Decisión sobre el décimo punto del orden del día: Examen de la aplicación de los acuerdos suscritos entre la OIT y la ISO

Repertorio de decisiones | 7 de noviembre de 2017

Decisión sobre el décimo punto del orden del día: Examen de la aplicación de los acuerdos suscritos entre la OIT y la ISO

A la luz de los resultados de la aplicación a título experimental por la OIT del Acuerdo suscrito en 2013 entre la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Internacional de Normalización (ISO), el Consejo de Administración:

a) autorizó al Director General a publicar una posición de principio de la OIT respecto de la norma ISO 45001 sobre los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo a fin de precisar el funcionamiento de las normas internacionales del trabajo y otras iniciativas de la OIT pertinentes para los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo, así como las respectivas funciones de la OIT y la ISO en este ámbito, y

b) solicitó al Director General que rescindiera el Acuerdo suscrito entre la OIT y la ISO en 2013, se abstuviera de seguir colaborando con la ISO hasta nuevo aviso y, previa consulta con la Mesa del Consejo de Administración, emitiera una declaración pública en la que explicara los motivos de la rescisión.

Con respecto a la participación de la OIT en un futuro comité técnico de la ISO sobre la responsabilidad social o la revisión de la norma ISO 26000, el Consejo de Administración:

a) lamentó tomar nota de la decisión de la ISO de rescindir unilateralmente, con efecto a partir del 3 de enero de 2018, el Memorando de Entendimiento suscrito entre la OIT y la ISO en 2005 para la normalización de la responsabilidad social, y

b) autorizó a la OIT a participar en futuras actividades de la ISO en la esfera de la responsabilidad social y/o la revisión de la norma ISO 26000 en caso de que la ISO decidiera seguir adelante con alguna de esas propuestas, pero única y estrictamente a condición de que la ISO aceptara aplicar las disposiciones del Memorando de Entendimiento concertado en 2005 con la OIT a otras actividades que se realizaran en el ámbito de la responsabilidad social en virtud de dichas propuestas, en las mismas condiciones aplicadas por la ISO a la elaboración de la norma ISO 26000, incluido con respecto a la participación de la OIT en las estructuras de gobernanza de la ISO.

(Documento GB.331/INS/10, párrafo 27.)