Decisión sobre el duodécimo punto del orden del día: Informes de la Comisión de Programa, Presupuesto y Administración
Segundo informe: Cuestiones de personal
El Consejo de Administración tomó nota de estas partes del informe. (Documento GB.300/12/2, párrafos 1 a 21.)
El Consejo de Administración:
i) aceptó las recomendaciones de la CAPI, a reserva de su aprobación por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en relación con los siguientes derechos:
- un incremento del 1,97 por ciento de la escala de sueldos básicos/mínimo; y
- los incrementos correspondientes de los pagos por separación del servicio, para el personal del cuadro orgánico y categorías superiores, con efecto a partir del 1.º de enero de 2008; y
ii) autorizó al Director General a dar curso en la OIT, mediante enmiendas al Estatuto del Personal (cuando proceda), a las medidas descritas en el apartado a), a reserva de su aprobación por la Asamblea General.
(Documento GB.300/12/2, párrafo 25.)
a) Estudio de sueldos del cuadro de los servicios generales en Ginebra
El Consejo de Administración decidió que:
i) se autorizase al Director General a modificar el Estatuto del Personal para aplicar las escalas de sueldos revisadas tan pronto como las aprobase la Comisión de Administración Pública Internacional, y
ii) se solicitase al Director General que volviese a informar a la Comisión sobre el resultado final del estudio de sueldos en su 301.ª reunión (marzo de 2008).
(Documento GB.300/12/2, párrafo 32.)
b) Cuestiones relacionadas con el Tribunal Administrativo de la OIT
Reconocimiento de la competencia del Tribunal Administrativo de la OIT por el Tribunal Permanente de Arbitraje (TPA)
El Consejo de Administración aprobó el reconocimiento de la competencia del Tribunal Administrativo de la OIT por el Tribunal Permanente de Arbitraje (TPA), con efecto a partir de la fecha de esa aprobación. (Documento GB.300/12/2, párrafo 35.)
c) Cuestiones relacionadas con el Tribunal Administrativo de la OIT
Reconocimiento de la competencia del Tribunal Administrativo de la OIT por el Centro del Sur
El Consejo de Administración aprobó el reconocimiento de la competencia del Tribunal Administrativo de la OIT por el Centro del Sur, con efecto a partir de la fecha de esa aprobación. (Documento GB.300/12/2, párrafo 38.)
