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Programa principal 80. Relaciones laborales y administración del trabajo

Resumen de las propuestas para 1998-1999 y comparación con el bienio anterior (comprendidas otras fuentes de financiación)

PROGRAMA

TITULO

ANOS/MESES TRABAJO

DOLARES DE ESTADOS UNIDOS

    SERVICIOS ORGANICOS SERVICIOS GENERALES GASTOS DE PERSONAL OTROS GASTOS TOTAL RECURSOS
80.1 DIRECCION DEL DEPARTAMENTO 2/00 3/00 629,100 511,058 1,140,158
80.2 DERECHO DEL TRABAJO 10/07 4/00 1,926,823 91,302 2,018,125
80.3 RELACIONES LABORALES 23/00 12/09 4,549,497 398,010 4,947,507
80.4 ADMINISTRACION DEL TRABAJO 14/00 11/00 3,058,332 464,723 3,523,055
TOTALES PARA 1998-99
PRESUPUESTO ORDINARIO 49/07 30/09 10,163,752 1,465,093 11,628,845
  OTRAS FUENTES 2/05 0/10 432,839 8,577,597 9,010,436
TOTALES PARA 1996-97
PRESUPUESTO ORDINARIO 47/00 26/06 11,080,704 1,723,012 12,803,716
  OTRAS FUENTES 3/08 0/02 640,048 11,362,132 12,002,180

80.1. Durante los últimos años, ha aumentado la presión que vienen soportando los sistemas de relaciones laborales y administración del trabajo. La situación es particularmente delicada en los países que han iniciado recientemente un proceso de democratización de sus instituciones, a los cuales se plantea la difícil tarea de desarrollar nuevos sistemas de relaciones laborales. En términos más generales, una de las consecuencias de la mundialización, la desreglamentación y la liberación del comercio ha sido el aumento de la importancia económica de las pequeñas empresas, por una parte, y de las grandes corporaciones, inclusive las empresas multinacionales, por otra. Al mismo tiempo, las disposiciones proteccionistas de la legislación laboral están siendo el blanco de las críticas de los empleadores y de ciertas autoridades responsables, quienes las consideran un obstáculo para la flexibilidad, la productividad y la competitividad. Estos factores, a los que se suman la aparición de nuevas formas de relación de empleo y la aplicación de nuevos métodos de gestión de recursos humanos en muchas empresas, ponen en entredicho la eficacia de los sistemas tradicionales de relaciones de trabajo y la función de representación de los sindicatos. Asimismo, esta situación está provocando una frag-mentación de los intereses de la clase trabajadora y un aumento del número de trabajadores que no quedan comprendidos en el ámbito de acción de los sistemas de relaciones laborales y de protección social. Por consiguiente, a las administraciones del trabajo incumbe desempeñar un papel cada vez más importante en lo que atañe a garantizar condiciones de trabajo decorosas, mediante la aplicación eficaz de las disposiciones de protección previstas en la legislación laboral, y a fomentar el buen funcionamiento del mercado de trabajo. Sin embargo, las administraciones del trabajo de muchos Estados Miembros, sobre todo en los países en desarrollo se caracterizan todavía por su escasa capacidad, sus deficiencias orgánicas y su carencia frecuente de recursos financieros y humanos adecuados, debido principalmente a los drásticos recortes en el gasto público efectuados en el marco de los programas de ajuste estructural. La forma más eficaz de resolver las dificultades a que se enfrentan hoy los sistemas de relaciones laborales es fomentar el diálogo entre los interlocutores sociales tripartitos y dar a éstos el respaldo de una dinámica administración del trabajo.

80.2. El objetivo de este programa principal es fomentar el diálogo social entre los mandantes tripartitos a fin de lograr un nivel más alto de rendimiento económico y de justicia social. Ello supone: adaptar la legislación del trabajo de los Estados Miembros con el fin de que, mediante el diálogo entre los interlocutores sociales, la relación de empleo se adecúe a la realidad cambiante de la economía de mercado y la mundialización; desarrollar sistemas de relaciones de trabajo que afiancen el proceso democrático mediante el diálogo social y permitan a los interlocutores sociales participar en la formulación y la aplicación de políticas económicas y laborales propicias a la justicia social y la eficacia de las empresas, y crear y mejorar servicios de administración del trabajo capaces de aplicar políticas sociales que favorezcan el desarrollo económico.

80.3. Estos objetivos se lograrán por medio del suministro de servicios consultivos técnicos respaldados por actividades de cooperación técnica, de la organización de reuniones y de actividades de investigación, del acopio y la difusión de información y de la realización de actividades normativas en materia de relaciones laborales, políticas salariales, legislación laboral y servicios de administración del trabajo. Durante el bienio 1998-1999, las actividades del programa principal en lo que se refiere al acopio, el análisis y la difusión de datos se racionalizarán y potenciarán con la creación de una Red de Información sobre Relaciones Laborales, que utilizará las posibilidades que ofrece la tecnología de la información para impulsar el establecimiento de redes de colaboración con los equipos consultivos multidisciplinarios, así como con otras bases de datos y centros de investigación sobre relaciones laborales. Esta Red de Información centralizará el acopio, el análisis y la difusión de información relativa a todas las actividades técnicas de este programa principal y, como tal, promoverá una difusión más amplia de la información técnica sobre relaciones de trabajo y aumentará la notoriedad de la OIT en este campo. En apoyo de esas actividades se desarrollarán sistemas metodológicos que faciliten la concepción y la puesta en funcionamiento de sistemas de información práctica sobre administración del trabajo. Se llevarán a cabo actividades de investigación interdisciplinaria en el campo de las relaciones laborales y, en particular, sobre métodos cooperativos para la celebración de negociaciones colectivas, sobre la utilidad de las relaciones laborales a la hora de mejorar el contenido y calidad del trabajo, así como sobre las remuneraciones en el sector público. Durante este bienio se celebrará también una reunión tripartita sobre zonas francas industriales.

80.4. Los recursos para este programa principal han aumentado en aproximadamente 774.000 dólares en términos reales con respecto al bienio 1996-1997. Se ha producido un aumento de 2/07 años de trabajo de servicios orgánicos y de 4/03 años de trabajo de servicios generales, que se ve compensado por una disminución global de los gastos no correspondientes al personal. A fin de que los servicios que la OIT presta a sus mandantes sean más eficaces en estas esferas técnicas, el programa Derecho del trabajo y relaciones laborales se ha dividido, dando origen a dos programas: Derecho del trabajo y Relaciones laborales. Esta reorganización permitirá enfocar más de cerca el problema de las relaciones de trabajo en los Estados Miembros, esfera de importancia fundamental en lo que respecta al desarrollo económico y social y al ajuste estructural.

80.1. Dirección del Departamento

80.5. En el marco de este programa se prevén fondos para el Director del Departamento y los servicios de secretaría. La asignación de 495.000 dólares con cargo a la CTPO se utilizará para financiar las actividades indicadas en los programas correspondientes.

80.2. Derecho del trabajo

80.6. Ante los cambios políticos y económicos que tienen lugar en muchos Estados Miembros cabe preguntarse si la legislación laboral vigente se adapta convenientemente a las necesidades actuales. La democratización exige que se reforme el derecho del trabajo para así garantizar una protección adecuada de los derechos fundamentales de los trabajadores, que son la base de todo proceso democrático. Al mismo tiempo, ante el aumento de la competencia debido a la mundialización de la economía, las normas del derecho laboral establecidas deben servir no sólo para proteger el bienestar de los trabajadores sino que han de contribuir también a mejorar la competitividad de las empresas y de la economía en general. De igual forma, los programas de ajuste estructural suelen basarse en el derecho del trabajo para establecer un marco institucional que permita llevar adelante el reajuste económico tomando debidamente en consideración su dimensión social. En algunos países se han criticado ciertas disposiciones legislativas por considerar que constituyen un freno al ajuste estructural, el rendimiento de las empresas y la creación de empleo. Muchos países no cuentan con la capacidad adecuada para evaluar las repercusiones que pueden tener ciertas disposiciones del derecho del trabajo en la protección de los trabajadores y el rendimiento económico. Cuando se examinan los efectos en la esfera económica que tiene la aplicación del derecho del trabajo en un país dado no sólo se debe analizar detenidamente su situación económica, política, jurídica y social, sino que también hay que conocer la evolución y los cambios que se han producido en la legislación laboral de otros países. La necesidad de revisar la legislación laboral va unida a la necesidad de reformar los dispositivos que aseguran su cumplimiento, en particular aquellos cuya función es solucionar los conflictos sobre derechos, como, por ejemplo, los mecanismos para la presentación de reclamaciones en las empresas y para incoar causas ante los tribunales de trabajo. Algunos países tienen hoy dificultades por lo que se refiere a la solución de conflictos sobre derechos, de forma que el resultado sea eficaz, justo y transparente.

80.7. Los objetivos de este programa son los siguientes: a) adoptar una legislación laboral que refuerce las garantías de los derechos humanos básicos, reglamente la relación de empleo de forma que satisfaga la necesidad de alcanzar tanto la justicia social como un buen rendimiento económico y mejore la capacidad de los interlocutores sociales para dialogar entre sí; b) incrementar la capacidad de los mandantes de la OIT para elegir entre los diferentes modos de formular dicha legislación laboral; c) aumentar la capacidad de los mandantes de la OIT para redactar proyectos legislativos en materia laboral y aplicarlos, y d) mejorar los procedimientos de solución de conflictos relativos a la aplicación del derecho laboral y a los contratos de trabajo. Con respecto al último objetivo, este programa tratará únicamente de los conflictos de tipo jurídico, y no de los que se refieran a la negociación colectiva, los cuales son de la competencia del programa Relaciones laborales. En términos generales, las actividades de este programa se centrarán en los aspectos jurídicos de la relación individual entre empleadores y trabajadores. Asimismo, el programa Derecho del trabajo intentará, en estrecha colaboración con el programa Relaciones laborales, que los Estados Miembros adopten una legislación laboral que sirva de marco jurídico apropiado para la celebración de consultas tripartitas y de negociaciones colectivas eficaces, para el fomento de la participación de los trabajadores y para la solución de conflictos del trabajo. Estos objetivos se perseguirán de conformidad con las normas laborales internacionales y teniendo en cuenta las condiciones nacionales y la diversidad de situaciones sociales y económicas de los distintos Estados Miembros.

80.8. Las principales actividades que se lleven a cabo en el marco de este programa seguirán siendo la prestación de servicios consultivos técnicos y de apoyo a las actividades de cooperación técnica, con el fin de ayudar a los Estados Miembros a examinar y revisar su legislación laboral. Los servicios consultivos de la OIT son cada día más necesarios y se espera que durante el bienio 1998-1999 este programa reciba y dé curso a unas 40peticiones de servicios de asesoramiento. Estos servicios consultivos consistirán principalmente en: redactar proyectos legislativos en materia laboral, celebrar consultas con los empleadores, los trabajadores y sus organizaciones sobre leyes en vigor o sobre cómo perciben ellos los cambios que deben introducirse, proporcionar información y asesoramiento a las autoridades legislativas de cada país, hacer comentarios y asesorar sobre los proyectos legislativos redactados por los Estados Miembros, y participar en las discusiones tripartitas sobre la revisión del derecho del trabajo. Las actividades que tienen que ver con la reglamentación jurídica de las relaciones laborales colectivas, inclusive la negociación colectiva, la solución de conflictos de intereses, la participación de los trabajadores y la fijación de salarios, se llevarán a cabo en colaboración con el programa Relaciones laborales.

80.9. A fin de promover la eficacia interna y crear una capacidad nacional, se prepararán directrices sobre legislación laboral que servirán para orientar la revisión de la legislación laboral vigente o la redacción de nuevos textos jurídicos. Con estas directrices se pretende fomentar en cada país el desarrollo de conocimientos especializados y duraderos en materia de redacción de textos jurídicos. Se mantendrá el diálogo entre la OIT y el Banco Mundial acerca de estas materias, con el objeto de promover un mejor entendimiento de las relaciones existentes entre el derecho del trabajo, la justicia social, el rendimiento económico y la necesidad de celebrar consultas tripartitas. Asimismo, este programa se ocupa de actividades normativas, incluida la segunda discusión de las eventuales normas internacionales sobre trabajo en régimen de subcontratación, que se someterán a la consideración de la reunión de la Conferencia en 1998.

80.10. El acopio, análisis y difusión de información se centrará en cuestiones de actualidad relativas al contrato de trabajo, las formas precarias de empleo y la solución de conflictos sobre la aplicación del derecho laboral y del contrato de trabajo. Se elaborará un compendio sobre los derechos y obligaciones de los trabajadores y los empleadores en caso de venta o fusión de las empresas, en el contexto de programas de privatización o reestructuración. A este respecto, las disposiciones en materia de derecho del trabajo que tratan de los derechos y obligaciones de los trabajadores y los empleadores que se ven afectados por la venta o traspaso de sus empresas son un marco de referencia importante para todas las partes. Este compendio incluirá información sobre los 30 a 40 países en que la introducción o la revisión de la legislación en la materia ha sido más importante. Esta labor redundará en beneficio de la Red de Información sobre Relaciones Laborales que va a poner a punto el programa Relaciones laborales.

80.11. Se organizarán seminarios subregionales en los que se debatirán los problemas que plantea la aplicación de algunas normas internacionales del trabajo, como el Convenio (núm.158) y la Recomendación (núm.166) sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982, el Convenio (núm.173) y la Recomendación (núm.180) sobre la protección de los créditos laborales en caso de insolvencia del empleador, 1992, y cualquier otro instrumento sobre trabajo en régimen de subcontratación que se adopte en 1998. Uno de tales seminarios se celebrará en Africa o América Latina, financiado con recursos CTPO y organizado en colaboración con el programa principal 50 (Normas internacionales del trabajo y derechos humanos) y los equipos consultivos multidisciplinarios pertinentes. Un segundo seminario de las mismas características se organizará en la otra región, a condición de que se disponga de los recursos necesarios.

80.12. Se espera poder contar con recursos extra-presupuestarios por un monto de aproximadamente 2.200.000 dólares para las actividades de cooperación técnica. Se utilizarán recursos CTPO para responder a las solicitudes de asistencia de los mandantes, en particular en los países que están llevando a cabo programas de ajuste estructural o que se encuentran en pleno proceso de transición hacia un sistema democrático y de economía de mercado. También se utilizarán recursos extrapresupuestarios y CTPO para financiar la celebración de seminarios y reuniones tripartitos en los que se debatirán las principales cuestiones relacionadas con el derecho del trabajo, al objeto de ayudar a los Estados Miembros en la formulación y la puesta en práctica de políticas nacionales sobre estas cuestiones.

80.3. Relaciones laborales

80.13. Los recientes cambios políticos y económicos están ejerciendo una fuerte presión en los sistemas de relaciones laborales. Un medio importante de consolidar el proceso de democratización en curso en una serie de países es fomentar un diálogo social fructífero entre los mandantes tripartitos. La competencia cada vez más dura en los mercados mundiales exige, y al mismo tiempo hace aún más difícil, que los interlocutores sociales lleguen a un acuerdo sobre cómo conciliar el aumento de la competitividad con la justicia social. El aumento de la interdependencia económica está poniendo a prueba la capacidad de los sistemas nacionales de relación laboral para reglamentar las relaciones entre los empleadores, en particular las empresas multinacionales, y los trabajadores. En muchos países, la descentralización de las negociaciones colectivas conlleva la necesidad de reestructurar y adaptar las instituciones que se ocupan de las relaciones laborales. Las nuevas formas de gestión de recursos humanos basadas en las relaciones individuales entre empleadores y trabajadores está poniendo en entredicho el papel representativo que desempeñan los sindicatos y otras instituciones. Además, en muchos países en desarrollo y en proceso de transición las organizaciones de empleadores y trabajadores no cuentan con la suficiente fuerza, y los mecanismos de negociación colectiva y de solución de conflictos son a menudo insuficientes o ineficaces.

80.14. Los objetivos de este programa son los siguientes: fomentar el diálogo social tripartito y la negociación colectiva como medios para conciliar las metas del rendimiento económico y la justicia social; crear y desarrollar dispositivos para la solución pacífica de los conflictos laborales, y concebir y aplicar políticas y regímenes salariales que estén en consonancia con los principios de eficacia y equidad. Para lograr estos objetivos se ayudará a los mandantes con servicios consultivos técnicos y actividades de cooperación técnica. Con objeto de respaldar estas actividades se acopiará y difundirá información sobre cuestiones importantes en las esferas de las relaciones laborales y las remuneraciones, se llevarán a cabo proyectos de investigación, y se elaborarán y promoverán normas internacionales del trabajo. Aprovechando los más recientes progresos de la informática, se establecerá la Red de Información sobre Relaciones Laborales (IRNET) para mejorar la capacidad informativa del programa reuniendo la información disponible en bases de datos de fácil acceso y consulta, y, en segundo lugar, poniendo al servicio de la sede de la OIT y de las oficinas exteriores un sistema interactivo de información sobre relaciones laborales. Las actividades de investigación se centrarán en el papel que desempeñan las relaciones laborales en el mejoramiento de la calidad y el contenido del empleo, en la representación de los trabajadores en las empresas multinacionales, y en los regímenes salariales del sector público. También seguirá brindándose apoyo administrativo a la Asociación Internacional de Relaciones de Trabajo (AIRT), por cuyo intermedio la OIT accede al caudal de conocimientos que universitarios y profesionales del mundo entero tienen en este campo, labor que redundará en beneficio de las actividades de investigación y de asistencia técnica de la Organización. Por lo que se refiere al fomento de las instituciones y los procedimientos tripartitos en el marco de este programa, se dará curso a las conclusiones adoptadas por la Conferencia de 1996 relativas a las consultas tripartitas a nivel nacional sobre políticas económicas y sociales, y a la forma de lograr el pleno empleo a nivel mundial, responsabilidad que recae en los gobiernos, empleadores y sindicatos.

80.15. Las actividades de información y análisis de datos se centrarán, en particular, en las disposiciones de los acuerdos bipartitos y tripartitos que encaran el problema de la creación y protección del empleo y la competitividad en las empresas previendo medidas para encontrar un equilibrio entre, por una parte, la responsabilidad de la dirección de mantener los puestos de trabajo existentes o de crear nuevos y, por otra, la colaboración de los sindicatos necesaria para aumentar la productividad y reducir los costos de mano de obra. Los resultados de esta labor se publicarán en un compendio que se difundirá entre los mandantes de la OIT como referencia con respecto a modos innovadores de abordar las cuestiones relativas al empleo mediante la negociación colectiva.

80.16. Seguirán utilizándose recursos CTPO para responder a las solicitudes de asistencia de los mandantes, en particular en los países que están llevando a cabo programas de ajuste estructural y en aquellos que se ven especialmente afectados por los cambios económicos o que se encuentran en pleno proceso de creación de instituciones democráticas y de transición hacia un sistema de economía de mercado. Los recursos CTPO también se utilizarán para financiar la organización de seminarios y reuniones tripartitos en los que se debatirán cuestiones importantes en el ámbito de las relaciones laborales y la política salarial.

Mejora del contenido y la calidad del trabajo

80.17. Se emprenderán investigaciones sobre la función que incumbe a las relaciones laborales en la mejora del contenido y la calidad del trabajo, y se publicarán los datos que se obtengan. La creciente presión ejercida sobre las empresas para que mejoren su productividad se está centrando en cómo motivar más a los trabajadores, en especial mejorando el contenido y la calidad del trabajo. A pesar de que algunos Estados Miembros están llevando a cabo diversas experiencias, los resultados obtenidos no corresponden muchas veces con lo que se hubiera esperado. Entre las razones de este fracaso cabe destacar la falta de cooperación entre la dirección y los trabajadores así como de reformas adecuadas del sistema de remuneración que vayan a la par de la transformación de los contenidos del trabajo. El objetivo de estas investigaciones es que los mandantes comprendan de qué modo la acción conjunta puede mejorar el contenido y la calidad del trabajo, aumentando no sólo la satisfacción y motivación de los trabajadores sino también la productividad de la empresa. Otro objetivo consiste en lograr que los mandantes comprendan mejor la relación que existe entre la calidad del trabajo y los sistemas de remuneración. A fin de mostrar cómo se puede aumentar la eficacia de los sistemas de relaciones laborales en este ámbito, se recopilará y analizará información sobre la influencia de la negociación colectiva y la participación de los trabajadores en la mejora del contenido y la calidad del trabajo. Los resultados de estas investigaciones se publicarán en un compendio informativo que servirá de referencia para los interlocutores sociales.

Representación de los trabajadores
en las empresas multinacionales

80.18. Otro tema de investigación será la representación de los trabajadores en las empresas multinacionales. Las decisiones más importantes de las empresas multinacionales se toman en su sede respectiva, lo que hace que los empleados en funciones en el extranjero suelan tener dificultades para salvaguardar sus intereses celebrando negociaciones y consultas con la dirección local. Los casos más graves tienen que ver con el cierre de las fábricas y con los despidos en gran escala que se producen cuando la dirección central decide suspender sus operaciones o transferirlas a otro lugar. Por esta razón, los sindicatos de todo el mundo reivindican la creación de mecanismos de negociación y consulta a nivel de empresa. En la Unión Europea, esta situación dio lugar a la adopción en 1994 de una Directiva sobre la constitución de un comité de empresa europeo o de un procedimiento de información y consulta a los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria. Muchos órganos de representación establecidos de conformidad con esta Directiva se crearon hace ya varios años. El objetivo de esta investigación es conseguir que los mandantes comprendan mejor la situación actual en lo que respecta, por una parte, a la representación de los trabajadores en las empresas multinacionales y la información que se les facilita y, por otra, a los factores que contribuyen al buen funcionamiento de los mecanismos de participación en esas empresas. Se evaluará el nivel de consulta en las empresas de dimensión comunitaria de la Unión Europea y en las empresas multinacionales establecidas fuera de la Unión y se analizará el funcionamiento de los órganos de representación existentes con objeto de señalar cuáles son las condiciones necesarias para su correcto funcionamiento y la creación de organismos análogos. Los resultados de las investigaciones servirán de material de referencia sobre representación de los trabajadores en las empresas multinacionales, que se distribuirá entre los mandantes y será empleado por los funcionarios de los servicios consultivos de la OIT.

Remuneración del sector público

80.19. A medida que los gobiernos intentan controlar el gasto público y mejorar la eficacia económica, se ejerce presión sobre ellos para que reformen los sistemas salariales del sector público. No obstante, incluso cuando se descentralizan la dirección de la empresa y la gestión salarial, el personal directivo de nivel intermedio del sector público suele disponer de escasas atribuciones en materia de retribuciones, y la participación de los trabajadores en las decisiones que conciernen a los salarios es mínima. Por consiguiente, se realizarán investigaciones sobre los cambios que se están produciendo en los regímenes salariales del sector público, para proporcionar a los mandantes información que les permita mejorar las políticas y los sistemas salariales del sector público y adaptarlos a la evolución del empleo y a los objetivos de organización en dicho sector. Los resultados de estas investigaciones constarán en documentos que servirán de apoyo a los servicios consultivos que se ocupan de esta esfera.

Reunión tripartita de países que poseen zonas francas industriales

80.20. En el bienio 1996-1997, se creó un programa de acción sobre Cuestiones laborales y sociales relacionadas con las zonas francas industriales (ZFI) cuyo objeto era aclarar la relación entre las dimensiones económicas, sociales y laborales de las ZFI, y valorar los factores que han hecho posible que las ZFI combinen el rendimiento económico con las prestaciones sociales. La labor de este programa de acción también se centra en analizar en qué medida los incentivos especiales, los programas de educación y formación, y las medidas políticas nacionales e internacionales han condicionado, o pueden condicionar, las prácticas laborales y sociales. Esta labor debería constituir una base para que se creen y desarrollen ZFI de tal forma que se optimice su influencia en el empleo, las condiciones de trabajo y el desarrollo en general. En Ginebra se celebrará una Reunión de países que poseen zonas francas industriales, de cinco días de duración (133.480 dólares), en la que se examinarán modos de mejorar los resultados económicos y sociales en las ZFI y la medida en que las normas internacionales del trabajo pueden constituir una base apropiada para tratar los problemas sociales y laborales de las ZFI. Se espera que la Reunión adopte una serie de directrices encaminadas a crear un ambiente propicio para la inversión y la mejora de las relaciones de trabajo en las ZFI. A la Reunión, que en un principio estaba prevista para el bienio 1996-1997, asistirán diez delegaciones tripartitas.

Programa de acción

Métodos cooperativos
de negociación colectiva

80.21. La negociación colectiva está lejos de ser una práctica generalizada en muchos Estados Miembros de la OIT, en particular en los países en desarrollo y en los países en transición, pero también en algunos países recientemente industrializados. Este mecanismo está perdiendo terreno incluso en algunos países industrializados en los que hasta ahora se había desarrollado bastante bien. Por otra parte, la negociación colectiva ha dejado de ser un proceso con fines puramente distributivos y está centrándose cada vez más en la búsqueda de beneficios para todas las partes a través de formas cooperativas de negociación. Las tendencias actuales hacia la descentralización de la negociación colectiva están provocando un aumento de la necesidad de disponer de información comparativa más detallada sobre experiencias fructiferas de cooperación para elaborar nuevos métodos de negociación colectiva en los niveles descentralizados, donde con frecuencia las partes no cuentan con los conocimientos técnicos adecuados, en particular en lo que se refiere a nuevos métodos de solución de problemas y de negociación que resulten beneficiosos para ambas partes.

80.22. El objetivo de este programa de acción es seguir profundizando los conocimientos técnicos de los interlocutores sociales con respecto a los enfoques cooperativos de negociación que resultan ventajosos para ambas partes, y de esta forma aumentar la repercusión de la negociación colectiva. Se emprenderán investigaciones sobre las prácticas de negociación de los Estados Miembros. Se examinarán y evaluarán las experiencias en materia de negociación colectiva cooperativa y se determinarán los factores que contribuyen al éxito de tales negociaciones, así como los que obstaculizan este proceso. La información sobre la experiencia de los distintos países se incluirá en una base de datos comparativa en la que los mandantes tripartitos de la OIT puedan inspirarse al desarrollar sus enfoques con respecto a la negociación cooperativa. Los resultados de esta labor se publicarán en informes y se debatirán en una serie de seminarios nacionales y subregionales en los que se determinarán las necesidades y capacidades de los mandantes tripartitos en lo que se refiere a la adopción de enfoques más cooperativos en materia de negociación colectiva. Se elaborarán guías y material didáctico para representantes sindicales y de los empleadores que tratarán de la negociación cooperativa en general, así como de las técnicas de negociación sobre temas que están surgiendo en la actualidad, incluidos los cambios tecnológicos y la organización de la producción.

La repercusión de la integración económica regional en las relaciones laborales

80.23. Los procesos de integración económica regional se ven normalmente impulsados por intereses económicos y, en particular, por intereses comerciales. Estos procesos se asocian con frecuencia con los esfuerzos por armonizar la legislación y la práctica laborales a nivel nacional. Los objetivos de tales actividades pueden ser lograr una mayor flexibilidad en cuanto a ciertos aspectos del mercado de trabajo de los países interesados o «lograr que la competencia no venga determinada por el costo de la mano de obra» por medio de la observancia de ciertas normas mínimas en esos países. Si bien ciertas agrupaciones regionales han hecho considerables progresos en cuanto a la armonización de su legislación y su práctica relativas a las relaciones laborales, otros han avanzado menos en esta esfera. Cabría preguntarse cuál es el papel que han desempeñado los interlocutores sociales en estas diversas experiencias, cuáles han sido los efectos en la legislación y la práctica que rigen las relaciones laborales en los países de que se trata y hasta qué punto han favorecido esos esfuerzos el proceso de integración regional, y cuales podrían ser las repercusiones de la legislación y las relaciones laborales en los países vecinos que quedan excluidos de la agrupación regional. Estas son algunas de las cuestiones que deben abordarse en las investigaciones que se realicen sobre las diferentes maneras de enfocar este asunto en determinadas agrupaciones regionales de países. El objetivo de esta actividad es conseguir una mayor comprensión de las consecuencias de las agrupaciones económicas regionales sobre las relaciones laborales, así como de la posible contribución de las relaciones laborales al proceso de integración. Esta información se compilará con base en la experiencia de las agrupaciones regionales existentes. Esta labor incluirá un análisis de la manera en que se han armonizado los sistemas nacionales de relaciones laborales, y de los procedimientos pertinentes de relaciones laborales que se han establecido a nivel regional para ocuparse de cuestiones económicas y laborales de importancia fundamental.

80.4. Administración del trabajo

80.24. La integración de las economías nacionales en el comercio mundial está afectando profundamente al mundo del trabajo. El proceso de reestructuración en curso está teniendo repercusiones importantes en los trabajadores, las empresas y el mercado de trabajo. La necesidad de aumentar la productividad impuesta por los rápidos cambios tecnológicos y un entorno más competitivo determinan las condiciones de trabajo, el empleo, las calificaciones necesarias, y el volumen y la naturaleza del desempleo. A este respecto, los sistemas de administración del trabajo y los ministerios de trabajo tienen un papel muy importante que desempeñar ya que entre sus funciones se incluye la mejora de las condiciones de trabajo, la solución y prevención de conflictos laborales, el fomento del diálogo social, el aumento de la transparencia y fluidez de los mercados laborales y la creación de sistemas de formación profesional adecuados. Para cumplir este papel eficazmente, los sistemas de administración laboral y los ministerios de trabajo deben adaptar sus medidas y servicios constantemente y desarrollar nuevas formas de organización, gestión e intervención. No obstante, muchas administraciones del trabajo no pueden cumplir adecuadamente estas importantes funciones, principalmente debido a las drásticas reducciones en el gasto público y a la necesidad de justificar constantemente los costos de sus actividades.

80.25. El objetivo de este programa es que las administraciones del trabajo, entre las que se incluyen los sistemas de inspección laboral y los servicios de empleo, conciban y apliquen políticas y medidas más eficaces que protejan a los trabajadores y mejoren el funcionamiento de los mercados de trabajo. Habida cuenta de los importantes cambios que se están operando en el mundo del trabajo, se hará hincapié en el desarrollo de nuevos puntos de referencia y metodologías que mejoren los servicios a los mandantes. Estos objetivos se lograrán por medio de la prestación de asistencia técnica y de ayuda para actividades de cooperación técnica y de formación, en especial en las esferas de la organización y el funcionamiento de sistemas de administración del trabajo, inspección laboral y servicios de contratación pública. Estas actividades estarán respaldadas por el acopio, análisis y difusión de información y por la creación de material de referencia y de instrumentos analíticos. Además del análisis de las memorias sobre los convenios ratificados, se emprenderán actividades para promover los instrumentos revisados sobre agencias retribuidas de colocación, que se prevé adoptará la Conferencia de 1997.

80.26. Se espera disponer de recursos extrapresupuestarios por valor de unos 6.300.000 dólares para actividades de cooperación técnica en este campo. Los recursos CTPO se utilizarán para complementar los proyectos nacionales de cooperación técnica y la asistencia técnica prestada por los equipos consultivos multidisciplinarios.

Desarrollo de la administración
del trabajo

80.27. Un sistema de administración del trabajo eficaz desempeña una función vital en la formulación y aplicación de la política nacional del trabajo, y es un factor esencial para aplicar políticas satisfactorias de desarrollo y lograr el progreso social. No obstante, en especial en los países en desarrollo, la capacidad de las administraciones del trabajo de responder a los retos actuales se ve a menudo limitada por la escasez de recursos y de personal directivo calificado. El objetivo de este subprograma es crear administraciones del trabajo eficaces que puedan adaptarse a los cambios radicales que se están operando actualmente en el mundo del trabajo, y al mismo tiempo garantizar la protección de los trabajadores y el progreso social. La asistencia para lograr este objetivo se centrará en reforzar las instituciones, mejorar su funcionamiento e incrementar la participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas de trabajo nacionales. Entre las actividades que se llevarán a cabo se incluyen la prestación de servicios consultivos técnicos directos a los ministerios de trabajo, la organización de actividades de formación para el personal directivo y calificado, y la evaluación de misiones tripartitas. Mediante la puesta en práctica de proyectos de cooperación técnica, se prestará ayuda en la organización y el funcionamiento de los ministerios de trabajo, incluidos los departamentos encargados de las relaciones con la OIT, del asesoramiento y de la prestación de otros servicios a las organizaciones de empleadores y de trabajadores. Se seguirá actualizando la base de datos sobre las administraciones nacionales del trabajo y se difundirá entre los mandantes información comparativa y referencias.

Programa de acción

Organización y gestión de
los sistemas de administración
del trabajo

80.28. De conformidad con el Convenio (núm.150) y la Recomendación (núm.158) sobre la administración del trabajo, 1978, los sistemas de administración del trabajo abarcan una variedad de instituciones y una amplia gama de actividades en materia de normas laborales, empleo y desarrollo de los recursos humanos, información sobre el mercado laboral y relaciones de trabajo. Según el país, estas actividades e investigaciones sobre cuestiones laborales incumben a los ministerios de trabajo en cooperación con otros organismos competentes y con la participación activa, a veces a muy alto nivel, de los interlocutores sociales. No obstante, se disponen de pocos datos sobre los tipos de actividades que resultan más eficaces, y se desconoce qué se necesita para garantizar su éxito. Los resultados de estas actividades, y la forma en que se valoran, varían enormemente, aunque es evidente que inciden en forma fundamental en el desarrollo de la democracia económica.

80.29. Por otra parte, las administraciones del trabajo de los Estados Miembros reaccionan de forma diferente a las repercusiones de la mundialización y de la liberalización del comercio mundial. Además de tener que adaptarse a los cambios tecnológicos, económicos, financieros y comerciales, muchos países ya han tenido que revisar sus finanzas públicas y llevar a cabo ajustes estructurales, que han afectado directamente a los ministerios de trabajo y a las instituciones públicas encargadas de la administración del trabajo. Estas deben por lo tanto demostrar que son capaces de mejorar sus servicios y reducir sus costos aplicando técnicas de evaluación apropiadas.

80.30. El objetivo de este programa de acción consiste en que los mandantes profundicen su conocimiento con respecto a los métodos eficaces de organizar y gestionar las administraciones del trabajo, y, por ende, de fortalecer la capacidad de los ministerios de trabajo. Este objetivo se conseguirá proporcionando a los gobiernos y a las organizaciones de empleadores y de trabajadores información sobre sistemas de administración del trabajo de distintos países y en particular acerca del papel que en ellos desempeñan los interlocutores sociales, de los recursos de que disponen dichos sistemas, de las tendencias de su desarrollo y de sus logros más destacados. Se elaborará un marco metodológico que sirva de ayuda a los responsables políticos cuando analicen y adopten políticas en materia de sistemas de administración del trabajo. Asimismo se preparará una guía sobre métodos de evaluación interna de los servicios (inspección del trabajo, servicios públicos de empleo, colocación de las personas en busca de empleo, aplicación de los programas de empleo, servicios a los interlocutores sociales, etc.) que prestan las diversas instituciones de administración del trabajo. Basándose en diez estudios monográficos, se preparará una publicación en que se describirán los principales sistemas de administración del trabajo, teniendo en cuenta criterios geográficos, culturales y económicos, con objeto de proporcionar información estructurada con respecto a sus funciones, organización, gestión y recursos. Asimismo, se incluirán informaciones sobre la situación económica y las relaciones laborales de los países en cuestión que faciliten la comprensión de dichos sistemas. Con objeto de prestar asistencia a las autoridades, se publicará una metodología de análisis de estas situaciones. Por último, se procederá a analizar los actuales sistemas de evaluación interna de las administraciones del trabajo y se publicará una guía de dichos sistemas y de los métodos de evaluación aplicados.

 

Inspección del trabajo

80.31. Aunque el cometido principal de la inspección del trabajo consiste en controlar la aplicación de las disposiciones jurídicas que protegen a los trabajadores, sus actividades y responsabilidades han venido aumentando progresivamente como resultado del desarrollo económico y social. No obstante, los avances tecnológicos y la mundialización de la economía dificultan cada vez más el que las administraciones del trabajo de muchos países en desarrollo puedan proporcionar servicios de inspección eficaces y rentables, especialmente a la vista de las otras restricciones financieras determinadas por los programas de ajuste estructural. Por lo tanto, resulta necesario continuar prestando una asistencia que refuerce los servicios de inspección del trabajo, en particular a través de la promoción de las normas internacionales del trabajo pertinentes (el Convenio núm.81 ya ha sido ratificado por 118 países) y la creación y el análisis de nuevos métodos para organizar y administrar los servicios de inspección del trabajo.

80.32. El objetivo de este subprograma consiste en establecer y desarrollar en los Estados Miembros mecanismos que permitan que los sistemas de inspección del trabajo desempeñen su función de modo eficaz. Para conseguir este objetivo se prestarán servicios de asesoramiento, se organizarán actividades de formación y se prestará apoyo para actividades de cooperación técnica. A fin de afianzar la aplicación de la legislación del trabajo, se impone realizar una campaña de promoción e información sobre sistemas de inspección del trabajo, en su tenor definido por los Convenios núms. 81 y 129. Por lo tanto, se celebrarán reuniones regionales tripartitas en América Latina, Asia sudoriental y Africa, a fin de prestar asistencia a los países que no han ratificado estos Convenios. En función de los resultados de estas reuniones, se estudiarán los problemas que impiden la ratificación y aplicación de estos instrumentos, con objeto de aumentar el número de ratificaciones de los citados Convenios. A este respecto, se preparará material informativo y de apoyo que se pondrá a disposición de los equipos consultivos multidisciplinarios. Estas actividades se verán facilitadas por el desarrollo y la actualización de la base de datos sobre inspección del trabajo que se creó durante el bienio 1996-1997 y por la celebración de misiones tripartitas que analizarán la eficacia de los servicios nacionales de inspección del trabajo. Asimismo, seguirá prestándose asistencia a la Asociación Internacional de la Inspección de Trabajo, útil fuente de información y medio para establecer contactos con los servicios nacionales pertinentes.

80.33. La OIT proporcionará a los gobiernos, las organizaciones de empleadores y de trabajadores y los expertos en la materia, información sobre los servicios de inspección del trabajo en un momento en que el trabajo está sufriendo unos cambios importantes no sólo de tipo social y tecnológico sino también de organización. Teniendo en cuenta un estudio efectuado en unos 20 países, se confeccionará un manual práctico que sirva para ayudar a los dirigentes nacionales a adoptar decisiones para formar a los inspectores del trabajo y para suministrar información a todos los interesados, en especial a los interlocutores sociales.

Servicios de empleo

80.34. El reto a que se enfrentan los servicios de empleo públicos y privados es reducir el desempleo y el subempleo, mediante la mejora del funcionamiento del mercado de trabajo. Para lograr este objetivo, se requiere la colaboración de los numerosos integrantes del mercado de trabajo, incluidos los servicios de empleo públicos y privados. La eficacia del mercado de trabajo depende de su transparencia, de la rapidez con que los candidatos cubren las vacantes y de su capacidad para prever los cambios económicos y adaptarse a ellos. Su grado de eficacia depende también de las relaciones entre los diversos protagonistas del mercado de trabajo.

80.35. El objetivo de este subprograma es mejorar la labor de los servicios de empleo, tanto públicos como privados, en pro del empleo. En lo tocante a la asistencia prestada a los mandantes, se hará hincapié en el sentido que hay que dar al Convenio y a la Recomendación sobre las agencias privadas de empleo, que se adoptaron en la Conferencia de 1997. En estrecha colaboración con los equipos consultivos multidisciplinarios, se prestará ayuda a los Estados Miembros para determinar cuál es la mejor forma de coordinar las actividades de promoción del empleo de los servicios de colocación públicos y privados. Se llevará a cabo una campaña de información para que se conozcan mejor los principios recogidos en los nuevos instrumentos propuestos, la que comprenderá cuatro seminarios regionales tripartitos de información. Esas actividades estarán respaldadas por la constante actualización de las bases de datos sobre servicios de empleo públicos y privados.

80.36. Los nuevos niveles de productividad y rentabilidad impuestos a los empleadores por la mundialización de los mercados, y los consecuentes cambios de las calificaciones y la flexibilidad que se exigen hoy a los trabajadores y a las personas que buscan un empleo, hacen necesario que se vuelva a examinar la función de los servicios públicos de empleo, tanto en lo que respecta a sus clientes como a la relación que mantienen con las agencias privadas de empleo. La mayoría de los países industrializados y muchos países en desarrollo tienen graves problemas para hacer corresponder la oferta y la demanda de mano de obra. Ni los servicios públicos de empleo ni los privados están en condiciones de garantizar un mercado del trabajo transparente ni una oferta de servicios lo suficientemente eficaces como para superar estas grandes dificultades. No obstante, los Estados Miembros han adoptado diversas iniciativas para solucionar este problema, que es necesario documentar, analizar y dar a conocer a los expertos y a las autoridades encargadas de la elaboración y el desarrollo de las políticas de empleo. Basándose en los datos de que dispone la OIT y en un análisis exhaustivo de los servicios de empleo de algunos países se preparará un manual técnico con información sobre la evolución de la labor y las actividades de los servicios de empleo. Se señalarán los problemas que se plantean a los servicios de empleo y se analizarán los diferentes métodos para resolverlos. Se examinarán las diversas prestaciones de los servicios de empleo señalando que los cambios que se han producido en la organización y en las actividades de los servicios de empleo públicos y privados forman parte de la adopción de nuevas estrategias y políticas de intervención del mercado del trabajo. Se realizarán estudios detallados en unos 10 a 15 países, que servirán de base para la publicación de un libro de referencia sobre esta cuestión.

Puesto al día por BB. Aprobada por DS. Ultima actualización: 3 de noviembre de 1999.