Trabajo infantil y trabajo doméstico

¿Qué es trabajo doméstico?

De acuerdo con el Convenio núm. 189 “trabajo doméstico” designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos y “trabajador doméstico” designa a toda persona, de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo.
El término “trabajo doméstico” abarca una amplia diversidad de tareas y servicios que varían de un país a otro, y pueden ser distintos en función de la edad, el género, los antecedentes étnicos y la situación de migración de los trabajadores interesados, así como del contexto cultural y económico en el que trabajan. Esto significa que establecer una definición del trabajo doméstico y de los trabajadores involucrados en él basándose únicamente en las tareas que deben realizarse lo más probable es que siempre sea incompleta. El Convenio núm. 189 se basa más bien en la característica común y distintiva de que los trabajadores domésticos son empleados por hogares particulares y prestan servicios a éstos.

¿Qué es el trabajo doméstico infantil?

“Trabajo doméstico infantil” hace referencia de manera general al trabajo realizado por niños (es decir personas menores de 18 años) en el sector del trabajo doméstico, con o sin remuneración, en hogares de terceros o empleadores. Este concepto general engloba tanto situaciones permitidas como situaciones no permitidas (a erradicar).

¿Qué es el trabajo infantil en el trabajo doméstico?

“Trabajo infantil en el trabajo doméstico” hace referencia al trabajo doméstico realizado por niños que no han alcanzado la edad mínima aplicable (en el caso de trabajos ligeros, formas de trabajo no peligroso a tiempo completo y de trabajos peligrosos, respectivamente) o en una situación análoga a la esclavitud.

¿Se pueden considerar las tareas domésticas realizadas por los niños en su propia casa como trabajo doméstico?

Las tareas domésticas efectuadas por niños en su propio hogar, en condiciones razonables y bajo la supervisión de personas cercanas a ellos, son una parte integrante de la vida familiar y de su desarrollo, es decir, algo positivo. Sin embargo, en algunos casos, se ha manifestado preocupación respecto a ciertas situaciones en las que tales cargas de trabajo interfieren con la educación de los niños o pueden ser excesivas, en cuyo caso dichas situaciones podarían ser equivalentes al trabajo infantil.
Los niños que efectúan tareas domésticas en su propio hogar y los niños en trabajo doméstico (en casa de terceros) pueden efectuar tareas similares. No obstante, en el primer caso, el elemento de la relación de empleo no existe, así pues no se debe de hacer referencia a dichas situaciones en el marco del trabajo doméstico infantil.

¿Por qué el trabajo doméstico infantil es un fenómeno “oculto” y por qué es tan difícil enfrentarlo?

Este fenómeno con frecuencia permanece oculto y es difícil de abordar debido a sus vínculos con los modelos sociales y culturales vigentes. En muchos países, el trabajo doméstico infantil no sólo es aceptado a nivel social y cultural, sino que es percibido de manera positiva como un tipo de trabajo no estigmatizado y preferido a otras formas de empleo, en particular para las niñas. La perpetuación de los papeles y responsabilidades tradicionalmente adjudicadas a las mujeres, dentro y fuera del hogar, así como la percepción de que el trabajo doméstico forma parte del “aprendizaje” para la edad adulta y el matrimonio, también contribuyen a la persistencia del trabajo doméstico como una forma de trabajo infantil.

¿Cuáles son las causas de este fenómeno?

Existen muchas causas del trabajo doméstico infantil, pero en términos generales podemos diferenciar entre los factores de “inducción y los de atracción”. Entre los primeros, se encuentran la pobreza y su feminización; la exclusión social; la falta de educación, la discriminación étnica y de género; la violencia de la cual son víctima los niños en sus hogares; los desplazamientos; la migración desde las zonas rurales a las urbanas, y la pérdida de los padres a causa de conflictos y/o enfermedades. Entre las segundas se pueden incluir el incremento de las desigualdades económicas; la servidumbre por deudas; la percepción de que el empleador simplemente forma parte de la familia ampliada y por lo tanto ofrece un ambiente protegido al niño; la creciente necesidad de las mujeres de tener un “sustituto” en el hogar que permite a un número cada vez mayor de mujeres ingresar al mercado laboral, y la ilusión de que el servicio doméstico ofrece a los niños trabajadores una oportunidad de instrucción.

¿Cuáles son los peligros que pueden enfrentan los niños que realizan trabajo doméstico?

Los peligros vinculados al trabajo doméstico infantil son materia de grave preocupación. La OIT ha identificado varios peligros a los cuales están particularmente expuestos los trabajadores domésticos y por los cuales el trabajo doméstico es considerado en algunos países como una de las peores formas de trabajo infantil. Algunos de los riesgos más comunes que los niños enfrentan en el trabajo doméstico incluyen: jornadas laborales largas y agotadoras; el uso de químicos tóxicos; el transporte de cargas pesadas; la manipulación de objetos peligrosos, como cuchillos, hachas u ollas calientes; alimentación y alojamiento insuficientes o inadecuados; el trato humillante o degradante, incluyendo violencia física o verbal y el abuso sexual. Los riesgos aumentan cuando el niño vive en el domicilio del empleador. Estos peligros deben ser evaluados dentro del contexto de la privación de los derechos fundamentales del niño, como por ejemplo, el acceso a la educación y a la atención médica, el derecho a descansar, a tener tiempo libre, a jugar y a realizar otras actividades recreativas, así como el derecho a recibir cuidados y a tener contacto regular con sus padres y amigos. Estos factores pueden tener un impacto físico, psicológico y moral irreversible en el desarrollo, salud y bienestar del niño.

¿Cómo interactúan los Convenios de la OIT sobre el trabajo infantil núm.138 y núm.182 y el Convenio núm.189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos?

El nuevo Convenio núm. 189 complementa las disposiciones del Convenio núm. 138 sobre la edad mínima y el Convenio núm. 182 sobre las peores formas de trabajo infantil de la OIT.
El Convenio núm. 189 establece de manera explícita que los Estados miembros de la OIT deben fijar una edad mínima para el trabajo doméstico en correspondencia con las disposiciones de los Convenios núm. 138 y núm. 182, y no inferior a la edad mínima establecida por las leyes y reglamentos nacionales para los trabajadores en general.
La Recomendación núm. 201 refuerza esta disposición al hacer un llamado para la identificación, prohibición y eliminación del trabajo peligroso infantil, y la implementación de mecanismos para vigilar la situación de los niños en trabajo doméstico.
Lo niños en situación de trabajo infantil en el trabajo doméstico desde muy temprana edad por lo general no tienen acceso a la educación, o el mismo es insuficiente. Del mismo modo, los niños trabajadores domésticos por encima de la edad mínima de trabajar tienen menores oportunidades de continuar estudiando. El nuevo Convenio, por lo tanto, invita a los Estados miembros a tomar medidas para garantizar que el trabajo que realizan los trabajadores domésticos menores de 18 años y mayores de la edad mínima de trabajar no obstaculice la educación obligatoria ni interfiera con sus posibilidades de continuar los estudios o formación profesional.

¿Cuántos niños hay en el trabajo doméstico y en situación de trabajo infantil en el trabajo doméstico?

  • 17,2 millones de niños y niñas realizan trabajo doméstico con o sin remuneración en la casa de un tercero o empleador;
  • de estos, 11,5 millones se encuentran en una situación de trabajo infantil, de los cuales, 3,7 millones realizan trabajos peligrosos (21,4% del total de niños trabajadores domésticos);
  • y 5,7 millones, en la mayoría adolescentes, están en trabajo domestico permitido pero necesitan ser protegidos de los abusos y provistos de condiciones de trabajo decentes;
  • además, un número indeterminado de niños y niñas está en el trabajo doméstico como consecuencia del trabajo forzoso y la trata. En 2012, la OIT produjo Estimaciones Mundiales sobre el Trabajo Forzoso. Del total de 20.9 millones de trabajadores forzosos en el mundo, los niños de 17 años y edades inferiores representaban el 26% de todas las víctimas de trabajo forzoso (5.5 millones de niños). Se desconoce el número específico de trabajadores forzosos y víctimas de trata en el trabajo doméstico, no obstante, hay claras evidencias sobre la existencia de un número significativo de niños en servidumbre por deudas, víctimas de trata y en situación de siervo;
  • 67,1% de todos los niños trabajadores domésticos son mujeres;
  • 65,1% de todos los niños y niñas trabajadores domésticos tienen menos de 14 años: 7,4 millones tienen entre 5 y 11 años y 3,8 millones tienen entre 12 y 14 años;
  • el trabajo doméstico infantil es un fenómeno presente en todas las regiones.
Para mayor información, sírvase consultar la fiche temática "Trabajo doméstico infantil: estimaciones mundiales 2012".

¿De dónde vienen las estimaciones sobre trabajo doméstico infantil?

Pese a las limitaciones existentes para tener en cuenta todas las situaciones de trabajo oculto, un gran número de encuestas de hogares utilizadas para elaborar las estimaciones mundiales de la OIT de 2012 sobre trabajo infantil, ofrecen una importante información cuantitativa sobre el trabajo doméstico infantil, que permite elaborar estimaciones mundiales sobre los niños trabajadores domésticos.

¿Cuál es la solución al trabajo infantil en el trabajo doméstico y para proteger a los jóvenes trabajadores?

No hay una receta mágica, los problemas que suscita la erradicación del trabajo infantil en el trabajo doméstico y la protección de los jóvenes trabajadores requieren de un enfoque complementario en diferentes ámbitos y a distintos niveles:
  • el aumentar la visibilidad estadística y seguir incrementando los conocimientos sobre el trabajo doméstico infantil para capturar mejor el trabajo infantil y el empleo juvenil en el trabajo doméstico;
  • la sensibilización y promoción con el fin de combatir la aceptación aún ampliamente generalizada respecto al trabajo infantil en el trabajo doméstico, y las creencias de los empleadores y padres de que esas situaciones representan un entorno protector y saludable para sus hijos - en especial en el caso de las niñas;
  • el promover la ratificación y aplicación de los Convenios núm.138, 182 y 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos;
  • la adopción de medidas legislativas y políticas para erradicar el trabajo infantil y proteger a los jóvenes trabajadores en el trabajo doméstico:
    • establecer una edad mínima clara;
    • identificar, prohibir y eliminar las modalidades de trabajo doméstico que, debido a su índole o a las circunstancias en que se practiquen son peligrosas para los trabajadores menores de 18 años;
    • reglamentar las condiciones de trabajo y de vida de los jóvenes trabajadores domésticos, ello incluye limitar estrictamente sus horarios de trabajo, prohibir el trabajo nocturno, limitar el trabajo excesivamente agotador y garantizar el seguimiento de sus condiciones de trabajo y de vida;
    • instaurar mecanismos accesibles para la presentación de quejas, acceso facilitado a la justicia y a reparaciones jurídicas, sanciones pertinentes;
    • inspección de trabajo eficaz, con acceso facilitado a los lugares de trabajo.
  • prestar atención a la vulnerabilidad de los niños migrantes frente a las condiciones de trabajo abusivas en el trabajo doméstico;
  • la formalización de las relaciones de empleo en el trabajo doméstico mediante la utilización de contratos escritos y de contratos modelo;
  • mejorar el papel de los interlocutores sociales, y extender la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva en el trabajo doméstico, incluido el derecho de los jóvenes trabajadores domésticos en edad legal de trabajar a adherirse a sindicatos o a crearlos;
  • lograr el apoyo de los empleadores de trabajadores domésticos;
  • prestar apoyo a los niños trabajadores domésticos contra el trabajo infantil y en favor del empleo decente para los jóvenes;
  • apoyar el movimiento mundial contra el trabajo infantil;
  • implicar a los niños trabajadores domésticos como agentes del cambio;
  • unir fuerzas para promover el trabajo decente para todos: Mejor juntos.

¿Quién hace qué?

La cooperación es esencial para lograr una acción eficaz con miras a eliminar el trabajo infantil en el trabajo doméstico, proteger a los jóvenes trabajadores contra las condiciones abusivas de trabajo y empleo, y promover el trabajo decente para todos los trabajadores domésticos. Los gobiernos en general, las organizaciones de empleadores y trabajadores, los grupos de la sociedad civil, y las organizaciones internacionales desempeñan un papel esencial en cuanto a la generación de mayor visibilidad sobre las cuestiones y problemas relativos a los trabajadores domésticos.