Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006
Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003
Convenio y Recomendación sobre el trabajo en la pesca, 2007
El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, es un nuevo e importante instrumento internacional adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 94a reunión (marítima). Denominado por algunos la«Carta de Derechos» para la gente de mar, consagra el derecho de la gente de mar a condiciones de trabajo decente, y contribuirá necesariamente a crear condiciones para una competencia leal entre los armadores. El Convenio fue diseñado con el objetivo de ser un instrumento aplicable a escala mundial que se convertirá en el «cuarto pilar» del régimen normativo internacional garante de un sector marítimo de calidad, completando los convenios internacionales de la Organización Marítima Internacional (OMI)
El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 contiene una amplia serie de normas de alcance mundial, que reúne prácticamente todos los convenios y recomendaciones sobre el trabajo marítimo adoptados desde 1920 en un instrumento único, de nuevo formato y requerimientos innovadores que reflejan las condiciones modernas del sector. El Convenio establece requisitos que garantizan condiciones de trabajo decente para toda la gente de mar, incluyendo las condiciones mínimas de los acuerdos de empleo de la gente de mar, la edad mínima, reconocimiento médico de la aptitud física, la formación, las licencias, la repatriación, el alojamiento y la alimentación a bordo, la atención médica, seguridad y salud ocupacional, bienestar y protección en materia de seguridad social. Cabe destacar que una parte del Convenio, el Título 5, trata del cumplimiento y control. El contenido de sus requisitos tiene la finalidad de establecer una «cultura de cumplimiento» sostenido en cada fase de observancia, desde los sistemas nacionales protección hasta el sistema internacional, entre las que cabe mencionar la inspección de las condiciones en todos los buques, la certificación por el Estado del pabellón, y la inspección por el Estado rector del puerto de las condiciones de trabajo en los buques que se dedican a viajes internacionales.
Esta nueva y esencial fuente de referencia incluye también el Convenio (núm. 185) sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003, el Convenio (núm. 188) y la Recomendación (núm. 199) sobre el trabajo en la pesca, 2007, los Convenios fundamentales y la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento.
Indice
Prefacio
Parte A. Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006
Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006
Resoluciones adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo
en su 94.a reunión (marítima)(Ginebra, febrero de 2006)
Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006. Preguntas frecuentes
Parte B. Documentos de identidad de la gente de mar
Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar
(revisado), 2003 (núm. 185)
Parte C. Sector pesquero
Convenio sobre el trabajo en el sector pesquero, 2007 (núm. 188)
Recomendación sobre el trabajo en el sector pesquero, 2007 (núm. 199)
Resoluciones sobre el sector pesquero adoptadas por la Conferencia Internacional
del Trabajo en su 96.a reunión (Ginebra, junio de 2007)
Parte D. Los convenios fundamentales de la OIT
La libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento
efectivo del derecho de negociación colectiva
La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio
La abolición efectiva del trabajo infantil
La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación
Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos
fundamentales en el trabajo y su seguimiento
Anexos
Indice alfabético


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