Tercer informe: Reclamación en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT, presentada por la Confederación General de Trabajadores (CGT) en la que se alega el incumplimiento por parte de Colombia del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) y del Convenio sobre la negociación colectiva, 1981 (núm. 154)

Repertorio de decisiones | 27 de marzo de 2015

Decisión sobre el duodécimo punto del orden del día: Informes de la Mesa del Consejo de Administración

Tercer informe: Reclamación en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT, presentada por la Confederación General de Trabajadores (CGT) en la que se alega el incumplimiento por parte de Colombia del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) y del Convenio sobre la negociación colectiva, 1981 (núm. 154)

Habida cuenta de la información presentada en el informe y teniendo en cuenta la recomendación de su Mesa, el Consejo de Administración decidió que la reclamación era admisible en relación con los Convenios núms. 111 y 144 y designó un comité tripartito para examinarla. El Consejo de Administración decidió que la reclamación no era admisible en lo que respecta al Convenio núm. 154.

(Documento GB.323/INS/12/3, párrafo 5.)