GINEBRA (Noticias de la OIT) - Respaldada por la creciente movilización internacional en favor de la abolición de las formas extremas de trabajo infantil, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tratará de dotarse de un nuevo Convenio y una nueva Recomendación destinados a eliminar de inmediato aquellas prácticas laborales que suponen un peligro y constituyen formas de explotación de millones de niños, cotidianamente expuestos al estrés provocado por el trabajo y al riesgo de lesiones, enfermedad o muerte, y privados del derecho a llevar una vida normal.
Como muestran los resultados de las encuestas llevadas a cabo recientemente en varios países, que figuran en una carpeta informativa publicada por la OIT y difundida en todo el mundo («Abolición de las formas extremas de trabajo infantil»), por lo menos un tercio de los niños encuestados - y en algunos países hasta dos tercios - están empleados en industrias o sectores de actividad peligrosos, como la construcción, la minería, las canteras, el transporte o la agricultura, y efectúan tareas que son riesgosas para los propios adultos. En muchos casos, quienes sufren las peores consecuencias son las niñas, más vulnerables que los varones ante el peligro de lesiones y enfermedades.
Cerca del 50 por ciento de los niños encuestados por la OIT indicaron que su trabajo les provocaba una gran tensión; 60 por ciento dijeron que al terminar la jornada regresaban a casa exhaustos y hasta 80 por ciento afirmaron que no tenían días de asueto o tiempo libre.
«Sabemos muy bien, y debemos aceptar, que la erradicación definitiva y total del trabajo infantil dependerá del crecimiento económico y de que se generalicen pautas de desarrollo equitativo, pero hay algunas formas de abuso y de explotación del trabajo de los niños que no pueden tolerarse por ningún motivo, sean éstos económicos o culturales», dice el Director General de la OIT, Michel Hansenne. «Estas formas extremas de trabajo deben ser denunciadas, circunscritas y eliminadas sin demora».
La carpeta informativa se ha difundido con motivo de la próxima reunión anual de la Conferencia Internacional del Trabajo, que tendrá lugar del 2 al 18 de junio en Ginebra. Esta asamblea, que congrega a los representantes de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores de los Estados Miembros de la OIT, examinará en primera discusión los proyectos de Convenio y de Recomendación sobre el trabajo infantil. Basándose en las deliberaciones de este año y de las observaciones y comentarios que formulen posteriormente los Estados Miembros, la OIT preparará un informe para la Conferencia de 1999, a la que incumbirá decidir sobre la adopción de los nuevos instrumentos propuestos.
Entre los eventos que darán mayor relieve al debate de esta importante cuestión por la Conferencia se destaca la culminación en Ginebra de la Marcha Mundial Contra el Trabajo Infantil, que se inició a comienzos de este año en todas las regiones del mundo. Cientos de jóvenes y de promotores de esta iniciativa concurrirán a la sede de la OIT y al lugar de celebración de la Conferencia, en el Palacio de las Naciones de Ginebra, para reclamar la abolición del trabajo infantil.
El trabajo peligroso: las reales dimensiones del problema
La encuesta de la OIT estableció que el 25 por ciento de los niños en el grupo de edad de 5 a 14 años eran económicamente activos (27 por ciento de los varones y 22 por ciento de las chicas). De estos niños, entre 33 y 67 de los varones y 27 y 69 por ciento de las niñas estaban empleados en ocupaciones peligrosas. En el sector de la construcción, 26 por ciento de los niños obreros habían sufrido lesiones o enfermedades provocadas por su trabajo. En el sector de las minas y canteras, esta proporción era de 16 por ciento; en el transporte, almacenamiento y comunicaciones, de 18 por ciento, y en la agricultura, de 12 por ciento.
Según el estudio de la OIT, alrededor del 70 por ciento de todos los niños trabajadores en los países encuestados están empleados en los sectores de la agricultura, caza, pesca y silvicultura. El empleo infantil en los demás sectores se reparte como sigue: industria manufacturera (8,3 por ciento); comercio mayorista y de detalle, hotelería y restauración (8,3 por ciento); servicios de utilidad pública, sociales y personales (6,5 por ciento); transporte, almacenamiento y comunicaciones (3,8 por ciento); construcción (1,9 por ciento), y minería y canteras (0,9 por ciento).
Del total de niños que trabajan en los países en desarrollo, estimado en 250 millones, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, 61 por ciento se encuentran en Asia, 32 por ciento en África y 7 por ciento en América Latina. Aun cuando Asia tiene el mayor número de niños que trabajan, Africa registra en cambio la tasa porcentual más elevada, con cerca de 41 por ciento de niños empleados en el grupo de edad de 5 a 14 años. En Asia, dicha proporción es de casi la mitad (22 por ciento), mientras que en América Latina llega al 17 por ciento.
El fenómeno del trabajo infantil afecta sobre todo a los países en desarrollo, pero los países industrializados tampoco están completamente libres de esta calamidad. Por ejemplo, en Europa central y oriental, el trabajo infantil ha vuelto a surgir a raíz de la desarticulación social y económica que ha acompañado el proceso de transición a la economía de mercado.
Las nuevas normas que se proponen al debate
Las deliberaciones de la Conferencia Internacional del Trabajo - reunión anual de la Organización Internacional del Trabajo - se centrarán en los anteproyectos de nuevas normas internacionales del trabajo que apuntan a eliminar las denominadas «formas extremas de trabajo infantil», es decir, todo tipo de actividad laboral que pueda suponer una amenaza para la salud, la seguridad o la moralidad de los niños; la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, y la explotación de niños en la prostitución y la pornografía.
En los últimos años, se ha venido manifestando un creciente interés por la eventual adopción de nuevas normas del trabajo de la OIT que centren su objetivo en la eliminación de las formas de abuso arriba enumeradas. La decisión del Consejo de Administración de la OIT (marzo de 1996) de inscribir este tema en el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo de 1998 recibió el apoyo decisivo de los Estados Miembros, los cuales, en una resolución adoptada por la Conferencia de 1996, hicieron hincapié en que, en una perspectiva de eliminación progresiva del trabajo infantil, era necesario «proceder inmediatamente a la abolición de sus aspectos más intolerables...».
Los Estados Miembros confirmaron su interés por la cuestión en las respuestas dadas al cuestionario que la Oficina les sometió con respecto al posible contenido de las nuevas normas. Una cifra récord de 116 gobiernos y un número prácticamente igual de organizaciones de empleadores y de trabajadores manifestaron un apoyo contundente al anteproyecto. La variedad de observaciones y comentarios recibidos traducía el convencimiento por todos compartido en cuanto a que la persistencia y las graves proporciones del trabajo infantil justificaban una nueva acción internacional centrada concretamente en las formas extremas o intolerables de trabajo infantil.
Un nuevo Convenio sobre el trabajo infantil
El Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) y la Recomendación núm. 146 que lo complementa son los instrumentos más recientes y completos de la OIT destinados a la erradicación del trabajo infantil. Dichas normas constituyen los fundamentos de la acción de la OIT para promover mejoras de la política y la legislación nacionales, así como para formular actividades de cooperación técnica de lucha contra el trabajo infantil.
El Convenio núm. 138 es y seguirá siendo la norma internacional fundamental por lo que se refiere al trabajo infantil - ya que tiene por objetivo la eliminación total del trabajo de los niños -, pero prevé una aplicación de normas y una mejora progresivas en este campo. Si bien es un hecho por todos admitido que la eliminación total es una meta que se alcanzará al cabo de un proceso prolongado, hay algunas formas de trabajo infantil que no pueden seguir tolerándose y que exigen medidas inmediatas.
La comunidad internacional ha alcanzado un consenso sobre la necesidad de dotarse de una nueva norma orientada a eliminar las peores formas de la explotación de los niños y a transformar la lucha contra lo intolerable en una prioridad nacional y mundial.
La adopción de nuevas normas internacionales permitirá incorporar en un solo instrumento jurídico las medidas de lucha contra todas las formas extremas de trabajo infantil. Ello no implica en modo alguno restar importancia a los instrumentos existentes en la materia, sino que permitirá concentrar esfuerzos en aquellas medidas que sean indispensables para poner fin a las formas más peligrosos y perniciosas de trabajo infantil. Las nuevas normas reforzarán el objetivo del Convenio núm. 138: la abolición total del trabajo infantil.
Las propuestas para la adopción de un nuevo Convenio incluyen medidas encaminadas a: eliminar inmediatamente todas las formas extremas de trabajo infantil; aplicar sanciones penales a quienes incurran en delitos en la materia; evitar que los niños sean ocupados en formas extremas de trabajo o apartarlos de ellas; asegurar la rehabilitación de las pequeñas víctimas; y prever acciones de cooperación y asistencia encaminadas a poner en práctica las disposiciones del futuro instrumento.
El proyecto de Recomendación preconiza el establecimiento de programas nacionales de acción que protejan a los niños de corta edad y en especial a las niñas; prevéan medidas de prevención, rehabilitación y reintegración social; informen, sensibilicen y movilicen a la opinión pública; instauren mecanismos de control para garantizar una observancia efectiva de las normas; determinen cuáles son las formas de trabajo más peligrosas; recopilen información; obtengan la tipificación de delito de determinadas actividades; y prevean medidas coercitivas para asegurar el cumplimiento de la legislación correspondiente.
«Los mandantes de la OIT han expresado mayoritariamente su apoyo a las iniciativas encaminadas a terminar con las intolerables condiciones de explotación y abuso impuestas a los niños que trabajan en ocupaciones peligrosas, en régimen de esclavitud o sometidos a prácticas análogas», dice el Sr. Assefa Bequele, director del Departamento de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
«Tales formas de explotación y abuso no sólo ponen en peligro el bienestar físico y mental de los niños, sino que constituyen graves violaciones de su dignidad y sus derechos humanos».
- Para definir los temas prioritarios de acción en la lucha contra el trabajo infantil.
- Para incluir todas las formas extremas de trabajo infantil en una sola norma.
- Para garantizar que se emprendan acciones inmediatas destinadas a suprimir las formas extremas de trabajo infantil.
- Para proteger a los niños y a los jóvenes de todos los países, independientemente del nivel de desarrollo de éstos.
- Para reclamar medidas más específicas y eficaces contra las formas extremas de trabajo infantil.