Artículo 32 Período de validez de la decisión por la que se permita votar a un Miembro atrasado en el pago de sus contribuciones (Reglamento de la CIT)


Descripción:(Reglamento de la CIT)
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Parte II: Reglamento sobre cuestiones especiales, Sección D - Suspensión del derecho de voto de los miembros que se hallen atrasados en el pago de sus contribuciones a la Organización. Adoptado el 21 de noviembre de 1919 por la Conferencia en su primera reunión. Revisado y ordenado en su nuevo texto en la 27.a reunión. El texto de este artículo contiene todas las modificaciones adoptadas hasta la 87.a reunión (1999).

ARTICULO 32

Período de validez de la decisión por la que se permita votar a un Miembro atrasado en el pago de sus contribuciones

1. Toda decisión de la Conferencia por la que se permita votar a un Miembro atrasado en el pago de sus contribuciones será válida para la reunión de la Conferencia en que haya sido adoptada. Tal decisión surtirá efecto en lo que concierne a las votaciones que se celebren en el Consejo de Administración y en las comisiones hasta la apertura de la reunión general de la Conferencia que siga inmediatamente a aquella en que se haya adoptado la decisión.

2. Sin perjuicio de las disposiciones del párrafo 1 de este artículo, una vez que la Conferencia haya aprobado un acuerdo en virtud del cual se consoliden las contribuciones atrasadas de un Miembro y se prevea su pago en plazos anuales a lo largo de cierto número de anos, se permitirá a dicho Miembro votar siempre que, en el momento de procederse a la votación de que se trate haya satisfecho en su integridad todas las anualidades de amortización debidas en virtud del acuerdo, así como la totalidad de las contribuciones financieras con arreglo al artículo 13 de la Constitución, debidas antes del final del año anterior. Dicho permiso quedará sin efecto respecto de todo Miembro que en el momento de clausurarse una reunión de la Conferencia no haya satisfecho todavía las anualidades de amortización y las contribuciones debidas antes del final del año anterior.


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