Elección de la nueva Mesa del Consejo de Administración

Qué Comunicado de prensa
Fecha de la publicación 19 de junio de 1998
Referencia OIT/98/29
Unidad responsable Comunicación e Información al Público
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GINEBRA (Noticias de la OIT) ­ Reunido hoy en Ginebra, el Consejo de Administración de la OIT ha elegido como Presidente para el período de reuniones de 1998-1999 al Sr. Nobutoshi Akao, Embajador Plenipotenciario del Gobierno del Japón en Ginebra. Sucede al Sr. Ahmed Ahmed el Amawy, Ministro de Mano de Obra e Inmigración de Egipto, que ocupó la presidencia durante el período 1997-1998.

El nuevo Vicepresidente empleador electo es el Sr. Rolf Thüsing, miembro del Consejo Ejecutivo de la Confederación de Asociaciones de Empleadores de Alemania. Sustituye al Sr. Jean-Jacques Oechslin (Francia), que se jubila este año y representó los intereses de los empleadores en el Consejo de Administración durante más de veinte años.

El Sr. William Brett (Reino Unido), miembro del Consejo General del Congreso de Sindicatos Británicos, ha sido reelegido como Vicepresidente trabajador.

Los tres son los integrantes de la Mesa del Consejo de Administración para el período 1998-1999. El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT y se reúne tres veces al año en Ginebra. Adopta decisiones en materia de política y establece el Programa y Presupuesto de la Organización, la cual cuenta con 174 Estados Miembros. El Consejo de Administración se compone de 28 miembros gubernamentales (Nota 1) , 14 miembros empleadores y 14 miembros trabajadores.

El Comité de Libertad Sindical se reunió en la Oficina Internacional del Trabajo (la Secretaría de la OIT) durante la reunión del Consejo de Administración , a fin de examinar casos de violación del derecho de sindicación de los trabajadores, en los que se alegaban quejas por acciones violentas, intimidaciones y detenciones de sindicalistas.

De los 51 casos pendientes, que afectaban a 31 países distintos, el Comité examinó en profundidad un total de 19, alcanzando conclusiones definitivas en nueve casos y conclusiones provisionales en otros diez. El Consejo de Administración adoptó por unanimidad las recomendaciones del Comité.

El Comité tomó nota de varios acontecimientos positivos, entre los cuales se incluían la detención de un funcionario de policía en Argentina, declarado culpable y condenado por el asesinato de un sindicalista en dicho país, la liberación de sindicalistas encarcelados en Mauritania y el reconocimiento de una confederación sindical en este último país.

En referencia a un caso pendiente desde hace tiempo, el Comité señaló diversos acontecimientos positivos en Indonesia, y más concretamente el excarcelamiento del presidente del sindicato Serikat Buruh Sejahtera Indonesia (SBSI), el Sr. Muchtar Pakpahan, que participó como delegado trabajador en la reunión de este año de la Conferencia Internacional del Trabajo. El Comité instó al Gobierno a que levantara todos los cargos penales contra el Sr. Pakpahan y otros dirigentes del SBSI, a que liberara a todos los sindicalistas encarcelados, y a que eliminara todas las medidas discriminatorias adoptadas contra los sindicatos.

Además, el Comité sugirió que Indonesia regulara, mediante la promulgación de una nueva legislación, el derecho de los sindicalistas a organizar sindicatos libres e independientes, y recomendó al Gobierno que examinara la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de la OIT para asegurarse de que el proyecto de legislación laboral se ajustará plenamente a los principios de la libertad sindical.

El Comité pidió al Gobierno que se asegurara de que la reciente liberación de ciertos dirigentes y activistas sindicales no fuera sino la primera de una serie de medidas que se adoptarán en el futuro y que contribuirán al progreso de los principios sindicales en Indonesia.

En otro orden de cosas, el Comité procedió al nombramiento del presidente y de los miembros de una comisión de encuesta creada para examinar repetidos alegatos de violación de los derechos sindicales en Nigeria. El presidente de la comisión de encuesta es el Juez Rajsoomer Lallah, de Mauricio, miembro y antiguo presidente del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Sus miembros son la Sra. Eneice Bellace (Estados Unidos), miembro de la Comisión de Expertos de la OIT y vicedecana de la Wharton School de la Universidad de Pensilvania, y Sir John Wood (Reino Unido), antiguo miembro de la Comisión de Expertos y actual presidente de la Comisión Central de Arbitraje del Reino Unido.

De no obtenerse una respuesta satisfactoria por parte del Gobierno de Nigeria para permitir el desplazamiento de una misión especial a dicho país con el fin de examinar la situación de los sindicalistas encarcelados, la comisión de encuesta tiene previsto comenzar sus trabajos en el plazo de 60 días.

La comisión de encuesta es el último recurso dentro del sistema de control de la OIT. Las decisiones de la comisión no pueden apelarse ante ningún órgano de la OIT. De emitirse un fallo desfavorable para Nigeria en lo tocante a sus prácticas laborales, este país sólo podrá recurrir ante la Corte Internacional de Justicia.

En otros dos casos, referidos a Barbados y a Guinea Bissau, el Comité observó que, pese al tiempo transcurrido desde la presentación de las quejas y desde el último examen de las mismas, no se había recibido una respuesta completa de los gobiernos en cuestión. Solicitó a los citados gobiernos que enviaran sus respuestas a la mayor brevedad e indicó que, aunque no se hubieran recibido las mismas, los casos en cuestión se examinarían durante la próxima reunión del Comité.

Nota 1:
Alemania*, Argentina, Arabia Saudita, Bangladesh, Brasil*, Canadá, China*, Colombia, Congo, República de Corea, Egipto, Estados Unidos*, Francia*, Guinea, Hungría, India*, Italia*, Japón, Mauricio, Nigeria, Panamá, Polonia, Reino Unido*, Federación de Rusia*, Suriname, Swazilandia, Tailandia, Turquía.

(* = Miembros permanentes, en su calidad de Estado de mayor importancia industrial).

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