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Transporte marítimo: Principios y derechos en el trabajo
Desde 1920, la Conferencia Internacional del Trabajo ha adoptado más de 60 normas relativas al trabajo marítimo. Las normas relativas a la gente de mar abarcan un amplio abanico de cuestiones entre las que cabe citar la edad mínima de ingreso en el trabajo, la contratación y la colocación, el examen médico, el contrato de enrolamiento, la repatriación, las vacaciones pagadas, la seguridad social, las horas de trabajo y los períodos de descanso, el alojamiento de la tripulación, los documentos de identidad, la seguridad y la salud en el trabajo, el bienestar en el mar y en puertos, la continuidad del empleo, la formación profesional y los certificados de aptitud profesional. Este “código” internacional de la gente de mar influye directa o indirectamente en las condiciones de los convenios colectivos y la legislación nacional relativas al trabajo marítimo. Un instrumento importante en la materia es el Convenio sobre la marina mercante (normas mínimas), 1976 (núm. 147), que establece las condiciones mínimas de vida y de trabajo a bordo de los buques aceptables a escala internacional.
En 2001, la Oficina Internacional del Trabajo puso en marcha un importante proceso de refundición de más de 60 instrumentos relativos al trabajo marítimo en un único instrumento de acuerdo con las recomendaciones formuladas por la Comisión Paritaria Marítima de la OIT en enero de 2001 (Acuerdo de Ginebra) y aprobadas por el Consejo de Administración de la OIT en su 280.ª reunión (marzo de 2001). El objetivo de la refundición era acercar el sistema de protección previsto en las normas existentes a los trabajadores interesados de forma coherente con un sector globalizado y en rápida evolución, y mejorar la aplicabilidad del sistema para que los armadores y los gobiernos dispuestos a proporcionar condiciones de trabajo dignas no tengan que soportar una carga desigual al garantizar dicha protección. La finalidad de la consolidación era conseguir una mayor coherencia y claridad, una capacidad de adaptación más rápida y una aplicabilidad general. El 23 de febrero de 2006, la 94.ª reunión (marítima) de la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006.
Normas relativas al trabajo marítimo
1. Convenios y Recomendaciones (base de datos ILOLEX)
I. Normas internacionales del trabajo para la gente de mar
Aspectos generales
Formación y acceso al empleo
Condiciones de acceso al empleo
Certificados de competencia
Condiciones generales de empleo
- Convenio sobre las horas de trabajo a bordo y la dotación de los buques (núm. 180), 1996. Ratificaciones.
- Recomendación sobre los salarios, las horas de trabajo a bordo y la dotación de los buques (núm. 187),
1996.
- Convenio sobre las vacaciones pagadas de la gente de mar (revisado) (núm. 91), 1949. Ratificaciones.
- Convenio sobre las vacaciones anuales pagadas (gente de mar) (núm. 146), 1976. Ratificaciones.
- Convenio sobre la repatriación de la gente de mar (núm. 23), 1926. Ratificaciones.
- Recomendación sobre la repatriación de capitanes y aprendices (núm. 27), 1926.
- Convenio sobre la repatriación de la gente de mar (revisado) (núm. 166), 1987. Ratificaciones.
- Recomendación sobre la repatriación de la gente de mar (núm. 174), 1987.
- Recomendación sobre la protección de los jóvenes marinos (núm. 153), 1976.
Seguridad, salud y bienestar
- Convenio sobre la alimentación y el servicio de fonda (tripulación de buques) (núm. 68), 1946. Ratificaciones.
- Recomendación sobre el suministro de ropa de cama, vajilla y artículos diversos (tripulación de buques) (núm. 78),
1946.
- Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (revisado) (núm. 92), 1949. Ratificaciones.
- Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (disposiciones complementarias) (núm. 133), 1970. Ratificaciones.
- Recomendación sobre el alojamiento de la tripulación (aire acondicionado) (núm. 140, 1970.
- Recomendación sobre el alojamiento de la tripulación (lucha contra ruidos) (núm. 141), 1970.
- Convenio sobre la prevención de accidentes (gente de mar) (núm. 134), 1970. Ratificaciones.
- Recomendación sobre la prevención de accidentes (gente de mar) (núm. 142), 1970.
- Recomendación sobre las condiciones de estada de la gente de mar en los puertos (núm. 48), 1936.
- Recomendación sobre el bienestar de la gente de mar (núm. 138), 1970.
- Convenio sobre el bienestar de la gente de mar (núm. 163), 1987. Ratificaciones.
- Recomendación sobre el bienestar de la gente de mar (núm. 173), 1987.
- Convenio sobre la protección de la salud y la asistencia médica (gente de mar) (núm. 164), 1987. Ratificaciones.
- Recomendación sobre los botiquines a bordo de los buques (núm. 105), 1958.
- Recomendación sobre consultas médicas en alta mar (núm. 106), 1958.
Inspección del trabajo
Seguridad social
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II. Normas internacionales del trabajo relativas a la pesca, el trabajo portuario y la navegación en aguas interiores
Pesca
Trabajo portuario
Navegación en aguas interiores
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III. Normas internacionales del trabajo aplicables a todos los trabajadores, incluida la gente de mar
Arriba
2. Legislación nacional (base de datos NATLEX)
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