430,292 |
1 |
48 |
|
India |
441,337 |
2 |
50 |
|
San Vicente y las Granadinas |
444,900 |
1 |
51 |
|
Panamá |
445,619 |
1 |
52 |
|
Isla de Man (Reino Unido) |
449,883 |
1 |
53 |
|
Kuwait |
450,067 |
1 |
54 |
|
Bahamas |
453,053 |
1 |
55 |
|
Antigua y Barbuda |
454,764 |
1 |
56 |
|
Reino Unido |
456,032 |
2 |
58 |
|
Estados Unidos |
461,605 |
2 |
60 |
|
Bermudas (Reino Unido) |
464,028 |
1 |
61 |
|
Letonia |
470,227 |
2 |
63 |
|
Japón |
489,059 |
2 |
65 |
|
Turquía |
493,423 |
2 |
67 |
|
Rumania |
493,844 |
2 |
69 |
|
Taiwán, China |
512,027 |
1 |
70 |
|
Liberia |
538,026 |
1 |
71 |
|
Honduras |
552,795 |
2 |
73 |
|
Irán |
731,721 |
1 |
74 |
|
Myanmar |
876,692 |
2 |
76 |
|
|
|||
En cada ocasión, los miembros del Grupo de los Armadores y los del Grupo de la Gente de Mar de la Comisión convinieron en una cifra distinta de la mediana calculada. En el cuadro 3 se facilitan los detalles sobre estas diferencias desde 1970. Cabe señalar que en la única ocasión anterior en la que también se redujo la mediana que se había calculado, el salario mínimo recomendado se mantuvo sin cambios (en 1984).
Cuadro 3. Revisiones del salario mínimo entre 1970 y 1996
|
|
|||
|
Año |
Mediana
derivada |
Salario
mínimo fijado |
Cambios
en la cifra de CPM como porcentaje |
|
|
|||
|
1970 |
84,91 |
100 |
17,7 |
|
1972 |
109,20 |
115 |
5,3 |
|
1976 |
178,82 |
187 |
4,6 |
|
1980 |
259,24 |
276 |
6,5 |
|
1984 |
232,75 |
276 |
18,6 |
|
1987 |
280,88 |
286 |
1,8 |
|
1991 |
352,00 |
356 |
1,1 |
|
1995 |
366,68 |
385 |
5,0 |
|
1996 |
408,23 |
435 |
6,6 |
|
|
|||
Disposiciones pertinentes
de la Recomendación
sobre los salarios, las horas de trabajo a bordo
y la dotación de los buques, 1996 (núm. 187)
Salario básico o remuneración mínima
mensual
para los marineros preferentes
1. La paga o salario básico correspondiente a un mes civil de servicio para un marinero preferente no debería ser inferior al importe que determine periódicamente la Comisión Paritaria Marítima u otro órgano autorizado por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo. Una vez que el Consejo de Administración haya adoptado una decisión, el Director General de la OIT notificará toda revisión de dicho importe a los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo. El importe determinado por la Comisión Paritaria Marítima el 1.º de enero de 1995 es de 385 dólares de los Estados Unidos.
2. Ninguna de las disposiciones recogidas en esta parte de la Recomendación debería interpretarse en perjuicio de los acuerdos suscritos entre los armadores o sus organizaciones y las organizaciones de gente de mar en lo que atañe a la reglamentación relativa a las condiciones mínimas de empleo, siempre que la autoridad competente reconozca dichas condiciones.
Resolución sobre el
salario mínimo para los
marineros preferentes, fijado por la OIT
La Comisión Paritaria Marítima de la Organización Internacional del Trabajo:
Congregada en Ginebra, en su vigésima sexta reunión, del 17 al 25 de octubre de 1921;
Habiendo examinado el informe preparado por la Organización Internacional del Trabajo acerca de la Recomendación sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dotación, 1958 (núm. 109),
Considerando que tanto la gente de mar como los armadores han expresado críticas en varias ocasiones precedentes sobre la fórmula utilizada para revisar la cifra del salario mínimo que figura en la Recomendación núm. 109,
Observando asimismo que las fluctuaciones del tipo de cambio han determinado nuevamente que la utilización de la fórmula actual resulte todavía más inexacta,
Considera que se debería enmendar la fórmula utilizada para revisar el salario mínimo;
Pide por tanto al Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo que adopte medidas sobre las siguientes propuestas en que han convenido los miembros del Grupo de los Armadores y del Grupo de la Gente de Mar de la Comisión Paritaria Marítima respecto a una fórmula revisada para encarar la actualización del salario mínimo de los marineros preferentes:
Fórmula revisada
El mecanismo y el procedimiento de la revisión periódica del salario básico mínimo de los marineros preferentes serán revisados a fin de:
a) proporcionar una lista más representativa de 44 países y zonas, incluidas las naciones que cuentan con flotas mercantes no menores de dos millones de toneladas brutas de registro y los países y zonas de donde proviene la mayor parte de los recursos humanos para la industria marítima. La nueva lista de países y zonas es la siguiente:
|
Alemania |
Canadá |
Gibraltar |
Liberia |
Portugal |
|
Arabia Saudita |
Corea, República de |
Grecia |
Malasia |
Reino Unido |
|
Argentina |
China |
Hong Kong |
Malta |
Rumania |
|
Australia |
Chipre |
India |
Myanmar |
Singapur |
|
Bahamas |
Dinamarca |
Indonesia |
Noruega |
Sri Lanka |
|
Bangladesh |
España |
Irán, Rep. Islámica del |
Países Bajos |
Turquía |
|
Bélgica |
Estados Unidos |
Israel |
Pakistán |
URSS |
|
Bermudas |
Filipinas |
Italia |
Panamá |
Yugoslavia |
|
Brasil |
Francia |
Japón |
Polonia |
|
b) reducir en todo lo posible el efecto a corto plazo de las bruscas fluctuaciones de los tipos de cambio. La fórmula para ello consistiría en utilizar el promedio de los tres últimos meses del equivalente en dólares estadounidenses de los tipos de cambio (por ejemplo, para la 26.ª reunión, el promedio de marzo, abril y mayo de 1991);
c) la fórmula consiste en comparar las modificaciones de los precios del consumo durante un período de cuatro años hasta el mes que corresponda a los datos más recientes (por ejemplo, para la 26.ª reunión, allí donde las cifras respectivas estuvieran disponibles, mayo de 1987 sería el mes de base y mayo de 1991 el período de comparación). En el futuro, el período de comparación será igual al período completo transcurrido entre los reajustes;
d) la fórmula consiste en incluir una ponderación sobre la base del número total de la gente de mar en distintos países, según una escala igual a 1 para los países que cuentan con menos de 10.000 marinos, y a 2 para los países que cuentan con 10.000 o más, debiendo estos números ser averiguados mediante una encuesta de la Oficina Internacional del Trabajo;
e) durante las reuniones de la Comisión Paritaria Marítima y de la comisión bipartita debería abordarse la cuestión de la productividad y si, de común acuerdo, las dos partes comprobaran haber tenido lugar aumentos de la productividad desde que se estableciera el último reajuste, debería convenirse en un porcentaje pertinente y añadirlo a la nueva cifra de salarios calculada según la fórmula.
Revisión periódica
Se conviene en que una pequeña comisión bipartita sobre el salario, compuesta por seis representantes del Grupo de los Armadores y seis representantes del Grupo de la Gente de Mar, sea convocada un año sí y otro no entre las reuniones de la Comisión Paritaria Marítima a fin de actualizar el salario mínimo fijado por la OIT, de conformidad con las fórmulas prescritas, dándose por sentado que dicha comisión no se debería convocar en el año que precede a la reunión de la Comisión Paritaria Marítima.
Actualización de la cifra del salario mínimo
Las cifras actuales de 286 dólares estadounidenses y de 176 libras esterlinas a octubre de 1987 deberán actualizarse hasta alcanzar montos iguales a 335 dólares estadounidenses y a 196 libras esterlinas a partir del 25 de octubre de 1991 y a 356 dólares estadounidenses y a 208 libras esterlinas a partir del 25 de octubre de 1992. La cifra básica a efectos del nuevo cálculo debería ser de 356 dólares estadounidenses a partir del 25 de octubre de 1991, utilizando la fórmula prescrita en el texto que precede.
Resolución sobre el
salario mínimo de la OIT
para los marineros preferentes
Congregada en Ginebra, en su vigésima octava reunión, el 22 de octubre de 1996,
Habiendo examinado el informe preparado por la Oficina Internacional del Trabajo sobre la actualización de la cifra establecida como salario mínimo de los marineros preferentes en la Recomendación sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dotación, 1958 (núm. 109),
Habiendo tomado nota de que la Comisión Paritaria Marítima consideró en su vigésima séptima reunión, 1994, las cifras salariales de 385 dólares de los Estados Unidos a partir del 1.º de enero de 1995,
Habiendo comprobado los cambios intervenidos desde la vigésima séptima reunión en cuanto a qué países y regiones constituyen en la actualidad las principales naciones marítimas o los principales proveedores de gente de mar, como se expone en el informe de la Oficina, y habiendo tomado nota también del deseo de aclarar el método de cálculo del salario mínimo,
Habiendo tomado nota de la adopción en la 84.ª reunión (marítima) de la Conferencia Internacional del Trabajo, de la Recomendación sobre los salarios, las horas de trabajo a bordo y la dotación de los buques, 1996 (núm. 187), en adelante llamada «la Recomendación», que revisa la Recomendación núm. 109,
La Comisión Paritaria Marítima de la Organización Internacional del Trabajo:
1. Considera la lista de 45 países y regiones consignada en el informe de la Oficina como representativa de las principales naciones marítimas o de los principales proveedores de gente de mar.
2. Considera también que la fórmula utilizada para actualizar el salario o el sueldo de base correspondiente a un mes civil de servicio de un marinero preferente debería mantenerse en lo que respecta a los tipos de cambio, los precios de consumo y los coeficientes de ponderación, si bien convendría asimismo tomar en consideración el criterio de la productividad cuando la Comisión Paritaria Marítima lo estime pertinente.
3. Considera además que, habida cuenta de los citados factores, la cifra de 435 dólares de los Estados Unidos, debería considerarse equivalente, a partir del 1.º de enero de 1998, a la suma indicada en el párrafo 10 de la Recomendación.
4. Insta a los Miembros a que, al dar curso a la Recomendación, apliquen, el importe de 435 dólares de los Estados Unidos, con efecto a partir del 1.º de enero de 1998.
5. Acuerda que la cifra de 435 dólares de los Estados Unidos debería servir de base para efectuar el nuevo cálculo y que la fórmula utilizada para mediar la variación de los precios de consumo, los tipos de cambio y los coeficientes de ponderación durante el período de ajuste, que comenzará el 1.º de enero de 1997 y continuará hasta el último mes sobre el que se disponga de datos, cuando se proceda a revisar la remuneración básica o el salario mínimo de los marineros preferentes en las futuras reuniones de la Comisión Paritaria Marítima.
6. Está de acuerdo en que, cuando la Oficina no disponga de datos actualizados que abarquen el lapso incluido entre el 1.º de enero de 1997 y el siguiente período completo de ajuste, se procederá primero a un ajuste preliminar del importe señalado en esta resolución sobre la base de los datos disponibles más recientes y, acto seguido, se hará extensivo a todo el período de ajuste el monto correspondiente a la variación mensual media obtenida.
7. Propone que en su próximo informe la Oficina continúe suministrando datos preliminares sobre todos los factores de medición utilizados para el cálculo, sin por ello proponer una suma revisada hasta que todos los datos actualizados estén a disposición de la Comisión Paritaria Marítima.
8. Está de acuerdo en que toda revisión del importe que pueda recomendarse en el futuro sea efectiva a partir del 1.º de enero del año 2000.
9. Recuerda al Consejo de Administración la propuesta, formulada con anterioridad por la Comisión Paritaria Marítima, de convocar, entre cada dos reuniones de la Comisión Paritaria Marítima, un pequeño comité bipartito salarial compuesto de seis representantes armadores y seis representantes de gente de mar que se encargaría de actualizar la cifra del salario mínimo de la OIT para los marineros preferentes de conformidad con la fórmula reglamentaria, quedando entendido que tal comité no debería convocarse el año que precediese a una reunión de la Comisión Paritaria Marítima.
Principales países y zonas marítimos con más de 2 millones
de toneladas
brutas de registro en diciembre de 1999
|
|
||
|
País o zona |
Toneladas brutas de registro |
|
|
|
|
|
|
|
Toneladas |
Parte porcentual |
|
|
||
|
Panamá |
105.248.069 |
19,4 |
|
Liberia |
54.107.214 |
10,0 |
|
Bahamas |
29.482.531 |
5,4 |
|
Malta |
28.205.481 |
5,2 |
|
Grecia |
24.833.280 |
4,6 |
|
Chipre |
23.641.000 |
4,3 |
|
Noruega |
23.446.259 |
4,3 |
|
Singapur |
21.780.112 |
4,0 |
|
Japón |
17.062.556 |
3,1 |
|
China |
16.314.512 |
3,0 |
|
Estados Unidos |
12.025.775 |
2,2 |
|
Federación de Rusia |
10.648.965 |
2,0 |
|
Italia |
8.048.464 |
1,5 |
|
Hong Kong (China) |
7.972.555 |
1,5 |
|
Filipinas |
7.650.058 |
1,4 |
|
San Vicente y las Granadinas |
7.105.479 |
1,3 |
|
India |
6.914.780 |
1,3 |
|
Islas Marshall |
6.761.811 |
1,2 |
|
Alemania |
6.513.775 |
1,2 |
|
Turquía |
6.324.631 |
1,2 |
|
Bermudas (Reino Unido) |
6.186.973 |
1,1 |
|
Dinamarca |
5.809.166 |
1,1 |
|
República de Corea |
5.734.806 |
1,1 |
|
Taiwán, China |
5.371.388 |
1,0 |
|
Malasia |
5.244.653 |
1,0 |
|
Países Bajos |
4.813.849 |
0,9 |
|
Francia |
4.766.375 |
0,9 |
|
Isla de Man (Reino Unido) |
4.728.579 |
0,9 |
|
Reino Unido |
4.331.016 |
0,8 |
|
Brasil |
3.933.327 |
0,7 |
|
Antigua y Barbuda |
3.621.890 |
0,7 |
|
República Islámica del Irán |
3.546.243 |
0,7 |
|
Indonesia |
3.241.462 |
0,6 |
|
Suecia |
2.946.851 |
0,5 |
|
Canadá |
2.495.904 |
0,5 |
|
Kuwait |
2.456.457 |
0,5 |
|
Belice |
2.368.152 |
0,4 |
|
Australia |
2.084.180 |
0,4 |
|
Total |
497.768.578 |
91,6 |
|
Total mundial |
543.609.561 |
100,0 |
|
|
||
|
Fuente: Lloyd’s Register: «World Fleet Statistics 1999» Table 1: Merchant fleets of the world – Gross tonnage (Londres, abril de 2000). |
||
Principales proveedores de gente de mar con más de 10.000 marinos, en 2000
|
|
||||||
|
País o zona |
Número de |
Porcentaje de |
||||
|
|
|
|
||||
|
|
Oficiales |
Marineros especializados |
Todos los oficiales |
Todos los oficiales |
Todos los marineros especializados |
Todos los oficiales y marineros especializados |
|
|
||||||
|
Filipinas |
50.000 |
180.000 |
230.000 |
12,39 |
21,86 |
18,74 |
|
Indonesia |
15.500 |
68.000 |
83.500 |
3,84 |
8,26 |
6,80 |
|
China |
34.197 |
47.820 |
82.017 |
8,47 |
5,81 |
6,68 |
|
Turquía |
14.303 |
48.144 |
62.447 |
3,54 |
5,85 |
5,09 |
|
Federación de Rusia |
21.680 |
34.000 |
55.680 |
5,37 |
4,13 |
4,54 |
|
India |
11.700 |
43.000 |
54.700 |
2,90 |
5,22 |
4,46 |
|
Estados Unidos |
19.241 |
26.837 |
46.078 |
4,77 |
3,26 |
3,76 |
|
Ucrania |
14.000 |
23.000 |
37.000 |
3,47 |
2,79 |
3,02 |
|
Grecia |
17.000 |
15.500 |
32.500 |
4,21 |
1,88 |
2,65 |
|
Japón |
18.813 |
12.200 |
31.013 |
4,66 |
1,48 |
2,53 |
|
Myanmar |
6.000 |
23.000 |
29.000 |
1,49 |
2,79 |
2,36 |
|
Reino Unido |
13.285 |
10.860 |
24.145 |
3,29 |
1,32 |
1,97 |
|
Italia |
9.500 |
14.000 |
23.500 |
2,35 |
1,70 |
1,92 |
|
Noruega |
12.000 |
10.200 |
22.200 |
2,97 |
1,24 |
1,81 |
|
Honduras |
4.239 |
15.341 |
19.580 |
1,05 |
1,86 |
1,60 |
|
Croacia |
6.500 |
13.000 |
19.500 |
1,61 |
1,58 |
1,59 |
|
República de Corea |
9.506 |
6.982 |
16.488 |
2,35 |
0,85 |
1,34 |
|
Canadá |
4.557 |
10.076 |
14.633 |
1,13 |
1,22 |
1,19 |
|
Alemania |
6.021 |
8.462 |
14.483 |
1,49 |
1,03 |
1,18 |
|
Letonia |
6.170 |
8.135 |
14.305 |
1,53 |
0,99 |
1,17 |
|
Malasia |
4.224 |
8.447 |
12.671 |
1,05 |
1,03 |
1,03 |
|
Pakistán |
2.841 |
9.327 |
12.168 |
0,70 |
1,13 |
0,99 |
|
Polonia |
5.944 |
6.162 |
12.106 |
1,47 |
0,75 |
0,99 |
|
Países Bajos |
5.707 |
5.937 |
11.644 |
1,41 |
0,72 |
0,95 |
|
Sri Lanka |
623 |
9.977 |
10.600 |
0,15 |
1,21 |
0,86 |
|
Rumania |
4.494 |
5.763 |
10.257 |
1,11 |
0,70 |
0,84 |
|
Finlandia |
4.000 |
6.000 |
10.000 |
|||