GINEBRA (Noticias de la OIT) El Sr. Michel Hansenne, Director General de la OIT, aplaudió la decisión tomada por el Gobierno de Indonesia de ratificar varios convenios fundamentales de la OIT, incluido el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), que fue ratificado en Jakarta el pasado día 5 de junio de 1998.
En una reunión que tuvo lugar esta mañana en Ginebra, el Sr. Fahmi Idris, Ministro de la Mano de Obra de Indonesia, anunció oficialmente la ratificación al Director General. El Sr. Hansenne afirmó que "la OIT permanece dispuesta a ayudar a Indonesia en el proceso de transformación en curso". Añadió que "la ratificación de este convenio fundamental supone un gran paso hacia la institucionalización de la democracia y de los derechos humanos en el lugar de trabajo".
En un discurso pronunciado ayer ante la Conferencia Internacional del Trabajo, el Ministro Idris anunció la intención del Gobierno de Indonesia de ratificar otros convenios de la OIT, y entre ellos el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105), el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) y el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138).
La ratificación de los convenios citados sumaría a Indonesia al grupo de 35 países que han ratificado los siete convenios "fundamentales" de la OIT en materia de derechos humanos.
El Convenio núm. 87, que es el que garantiza el derecho de los trabajadores a crear sindicatos y afiliarse a ellos y el derecho de negociación colectiva, ha recibido hasta la fecha 122 ratificaciones entre los 174 Estados Miembros.
El impulso destinado a reforzar el respeto de las normas de la OIT comenzó durante en la Cumbre Social de las Naciones Unidas, celebrada en Copenhague en 1995, a raíz de la cual la OIT lanzó una campaña intensiva entre sus Miembros para incrementar el número de ratificaciones de las normas fundamentales. Al iniciarse la campaña de ratificaciones en 1995, tan sólo 23 Estados habían ratificado los siete convenios fundamentales.