Artículo 74 Sesiones no oficiales (Reglamento de la CIT)Descripción:(Reglamento de la CIT) Visualizar el documento en: Ingles Frances Parte II: Reglamento sobre cuestiones especiales, Sección I - Grupos de la Conferencia. Adoptado el 21 de noviembre de 1919 por la Conferencia en su primera reunión. Revisado y ordenado en su nuevo texto en la 27.a reunión. El texto de este artículo contiene todas las modificaciones adoptadas hasta la 87.a reunión (1999). ARTICULO 74 Sesiones no oficiales Cualquier Grupo puede reunirse en todo momento en sesión no oficial para discutir o decidir cuestiones no oficiales. |
| ILO home | NORMES home | ILOLEX home | Búsqueda universal | NATLEX |
Descargo de responsabilidad webinfo@ilo.org |