« … todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades… »
Declaración de Filadelfia, 1944
El Convenio núm. 111 proporciona un marco importante para la promoción de los derechos de las mujeres y los hombres indígenas a la igualdad y a un trabajo decente en línea con el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales 1989 (núm. 169) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007. La igualdad de acceso de los pueblos indígenas a un trabajo decente que respete sus necesidades y aspiraciones no es solo una cuestión de derechos humanos, sino que también es crucial para lograr los objetivos de desarrollo nacionales e internacionales.
Este guía, parte de un esfuerzo más amplio de la OIT para respaldar le desarrollo y la aplicación de leyes y políticas nacionales guiadas por las normas internacionales del trabajo y los derechos humanos, tiene como finalidad proporcionar a los pueblos indígenas información y herramientas para la interacción y el establecimiento del diálogo con las personas responsables de la toma de decisiones y de la políticas públicas. Asimismo, se trata de una herramienta para diferentes actores en materia de desarrollo en un sentido más amplio, incluyendo a los profesionales del desarrollo del ámbito nacional e internacional.
