La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones examinó, por cuarta vez, las legislaciones y prácticas nacionales relativas a los dos convenios de la OIT sobre trabajo forzoso (convenios números 29 y 105). Lamentablemente, a pesar de la condena universal del trabajo forzoso y la adopción de disposiciones constitucionales y legislativas para su abolición, continúan existiendo en el mundo prácticas de trabajo forzoso al cual son sometidas innumerables personas. El estudio demuestra que paralelamente a las formas tradicionales de trabajo forzoso que aún persisten, han aparecido nuevas formas de trabajo forzoso que adquieren cada vez más importancia.