ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO
ILOLEX:  Las normas internacionales del trabajo
Ratificaciones de los Convenios por Estados miembros

        Ratificaciones de los Convenios por Estados miembros

  • Esta parte contiene la lista de ratificaciones por convenio y por país. Las reservas no son admitidas por la práctica de la OIT. Ciertos convenios internacionales del trabajo prevén la posibilidad de una ratificación parcial, o la aplicación progresiva de sus disposiciones.

  • Para cada ratificación, ILOLEX estableció un documento por convenio y por país. El documento contiene el número del convenio, el título abreviado y la fecha de su entrada en vigor. El nombre del país es seguido de la fecha de ratificación. Se incluyen las declaraciones de aplicación, si es del caso, así como las declaraciones, si el convenio así lo prevé. Las ratificaciones condicionales están también indicadas, pero no se indica el contenido detallado de las condiciones

  • Para tratar las ratificaciones (campo SITUACION) se dispone de las siguientes categorías: "vigente", "denunciado" o "pendiente", para el caso de un convenio ratificado que no haya todavía entrado en vigor. La mayoría de los convenios entra en vigor doce meses después de la fecha en que la segunda ratificación ha sido registrada. Pueden existir excepciones a la regla anterior. Consúltense las disposiciones finales de cada convenio..

Última actualización: 6 de diciembre de 1999 1999.

Para más información, diríjase a el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo correo electrónico:


[ OIT Página de entrada | Mapa Temático del sitio Web | Sobre la OIT | Contactar ]

Copyright © 1996-2007 Organización Internacional del Trabajo (OIT) - Descargo de responsabilidad