GINEBRA (Noticias de la OIT) - El Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) eligió como su nuevo presidente para el período 2006-2007 al ministro del Trabajo de la República de de Sudáfrica, Membathisi Mphumzi Shepherd Mdladlana.
La agenda de la 296ª sesión del Consejo de Administración trató una serie de temas relacionados con su funcionamiento, y además conoció el último informe del Comité sobre Libertad Sindical.
El ministro Mdladlana reemplaza en el cargo a Carlos Tomada, ministro del Trabajo de Argentina, quien ejerció la presidencia del Consejo en el período 2005-2006. El nuevo presidente del Consejo de Administración ha sido ministro desde 1998.
En su primera intervención ante el Consejo de Administración, Mdladlana se refirió al programa de trabajo decente de la OIT como un programa de alcance mundial. "El desempleo y la pobreza son las mayores amenazas para la seguridad", agregó.
El Consejo de Administración también eligió a sus dos vicepresidentes. En el grupo de los trabajadores fue reelegido Sir Leroy Trotman, secretario general del Sindicato de Trabajadores de Barbados, y en el grupo de los empleadores fue reelegido Daniel Funes de Rioja, presidente del Departamento de Políticas Sociales de la Unión Industrial de Argentina y presidente del Grupo de Empleadores en la Organización de Estados Americanos entre 1995 y 1998.
Las tres personas elegidas ejercerán el cargo durante el período 2006-2007. El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT y se reúne tres veces al año en Ginebra. Adopta decisiones sobre políticas y establece el programa y presupuesto de la Organización, que en la actualidad cuenta con 178 estados miembros.
Libertad sindical
El Consejo de Administración aprobó el 342 informe del Comité de Libertad Sindical de la OIT. Durante la sesión de junio el Comité examinó 31 casos. En este momento hay un total de 102 casos presentados ante el Comité.
El Comité destacó en forma especial casos relacionados con la libertad sindical en Camboya, Djibouti y Zimbabwe.
En el caso de Camboya, el Comité adoptó conclusiones provisionales por segunda vez respecto al caso del asesinato de dos dirigentes sindicales, Chea Vichea y Ros Sovannareth, del Sindicato Libre de Trabajadores del Reino de Camboya (FTUWKC), así como sobre los alegatos relacionados con la persistente represión de sindicalistas.
El Comité deploró que el Gobierno no haya enviado observaciones en relación con sus anteriores comentarios y lo instó a reabrir la investigación sobre el asesinato de Chea Vichea y a iniciar inmediatamente una investigación judicial independiente por el asesinato de Ros Sovannareth. Además, instó firmemente al Gobierno a adoptar medidas a fin de garantizar el pleno respeto de los derechos sindicales de los trabajadores de Camboya y de las condiciones para que los sindicalistas puedan desarrollar sus actividades en un clima exento de intimidación y riesgos para su vida y su seguridad personal.
En el caso de Djibouti el Comité urge al Gobierno a que responda sin demora a los graves alegatos relativos a la injerencia del Gobierno en huelgas y en las elecciones sindicales, el arresto y la detención de miembros y dirigentes sindicales, así como el rechazo de una misión de solidaridad sindical internacional y el posterior arresto e interrogación del único miembro de la misión al que se le permitió entrar al país, un funcionario de la OIT.
El Comité también pidió al gobierno tomar medidas para el reintegro de dirigentes sindicales y trabajadores despedidos tras una huelga, y que realice una investigación independiente sobre los alegados de acoso y despido abusivo contra dirigentes sindicales.
En el caso de Zimbabwe, por tercera vez el Comité emitió conclusiones provisionales relacionadas con los graves alegatos sobre tentativas de homicidio, agresiones, intimidación, detenciones y retenciones arbitrarias, así como despidos y traslados arbitrarios cometidos contra activistas y dirigentes sindicales y sus familiares.
El Comité reiteró su profunda preocupación por la extrema gravedad del clima sindical en Zimbabwe, y pidió al Gobierno aceptar recibir una misión de contactos directos.
El Comité también hizo notar al Consejo de Administración el caso de la República Islámica de Irán, sobre el cual emitió conclusiones provisionales por segunda vez, en relación los alegatos por el arresto, detención y condena de varios dirigentes sindicales y sindicalistas a causa de sus actividades gremiales, y por la dura represión de huelgas, protestas y de una manifestación organizada el 1 de mayo de 2004.
El Comité expresó su satisfacción por informaciones recibidas sobre la absolución de dirigentes sindicales de algunos cargos y pidió al Gobierno levantar todos los cargos pendientes. Además urgió al Gobierno a realizar una investigación independiente sobre alegatos de interrogación, amenaza y acoso practicados contra sindicalistas por parte del Ministerio de Inteligencia, y solicitó que lo mantengan informado sobre su desenlace.
Con respecto a la violenta represión policial de huelgas, protestas y de una manifestación por el 1 de mayo el Comité pidió al Gobierno adoptar medidas para garantizar que las autoridades competentes reciban instrucciones adecuadas a fin de eliminar el peligro que supone el uso de una violencia excesiva.
El Consejo de Administración, órgano
ejecutivo de la Oficina Internacional del Trabajo
(la Oficina es la secretaría de la
Organización), se reúne tres veces al
año, en marzo, junio y noviembre. Este
órgano toma decisiones sobre las
políticas de la OIT, establece la agenda de la
Conferencia Internacional del Trabajo, y adopta el
proyecto de Programa y Presupuesto de la
Organización que se ha de presentar a la
reunión de la Conferencia.
El Consejo de Administración está
compuesto por 56 miembros titulares (28
representantes de los gobiernos, 14 de los
empleadores y 14 de los trabajadores), y 66
miembros suplentes (28 en representación de
los gobiernos, 19 de los empleadores y otros 19 de
los trabajadores). Diez de los puestos titulares de
los gobiernos son ocupados en forma permanente por
los Estados de mayor importancia industrial
(Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia,
India, Italia, Japón, Reino Unido y
Federación de Rusia). Los demás miembros
gubernamentales, así como los miembros
trabajadores y empleadores, son elegidos por la
Conferencia cada tres años.


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