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INTRODUCCION : La presente guía tiene por objeto explicar el funcionamiento de la Caja del Seguro de Salud del Personal de la OIT y de la UIT (CAPS). También da respuesta a algunas preguntas que se formulan con frecuencia. Sin embargo, esta guía no debe considerarse como una interpretación autorizada de los Estatutos de la Caja. Volver al principio de la página ¿QUIEN ESTA ASEGURADO? a) se consideran como "personas aseguradas obligatoriamente" : i) todos los miembros del personal que trabajen en la sede de la OIT o de la UIT, con excepción del personal de limpieza contratado a tiempo parcial, titulares de un contrato de seis meses o que hayan acumulado seis meses de servicios continuos*;* una interrupción de menos de 60 días no afecta esta continuidad. NB: Los funcionarios con contratos a corto plazo no están afiliados a la CAPS y contribuyen, con una tasa de 0,73 por ciento de sus salarios al seguro de enfermedad/accidente de que disponen los funcionarios con contratos de corta duración. Estos funcionarios tienen derechos al reembolso de ciertos gastos médicos hasta un monto máximo determinado. Nota: Para mayores
detalles sobre las excepciones respecto del seguro obligatorio, véase
el artículo 1.2 de los Estatutos.
b) se consideran como "personas aseguradas automáticamente" ; el cónyuge y los hijos de una persona asegurada están protegidos automáticamente en los siguientes casos : NB: (Para mayores detalles, véase el artículo 1.5 de los Estatutos y el artículo 1.5.1 del Reglamento Administrativo). c) Se consideran como "personas aseguradas voluntariamente" : i) los funcionarios con permiso sin sueldo (o con permiso con sueldo reducido, por ejemplo, permiso de estudios);NB: Para contraer un seguro voluntario, sírvase ponerse en contacto con la Secretaría después de haber consultado el artículo 1.3 y el artículo 1.6 de los Estatutos. Volver al
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¿CUANDO Y DONDE? Una persona asegurada está protegida en todo momento y en todos los países:
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INTERRUPCION DEL SERVICIO La readmisión de una persona asegurada por la Caja, después de una interrupción de la protección, se considera como una primera afiliación. Esta persona puede optar por un seguro voluntario que cubra sus gastos médicos durante los primeros seis meses de una interrupción. Deberá indicar por cuánto tiempo desea estar asegurada durante ese período si la interrupción dura menos de 60 días, durante el período de protección por la Caja no se considerará como una interrupción de servicio. NB: Para mayores detalles sobre las excepciones, véase el artículo 5.1 Estatuto. Volver al
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COTIZACIONES Las primas se calculan sobre la base de su sueldo neto y las asignaciones mensuales regulares. ¿Qué pago concretamente? a) Si usted es un funcionario "asegurado obligatoriamente", sus cotizaciones se calcularán sobre la base de su remuneración (véase el artículo 3.2 del Estatuto para más detalles sobre este término).¿Cómo pago? a) Si usted recibe una remuneración de la OIT o de la UIT, sus cotizaciones se deducirán automáticamente de su sueldo.Volver al principio de la página PROTECCION SIMULTANEA POR OTRO SEGURO : Si usted se beneficia de otro seguro, se le ruega: a) que informe a la Caja el nombre del régimen o servicio de que se trata; b) proporcione detalles de las prestaciones que ya ha recibido, o que espera recibir, para determinar la base de reembolso de la Caja. En ningún caso la suma de los reembolsos podrá ser superior a los gastos en que ha incurrido la persona asegurada (véase el artículo 2.7 del Estatuto). Volver al
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PRESTACIONES : Libertad para elegir Usted puede elegir a su médico (véase el Estatuto para mayores detalles a este respecto) y a su farmacéutico, así como el hospital, clínica u otro establecimiento médico.Prestaciones ordinarias Las prestaciones ordinarias normalmente permiten un reembolso del 80 por ciento de los gastos (véanse las condiciones establecidas en el baremo de prestaciones, del anexo I del Estatuto).Gastos no reembolsables No se hacen reembolsos en los casos siguientes : NB: El Comité de Administración puede reducir las sumas de ciertos gastos cuyo reembolso se solicita si se considera que son excesivos, incluso cuando normalmente deberían ser reembolsados con arreglo a los presentes Estatutos (artículo 2.4.2).i) las lesiones o enfermedades autoinfligidas intencionalmente; Prestaciones adicionales i) En caso de que los gastos aprobados totales de un asegurado y de las personas a su cargo sobrepasen los 10.000 dólares de los Estados Unidos (3.000 dólares en el caso del personal contratado localmente) durante un año civil, deberá pagarse una prestación adicional equivalente al 15 por ciento de la cantidad por encima de ese límite.Responsabilidad máxima La Caja no estará obligada a pagar prestaciones cuando los gastos aprobados excedan de la cantidad especificada por la CAPS en el transcurso de un año civil, por una persona asegurada y por las personas a su cargo protegidas por la Caja. (Artículo 2.6).Responsabilidad de terceros Cuando una persona asegurada sufra una enfermedad o haya tenido un accidente del cual un tercero sea responsable, esto deberá comunicarse a la CAPS.Enfermedades o accidentes de origen profesional En caso de enfermedades o accidentes atribuibles a la ejecución de las tareas del funcionario, la Organización correrá a cargo de los gastos médicos.Prescripción y suspensión de las prestaciones El Comité de Administración puede decidir la prescripción o la suspensión parcial o total de las prestaciones en los casos siguientes:
El baremo completo de las prestaciones se recoge en el anexo I de los Estatutos de la CAPS, así como al final de la presente guía. Algunos elementos de este baremo son objeto, de vez en cuando, de modificaciones decididas para tener en cuenta las fluctuaciones de los tipos de cambio, la evolución de los tratamientos médicos, así como la situación financiera general de la Caja. En la última sección de la presente guía se indican las prestaciones actuales correspondientes a cada categoría de cuidados médicos, las tasas en vigor a partir de enero de 2001. Sírvase consultar el baremo de las prestaciones que figura en los Estatutos, así como la dirección de Intranet o de Internet:Volver al principio de la página SOLICITUDES DE REEMBOLSO : i) las prestaciones se pagan normalmente a la persona asegurada; ii) las prestaciones se pagarán normalmente previa presentación de documentos que demuestren que los gastos que se deben reembolsar han sido pagados. iii) plazo
Usted debe rellenar el formulario «Claim for Reimbursement» (OIT 937) y enviar la hoja amarilla y el original a la Secretaría de la Caja (el tercer ejemplar, en blanco, debe conservarlo usted), adjuntando los originales de las facturas, de las recetas y los recibos. Sírvase mandar traducir al inglés, francés o español los documentos que no estén hechos en esos idiomas. (*) El Comité de Administración ha prolongado el tiempo previsto en los Estatutos (artículo 2.10). Volver al
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REEMBOLSO : ¿Cuándo? Tan pronto como sea posible tras la presentación de la solicitud.¿Cómo? Usted recibirá un aviso de reembolso con un desglose de las prestaciones pagadas. Todas las sumas se expresan en dólares de los Estados Unidos.¿Dónde? Los pagos se harán en la cuenta bancaria que usted desee. Si usted trabaja para una oficina exterior, el pago se le hará llegar a través de esa oficina.¿Moneda? Generalmente, las prestaciones se pagan en la moneda de su lugar de destino.Volver al principio de la página INFORMACIONES COMPLEMENTARIAS : La Caja de Salud del Personal de la OIT y de la UIT, y el Servicio de Pensiones y de Seguros de la UIT lo ayudarán con gusto para proporcionarle información sobre cuestiones relacionadas con el seguro de salud que no se abordan en la presente guía. Se ruega a los asegurados que hagan esas averiguaciones en las tardes, entre las 14 horas y las 16 horas (en la oficina de recepción de la OIT). Los funcionarios de la sede, de las oficinas exteriores o del Centro de Turín pueden pedir asesoramiento por escrito, ya sea por correo electrónico o por fax. Volver al
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SI USTED NO ESTA SATISFECHO : Si usted desea aclarar un trámite de reembolso, por favor no dude en hacerlo. Si usted piensa que su caso debe examinarse en el Comité de Administración, pídale a la Secretaría de la CAPS que lo presente gracias al procedimiento para casos especiales. (Artículo 4.12.3). En caso de desacuerdo, usted puede presentar un recurso de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.3 de los Estatutos. Volver al
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