Work in Fishing Convention, 2007 (No. 188)

Inminente entrada en vigor del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188) tras su ratificación por Angola

El 11 de octubre de 2016, el Gobierno de la República de Angola depositó ante la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) el instrumento de ratificación del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188)

Noticia | 21 de octubre de 2016
El Convenio núm. 188, adoptado por abrumadora mayoría en la Conferencia Internacional del Trabajo en 2007, revisa y actualiza anteriores convenios de la OIT relativos al sector pesquero. El Convenio brinda un marco jurídico moderno y flexible para las casi 40 millones de personas que trabajan en este sector en todo el mundo, y contempla tanto las grandes operaciones de pesca como la pesca a pequeña escala. Tiene la finalidad de garantizar que los pescadores gocen de condiciones de trabajo decentes, y al mismo tiempo de ofrecer condiciones equitativas a los armadores de las embarcaciones pesqueras. El Convenio ha sido reconocido también como una herramienta esencial para evitar las violaciones de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, en particular, en materia de trabajo forzoso y trabajo infantil.

Con la ratificación de este Convenio por parte de Angola, que es un estado ribereño, al Convenio se encuentra a una ratificación de las diez que se precisan para su entrada en vigor. Angola, con 1. 650 km de costa, produjo 277 500 toneladas de productos marinos en 2012, de las cuales 267 000 toneladas son el resultado de la pesca de captura marina. En ese mismo año, el sector de la pesca dio empleo a 100 000 angoleños como mínimo, lo que representó un 1,7 por ciento de contribución al PIB del país.

Al día de hoy, el Convenio núm. 188 ha sido ya ratificado por Angola, Argentina, Bosnia y Herzegovina, Congo, Estonia, Francia, Marruecos, Noruega y Sudáfrica.