ILO HOME Organizacion Internacional del Trabajo
ACT/EMP
Cooperatión Técnica
ACT/EMP HOME
 

 

Planificación y ejecución
de la cooperación técnica con
organizaciones de empleadores

 

El presente documento complementa el titulado "Documento normativo de la OIT sobre las actividades para los empleadores"

[Tapa]


A. ¿Qué es la cooperación técnica?

[Siguiente]

La cooperación técnica en sentido amplio consiste en las diferentes actividades de la Oficina de Actividades para los Empleadores, en colaboración con organizaciones de empleadores, destinadas a consolidar su capacidad

  • para influir en los elementos legislativos y normativos, con miras al desarrollo de las empresas;
  • para prestar a sus miembros los servicios directos que necesiten y que promuevan su competitividad.

En este marco general, las actividades de cooperación técnica apuntan a uno o más de los siguientes objetivos concretos de las organizaciones de empleadores:

  • aumento del número de miembros de la organización;
  • obtención de más ingresos, y fuentes de ingresos, para la organización;
  • perfeccionamiento de los conocimientos teóricos y prácticos del personal;
  • establecimiento de nuevos servicios, con objeto de que la cooperación técnica pueda satisfacer sus necesidades;
  • realce de la facultad de la organización de llevar eficazmente sus relaciones bipartitas y tripartitas;
  • realce de la facultad de la organización de acopiar, analizar y difundir información sobre asuntos económicos y laborales.

[Tapa]


B. La planificación

[Siguiente]

Se incita a las organizaciones de empleadores (y se les ayuda, en caso necesario) a formular planes estratégicos con una misión, unos objetivos y un centro de interés, así como con medios o métodos para alcanzar sus objetivos. Esto presupone, entre otras cosas, la evaluación del entorno exterior en el que actúa la organización, la definición de las necesidades de las empresas, la determinación de sus recursos actuales, humanos y financieros, para la consecución de sus objetivos, así como un plan para alcanzar las metas fijadas en materia de desarrollo. Esto contribuye a precisar el rumbo de desarrollo de la empresa, y sus fases sucesivas, y los sectores en los cuales puede resultar útil la asistencia técnica de la Oficina y contribuir a la consecución de sus objetivos de desarrollo.

En este marco general, el personal exterior (especialistas de los empleadores) de la Oficina, doce en total en cada equipo multidisciplinario de la OIT, en las diferentes regiones, además de su tarea de relaciones públicas, detalla junto con los elementos integrantes la asistencia técnica que se necesita concretamente y que será la base de los planes de trabajo de los especialistas de los empleadores, los cuales se decidirán de mutuo acuerdo entre ellos y la Oficina de Actividades para los Empleadores

La información facilitada por el personal exterior de la Oficina constituye una aportación a la tarea de planificación y ejecución, que consiste en

  • definir su misión,
  • efectuar un análisis ambiental de cuando en cuando,
  • proceder a la ejecución y la evaluación.

[Tapa]


C. Ejecución de los programas de cooperación técnica

Financiación

Se dispone de fondos para la ejecución de los programas de cooperación técnica en el exterior con cargo a

  • el presupuesto ordinario de la Oficina;
  • donantes;
  • en algunos casos, los fondos regionales de la OIT, fondos de las oficinas de zona de la OIT y de los equipos multidisciplinarios.

Apoyo de la Oficina

Además de reunir y proporcionar fondos para la cooperación técnica, la Oficina de Actividades para los Empleadores presta apoyo, tanto técnico como administrativo, con fines de cooperación técnica, a cargo de los especialistas de los empleadores.

Medios y métodos

Los métodos adoptados para proporcionar programas de cooperación técnica a los elementos integrantes son los siguientes:

  • servicios de asesoramiento y consultivos;
  • formación y materiales didácticos;
  • información, consistente en documentos y publicaciones;
  • giras de estudio, para aprender de otras organizaciones de empleadores;
  • seminarios y reuniones de trabajo, en los planos nacional, regional o interregional.

Se procede a una evaluación del método más apropiado. Por ejemplo, aunque la acción se centre en las actividades nacionales, se podrá optar por reuniones regionales o interregionales cuando, verbigracia:

  • resulte más fecundo que la formación tenga carácter regional;
  • permitan abordar colectivamente un asunto regional o interregional, aprovechando con ello una experiencia variada, o adoptando un enfoque común al tratar el tema.

Se prefieren, sin embargo, los seminarios de carácter nacional, o en otros niveles, cuando los objetivos y los resultados son claros y pueden desembocar en una acción ulterior.

La competencia especializada aprovechable para los servicios consultivos y de asesoramiento, las reuniones y la formación va desde la utilización de consultores externos (nacionales o internacionales) hasta la intervención del propio personal de la Oficina, por ejemplo los especialistas de los empleadores, otros funcionarios de la OIT y el personal de otras organizaciones de empleadores.


Para más informaciones, dirigirse al la Oficina de Actividades para los Empleadores (ACT/EMP)
Tel: +41.22.799.7748, Fax: +41.22.799.8948 , E-mail: actemp@ilo.org


OIT Home ACT/EMP Home Vuelva a Cooperatión Técnica Tapa de la paginación


Copyright © 1998 Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Descargo de responsabilidad
webinfo@ilo.org
Esta página fue creada por B.C., y aprobada por R.C. Última actualización: 13 de julio de 1998.