Ratificación del Instrumento de Enmienda a la Constitución de 1997
La Oficina Internacional del Trabajo recibió el 30 de noviembre de 2012 el instrumento de aceptación por parte del Sudán del Sur del Instrumento de Enmienda de la Constitución de la OIT de 1997.
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Sólo falta recibir 2 ratificaciones o aceptaciones para la entrada en vigor del Instrumento de Enmienda de la Constitución de la OIT de 1997
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SÃrvase controlar la lista de ratificaciones/aceptaciones (abajo) para comprobar si su paÃs es otro más de los que permitirÃan que la OIT se acercase a la meta de la entrada en vigor en 2013. Dado que actualmente el número de Estados Miembros asciende a 185, sólo harÃan falta 2 ratificaciones más para que la Enmienda de 1997 formara parte integrante de la Constitución (ya se ha alcanzado el umbral de por lo menos cinco de de los diez Estados Miembros de mayor importancia industrial).
¿En qué consiste la Enmienda?
La Enmienda forma parte de un impulso global destinado a realzar la pertinencia, incidencia y coherencia del cuerpo normativo de la OIT. La Conferencia podrÃa derogar (o “poner término†en la OIT) a un convenio que haya declarado obsoleto. Se añadirÃa simplemente un nuevo párrafo 9 al artÃculo 19 de la Constitución de la OIT, que rezarÃa como sigue:
“Por iniciativa del Consejo de Administración, la Conferencia podrá derogar, por mayorÃa de dos tercios de los votos emitidos por los delegados presentes, todo convenio adoptado con arreglo a las disposiciones del presente artÃculo si se considera que ha perdido su objeto o que ya no representa una contribución útil para la consecución de los objetivos de la Organización.â€
Esta iniciativa comprende garantÃas tanto para los empleadores como para los trabajadores. Estas consisten en fijar una mayorÃa de dos tercios de los participantes en la Conferencia tripartita y mantener consultas con los interlocutores sociales en el plano nacional antes de celebrar la reunión de la Conferencia. Cuando un convenio se deroga, corresponde a los estados decidir si mantienen la legislación u otras medidas relacionadas con el mismo.
¿Cómo hacerlo?
Puede accederse a un folleto de preguntas y respuestas y más información acerca las formalidades de ratificación, que son muy simples, en el sitio web de la Oficina del Consejero JurÃdico. Si su paÃs ya ha ratificado la Enmienda, tenga a bien considerar la posibilidad de instar a aquellos que no figuran en la lista a hacer lo mismo.
Más información
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