Lord Brett, representante de los trabajadores del Reino Unido, elegido Presidente del Consejo de Administración de la OIT para el período 2002-2003
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Lord Brett, representante de los trabajadores del Reino Unido, elegido Presidente del Consejo de Administración de la OIT para el período 2002-2003

GINEBRA (Noticias de la OIT) - El Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) eligió a Lord Brett, Reino Unido, para presidir el período de reuniones de 2002-2003.

Comunicado de prensa | 21 de junio de 2002

GINEBRA (Noticias de la OIT) - El Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) eligió a Lord Brett, Reino Unido, para presidir el período de reuniones de 2002-2003.

El Consejo de Administración de la OIT escuchó asimismo el llamamiento en favor de la creación del Fondo Palestino para el Empleo y la Protección Social para los trabajadores de los territorios árabes ocupados.

En la 284ª reunión del Consejo de Administración también se examinaron diversos otros asuntos, en particular un informe del Comité de Libertad Sindical de la OIT.

Elecciones

Lord Brett reemplaza al Sr. Alain Ludovic Tou, Ministro de Empleo, Trabajo y Seguridad Social de Burkina Faso, quien ejerció la presidencia del Consejo de Administración durante el período 2001-2002. Lord Brett fue el anterior Vicepresidente trabajador del Consejo de Administración y ha sido miembro del Consejo General del Congreso de Sindicatos Británicos. También formó parte de su Comité Ejecutivo hasta 1999. En junio de ese mismo año, fue nombrado miembro de la Cámara de los Lores del Reino Unido.

El Excmo. Sr. Eui-Yong Chung, Embajador de la República de Corea, fue elegido Vicepresidente gubernamental. Daniel Funes de Rioja, Presidente del Departamento de Política Social de la Unión Industrial Argentina y Presidente del Grupo de los Empleadores de la Organización de Estados Americanos de 1995 a 1998, fue reelegido Vicepresidente empleador.

Estas tres personas formarán la Mesa del Consejo de Administración durante el período 2002-2003. El Consejo de Administración, órgano ejecutivo de la OIT que se reúne tres veces por año en Ginebra, toma decisiones sobre la política de la OIT y determina el Programa y Presupuesto de la Organización, que se compone de 175 Estados Miembros.

La Conferencia eligió el 10 de junio a los nuevos miembros del Consejo de Administración, el cual se renueva cada tres años. Se celebraron elecciones para elegir a los 18 gobiernos que tienen puestos electivos 1 , y a los 14 miembros empleadores y 14 miembros trabajadores del Consejo de Administración. Diez del total de los 56 miembros del Consejo de Administración son designados por los Estados Miembros de mayor importancia industrial que ocupan puestos permanentes. 2

Fondo Palestino para el Empleo y la Protección Social

El portavoz del Grupo de los Trabajadores, Leroy Trotman, instó a la OIT a poner en marcha un programa de cooperación técnica en los territorios árabes ocupados por medio de la creación de un Fondo Palestino para el Empleo y la Protección Social. Esta propuesta fue respaldada por los representantes gubernamentales y de los empleadores.

El Grupo de los Trabajadores indicó que "consideraba que la OIT debería participar activamente en las cuestiones relacionadas con el empleo, la protección social y el diálogo social, en colaboración con los mandantes tripartitos y con otras organizaciones internacionales". Este Grupo también hizo un llamamiento a la OIT para que "intensificara su programa de cooperación técnica a medio plazo" en los territorios y pidió al Director General que hiciera uso del superávit financiero reservado para actividades de emergencia.

La OIT tiene actualmente una serie de programas de asistencia técnica en los territorios ocupados y debe comenzar inmediatamente a ampliar los esfuerzos destinados a estimular el empleo por medio de la reconstrucción de la infraestructura. El Sr. Somavia expresó en sus palabras de clausura ante la 90ª reunión anual de la Conferencia Internacional del Trabajo que la OIT iba a actuar para "contribuir a calmar la crisis humanitaria de los territorios árabes ocupados y a la reconstrucción de una base social para la paz".

Libertad sindical

El Consejo de Administración aprobó el 328º informe del Comité de Libertad Sindical de la OIT. En su reunión de mayo-junio, el Comité examinó 23 casos. En conjunto, el Comité tiene actualmente ante sí 95 casos.

El Comité señaló especialmente a la atención los casos relativos a Venezuela debido a que el Gobierno se había negado a aceptar que el mandato de la misión de contactos directos que visitó Venezuela en mayo de 2002 se extendiera a los casos que el Comité tenía ante sí. El Comité deploró la decisión del Gobierno sobre el particular, que constituía una clara falta de cooperación en el procedimiento especial de examen de quejas en materia de violaciones de la libertad sindical.

En el caso de Cuba, el Comité recordó graves alegaciones de detención de sindicalistas y de denegación del registro de una organización sindical, a saber, el Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos (CUTC), así como las prácticas de intimidación e injerencia en relación con sus actividades. El Comité pidió al Gobierno que garantizase en el futuro el libre ejercicio de las actividades del CUTC en el marco de un clima exento de amenazas e intimidaciones y en el que estuviera garantizado el derecho de opinión y expresión de las organizaciones de trabajadores independientes de la estructural sindical oficial.

El Comité observó con profunda preocupación que la situación de violencia existente en Colombia, que afecta a todos los sectores de la sociedad, no mostraba ningún indicio de mejora, sino que, por el contrario, seguía empeorando día tras día. El Comité instó de nuevo al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para poner término a lo que se había convertido en una situación de impunidad intolerable y para sancionar a los responsables de la misma. El Comité puso de relieve la necesidad de conseguir resultados demostrables en cuanto al desmantelamiento de los grupos paramilitares y de otros grupos revolucionarios violentos.

El Consejo de Administración también examinó, como punto independiente del orden del día, un informe sobre la marcha de los trabajos relacionado con el programa especial de cooperación técnica para Colombia.

En el caso sobre Guatemala presentado por la Organización Internacional de Empleadores (OIE), el Comité puso enérgicamente de relieve que las autoridades deberían realizar consultas con las organizaciones de empleadores y de trabajadores sobre las cuestiones de interés mutuo, en particular la elaboración y aplicación de la legislación relativa a sus intereses y la determinación de los salarios mínimos. Además, el Comité deploró el hostigamiento y la represión de que fueron objeto los empleadores a raíz de un paro de la actividad en el sector empresarial. El Comité recordó que el ejercicio de las actividades de las organizaciones de empleadores y de trabajadores debería estar exento de presiones, intimidaciones, hostigamientos, amenazas y acciones tendientes a desprestigiarlas, a ellas o a sus dirigentes.

1 Arabia Saudita, Bahamas, Bulgaria, República de Corea, República Dominicana, Ecuador, Gabón, Indonesia, Jamahiriya Arabe Libia, Lituania, Mali, Mexico, Nigeria, Noruega, Pakistán, Sudáfrica, Sudán y Uruguay.

2 Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Federación de Rusia.

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