El Consejo de Administración de la OIT celebra su 279ª Sesión

Qué Comunicado de prensa
Fecha de la publicación 2 de noviembre de 2000
Referencia OIT/00/40
Unidad responsable Comunicación e Información al Público
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GINEBRA (Noticias de la OIT) - El trabajo forzoso en Myanmar y la contribución de la libertad sindical al desarrollo económico y social figuran entre los temas de la agenda de la 279ª Sesión del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) que se inicia en Ginebra el jueves 2 de noviembre y tiene previsto prolongarse hasta el viernes 17 del mismo mes.

El Consejo de Administración pasará revista a diferentes propuestas tendientes a mejorar las actividades vinculadas a los Convenios de la OIT, poniendo en esta sesión especial énfasis en la aplicación de los Convenios. En su próxima sesión, el Consejo de Administración volverá a discutir los métodos que permitan aumentar el impacto de los convenios internacionales de trabajo.

El Consejo de Administración recibirá un informe preparado por el Representante Especial del Director General para la cooperación con Colombia, Rafael Albuquerque, quien emprendió una primera misión al país a fin de asistir y verificar las medidas adoptadas por el Gobierno y las organizaciones de empleadores y de trabajadores a fin de aplicar las conclusiones de la misión de contactos directos y las recomendaciones formuladas por el Comité de Libertad Sindical sobre los casos relativos a Colombia que estaban todavía pendientes.

Myanmar

En base a un informe preparado por una misión de cooperación técnica de la OIT que acaba de regresar de Myanmar (Birmania), el Consejo de Administración considerará el efecto acordado a la resolución sin precedentes adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de este año en la que se condena el trabajo forzoso en Myanmar. Se prevé que el debate plenario sobre Myanmar tenga lugar durante la última semana de esta Sesión del Consejo de Administración (13-17 de noviembre). El informe se dará a conocer la próxima semana.

Según los términos de la citada resolución de la Conferencia Internacional del Trabajo, está prevista para el 30 de noviembre de 2000 la entrada en vigor de una serie de medidas, a menos que, con anterioridad a esta fecha, los miembros del Consejo de Administración lleguen al convencimiento de que Myanmar ha adoptado medidas concretas para cumplir las recomendaciones de una Comisión de Encuesta de 1998, que dictaminó que el recurso al trabajo forzoso se practicaba en ese país de forma «generalizada y sistemática».

Aquellas recomendaciones fueron que la legislación, en particular las leyes sobre Pueblos y ciudades, se ajustara a los términos del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), que Myanmar ha ratificado; que las autoridades, y en particular las militares, dejaran de imponer más trabajos forzosos u obligatorios; y que las sanciones que pudieran imponerse por la exacción de un trabajo forzoso tuvieran pleno vigor, con la completa investigación, enjuiciamiento y castigo de quienes fueren declarados culpables.

En el caso de que el Consejo de Administración decidiera que Myanmar ha incumplido las mencionadas recomendaciones, entre las medidas que podrían ser puestas en práctica se incluyen:

  • Revisar en futuras sesiones de la Conferencia la puesta en marcha de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta en tanto no se demuestre que Myanmar (Birmania) ha cumplido con sus obligaciones;
  • Recomendar a los mandantes de la Organización que revisen sus relaciones con Myanmar (Birmania) y adopten medidas adecuadas para asegurarse de que esas relaciones no perpetúen o extiendan el sistema de trabajo forzoso u obligatorio en ese país;
  • Invitar al Director General de la OIT a que informe a las organizaciones internacionales que colaboran con la OIT para que examinen cualquier cooperación que puedan estar manteniendo con Myanmar (Birmania) y, si es oportuno, pongan fin lo más rápidamente posible a toda actividad susceptible de redundar de forma directa o indirecta en la consolidación de la práctica del trabajo forzoso u obligatorio;
  • Invitar al Director General de la OIT a que solicite al Consejo Económico y Social (ECOSOC) de las Naciones Unidas la inclusión en el orden del día de su reunión de julio de 2001 de un punto relativo al incumplimiento por parte de Myanmar (Birmania) de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, con miras a la adopción de recomendaciones por el ECOSOC o por la Asamblea General, o por ambos, a los gobiernos y demás organismos especializados, con objeto de asegurarse de que su intervención no esté consolidando, directa o indirectamente, la práctica del trabajo forzoso;
  • Solicitar al Director General que presente un informe periódico al Consejo de Administración sobre los resultados de las medidas dirigidas a las organizaciones internacionales y a las Naciones Unidas, y que informe a dichas organizaciones de cualquier avance efectuado por Myanmar (Birmania) en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta.

Dimensiones sociales de la mundialización

El Grupo de Trabajo del Consejo de Administración sobre Dimensiones Sociales de la Mundialización examinará un estudio titulado Organización, negociación y diálogo para el desarrollo en un mundo en proceso de mundialización, que pasa revista el papel que el respeto por los derechos sindicales y el reconocimiento efectivo de la negociación colectiva juegan en la promoción de un crecimiento equitativo y eficaz. Este estudio llega a la conclusión de que, a pesar de la gran diferencia existente en el mundo en niveles de desarrollo y sistemas industriales, el respecto de los principios de libertad de sindicación y de negociación colectiva, y las instituciones fundadas sobre ellos, «no son una barrera para la eficiencia económica».

Observa que «el respeto y la consecución de estos principios y derechos fundamentales en el trabajo casa bien con diferentes sistemas de relaciones industriales». Y observa también que «el diálogo social tripartito puede desempeñar un papel importante para apoyar una coordinación económica amplia y la formación de un consenso más amplio acerca de las estrategias económicas y sociales».

El mencionado Grupo de Trabajo se reúne el lunes 13 de noviembre. Se adjunta un programa completo de las reuniones. Más información y documentación sobre las sesiones de los Comités puede encontrarse en la página web de la OIT (www.ilo.org) o bien solicitándola a la Oficina de Prensa.

Discusión sobre el VIH/SIDA en el mundo del trabajo

El Consejo de Administración discutirá también la puesta en práctica de la resolución relativa al VIH/SIDA y el mundo del trabajo adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo el pasado junio. El recientemente creado Programa Global sobre el VIH/SIDA y el Mundo del Trabajo responde a la resolución que invitó al Director General a crear dentro de la Oficina medios para abordar el tema del VIH/SIDA en el trabajo y reforzar la capacidad de los interlocutores sociales para formular y poner eficazmente en práctica políticas, programas y actividades adecuados en un nivel nacional y en el nivel de las empresas.

Entrada en vigor del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil

En un acto que tendrá lugar el día 8 de noviembre, el Consejo de Administración celebrará la entrada en vigor del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, núm. 182 (1999); en él intervendrá el conocido músico y letrista senegalés Youssou N'Dour. N'Dour, cuya intensa acción social en ayuda de la infancia se remonta a los primeros días de su carrera en la década de 1980, será nombrado Embajador Honorario de la OIT en la Campaña contra el Trabajo Infantil.

El Convenio núm. 182 fue adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 1999, y ha sido ratificado por más de 41 países: en los 81 años de historia de la OIT, ningún otro ha conseguido un ritmo de ratificaciones tan rápido. La fecha formal de la entrada en vigor del Convenio núm. 182 se cumplirá el 19 de noviembre.

El Consejo de Administración examinará una serie de propuestas presentadas por el Director General, que incluyen actividades de investigación, desarrollo de directrices internacionales, capacitación y desarrollo institucional en el seno de los ministerios de trabajo y de las organizaciones de los empleadores y de los trabajadores, promoción y campañas de concienciación sobre el tema, ayuda para desarrollar instrumentos legales que combatan la discriminación y la estigmatización social de los afectados y les ofrezcan protección social, programas de formación y de educación para los trabajadores, actividades de sensibilización hacia el problema dirigidas a los empleadores y a sus organizaciones, así como iniciativas de prestación de cuidados y apoyo. Este Programa Global de la OIT se financiará inicialmente con los propios recursos de la OIT y se espera que atraiga la financiación de donantes. Prestará apoyo a actividades operativas sobre el terreno en, como mínimo, 15 Estados Miembros durante el primer año de acción.

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la Oficina Internacional del Trabajo (la Oficina es el secretariado de la Organización). Se reúne tres veces al año, en marzo, junio y noviembre. Adopta decisiones sobre la política de la OIT, decide los temas a tratar en la Conferencia Internacional del Trabajo, adopta el proyecto de Programa y Presupuesto de la Organización para someterlo a la Conferencia, y elige al Director General.

Está formado por 56 miembros titulares (28 representantes de los gobiernos, 14 de los empleadores y 14 de los trabajadores) y 66 miembros adjuntos (28 de los gobiernos, 19 de los empleadores y 19 de los trabajadores). Diez de los puestos titulares de los gobiernos están ocupados permanentemente por Estados de especial significación industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, el Reino Unido y la Federación de Rusia). Los otros son elegidos por la Conferencia cada tres años. Actualmente representan a Arabia Saudita, Argelia, Burkina Faso, Canadá, Chad, República de Corea, Croacia, Eslovaquia, Etiopía, Ghana, Guatemala, República Islámica del Irán, Malasia, Namibia, Perú, Suiza, Trinidad y Tobago, y Venezuela.

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