|
|
 |
Igualdad de oportunidades
Las mujeres y los grupos sociales de muchos países, incluidos los trabajadores migrantes, los pueblos indígenas y los trabajadores discapacitados, siguen recibiendo un trato discriminatorio con respecto tanto a la remuneración y otras condiciones de empleo como a oportunidades de formación y promoción.
Enlaces y recursos útiles
Entre las actividades de la OIT encaminadas a reducir esa discriminación, en particular en el sector de la alimentación, las bebidas y el tabaco, cabe citar la promoción de las normas internacionales del trabajo siguientes:
- Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100);
- Convenio sobre la protección de la maternidad (revisado), 1952 (núm. 103);
- Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111);
- Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, 1981 (núm. 156);
- Convenio sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo, 1988 (núm. 168);
- Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169);
- Convenio sobre el trabajo nocturno, 1990 (núm. 171);
- Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial, 1994 (núm. 175);
- Convenio sobre el trabajo a domicilio, 1996 (núm. 177);
- Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187); y
- Recomendación sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 197)
|
Puesto al día por MMTT. Aprobada por ET. Ultima actualización: 3 de agosto de 2007.