GINEBRA (Noticias de la OIT) - El Convenio internacional que crea el primer sistema biométrico de identificación alcance global para emitir los documentos de unos 1,2 millones de gentes de mar entró en vigencia el 9 de febrero de 2005, informó hoy la Oficina Internacional del Trabajo (OIT).
El Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar, 2003 (Núm. 185) ( Nota 1), adoptado por representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en la Conferencia Internacional del Trabajo de junio de 2003, ha sido ratificado por Francia, Jordania y Nigeria. Dos países deben ratificar este convenio antes de que entre en vigor.
"El Convenio permite establecer un sistema de seguridad integral que permite la primera aplicación a un nivel global y con carácter obligatorio de la tecnología de identificación biométrica, lo que permitirá la correcta identificación del trabajador marítimo en posesión de este documento", dijo la directora del Departamento de Normas Internacionales de la OIT, Cleopatra Doumbia-Henry.
Las negociaciones que concluyeron con la aprobación del Convenio 185 surgieron como respuesta a la necesidad de aumentar los niveles de seguridad global mientras al mismo tiempo se protegen los derechos de los trabajadores de la flota mercante, que transporta cerca de 90 por ciento del comercio mundial.
En marzo de 2004 el Consejo de Administración de la OIT aprobó las especificaciones técnicas para convertir dos huellas digitales en una "plantilla biométrica" que será guardada en la forma de un código de barras de 2D, y que estaría impreso en el Documento de Identidad de la Gente de Mar (SID). Uno de los requisitos básicos para el sistema de identificación es el de su "interoperabilidad global", lo cual permite que la información recogida a partir de las huellas digitales en un país pueda ser leída sin problemas en otro.
La OIT anunció en diciembre de 2004 que después de seis semanas de pruebas en las cuales participaron 126 trabajadores marítimos de unas 30 nacionalidades, dos productos biométricos habían cumplido con los requisitos de interoperabilidad global y por lo tanto pueden ser utilizados para emitir los SID.
Todos los países que ratifiquen el Convenio 185 deberán emitir SID que cumplan con los requisitos especificados en el estándar conocido como OIT SID-0002.
De acuerdo con información recibida en la OIT más de 50 países han enviado el Convenio a sus parlamentos. Y muchos de ellos estarían tomando medidas para proceder a la ratificación, incluyendo a India, Filipinas e Indonesia, de donde son nacionales gran parte de las gentes de mar.
El Convenio 185 reemplaza el Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar, 1958 (Núm. 108) que había sido ratificado por 61 estados miembro de la OIT que representan a más de 60 por ciento de la flota mercante del mundo.
La OIT formula normas internacionales del trabajo, que revisten la forma de convenios y de recomendaciones, por las que se fijan unas condiciones mínimas en materia de derechos laborales fundamentales: libertad sindical, derecho de sindicación, derecho de negociación colectiva, abolición del trabajo forzoso, igualdad de oportunidades y de trato, así como otras normas por las que se regulan condiciones que abarcan todo el espectro de cuestiones relacionadas con el trabajo.
Nota 1 - Para mayores informaciones sobre este tema visite la página del programa marítimo en el sitio web de la OIT.


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