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Transporte marítimo: Protección social

Resulta especialmente complicado proporcionar protección social en la industria marítima, ya que con frecuencia la gente de mar trabaja con arreglo a la legislación de un país que no es el suyo. En estos casos, es particularmente difícil ofrecer protección contra condiciones laborales injustas, peligrosas e insalubres a la gente de mar y a sus familias, o garantizares acceso a los servicios de salud y protección de la seguridad social.

La OIT se ha enfrentado a estas dificultades adoptando normas relativas al trabajo marítimo de gran alcance y que cubren un amplio abanico de cuestiones de protección social.

Véase el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 y la refundición de las normas relativas al trabajo marítimo.

Muchas publicaciones de la OIT, en particular directrices y repertorios de recomendaciones prácticas relativos a la gente de mar y a la marina mercante tratan el tema de la protección social de una forma u otra. Consúltense, por ejemplo, las publicaciones siguientes.

Grupo mixto especial de expertos OMI/OIT sobre responsabilidad e indemnización respecto de las reclamaciones por muerte, lesiones corporales y abandono de la gente de mar

En 1998 se creó el Grupo Mixto especial de expertos OMI/OIT, que se encarga de las cuestiones de responsabilidad e indemnización relacionadas con las reclamaciones presentadas por las tripulaciones, a fin de garantizar, mediante la aplicación de los instrumentos internacionales apropiados, el derecho de los miembros de las tripulaciones y de la gente de mar a recibir indemnizaciones adecuadas por muerte, lesiones corporales y abandono, así como de la formulación de recomendaciones oportunas al Comité Jurídico de la OMI y al Consejo de Administración de la OIT, según corresponda. Los informes del Grupo Mixto (incluidos los proyectos de resolución y las directrices) pueden consultarse en línea.

Base de datos sobre casos notificados de abandono de gente de mar
De acuerdo con las conclusiones de la sexta reunión del Grupo mixto especial de expertos OMI/OIT sobre responsabilidad e indemnización respecto de las reclamaciones por muerte, lesiones corporales y abandono de la gente de mar celebrada en Londres del 19 al 21 de septiembre de 2005, la OIT presenta una base de datos actualizada de forma periódica y especializada que proporciona información adecuada sobre el abandono de buques y la gente de mar.

Grupo de Trabajo mixto especial de expertos OMI/OIT sobre el trato justo de la gente de mar en caso de accidente marítimo

En su 290.a reunión (junio de 2004), el Consejo de Administración aprobó el establecimiento del Grupo de Trabajo mixto especial de expertos OMI/OIT sobre el trato justo de la gente de mar en caso de accidente marítimo. Con arreglo a su mandato, el Grupo de Trabajo mixto debe preparar recomendaciones adecuadas que someter al examen del Comité Jurídico de la OMI y al Consejo de Administración de la OIT, en particular un proyecto de directrices sobre el trato justo de la gente de mar en caso de accidente marítimo. La primera reunión del Grupo de Trabajo mixto se celebró del 17 al 19 de enero de 2005. El informe presentado al Consejo de Administración sobre esta reunión ya se encuentra disponible.

Condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar a bordo de buques de registro internacional

La OIT realizó un estudio sobre las condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar a bordo de buques de registro internacional. Además, se envió a los ministerios de trabajo, a las administraciones marítimas y a las organizaciones de armadores y de gente de mar de los países que tienen actividad marítima un cuestionario sobre buques de registro internacional: condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar. Los resultados se utilizaron para preparar un informe de la OIT para la Reunión de expertos sobre las condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar a bordo de buques de registro internacional (Ginebra, 6 a 8 de mayo de 2002).


Puesto al día por EA. Aprobada por DA/ET. Ultima actualización: 11 de noviembre de 2008.