Capítulo 8 - Salarios mínimos para los trabajadores domésticos

8.1 Definición del trabajo doméstico

Cuando definieron el término "trabajador doméstico", los delegados a la reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de 2011 no se basaron en una lista de las tareas o servicios específicos que realiza el personal doméstico, por considerar que éstas varían de un país a otro y pueden cambiar con el tiempo. Más bien, apoyaron una formulación general basada en la característica común a todos los trabajadores domésticos, a saber, que prestan servicios para hogares privados.

El Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189), refleja esta perspectiva cuando define los conceptos de “trabajo doméstico” y "trabajador doméstico" en su artículo 1:
“ a) la expresión trabajo doméstico designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos;
b) la expresión trabajador doméstico designa a toda persona, de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo;
c) una persona que realice trabajo doméstico únicamente de forma ocasional o esporádica, sin que este trabajo sea una ocupación profesional, no se considera trabajador doméstico.“
 
Desde un punto de vista estadístico, la restricción del trabajo doméstico a los hogares privados también proporciona una manera conveniente de identificar a los trabajadores domésticos en virtud de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU). La Revisión 3.1 de la CIIU, que sigue siendo ampliamente utilizada, contiene la división sectorial "Actividades de hogares privados como empleadores de personal doméstico" (División 95), que corresponde a la definición del Convenio núm. 189. Dicha definición comprende:

… las actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico, como doncellas, cocineros, camareros, ayudantes de cámara, mayordomos, lavanderas, jardineros, porteros, mozos de cuadra, chóferes, conserjes, gobernantas, niñeras, preceptores, secretarios, etcétera. La clase permite al personal doméstico empleado declarar la actividad de su empleador en los censos o estudios, aunque el empleador sea un particular1.

Una segunda ventaja de este enfoque sectorial se refiere a que impone requisitos relativamente poco exigentes en cuanto al nivel de detalle de los datos estadísticos. Según este enfoque sectorial, en 2010 había 52,6 millones de mujeres y hombres empleados como trabajadores domésticos en todo el mundo. El gráfico 1 que sigue muestra que la gran mayoría de los trabajadores domésticos se encuentran en América Latina y el Caribe y Asia.

Gráfico 1. Distribución de los trabajadores domésticos, por sexo y región, 2010

Fuente: Reproducido de OIT (2013), los trabajadores domésticos en todo el mundo: Estadísticas globales y regionales y el alcance de la protección legal, (Ginebra, OIT).

También es posible identificar a los trabajadores domésticos sobre la base de su ocupación, pero no es recomendable usar este enfoque. Aunque algunas ocupaciones se realizan casi totalmente dentro de los hogares, otras también pueden llevarse a cabo fuera del hogar (por ejemplo, un cocinero también puede trabajar en un restaurante, un jardinero, en un vivero de flores, y un portero, en un edificio de oficinas). Esto hace que en algunos casos sea difícil distinguir a los trabajadores domésticos de otros trabajadores, y que por consiguiente exista el riesgo de sobrestimar o subestimar su número2.

1 Publicada en 2008, la Revisión 4 de la CIIU incluye la División 97 “Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico”; pese al pequeño cambio en el título, su definición es idéntica a la que figura en la División 95 de la Revisión 3.1. La Revisión 4 de la CIIU se preparó a tiempo para su utilización durante la serie de censos de población de 2010, pero todavía no ha sido adoptada por muchas de las oficinas nacionales de estadística en todo el mundo. Véase aquí más información sobre el CIIU.

2 OIT: Domestic workers across the world, op. cit.