Tras nueva ratificación entrará en vigor convenio de OIT sobre documento de identificación de los trabajadores marítimos

Qué Comunicado de prensa
Fecha de la publicación 17 de agosto de 2004
Referencia OIT/04/37
Unidad responsable Comunicación e Información al Público
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GINEBRA (Noticias de la OIT) – Una nueva norma laboral internacional que crea un sistema de idenficación biométrico para alrededor de 1,2 millones de trabajadores marítimos entrará en vigencia en febrero de 2005 tras haber obtenido un número suficiente de ratificaciones, confirmó hoy la Oficina Internacional del Trabajo (OIT).

Jordania es el segundo país en ratificar el Convenio de la OIT sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003 (núm. 185) ( Nota 1), adoptado durante la Conferencia Internacional del Trabajo de 2003 como respuesta a la demanda por una mayor seguridad en la industria del transporte marítimo. Francia fue el primer país en ratificar este documento. Según lo previsto por el Convenio este entrará en vigencia después que al menos dos países miembros lo hayan ratificado.

La OIT informó que otros países también han comenzado a tomar las medidas para la ratificación de este Convenio que entrará en vigencia el 9 de febrero de 2005. Sin embargo es posible que los primeros documentos de identificación puedan ser emitidos por los países que adhieran a esta norma antes de fin de año.

El Convenio Nro. 185, adoptado para reemplazar un instrumento vigente previamente desde 1958, ha sido considerado como una herramienta importante para mejorar la seguridad en altamar y en los puertos. Al mismo tiempo tiene como objetivo garantizar los derechos y las libertades de los trabajadores marítimos, facilitando sus traslados para presentarse a trabajar en los barcos, gozar de días libres en tierra firme o retornar a su hogar.

"Las trágicas consecuencias del terrorismo pueden ser aún más graves si estas afectan al comercio internacional y a la gente de mar, al someterlas a condiciones laborales desventajosas o al amenazar sus puestos de trabajo", dijo la Directora del programa de la OIT que promueve este nuevo instrumento, Cleopatra Doumbia-Henry. Agregó que "este Convenio permite contar con un sistema de identificación sin precedentes que beneficiará a gobiernos, propietarios de embarcaciones y a los trabajadores marítimos".

El Consejo de Administración de la OIT aprobó en marzo de este año, en el marco del Convenio Nro. 185, un sistema biométrico que permitirá abordar en forma más rigurosa la demanda por mayores medidas de seguridad en la industria marítima.

El nuevo documento de identidad para la gente de mar incluye el uso de una "plantilla biométrica" para convertir dos huellas digitales de una gente de mar en un código de barras que será incluido en el nuevo documento de identidad. Delegados ante la sesión de marzo del Consejo de Administración destacaron la urgencia de aprobar la nueva norma, ya que en diversos lugares del mundo comienzan a operar nuevas medidas de seguridad que afectan a los trabajadores marítimos.

Todos los países que ratifiquen este instrumento podrán emitir el nuevo documento de identidad, con conformidad a los requerimientos especificados en la norma ILO SID-002 sobre un perfil biométrico para los documentos de la gente de mar basado en las minucias de la huella digital.

El instrumento previo de 1958 había sido ratificado por 61 Estados miembros de la OIT que representaban 60,7 por ciento de la flota mercante mundial. El nuevo Convenio prevé que estos Estados, bajo ciertas condiciones y mediante el compromiso de una futura ratificación del Convenio Nro. 185, podrán comenzar a emitir los documentos.

Para asegurar la mejor aplicación y la compatibilidad del SID, la OIT está preparando en la actualidad una serie de pruebas del sistema de identificación biométrico, con la participación de una serie de empresas del rubro.


Nota 1 - Para consultar el Convenio de la OIT sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003 (núm. 185), por favor visite: www.ilo.org/ilolex/cgi-lex/convds.pl?C185.

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