Debate final sobre la Declaración de los Derechos Humanos Fundamentales en el Trabajo: Los delegados a la 86 a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo: se enfrentan al trabajo infantil

Qué Comunicado de prensa
Fecha de la publicación 29 de mayo de 1998
Referencia OIT/98/23
Unidad responsable Comunicación e Información al Público
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GINEBRA (Noticias de la OIT) - Los delegados a la 86 a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se iniciará en Ginebra el martes 2 de junio, se disponen a debatir el texto de una declaración pionera en materia de derechos humanos fundamentales en el trabajo.

El proyecto de Declaración supondría un compromiso solemne por parte de los Estados Miembros de la Organización de esforzarse por llevar a la práctica los principios fundamentales recogidos en siete instrumentos fundamentales de la OIT en los siguientes ámbitos: libertad sindical y de negociación colectiva, igualdad de oportunidades y de trato, eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio y abolición efectiva del trabajo infantil. (Nota 1)

La Conferencia debatirá asimismo los primeros proyectos de nuevos instrumentos internacionales para eliminar las formas más intolerables del trabajo infantil, entre las que se incluyen la esclavitud, la trata de niños, la prostitución infantil y el trabajo de los niños en industrias peligrosas, tales como las minas, las plantaciones y las industrias manufactureras (para más información sobre el trabajo infantil, véase el comunicado de prensa OIT/98/20).

El invitado de honor a la reunión de este año de la Conferencia es Su Excelencia don Rafael Caldera, Presidente de la República de Venezuela, que pronunciará un discurso en una sesión plenaria especial que tendrá lugar en la Sala de Asambleas del Palacio de las Naciones el martes 9 de junio a las 10 horas, discurso al que seguirá una conferencia de prensa.

Otra invitada especial, la Sra. Mary Robinson, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se dirigirá a los delegados a la Conferencia en la Sala de Asambleas el miércoles 10 de junio a las 10 horas.

El miércoles por la tarde (desde las 15 hasta las 18 horas) tendrá lugar una reunión tripartita oficiosa de nivel ministerial sobre el Programa internacional para incrementar la calidad y la cantidad de los empleos de las mujeres, un programa de cooperación técnica de la OIT destinado a mejorar las condiciones de trabajo de las mujeres en todo el mundo.

El jueves 11 de junio, por la tarde, tendrá lugar una sesión especial dedicada al informe del Director General sobre la situación de los trabajadores de los territorios árabes ocupados.

La reunión de la Conferencia dará comienzo a las 11 horas del martes 2 de junio, y se prolongará hasta el jueves 18 de junio. La elección del Presidente de la Conferencia tendrá lugar durante la sesión plenaria inaugural en la Sala de Asambleas del Palacio de las Naciones de Ginebra.

Ese mismo día, la Conferencia será el destino final de una «Marcha Mundial contra la explotación laboral infantil», con cientos de jóvenes y activistas que se dirigirán a la sede de la Organización y a la Conferencia para manifestar su oposición al trabajo infantil.

Hacia las 12 horas, se levantará la sesión plenaria inaugural y se invitará a los participantes de la Marcha Mundial a que accedan a la Sala de Asambleas, donde serán acogidos por el Presidente de la Conferencia y por el Director General. Un representante de la Marcha dirigirá la palabra a los delegados. A las 13 horas, está prevista una conferencia de prensa conjunta de la OIT y la Marcha Mundial.

Aunque la mayor parte de los niños que trabajan viven en los países en desarrollo, las economías industrializadas tampoco se libran de este azote. En Europa oriental y central por ejemplo, se ha observado la reaparición del trabajo infantil en el contexto de la dislocación social y económica ocasionada por la transición a una economía de mercado.

De los 250 millones de niños que se calcula trabajan en los países en desarrollo en régimen de dedicación plena o a tiempo parcial, un 61 por ciento viven en Asia, un 32 por ciento en Africa y el 7 por ciento restante en Latinoamérica. Pese a que Asia cuenta con el mayor número de niños que trabajan, la mayor proporción corresponde a Africa, con cerca del 41 por ciento de los niños de edades comprendidas entre los 5 y los 14 años. En Asia, la proporción correspondiente es aproximadamente la mitad de la de Africa (22 por ciento) y en Latinoamérica es del 17 por ciento.

Declaración sobre los derechos fundamentales en el trabajo

El proyecto de Declaración se examinará en el seno de una comisión especial de la Conferencia. El Sr. Michel Hansenne, Director General de la OIT, afirmó que aunque el proyecto de Declaración de principios respondía a las esperanzas crecientes de la comunidad internacional de que aumentara el respeto a los valores y normas de la Organización, el debate afectaba al núcleo del mandato de la OIT: «lo que aquí se examina no es ni más ni menos que las normas fundamentales básicas para promover la justicia social en la economía mundial y la credibilidad de la OIT en su labor de asistencia a sus Miembros para que pongan en práctica dichas normas».

Afirmó que la adopción de la Declaración y de su mecanismo de seguimiento adecuado demostraría la voluntad de los países de promover las condiciones esenciales «para garantizar que el progreso social acompaña al crecimiento económico, al desarrollo tecnológico y a la liberalización del comercio.» Afirmó que, aunque no se trataba de imponer nuevas obligaciones a los Estados Miembros de la OIT en contra de su voluntad, «las prácticas que trata de erradicar la Declaración son totalmente incompatibles con los compromisos y valores inherentes a la condición de Miembro de la OIT».

El texto de la Declaración y del mecanismo de seguimiento se han formulado en estrecha colaboración con los mandantes tripartitos de la OIT (que representan a los gobiernos, a los empleadores y a los trabajadores) y en medio de discusiones a menudo laboriosas celebradas durante los dos últimos años en el marco del Consejo de Administración de la OIT.

La Declaración es resultado de las preocupaciones suscitadas, tanto en la OIT como en la comunidad internacional, por los procesos de mundialización y las posibles consecuencias sociales de la liberalización del comercio. Con ocasión de la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Social, que tuvo lugar en Copenhague en marzo de 1995, los jefes de Estado y de gobierno de 117 países instaron a los gobiernos de los Estados que hubieran ratificado los convenios de la OIT en materia de derechos fundamentales a que mejoraran la calidad del trabajo y del empleo a través de la plena aplicación de los mismos, y a los gobiernos de los Estados que no los hubieran ratificado a que tuvieran en cuenta los principios recogidos en dichos convenios.

Las normas de la OIT obtuvieron un apoyo adicional en el plano internacional por parte de la primera Conferencia Ministerial de la OMC, que tuvo lugar en Singapur y en la que los ministros de comercio de 127 Estados miembros y territorios afirmaron en su declaración final lo siguiente: «renovamos nuestro compromiso de respetar las normas fundamentales del trabajo internacionalmente reconocidas» y se refirieron a la OIT como «el órgano competente para establecer esas normas y ocuparse de ellas».

Tras la Cumbre de Copenhague, la OIT lanzó una campaña intensiva entre sus Miembros para incrementar el número de ratificaciones de las normas fundamentales. En 1995, cuando se inició la campaña para la ratificación, tan sólo 23 Estados habían ratificado los siete convenios fundamentales; en la actualidad, este número a pasado a ser de 35, y se han registrado más de 80 nuevas ratificaciones. La campaña para lograr la ratificación universal seguirá adelante. No obstante, serían necesarias 250 nuevas ratificaciones para alcanzar la ratificación universal.

En 1997, el Consejo de Administración de la OIT apoyó una propuesta formulada por el Grupo de los Empleadores y respaldada por diversos gobiernos y por el Grupo de los Trabajadores para que se definiera de manera más clara el mandato de la OIT «por medio de un documento que revistiese la forma de una Declaración, que podría ser adoptada por la Conferencia. Este documento no tendría por efecto modificar la Constitución (de la OIT) sino simplemente precisar su significado en relación con los principios fundamentales».

En su Memoria a la reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de 1997, el Director General de la OIT dio a conocer su visión de un sistema revitalizado de normas internacionales del trabajo. Este abarcaría el respeto universal de los derechos fundamentales en el trabajo, tal y como se abordan en los siete convenios fundamentales, y una declaración solemne para reafirmar el compromiso de todos los Estados Miembros de la OIT, en virtud de su condición de tales, de regirse por los principios de dichos convenios.

De ahí la importancia de la Declaración con miras a dar efecto a las conclusiones de la Cumbre de Copenhague y a proporcionar una respuesta adecuada a los numerosos llamamientos realizados dentro y fuera de la OIT en favor de un renovado respeto de las normas fundamentales. El Sr. Hansenne subrayó la importancia del proceso, advirtiendo que «si no llegase a buen puerto podría considerarse como un fracaso de la filosofía y de los métodos voluntaristas que la Organización afirma que son los más eficaces y apropiados, incluso en el contexto de la economía actual, para alcanzar sus objetivos de progreso y de justicia social».

Trabajo en régimen de subcontratación

Entre los demás puntos del orden del día de la 86 a reunión de la Conferencia se incluyen la discusión de un proyecto de convenio y de un proyecto de recomendación sobre el trabajo en régimen de subcontratación, así como un proyecto de recomendación sobre las condiciones generales para fomentar la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas.

El proyecto de convenio se centraría en garantizar una protección apropiada a los trabajadores en régimen de subcontratación. El año pasado, los delegados se ocuparon de la definición del término «trabajo en régimen de subcontratación» y de la cuestión, estrechamente relacionada, del alcance de los instrumentos propuestos.

En el nuevo proyecto de instrumento jurídico se perfilan medidas destinadas a prevenir accidentes y lesiones que afectan a los trabajadores en régimen de subcontratación, proporcionar una protección para garantizar el pago de determinadas obligaciones económicas respecto de los trabajadores en régimen de subcontratación, asegurarse de que no se eludan las obligaciones ni se nieguen los derechos previstos en la legislación laboral y de seguridad social cuando se recurra a esta forma de trabajo, y a promover la igualdad de trato entre trabajadores en régimen de subcontratación y trabajadores con una relación laboral reconocida.

El proyecto de recomendación ofrecería una orientación más detallada respecto de esas disposiciones. También abordaría cuestiones tales como el fomento de la negociación colectiva en este ámbito, la recopilación de estadísticas sobre trabajo en régimen de subcontratación, y la protección de los trabajadores subcontratados procedentes de otros países. El año pasado, al terminar la discusión, los empleadores y algunos gobiernos se opusieron firmemente a la adopción de nuevas normas en materia de trabajo en régimen de subcontratación, mientras que los trabajadores y la mayoría de los gobiernos se mostraron partidarios de la misma.

Apoyo a la creación de empleos por las PYME

Para hacer frente a las persistentes preocupaciones en materia de empleo, y teniendo especialmente en cuenta las repercusiones de la mundialización sobre el mismo, la 86 a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo se encamina a adoptar una recomendación sobre las condiciones generales para fomentar la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, que son las que crean más del 80 por ciento de los nuevos empleos en el mundo actual.

Una recomendación constituye un punto de referencia internacional y no vinculante para la realización de actividades. Con el fin de crear un entorno empresarial que propicie el crecimiento y desarrollo de las PYME, la Comisión recomendó el año pasado que los Estados Miembros adoptaran políticas para promover un entorno económico estable en lo que atañe a la inflación, los tipos de interés y de cambio, la fiscalidad, el empleo y la estabilidad social, eliminar los obstáculos al desarrollo y crecimiento de las PYME, incluir medidas específicas destinadas a prestar asistencia y a reforzar el sector no estructurado con el fin de que se integre en el sector estructurado de la economía, así como para garantizar la ampliación de la protección social a los trabajadores de las PYME y el respeto de las normativas en materia de seguridad social.

La Comisión también instó a los Estados Miembros a que adoptaran, en consultas con los representantes de los empleadores y de los trabajadores, medidas destinadas a crear y reforzar una «cultura empresarial» que favoreciera la iniciativa, la creación de empresas, la productividad, la sensibilización medioambiental, la calidad, así como las buenas relaciones laborales y profesionales. La Comisión solicitó además que se examinara la posibilidad de facilitar una gama de servicios de apoyo directo e indirecto destinados a aumentar el crecimiento, el potencial de creación de empleo y la competitividad del sector de las PYME.

Puntos inscritos de oficio

Entre los puntos inscritos de oficio figuran el informe del Presidente del Consejo de Administración y la Memoria del Director General, el Programa y Presupuesto y otras cuestiones financieras, así como las informaciones y memorias sobre la aplicación de convenios y recomendaciones.

La Conferencia Internacional del Trabajo es un acontecimiento que se repite cada año, y se espera que reúna a casi 3.000 delegados, entre los que se incluyen ministros del trabajo y dirigentes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores procedentes de la mayor parte de los Estados Miembros de la OIT. Cada delegación oficial se compone de cuatro delegados, dos de los cuales representan al gobierno, uno representa a los empleadores y otro representa a los trabajadores, y a ellos vienen a sumarse los consejeros técnicos.

Corresponde a la Conferencia adoptar normas internacionales del trabajo, establecer el presupuesto de la Organización y elegir a los miembros del Consejo de Administración de la OIT. Desde 1919, la Conferencia se ha configurado como un importante foro internacional para el debate de las cuestiones sociales y laborales de alcance mundial.

Nota 1:
Libertad sindical y negociación colectiva (núms 87 y 98); trabajo forzoso (núms 29 y 105); lucha contra la discriminación (núms. 100 y 111), y edad mínima (núm. 138).

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