Esta historia fue escrita por la Sala de Noticias de la OIT. Para ver las declaraciones y discursos oficiales de la OIT, por favor visite nuestra sección "Declaraciones y Discursos".

Decisión sobre ‎‎‎la queja relativa al incumplimiento por Guatemala del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), presentada por varios delegados a la 101.ª reunión (2012) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT ‎

Repertorio de decisiones | 15 de marzo de 2018

En vista de la información comunicada por el Gobierno de Guatemala y de los elementos proporcionados por la Oficina, tomando debida nota tanto de los importantes avances alcanzados en la implementación del acuerdo nacional tripartito de noviembre de 2017 como de los esfuerzos en curso al respecto, por recomendación de su Mesa, el Consejo de Administración:

a) instó al Gobierno a que, conjuntamente con los interlocutores sociales del país, con el apoyo de la Organización Internacional de Empleadores y la Confederación Sindical Internacional, y con la asistencia técnica de la Oficina y de su representante en Guatemala, siguiera dedicando todos los esfuerzos y recursos necesarios para lograr la completa implementación del acuerdo nacional destinado a resolver los puntos de la queja y de la Hoja de ruta todavía pendientes de solución;

b) alentó a la comunidad internacional para que contribuyera a la implementación del acuerdo nacional y a la correspondiente asistencia técnica de la Oficina con los recursos adicionales necesarios, y

c) aplazó la decisión de constituir una comisión de encuesta hasta su 333.ª reunión (junio de 2018).

(Documento GB.332/INS/9(Rev.), párrafo 30.)