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Nuestro mandato

Según lo previsto de la Directiva de la oficina IGDS Número 226 (Versión 1) - (pdf 40kB) la Oficina del Consejero Jurídico es responsable de prestar a la Organización asesoramiento y otros servicios jurídicos sobre todas las cuestiones que revisten un interés jurídico para la Organización, como opiniones jurídicas respecto a la Constitución, los Miembros, las reglas y las actividades de la OIT. Se espera que, en el desempeño de sus funciones, todos los funcionarios recaben el asesoramiento y cualesquiera otros servicios jurídicos sobre esas cuestiones. El Consejero Jurídico rinde cuentas al Director General y dirige la Oficina del Consejero Jurídico.

En particular, la Oficina del Consejero Jurídico:

    Funcionamiento institucional de la Organización

  • formula dictámenes jurídicos sobre las cuestiones de derecho y procedimiento que se plantean respecto y en el transcurso de las reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración y demás reuniones oficiales de la OIT, amén de evaluar, en cooperación con el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo, el fundamento jurídico de las propuestas de nuevas normas internacionales del trabajo;
  • presta los servicios de secretaría de la Comisión de Verificación de Poderes, el Comité de Redacción y la Comisión de Reglamento de la Conferencia Internacional del Trabajo; de la Sección de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo del Consejo de Administración (junto con el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo), y de la Comisión de Verificación de Poderes de las reuniones regionales y de otras comisiones, según proceda;
  • participa en las labores preparatorias, la redacción y la traducción oficial de los textos de los convenios y recomendaciones de la OIT; toma parte en los comités de redacción de la Conferencia, en los cuales el Consejero Jurídico actúa en calidad de moderador; establece los textos auténticos (y las copias certificadas) de los convenios y recomendaciones, así como los demás acuerdos internacionales y textos oficiales que se preparan bajo los auspicios de la OIT; verifica la ratificación y denuncia de los convenios y, en cooperación con el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo, vela por el registro de dichos instrumentos ante las Naciones Unidas; también en colaboración con el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo, pronuncia dictámenes sobre los interrogantes que puede plantear la interpretación de los convenios y recomendaciones, y aprueba las respuestas definitivas que se preparan para su firma por la Directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo;
  • formula opiniones jurídicas sobre todas las preguntas relativas a la condición de Miembro de la Organización y a las obligaciones constitucionales de los Estados Miembros, incluido el desempeño por el Director General de la función de depositario de la aceptación por los Estados Miembros de los instrumentos de enmienda a la Constitución, y la redacción de los proyectos de enmienda a esta última;
  • prepara todas las intervenciones que la OIT estime oportuno presentar a la Corte Internacional de Justicia;
  • Estatus jurídico de la Organización, incluidas las prerrogativas e inmunidades

  • tramita todas las consultas relativas al estatus jurídico de la Organización y de sus funcionarios — incluidas sus prerrogativas e inmunidades — en la sede y en todos los países donde la OIT lleva a cabo actividades. El Consejero Jurídico decide, en nombre del Director General, acerca de la procedencia de levantar la inmunidad jurisdiccional de los funcionarios y sus familiares, y trata en particular los problemas jurídicos que surgen en los casos de accidente, detención o robo que guardan relación con funcionarios o bienes de la OIT;
  • es responsable de las cuestiones vinculadas a la interpretación y aplicación de los acuerdos concertados con el Consejo Federal de la Confederación Helvética, y actúa de enlace con las autoridades suizas para todas las cuestiones derivadas de la radicación de la sede de la OIT en territorio suizo. Todos los asuntos que requieren la atención de la Misión de Suiza, como las solicitudes individuales de tarjetas de legitimación y visados, y las consultas referentes a las prerrogativas e inmunidades, deben tratarse por conducto de la Oficina del Consejero Jurídico o en coordinación con ella, a menos que la Oficina del Consejero Jurídico disponga expresamente otra cosa;
  • Transacciones jurídicas privadas y públicas

  • formula opiniones autorizadas y definitivas sobre las transacciones jurídicas privadas y públicas de la Organización. Se espera de todos los funcionarios en el ejercicio de sus funciones que, antes de contraer una obligación jurídica en nombre de la Organización, soliciten consejo a la Oficina del Consejero Jurídico por conducto del jefe de su departamento respectivo. Esta obligación es también aplicable a los aspectos jurídicos de los asuntos institucionales y reglamentarios, convenios de subvención, operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles, así como a los aspectos jurídicos de la cooperación entre la OIT y los organismos intergubernamentales, y de los acuerdos concertados con los gobiernos anfitriones en materia de cooperación técnica y otras actividades de la OIT en el país considerado, además de la protección de los derechos de propiedad intelectual en las actividades de publicación u otras, inclusive en Internet;
  • presta asesoramiento jurídico por conducto de las unidades de coordinación competentes para los acuerdos concertados con los donantes y las alianzas de colaboración público-privadas (PARDEV), así como para las compras de bienes y la contratación de servicios y obras, el arrendamiento de material, y los acuerdos de cooperación técnica suscritos con las entidades colaboradoras en la ejecución (PROCUREMENT);
  • Reclamaciones y litigios

  • tramita las reclamaciones contenciosas en que la Organización es parte y representa a esta última ante el Tribunal Administrativo de la Organización Internacional del Trabajo y en las demás acciones judiciales o de arbitraje en que la Organización sea parte;
  • Gobernanza de la Organización, inclusive en las relaciones con su personal

  • es responsable de prestar asesoramiento jurídico sobre la gobernanza de la Organización, inclusive sobre la interpretación, aplicación y enmienda del Estatuto del Personal, el Reglamento Financiero y la Reglamentación Financiera Detallada, los estatutos de la caja del seguro de salud y de la caja de pensiones del personal, y sobre la elaboración y aprobación de los reglamentos y reglas internos de la Organización;
  • Otras cuestiones

  • asesora y representa a la Organización en sus relaciones en cuanto institución sede del Tribunal Administrativo de la OIT. Los Miembros de la Oficina del Consejero Jurídico participan en las reuniones e iniciativas del sistema de las Naciones Unidas, así como en otras tribunas donde se tratan asuntos jurídicos que revisten interés para la OIT. También actúan en calidad de miembros de oficio o consultivos de comités u órganos internos de la Oficina;
  • prepara resúmenes de sentencias judiciales y, en su caso, estudios en ámbitos del derecho internacional pertinentes, además de participar en las investigaciones y seguir las novedades jurídicas que inciden en los intereses y actividades de la OIT;

Ultima actualización: 30.10.2012 ^ top