GINEBRA (Noticias de la OIT) - El Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) concluyó hoy su 297a sesión tras abordar una agenda que incluyó temas como el seguimiento a la declaración ministerial del Consejo Económico y Social de la ONU (ECOSOC) sobre generación de empleo pleno y productivo y trabajo decente para todos, el respeto a los derechos laborales fundamentales en Myanmar, Belarús y otros países, el empleo juvenil, y la inspección laboral.
El órgano tripartito también aprobó el 343 informe del Comité de Libertad Sindical de la OIT, destacando casos de Colombia, Eritrea, Guatemala y Zimbabwe, por considerarlos serios y urgentes.
La reunión también consideró la respuesta de la OIT tras la situación de crisis en Líbano, las actividades en diversas partes del mundo relacionadas con empleo juvenil e inspección laboral, así como nuevos enfoques relacionados con la gestión internacional de productos químicos y el desguazamiento de barcos.
Además fueron discutidos dos informes sobre la situación en Myanmar, relacionados con la continuación de la práctica de trabajo forzoso (GB.297/8/1 y GB.297/8/2).
Los delegados lamentaron que las autoridades de ese país no hayan logrado llegar a un acuerdo sobre un mecanismo para tratar las quejas por trabajo forzoso. Le pidieron al Gobierno que llegara a un acuerdo de este tipo con la OIT con la mayor urgencia, y decidieron colocar este tema en la agenda de la sesión de marzo de 2007 del Consejo de Administración, cuando incluso se considerarían alternativas legales, como involucrar a la Corte Internacional de Justicia.
El Consejo de Administración también le pidió al Director General de la OIT presentar la documentación más relevante sobre este caso al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas cuando aborden la situación en Myanmar. Esta misma documentación debería ser puesta a disposición del Fiscal de la Corte Penal Internacional para cualquier acción que se considere apropiada.
Con respecto a los derechos sindicales en Belarús, el Consejo de Administración discutió sobre las medidas que podrían adoptarse para promover la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de 2004.
En vista de las conversaciones que el Gobierno de Belarús inició recientemente con la OIT, el Consejo de Administración acordó volver a tratar este caso en marzo de 2007. Por el momento se le ha requerido al Gobierno cooperar urgentemente con la OIT para que los cambios legislativos previstos en ese país comprendan la puesta en práctica de esas recomendaciones y estén en línea con los convenios de la OIT sobre Libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva. En la sesión de marzo la situación será revisada teniendo en cuenta nuevos acontecimientos y las evaluaciones realizadas por los órganos supervisores de la OIT.
La Comisión de Empleo y Política Social analizó la manera en que pueden mejorarse la cantidad y calidad de inspecciones del trabajo en el mundo (Vea OIT/06/52 para mayor información). También discutió resoluciones sobre cooperación técnica, relación de trabajo y asbesto adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo en junio pasado, así como el progreso en la implementación de programas nacionales de trabajo decente en África, Asia y el Pacífico, América Latina y el Caribe, Europa y Asia central, y los estados árabes (Ver GB.297/TC/1).
El Grupo de Trabajo sobre la Dimensión Social de la Globalización discutió sobre las actividades de seguimiento a la declaración ministerial de ECOSOC sobre la generación de empleo pleno y productivo y trabajo decente para todos, sobre el Grupo de alto nivel sobre la coherencia en el sistema de Naciones Unidas, y sobre las áreas en las cuales puede profundizarse el estudio de los cambios en el mundo del trabajo.
Libertad sindical
El caso de Colombia ha sido examinado por el Comité 19 veces desde que fuera presentada la queja original en 1995. En vista de nuevos alegatos relacionados con asesinatos, desapariciones, detenciones y amenazas a dirigentes y miembros de sindicatos, el Comité consideró que en Colombia persiste el problema de violencia y que es muy grave.
El Comité le pidió al Gobierno que pusiera fin a una impunidad intolerable y que diera todos los pasos que sean posibles para ofrecer protección efectiva a todos los miembros de sindicatos, de manera que puedan ejercer sus derechos sin temor. El Comité requirió información sobre el progreso alcanzado en las investigaciones de la "Operación Dragón", un plan cuyo objetivo sería la eliminación de sindicalistas.
El Comité espera que el acuerdo tripartito firmado en junio de 2006 por representantes de gobierno, empleadores y trabajadores, que incluye planes para la apertura de una representación permanente de la OIT en ese país y para un cuidadoso seguimiento a los hallazgos del grupo especial de investigaciones de la fiscalía pública para combatir la impunidad, producirá resultados concretos en el futuro próximo.
El caso de Eritrea se refiere a la detención de tres dirigentes sindicales en marzo y abril de 2005. Se trata de Tewelde Ghebremedhin, presidente de una federación afiliada a la Unión Internacional de los Trabajadores de la Alimentación, Minase Andezion, secretario de una Federación Internacional de Trabajadores Textiles, del Vestuario y el Cuero, y Harbon Weldemicael, presidente del Sindicato de Trabajadores Embotelladores de Coca Cola del Mar Rojo. Los tres han estado incomunicados desde su detención, y las autoridades han rehusado dar informaciones sobre su paradero o sobre las razones para detenerlos.
El Comité pidió al Gobierno asegurarse de su inmediata liberación y entregar toda la información relevante sobre los motivos para haberlos detenido.
En el caso de Guatemala el Comité trató el asesinato de dos dirigentes sindicales, las amenazas de muerte a la esposa y los hijos de uno de los dirigentes, el intento de asesinato de otros dos sindicalistas, agresiones a sindicalistas, robo a los sindicatos, y las deficiencias que en general afectan al sistema institucional de protección de los derechos sindicales y laborales. El Comité deploró el asesinato de los sindicalistas Rolando Raquec y Luis Quinteros Chnchilla y los intentos de asesinato contra Marcos Álvarez Tzoc e Imelda López de Sandoval.
El Comité le pidió al Gobierno informar a la brevedad sobre el desarrollo de las investigaciones y los procedimientos que se realizan para garantizar un sistema adecuado y eficiente de protección contra actos de discriminación antisindical, incluyendo sanciones que sean suficientemente disuasivas y enfatizando la rehabilitación como un mecanismo rápido de reparación. También le pidió al Gobierno tomar medidas para proteger las vidas de quienes han recibido amenazas de muerte.
En el caso de Zimbabwe el Comité deploró la falta de respuesta del Gobierno a los graves alegatos relacionados con la detención de sindicalistas, agresiones y golpizas, a pesar que se había hecho un llamado urgente para obtener esta respuesta. Pidió con firmeza al Gobierno que tome las medidas necesarias para que sean retirados inmediatamente los cargos presentados contra sindicalistas procesados solamente por su participación en manifestaciones de noviembre de 2003, convocadas para protestar contra la violación de derechos humanos y sindicales.
El Comité también pidió al Gobierno iniciar sin tardanza investigaciones independientes sobre los alegatos de golpizas y heridas graves causadas por la policía a los señores Dengu, Khumalo, Mandinyenya y Munyukwi, con el fin de garantizarles una adecuada restitución, castigar a los culpables, y prevenir la reiteración de actos de violencia y acoso a sindicalistas.
Una vez más, el Comité expresó su profunda preocupación por el clima sindical predominante en Zimbabwe.
El
Consejo de
Administración, órgano ejecutivo de
la Oficina Internacional del Trabajo (la Oficina es
la secretaría de la Organización), se
reúne tres veces al año, en marzo, junio
y noviembre. Este órgano toma decisiones sobre
las políticas de la OIT, establece la agenda
de la
Conferencia Internacional del
Trabajo, y adopta el proyecto de Programa y
Presupuesto de la Organización que se ha de
presentar a la reunión de la Conferencia.
El Consejo de Administración está
compuesto por 56 miembros titulares (28
representantes de los gobiernos, 14 de los
empleadores y 14 de los trabajadores), y 66
miembros suplentes (28 en representación de
los gobiernos, 19 de los empleadores y otros 19 de
los trabajadores). Diez de los puestos titulares de
los gobiernos son ocupados en forma permanente por
los Estados de mayor importancia industrial
(Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia,
India, Italia, Japón, Reino Unido y
Federación de Rusia). Los demás miembros
gubernamentales son elegidos por la Conferencia
cada tres años.